Fantástico video...muy bien explicado!👏 Si el minorista(con recargo de equivalencia)vende un inmovilizado,o productos a empresa no superando el límite establecido,entiendo que tampoco debe hacer declaración de iva aunque emita factura,no? En el caso de las adquisiciones intracomunitarias,si debería hacer declaración de IVA por lo que dices, anual y trimestral,no?, Pero que facturas emite si vende al consumidor final?? Tendría que quedarse los tickets que vende por ejemplo de las ventas que haga?? Millones de gracias
Cuando el empresario minorista realiza adquisiciones intracomunitarias, este tiene que autorrepercutirse el IVA y el recargo correspondiente. Para ello tendrá que presentar el modelo 309 relativo a declaraciones no periódicas y a título informativo también el modelo 349.
Excelente 👍yo soy contable de Colombia y lo he escuchado es muy claro y conciso en su explicación lo felicito 👋👋👋
muchas gracias!!!!!
Fantástico video...muy bien explicado!👏
Si el minorista(con recargo de equivalencia)vende un inmovilizado,o productos a empresa no superando el límite establecido,entiendo que tampoco debe hacer declaración de iva aunque emita factura,no?
En el caso de las adquisiciones intracomunitarias,si debería hacer declaración de IVA por lo que dices, anual y trimestral,no?, Pero que facturas emite si vende al consumidor final?? Tendría que quedarse los tickets que vende por ejemplo de las ventas que haga??
Millones de gracias
Cuando el empresario minorista realiza adquisiciones intracomunitarias, este tiene que autorrepercutirse el IVA y el recargo correspondiente. Para ello tendrá que presentar el modelo 309 relativo a declaraciones no periódicas y a título informativo también el modelo 349.