¿Entonces cuando el sepe te paga los días que tienes derecho se refiere a 30 días y no a 20 (días laborables)? Una pregunta tonta... un saludo y buen video.
Hola una pregunta he tramitado el paro hace un mes..y mi base reguladora estaba 1884 con lo cual hice el calculo 1884-30% y el resultado ha sido 1318e y yo pensando que esto voy a cobrar limpio..pero no a los 1318 me ha retenido 88e (aportacion a la seguridad social) y a final cobre 1229e..es normal cobrar asi..yo tengo una niña de 3 años en mi cargo. gracias.
Muy bien! Me gustó y me ayudó mucho a entender esta materia. Muy bien explicado! Una pregunta. Si por ejemplo me voy al desempleo porque el contrato se extingue por la muerte del empresario... Y no he llegado a disfrutar de los 30 días de vacaciones...?! Tengo que calcular 13 meses en vez de 12 en la base de cotización? o como va eso? Gracias!!
Una cosa son las vacaciones no disfrutadas, y otra el cálculo de las bases de cotización. Existen dos bases de cotización, la base de contingencias comunes y la de contingencias profesionales. La base de contingencias comunes es una base que se obtiene a partir del salario base más complementos salariales y la prorrata de las pagas extras.
Espectacular este vídeo, he visto unos cuantos de este estilo y este es el mejor con muchísima diferencia. ¡Muchísimas gracias!
Muchas gracias por el video, que bien que te explicas.
Muchas gracias, estaba muy perdida. Espectacular
De lo mejorcito, muchas gracias
muy bien explicado sencillo sigue asi
Un apunte: El período de carencia es de 360, no de 365 días.
😌
Te has confundido, le correspoden 480 días, no 420... 🙄
Y el IRPF no se descuenta al igual que la seguridad social?
Hola manuela, no entiendo nada gracias.
Donde puedo localizar la BRpd en la nómina ?
Buenas Ana, hay forma de conseguir esta infografía? Muchas gracias por tu ayuda!
¿Entonces cuando el sepe te paga los días que tienes derecho se refiere a 30 días y no a 20 (días laborables)? Una pregunta tonta... un saludo y buen video.
Hola una pregunta he tramitado el paro hace un mes..y mi base reguladora estaba 1884 con lo cual hice el calculo 1884-30% y el resultado ha sido 1318e y yo pensando que esto voy a cobrar limpio..pero no a los 1318 me ha retenido 88e (aportacion a la seguridad social) y a final cobre 1229e..es normal cobrar asi..yo tengo una niña de 3 años en mi cargo. gracias.
Claro, en el paro también te hacen retenciones (irpf y demás)
Muy bien! Me gustó y me ayudó mucho a entender esta materia. Muy bien explicado!
Una pregunta. Si por ejemplo me voy al desempleo porque el contrato se extingue por la muerte del empresario... Y no he llegado a disfrutar de los 30 días de vacaciones...?! Tengo que calcular 13 meses en vez de 12 en la base de cotización? o como va eso? Gracias!!
Una cosa son las vacaciones no disfrutadas, y otra el cálculo de las bases de cotización. Existen dos bases de cotización, la base de contingencias comunes y la de contingencias profesionales. La base de contingencias comunes es una base que se obtiene a partir del salario base más complementos salariales y la prorrata de las pagas extras.
dices 480 y pones luego 420
Mal explicado lo ha hecho