Tipo subjetivo Clases especiales de error

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  • เผยแพร่เมื่อ 29 พ.ย. 2024

ความคิดเห็น • 72

  • @franciscoperalescorrales1179
    @franciscoperalescorrales1179 4 ปีที่แล้ว +28

    Con todos los debidos respetos... Bendita sea su santa madre . Con qué claridad explica los conceptos básicos del derecho penal . Aquí en España necesitamos profesores que transmitan el conocimiento como lo hace usted. Mil gracias por su forma de transmitir esta cultura. Enhorabuena¡¡:-)

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว +3

      Muchas gracias, Francisco!!
      He tenido grandes profesores españoles, y me alegro mucho de poder llegar hasta allá.
      Un abrazo!!

  • @Nativi08
    @Nativi08 2 ปีที่แล้ว +3

    Realmente, no dejaré de escucharlo hasta entender completamente la Teoría del Delito. Increíble su manera de explicar, jamás terminaba de comprender este tema el dolo. Gracias !!!!

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  2 ปีที่แล้ว +1

      Gracias por comentar!

    • @Nativi08
      @Nativi08 2 ปีที่แล้ว

      @@gonzalojaviermolina2503 excelente profesor..... Mi admiración y respeto!!!! Gracias por tanto!!!!!

  • @luriva9656
    @luriva9656 2 ปีที่แล้ว +7

    0:33 Error de Tipo
    5:01 Error in persona vel objeto
    9:44 Error in persona(relevante para la exclusión de agravantes en el tipo penal)
    11:07 Error en el golpe
    17:46 Dolus Generalis
    20:53 Dolus Generalis Al revés: Adelantamiento del resultado / Consumación anticipada.

  • @yaniracapella9069
    @yaniracapella9069 3 ปีที่แล้ว

    quiero felicitar al doctor,... por la claridad de la explicacion de los conceptos... Soy estudiante de abogacia...y siempre miro videos antes de rendir para aclarar conceptos...me han sido estos videos de gran utilidad !!! muy buenos ! bien claros y ordenados...Gracias

  • @ricardoantoniofernandez4157
    @ricardoantoniofernandez4157 4 ปีที่แล้ว +3

    Gracias Dr. Por estos vídeos ayuda y facilita la vida del estudiante excelente videos

  • @luzdor7623
    @luzdor7623 4 ปีที่แล้ว +3

    gracias Dr. por sus videos acorta distancias en este tiempo difícil, soy alumna del Dr. Carrara. Feliz del día en que nos aconsejo ver su canal! es de mucha utilidad

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว +1

      Muchas gracias por el comentario. Seguiremos subiendo vídeos - en la medida de lo posible - hasta completar toda la Parte General y Especial.

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว +1

      Que bueno!! seguiremos desarrollando los delitos

  • @natyv5425
    @natyv5425 6 หลายเดือนก่อน

    nueva seguidora muchas gracias por este Canal profesor, es muy entretenida y explica de una manera tan facil de comprender, me encantan sus clases !!!! gracias Alumna de la U.B.A

  • @reneruiz1600
    @reneruiz1600 3 ปีที่แล้ว

    Excelente explicación, realmente me quedó muy claro.
    Saludos desde México.

  • @agustinaquinteros9663
    @agustinaquinteros9663 4 ปีที่แล้ว

    Lo amo, más claro imposible. Gracias!

  • @gracielanoemiduarte6953
    @gracielanoemiduarte6953 4 ปีที่แล้ว +1

    Muy clara sus explicaciones. 📚

  • @greslyeeflores7222
    @greslyeeflores7222 4 หลายเดือนก่อน +1

    Hola profesor! Hace poco encontré su canal y me ha ayudado un montón para poder seguir mis clases, su manera de explicar es excelente!! Le consulto, ayer estuvimos viendo en clase el dolo general pero adicional a eso, también se agrega que la persona A atropelló a la persona B y tiro al rio su cuerpo para encubrir la escena. Al autor se le podria imputar tambien tentativa de robo o robo directamente? No me queda claro si quedaria consumado o no el robo o la imputacion de homicidio englobaria esta accion previa?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 หลายเดือนก่อน

      @@greslyeeflores7222 buen día
      Gracias!
      No entiendo por qué el robo?
      En el caso no hay nada de apoderamiento ilegitimo

  • @adrianmeza9028
    @adrianmeza9028 4 ปีที่แล้ว

    muchas gracias Dr, muy buena clase.

