Hola Dr, muchísimas gracias por sus videos subidos. Viéndolos y estudiándolos pude sacar 8 en mi examen de Derecho Penal Parte Especial en la UCSF. Muy claro, totalmente agradecido con usted. Saludos!
Increíble que existan profesionales así, donde lo difícil lo haga parecer sencillo ,te atrapa tanto la explicación que ni un solo segundo se puede dejar sin apreciarse. Da gusta ver videos así y pensar que ahora estoy en mitad de carrera por sus videos
Dr Molina son excelentes y muy didácticas sus clases quisiera saber si podría brindar un vídeo explicativo de delitos contra la administración pública, desde ya gracias por su tiempo!
Dr. consulta. el Título es delito contra las personas? y las figuras son homicidio, abandono de personas, el aborto, delito contra el honor, delitos contra la integridad sexual. Es decir dentro de título mencionado se encuentran estas figuras?.. MUCHAS GRACIAS.
Adriana: el título de delitos contra las personas abarca desde el art. 79 al 108 del C.P. argentino. Honor es otro título; Integridad sexual es otro. Si buscas en el canal por listas de reproducción, verás que estan clasificados los videos por cada título.
Dr, mi hermano está aprendiendo a manejar, y me contó que hubo una clase en donde el profesor tuvo que frenar el auto en donde mi hermano manejaba debido a que el, mientras doblaba en una calle, pasaban 3 personas y podía causar un accidente, en esa misma freno el auto de golpe porque casi pasa un semáforo en rojo. Las actitudes de mi hermano que, sin dudarlo, son de alguien que no sabe manejar y por eso esta en una autoescuela, pueden derivar en una tentativa de lesiones y/o homicidio?
@@mariabelenllerasosa712 en otros códigos se llamaba "declaración explicativa no jurada". Son casos en los que se pretende evitar una declaración de nulidad por una eventual autoincriminación. La figura no es cuestionable en sí, habría que ver lo que hace el Juzgado después con esa declaración.
Rolando: se prueba igual que cualquier otro elemento del tipo penal. La regla es que puede probarse por cualquier medio. El mismo problema podría existir con los elementos subjetivos especiales del tipo penal (Ej: en el art. 80 inc. 7°, "matar para ocultar otro delito") Como no existe el "dolómetro", se infiere la existencia de dolo de otros elementos probatorios, incluso indicios de la experiencia común.
Hola ,me culpan de homicidio simple ,cuando ya se ha probado que la otra parte me salieron a correr para atacarme y yo solo me defendi,que puedo hacer?
@@gonzalojaviermolina2503 muchas gracias por contestar, sus clases me ayudaron muchisimo para aprobar penal 1 y seguro me ayudaran para penal 2, es excelente explicando y ejemplificando, ya que a mis 42 me cuesta entender ciertas cosas, y ud las hace muy entendibles, muchas gracias.
@@sahidjorgeamin1763 gracias por comentar. Pensé que me preguntabas de Penal especial. Para parte general es recomendable el manual de Bacigalupo (hay ediciones de Temis Bogotá y Hammurabi), el de Ramón Luis González (Edit. Astrea) y Zaffaroni.
Excelente material! Y aprovecho para contarte y pedirte una recomendación. Hace 3 meces comencé a formar parte del Ministerio Publico del Poder Judicial. Entiendo poquito y nada. Me podrías recomendar tus videos para que me ayude en mi tarea diaria o necesito arrancar por otro lado?gracias
@@gonzalojaviermolina2503 gracias por responder. No soy abogado. Solo un auxiliar administrativo. Mi jefe es defensor oficial. Y no sé por donde arrancar. Algunos me dicen que lea el codigo procesal, otros que lea expedientes, que aprenda a hacer escritos, etc. Para mí es chino avanzado.
Profesor, disculpe. Habría alguna forma sencilla y comprensible de resolver un caso practico de penal siguiendo. Verá... casi me conozco ya el código penal español, pero no consigo adaptar la teoría a la practica, cada cual da una forma distinta. No hay una forma mental y sencilla de estructurar mentalmente que debemos primero resolver y como aplicarlo?. Tengo examen de penal especial y no tengo ni idea de como resolver en tan poco tiempo ( 40´) diez preguntas de casos teóricos/practicos y un practico con calificación fiscal. Le agradecería mucho un poco de luz en este asunto. Muchisimas Gracias y un saludo desde España.
Francisco: no sé cómo será exactamente la metodología de tu examen. Pero para la resolución de casos penales hay que identificar primero el problema teórico que tiene el caso. Si es un examen de parte especial, hay muchas más posibilidades de que el problema teórico esté en la tipicidad, que es el punto de distinción entre las distintas figuras. Una vez identificado el problema teórico, pensar en cual o cuáles son las formas de resolverlo que propone la doctrina penal. Si te exigen asumir un rol (como defensor o fiscal) tomas la postura más acorde a ese rol. Si no te exigen asumir un rol definido, entonces tendrás la libertad de tomas la postura que más te convenza para resolver ese problema. No sé cuánto se te permita fundamentar, pero es importante allí que hagas todo lo posible para dejar bien claro que has entendido el problema y la solución que propone la dogmática penal. Éxitos en el examen!!
