Seguro que los hay amigo, en España también tenemos profesores malos. Por eso tenemos que recurrir a TH-cam para aprender... Argentina es un gran país!
Está bien explicado, pero hay una sutil fallo en su explicación, cuando habla de sujetos pasivos del IVA dice que son "todos aquellos que realicen operaciones sujetas a IVA", luego, durante la explicación y a raíz del ejemplo que introduce, dice que los arrendadores de viviendas no son sujetos pasivos puesto que el arrendamiento de vivienda es una actividad exenta. En el pequeño esquema que realiza indica que las actividades sujetas pueden estar exentas o no exentas, con lo cual una actividad exenta sería una actividad sujeta, lo que convertiría en sujeto pasivo a aquellos que realizasen actividades exentas (puesto que estas son actividades sujetas). Conclusión, debería precisar o así lo entiendo yo, que serían sujetos pasivos del IVA los que realices actividades sujetas a IVA y cuya actividad no esté exenta. Os parece correcta esta apreciación?
Es usted la mejor, me encanta escucharla, por poner un defectillo y puntualizar la presentación de los trimestres no es el 20 de abril, julio, octubre y 30 enero sino een los 20 primeros días de abril, julio y octubre o los 30 primeros días de enero.
Pero, ¿cómo le informo yo como persona física a hacienda que me he convertido en sujeto pasivo del IVA al alquilar la plaza del parking?, o directamente se empieza a ingresar el IVA repercutido sin previo aviso??
Ahora lo del arrendamiento de bienes ya no es así no? Es decir, yo tengo condición de empresario cuando alquilo una casa también no? Lo tengo en mis apuntes de este año. Quiero decir: Yo soy un profesor, por ejemplo, pero además de dar clse pues me he comprado un terreno con el objetivo de construir casas y alquilarlas. Aquí se están dando elementos constitutivos de empresario o profesional, ¿No es así? Por otro lado, las operaciones de entrega intracomunitaria y exportación, estan exentas con exención plena, que si no recuerdo mal, permiten deducirte IVA soportado. No son las exenciones limitadas las que si que no te dejan hacerlo? PD: Es mucho pedir que se actualicen los vídeos referentes a los impuestos? PD2: Esta profesora es GENIAL!
A ver si me entero, si la empresa tiene esas exenciones, que estan sujetas a iva, pero que no tienen que pagar ese iva, siguen contando en el iva soportado, por tanto tiene derecho a devolución de ese iva que no ha pagado? Incluso a quedarse con el iva repercutido al cliente!? Los cojones sujeto neutral!
No creo haber encontrado estos días una explicación tan clara y de tanta ayuda. Que manera de explicar tan eficiente. gracias mil.
me has hecho entender realmente bien los impuestos, excelente docente esta profesora.
Muchas gracias por estos vídeos, han sido básicos para aprobar mis exámenes :) Os agradezco mucho vuestro trabajo!
Increíble explicación! Encima muy bonito corte de pelo, le queda genial 😁
Profesora Top !! Explicatcion muy clara !!! Gracias
Muy buena explicación, excelente su forma de enseñar, claro y preciso.
Brutal como explica!!! Gracias
Ojalá más profesoras como tú!!!!
Ojalá en Argentina tuviéramos profesores así de genios y capacitados para explicar estos temas, Muchas Gracias!
Seguro que los hay amigo, en España también tenemos profesores malos. Por eso tenemos que recurrir a TH-cam para aprender... Argentina es un gran país!
Muchas gracias por el vídeo, está muy bien explicado! :) Da gusto aprender cuando explican tan bien
Muchas gracias por estos videos me han servido para aprobar financiero II
Katherine Alcantara Diaz , gracias pero no nos interesa tu aprobado.
Muy buena explicación,¡ habría posibilidad de clases de la Ley del I.V.A completas o por artículos? Gracias
Excelente como todas las otras exposiciones.Felicitaciones.
Está bien explicado, pero hay una sutil fallo en su explicación, cuando habla de sujetos pasivos del IVA dice que son "todos aquellos que realicen operaciones sujetas a IVA", luego, durante la explicación y a raíz del ejemplo que introduce, dice que los arrendadores de viviendas no son sujetos pasivos puesto que el arrendamiento de vivienda es una actividad exenta. En el pequeño esquema que realiza indica que las actividades sujetas pueden estar exentas o no exentas, con lo cual una actividad exenta sería una actividad sujeta, lo que convertiría en sujeto pasivo a aquellos que realizasen actividades exentas (puesto que estas son actividades sujetas).