  • @agusyoutube15
    @agusyoutube15 3 ปีที่แล้ว

    Que buen profesor!!! Me encantaria tener clases con usted

  • @jfbonetto
    @jfbonetto ปีที่แล้ว

    Muy claro dr., muchas gracias por sus videos! Qusiera consultarle si consideraría también una desviación inecensial del curso causal el hecho de que el sujeto A arroje al río a B con intención de que muera ahogado (creyendo A que B no sabe nadar, pero en realidad no es así) y en la caída B impacta su cabeza contra una roca, se desmaya y muere ahogado. Muchas gracias

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  ปีที่แล้ว +1

      Es bueno el ejemplo.
      Creo que en ese caso, la desviación del curso causal sí sería relevante a fines de excluir el dolo.
      De todos modos, el riesgo producido, estaría dentro del riesgo creado por el autor. Por ese motivo, sí es imputable el resultado muerte al autor. Pero, como no se ha representado ese resultado, sólo sería imputable a título de culpa (homicidio culposo en concurso con tentativa de homicidio).

    • @jfbonetto
      @jfbonetto ปีที่แล้ว

      @@gonzalojaviermolina2503 Muchas gracias por su respuesta. Al dejar en manos del autor la representación que tiene de su hecho (postura que entiendo sería compartida por Frister para quien la previsibilidad del curso del acontecer debe ser enjuiciado sobre la base de la representación que tiene el actuante de su hecho) ¿llegaría a la misma conclusión en el hipotético caso de que la víctima muera al impactar su cabeza contra el poste antes de caer al agua? Por otro lado, la suposición erronea del autor en cuanto a qué su víctima no sabería nadar considera que tendría alguna incidencia en el caso?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  ปีที่แล้ว +1

      @@jfbonetto sería igual en esa variante.

    • @jfbonetto
      @jfbonetto ปีที่แล้ว

      @@gonzalojaviermolina2503 Muy amable por tomarse el tiempo de responder. Se me dificulta comprender a la solución a la que arriba en el caso principal. Concretamente, cómo sería posible que al autor se le impute objetivamente el resultado (es decir, el tipo objetivo se encontraría completo) pero no obstante al no haberse representado la desviación se le terminaría imputado un homicidio culposo en concurso con tentativa de homicidio, si justamente la tentativa (un error de tipo al revés) requiere que el tipo objetivo no esté completo y en el caso sí lo estaría. Espero haber sido claro con mi inquietud y aguardo su respuesta. Desde ya muchas gracias.

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  ปีที่แล้ว +1

      @@jfbonetto se entiende perfectamente la pregunta
      El punto es que el tipo penal estará completo cuando exista el tipo objetivo y el tipo subjetivo, pero ambos deben coincidir. El problema que se plantea en estos casos es que el tipo objetivo (relación de causalidad e imputación objetiva entre la acción y resultado) no es el mismo que se representó el autor. Por eso, el problema es que no se puede decir que exista dolo.
      En definitiva, uno podría pensar que hay que reprocharle al autor de la misma manera. Eso es precisamente lo que propone el subjetivismo: basta con el dolo del autor (siempre que se trate de una representación razonable de producción del resultado) para sancionarlo con la pena del delito consumado.
      Estos ejemplos son un argumento para los subjetivistas de que su propuesta de la teoría del delito sería más razonable.

