Por lo tanto. Si un producto tras añadir el RE + IVA tiene un coste de 10 €. Si el vendedor minorista lo vende a 100 euros tras adquirirlo ¿Son en total 90€ de beneficio limpio? ¿No hay que caluclarle el IVA a esos 100€?
Muy buen video. Me gustaría saber algo: tienda on line con sistema dropshipping - ¿cómo puedo calcular el Precio de Venta al Consumidor llevando en consideración el IVA y el Recargo de Equivalencia? No sé como hacerlo. Muchas gracias.
Hola. Te quería preguntar; en las situaciones de recargo de equivalencia el proveedor que surte al minorista en que regimen tiene que estar para poder aplicar el recargo de equivalencia? En el regimen general debe estar el proveedor? En algún otro? O solo existe el regimen general? Gracias de antemano
👍 Gracias. Entiendo que el proveedor pagará el IVA completo (+ RE). Pero, entonces, ¿el vendedor final no pagará IVA nunca, ni trimestral ni anualmente? Un saludo.
Por lo tanto. Si un producto tras añadir el RE + IVA tiene un coste de 10 €. Si el vendedor minorista lo vende a 100 euros tras adquirirlo ¿Son en total 90€ de beneficio limpio?
Por lo tanto. Si un producto tras añadir el RE + IVA tiene un coste de 10 €. Si el vendedor minorista lo vende a 100 euros tras adquirirlo ¿Son en total 90€ de beneficio limpio? ¿No hay que caluclarle el IVA a esos 100€?
MUY BUEN VIDEO GRACIAS MUY ACLARATORIO
Muy buen video. Me gustaría saber algo: tienda on line con sistema dropshipping - ¿cómo puedo calcular el Precio de Venta al Consumidor llevando en consideración el IVA y el Recargo de Equivalencia? No sé como hacerlo. Muchas gracias.
Hola. Te quería preguntar; en las situaciones de recargo de equivalencia el proveedor que surte al minorista en que regimen tiene que estar para poder aplicar el recargo de equivalencia? En el regimen general debe estar el proveedor? En algún otro? O solo existe el regimen general? Gracias de antemano
El proveedor tiene que rellenar el formulario 303 y en el apartado donde dice recargo de equivalencia rellenarlo.
👍 Gracias. Entiendo que el proveedor pagará el IVA completo (+ RE). Pero, entonces, ¿el vendedor final no pagará IVA nunca, ni trimestral ni anualmente? Un saludo.
De nada! Así es,el minorista acogido al recargo de equivalencia no tiene ninguna obligación fiscal respecto al IVA
Por lo tanto. Si un producto tras añadir el RE + IVA tiene un coste de 10 €. Si el vendedor minorista lo vende a 100 euros tras adquirirlo ¿Son en total 90€ de beneficio limpio?