Conclusión, debería precisar o así lo entiendo yo, que serían sujetos pasivos del IVA los que realices actividades sujetas a IVA y cuya actividad no esté exenta.
Os parece correcta esta apreciación?
Se puede estar sujeto pero exento lo cual te convierte en sujeto pasivo.
Creo..
Al comprar a Francia no se paga IVA pero a la hora de vender si sobre el valor de venta, es así?. Mil gracias por tan buena clase, te doy un 10
lo he entendido!!! mil gracias Carmen!!
Todo muy bien explicado. ¡Muchas gracias!
actualmente es igual o a cambiado algo lo del iva ??
Es usted la mejor, me encanta escucharla, por poner un defectillo y puntualizar la presentación de los trimestres no es el 20 de abril, julio, octubre y 30 enero sino een los 20 primeros días de abril, julio y octubre o los 30 primeros días de enero.
jaja llegaria ser lo mimo,estoy de acuerdo contigo una presentación y explicación excelente en general
explica muy bien!! gracias por el vídeo
eres impresionante! gracias :)
Pero, ¿cómo le informo yo como persona física a hacienda que me he convertido en sujeto pasivo del IVA al alquilar la plaza del parking?, o directamente se empieza a ingresar el IVA repercutido sin previo aviso??
coges el modelo 303, lo rellenas, vas hacienda y pagas la diferencia..
Magnífica 😍
Buena explicación
Ahora lo del arrendamiento de bienes ya no es así no? Es decir, yo tengo condición de empresario cuando alquilo una casa también no?
Lo tengo en mis apuntes de este año.
Quiero decir: Yo soy un profesor, por ejemplo, pero además de dar clse pues me he comprado un terreno con el objetivo de construir casas y alquilarlas. Aquí se están dando elementos constitutivos de empresario o profesional, ¿No es así?
Por otro lado, las operaciones de entrega intracomunitaria y exportación, estan exentas con exención plena, que si no recuerdo mal, permiten deducirte IVA soportado. No son las exenciones limitadas las que si que no te dejan hacerlo?
PD: Es mucho pedir que se actualicen los vídeos referentes a los impuestos?
PD2: Esta profesora es GENIAL!
Si..todo lo que has dicho es así.
Muchas gracias lo explicas genial chapeau
Muy muy bien explicado gracias
Esto ayuda mucho para la fiscalidad de Google Adsense.
Buenos días. Alguien q de verdad sepa lo que es el IVA puede opinar sobre ESTA CLASE POR LA QUE SE PAGA LO QUE SE PAGA?
gracias así paso el examen y el bloque 2
Dulce Maria Bonilla Gomzalez , eres muy guapa Dulce María
¿Cómo se llama esta profesora? Y donde puedo encontrar más vídeos sobre IVA. Gracias
Esto sigue vigente en 2018?
Muy buen video! Alguien sabe como se llama esta docente? me gustaria encontrar más videos :)
El Máster es en español o inglés?
Muy bueno!
sigue la flecha para q sea mas divertido corazoneva
alguien sabe como se llama la profesora? Muy buenos videos....
UPF garantía de qualitat.
Demasiado técnica para entender
Donde está el engaño?
Y la prorrata no existe?
Samuel Garrido Martin Muy buen ejemplo.
Holis cuales son los objetivos del IVA X FAAA
no le entendi pero muy bien esplicado
Y como.puedes decir que está bien explicado si no lo entendiste? Tu comentario no tiene sentido
JAJAJAJAJAJAJAJAJJA
ahahaha vaya comentario
ely chavarria. Jajaja
@@incompetentesalonso7053 qa6s21qqaaQ0/10@@0£a0¶∆}£Aa@APa\@∆~0£0¶∆
vese coma o carallo pero moi boa explicación grazas
El iva me lo gasto en fortnite 🤟🏻
Estará muy bien explicado, pero yo, no entendí nada.
A ver si me entero, si la empresa tiene esas exenciones, que estan sujetas a iva, pero que no tienen que pagar ese iva, siguen contando en el iva soportado, por tanto tiene derecho a devolución de ese iva que no ha pagado? Incluso a quedarse con el iva repercutido al cliente!? Los cojones sujeto neutral!
Especulación
Fuente de financiación?