  • @hernanponce8554
    @hernanponce8554 9 หลายเดือนก่อน

    En los casos de dolo general, si un sujeto abusa sexualmente de una víctima y para ocultar ese delito la asfixia y la tira a un contenedor, él creyó haberla matado pero resulta ser que no, solo la había dejado inconsciente, posteriormente el contenedor es recogido por un camión recolector y la victima es es aplastada luego de haber sido depositada en la caja de compactación, muriendo por aplastamiento, ¿Se resolvería de la siguiente manera?: Se le imputaría al sujeto el delito de abuso sexual, en concurso real con un homicidio culposo agravado, agravado porque es para ocultar el delito.

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  9 หลายเดือนก่อน

      Hernán: sería un abuso sexual en concurso con tentativa de homicidio agravado (art. 80 inc. 7°) en concurso con homicidio culposo.

  • @jorgemazzanti2426
    @jorgemazzanti2426 4 ปีที่แล้ว +1

    FELIZ DIA DEL TRABAJADOR DOCTOR !!!

  • @juancarlosdelrosal7694
    @juancarlosdelrosal7694 4 ปีที่แล้ว +1

    Muchas gracias por la explicación Dr. Tengo una pregunta: en el último caso explicado por usted, sobre adelantamiento del resultado (un sujeto le aplica un golpe a otro para luego inyectarle alguna sustancia para matarlo, pero este termina muriendo a causa del golpe) no sería un homicidio preterintencional más que un homicidio culposo? teniendo en cuenta que se toma el dolo en el momento de la acción, y el dolo del sujeto activo en este caso fue el de lesión (tumbarlo, marearlo, noquearlo, etc) para luego recién matarlo, pero por otras causas el resultado termina siendo la muerte (preterintencion) -claro esta, siempre que el medio utilizado haya sido idóneo para causar la lesión-. Saludos y muchísimas gracias.

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว +1

      Juan Carlos: sí. En el código argentino podría ser un preterintencional.

  • @mentesenarmonia9002
    @mentesenarmonia9002 2 ปีที่แล้ว +1

    Dr., Habría imputación penal de una persona que sale de caza con un grupo de amigos, se separan en el campo y luego le pega un tiro en el pecho a uno de sus amigos que no mata pero lo deja herido de gravedad, a causa de confundirlo con un animal, sería un error escencial? Gracias

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  2 ปีที่แล้ว +1

      Pamela: si hay error, se excluye el dolo en ese caso
      Si el error es vencible se podría imputar el tipo culposo. Si fuera invencible, no habría responsabilidad penal.

  • @albertosforzini3844
    @albertosforzini3844 4 ปีที่แล้ว

    Muchas gracias doctor por compartir sus explicaciones.son muy didacticas. Solo me quedo una duda. ¿En el caso de error en el golpe con homicidio con dolo eventual .Tambien es en concurso con la tentativa de quere matar al que se proponia hacelo? ¿o el dolo eventual excluye la tentativa?.DIsculpe la molestia. Saludos desde Rosario

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว +1

      Alberto: en ese caso no sería un concurso, porque en su representación mata a uno o al otro. Es un homicidio con dolo eventual

  • @ariadnadeseati9903
    @ariadnadeseati9903 2 ปีที่แล้ว +1

    Buenas tardes Profesor! Que pasaría en el caso de que, A dispara contra B, pero la bala se desvía y da en C (el autor no lo había visto), causando la muerte de este ultimo. Pero B percibe lo ocurrido, y se muere de un paro cardiaco. Sé que refiere a un caso de aberratio ictus, pero que se le imputaría al autor? Desde ya muchas gracias. Saludos!

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  2 ปีที่แล้ว +2

      Ariadna: La muerte de B por el paro cardíaco no debería cambiar en nada la solución que propongas para los casos de Aberratio ictus. Esa muerte no se podría imputar objetivamente al autor, ya que difícilmente estaría dentro de los riesgos generados por él al dispararle con un arma de fuego. El riesgo que genera una persona al disparar a otra con un arma de fuego es el riesgo producto de las lesiones del proyectil. En este caso la muerte se produce en relación causal con la acción del autor, pero no en relación de imputación objetiva.
      Por ello, deberías seguir sosteniendo que se imputa a A una tentativa de homicidio (respecto a B) y eventualmente la muerte de C a titulo de imprudencia (en relación a esta muerte, aclaro que en tu caso no se dice, pero sería necesario pensar que el acto de disparar en ese lugar implicaba la creación de un riesgo de muerte también para otras personas, no sólo para B, como efectivamente ocurrió aquí. Solo en ese caso se podría imputar a título de imprudencia esa muerte de C. En cambio, ni siquiera sería imprudencia si se trataba de un lugar para practicar tiro al blanco, y por consiguiente, nadie esperaba que C estuviera ahi. En este caso, no se imputaría a A la muerte de C).
      Aquí seguramente muchos van a pensar que es injusto que se sancione al sujeto A en relación a la muerte de B sólo por una tentativa, ya que el autor quiso su muerte y efectivamente terminó causándola. Esto se debe a que en códigos penales como el nuestro (C.P. argentino) la pena para las tentativas se reduce obligatoriamente (art. 44).
      Sin embargo, en otros códigos (por ejemplo : el de Paraguay o de Alemania) la pena para una tentativa acabada podría ser igual a la de un delito consumado. En un código como esos, el caso que das con la solución que propongo no causaría ninguna sensación de "injusticia"

    • @ariadnadeseati6245
      @ariadnadeseati6245 2 ปีที่แล้ว +1

      @@gonzalojaviermolina2503 Muchas gracias por la rápida y clara respuesta Doctor! Saludos!

  • @lxab2439
    @lxab2439 ปีที่แล้ว

    Hola doctor, una consulta, si un extranjero llega al pais y conoce a una menor de 15 años, y en su pais no esta prohibido ese vinculo, al concretar el acto con la menor podria considerarse error de derecho?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  ปีที่แล้ว

      Para considerar la figura del art. 120 C.P., debería haber acceso carnal.
      Si además se diera el error, sería un error de prohibición. Habrá que ver si es vencible o invencible para analizar su relevancia penal.

  • @ivanaecheverria5894
    @ivanaecheverria5894 2 ปีที่แล้ว

    Hola Buenas noches.
    Una consulta que pasaria en el caso en que por ejemplo.
    Hay dos amigos A y B . A está siendo atacado por un simio. B dispara con un arma de fuego queriendo matar al animal para que suelto a su amigo. Pero B termina disparándole a A en la cabeza. A muere por el disparo en la cabeza y no por el ataque del animal.

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  2 ปีที่แล้ว +1

      La pregunta sería si hay dolo? Eso depende de lo que se representó el sujeto al disparar. Si se representó como posible el resultado muerte de su amigo, hay dolo.
      De todas maneras, ese caso se resolverá a nivel de antijuricidad (para algunos, estará justificado) o a nivel de culpabilidad (error de prohibición invencible)

    • @ivanaecheverria5894
      @ivanaecheverria5894 2 ปีที่แล้ว

      @@gonzalojaviermolina2503 Muchas gracias por su respuesta.

  • @hernanponce8554
    @hernanponce8554 9 หลายเดือนก่อน

    el conocimiento del vínculo, por parte del sujeto que tiene dolo de matar a su papá, también se considera un elemento subjetivo especial? A sabe que está matando y que además la víctima es su padre.

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  9 หลายเดือนก่อน

      Hernán: para aplicar esa figura penal, el conocimiento del vínculo no es elemento subjetivo especial, sino parte del dolo. Es necesario que conozca el vínculo para decir que tiene dolo de esa figura agravada. (art. 80 inc. 1°C.P.).
      Esa figura penal no exige ningún elemento subjetivo especial.

  • @mismascotasexoticas1742
    @mismascotasexoticas1742 4 ปีที่แล้ว

    Hola, doctor. Tengo algunas dudas
    1) En el dolo eventual, ¿hay elemento volitivo y cognitivo?
    2) citando el artículo 84 del Código Penal y determinando que es un delito culposo, puedo hablar de omisión también? En un caso por ejemplo que un niño muere ahogado y su profesora, que debía estar prestando atención, estaba usando el celular?
    3) El error en el golpe, el error de tipo y el dolus generalis excluyen el dolo por ausencia de elemento cognitivo, volitivo o ambas?
    Desde ya muchísimas gracias por transmitir sus conocimientos con tanto amor y facilidad!

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว +2

      A la pregunta 1) Dependerá de la teoría que se adopte. Sólo para la teoría de la voluntad (en materia de dolo) existiría en el dolo eventual (igual que en las demás clases de dolo) un elemento volitivo. Ese elemento volitivo no sería el querer el resultado como finalidad esencial, sino el "aceptar" la producción del resultado. La teoría del asentimiento considera que no hay elemento volitivo en el Dolo eventual, sólo habría elemento cognitivo.

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว +2

      A la pregunta 2) Del art. 84 surge el homicidio culposo que pude cometerse tanto por acción, como por omisión (impropia). Ejemplo de acción: empujar al agua (sin quererlo, ni darse cuenta) a otro que se ahoga. Ejemplo de omisión: la profesora de natación no advierte que su alumno se está ahogando, porque está distraída con el celular.
      Hay un video en el canal donde se explican las diferencias entre tipo activo y omisivo, es decir, cuándo el delito es activo y cuando omisivo.

    • @mismascotasexoticas1742
      @mismascotasexoticas1742 4 ปีที่แล้ว

      Muchas gracias, doctor❤️

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว

      Con respecto a la pregunta 3) el problema en los tres casos es el elemento cognitivo.

    • @mismascotasexoticas1742
      @mismascotasexoticas1742 4 ปีที่แล้ว

      Gonzalo Javier Molina Muchas gracias! En caso de haber alguno de los tres errores se corta el análisis?

  • @kleitorsvideos5310
    @kleitorsvideos5310 2 ปีที่แล้ว

    Que tal doctor disculpe usted son excelentes sus clases podria enseñar algo sobre abuso sexual hacia niños, camara gesell y demas

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  2 ปีที่แล้ว

      Gracias por comentar.
      Lo vinculado a cámara Gesell corresponde al estudio del derecho Procesal penal.
      Los delitos de abuso sexual están en la lista de delitos contra la integridad sexual.

  • @leonardovenica2412
    @leonardovenica2412 3 ปีที่แล้ว

    Dr el error in personam me genera cierta duda, le cito un ejemplo: A odia a su vecino B por su raza y religion. A decide matar a B, por lo que se dirige a su casa, ingresa por la parte trasera para que nadie lo vea y se encuentra con una persona con las mismas caracteristicas que B por lo que A no duda y abre fuego matando a esa persona. Al acercarse nota que no era B sino un amigo de este, que ademas es de la misma raza y religion que A.
    Se aplica el art 79 u 80 inc 4 ?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  3 ปีที่แล้ว

      El error en la identidad de la víctima es irrelevante, en principio. La excepción está marcada en aquellos tipos penales que consideran la identidad como un elemento relevante de la tipicidad. También hay que ver que ciertos tipos penales exigen elementos subjetivos que no necesariamente deben concretarse en la realidad (por ejemplo: el homicidio por odio a la religión).
      Hay videos de los homicidios agravados.

    • @leonardovenica2412
      @leonardovenica2412 3 ปีที่แล้ว

      @@gonzalojaviermolina2503 excelente. Gracias por la aclaración. Vamos a ver los otros videos, mis compañeros y yo. Muy amable

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  3 ปีที่แล้ว +1

      @@leonardovenica2412 De acuerdo a lo señalado entonces, en tu ejemplo, el autor deberá responder por la figura agravada (art. 80 inc. 4) porque esa figura exige el odio racial o religioso sólo como un elemento de la motivación. No es necesario que en realidad mate a una persona de la religión o raza que pensaba.