Hola Dr, muchísimas gracias por sus videos subidos. Viéndolos y estudiándolos pude sacar 8 en mi examen de Derecho Penal Parte Especial en la UCSF. Muy claro, totalmente agradecido con usted. Saludos!
Gracias por tu comentario!
Increíble que existan profesionales así, donde lo difícil lo haga parecer sencillo ,te atrapa tanto la explicación que ni un solo segundo se puede dejar sin apreciarse. Da gusta ver videos así y pensar que ahora estoy en mitad de carrera por sus videos
Gracias por tu comentario Benjamin!
Excelente!!! Muy bien explicado,el contenido es una herramienta muy útil!! Gracias
Gracias por estos vídeos son de mucha ayuda.saludos cordiales
Que genio por explicar así, solo le falta volumen al vídeo ❤
Excelentes videos y explicaciones! Gracias Dr!
Gracias!
Profesor gracias por su explicación, me resulta muy práctica su clase y hace que pueda comprender los temas.
Gracias!
Profe mil gracias por hacer tan didáctico la explicación para la comprensión!
Bien explicado 👏👏👏
Excelente explicación !!! Gracias
Gracias Andrea
Buenas tardes Dr me gustaría por favor que me pidiera explicar más sobre eutanasia y eugenesia. Desde ya muchas gracias
Muchas gracias Dr. Por el vídeo saludos desde Perú.
Gracias. Saludos!
Dr Molina son excelentes y muy didácticas sus clases quisiera saber si podría brindar un vídeo explicativo de delitos contra la administración pública, desde ya gracias por su tiempo!
Sabrina: sí, ya vamos a llegar a esos delitos. Por el momento estamos en delitos contra la seguridad pública
Dr. consulta. el Título es delito contra las personas? y las figuras son homicidio, abandono de personas, el aborto, delito contra el honor, delitos contra la integridad sexual. Es decir dentro de título mencionado se encuentran estas figuras?.. MUCHAS GRACIAS.
Adriana: el título de delitos contra las personas abarca desde el art. 79 al 108 del C.P. argentino.
Honor es otro título; Integridad sexual es otro.
Si buscas en el canal por listas de reproducción, verás que estan clasificados los videos por cada título.
@@gonzalojaviermolina2503 Dr. Muchas gracias por su respuesta. Sigo su canal ya que usted explica muy bien. Saludos cordiales!.
Dr, mi hermano está aprendiendo a manejar, y me contó que hubo una clase en donde el profesor tuvo que frenar el auto en donde mi hermano manejaba debido a que el, mientras doblaba en una calle, pasaban 3 personas y podía causar un accidente, en esa misma freno el auto de golpe porque casi pasa un semáforo en rojo. Las actitudes de mi hermano que, sin dudarlo, son de alguien que no sabe manejar y por eso esta en una autoescuela, pueden derivar en una tentativa de lesiones y/o homicidio?
Hay videos sobre tentativa en la lista de Teoría del delito
Hola dr. Gracias por compartir tus conocimientos... Si se puede me gustaria saber tu opinion del art 250 testigo sospechoso... Gracias!
De qué código o ley?
@@gonzalojaviermolina2503 del codigo procesal de Misiones y creo que Corrientes tambien es el mismo articulo
@@mariabelenllerasosa712 en otros códigos se llamaba "declaración explicativa no jurada". Son casos en los que se pretende evitar una declaración de nulidad por una eventual autoincriminación.
La figura no es cuestionable en sí, habría que ver lo que hace el Juzgado después con esa declaración.
@@gonzalojaviermolina2503 Dr. Me pasa su correo por favor
Muy bueno!!! aunque se escucha medio bajo
Así es. Los primeros videos tienen bajo volumen.
Dr. cómo sería la prueba del dolo (directo, eventual) ya que se trata de una representación mental?
Rolando: se prueba igual que cualquier otro elemento del tipo penal. La regla es que puede probarse por cualquier medio.
El mismo problema podría existir con los elementos subjetivos especiales del tipo penal (Ej: en el art. 80 inc. 7°, "matar para ocultar otro delito")
Como no existe el "dolómetro", se infiere la existencia de dolo de otros elementos probatorios, incluso indicios de la experiencia común.
Hola ,me culpan de homicidio simple ,cuando ya se ha probado que la otra parte me salieron a correr para atacarme y yo solo me defendi,que puedo hacer?
Designar un Defensor
Buenas tardes profesor, me podre contactar para hacerle una consulta sobre la materia?
excelente!! el audio se escucha muy bajo
Gracias!
excelentes clases, que autor sigue mas para sus clases?
Gracias por comentar
www.libreriacontexto.com.ar/productos/manual-de-derecho-penal-parte-especial-edicion-2021/
@@gonzalojaviermolina2503 muchas gracias por contestar, sus clases me ayudaron muchisimo para aprobar penal 1 y seguro me ayudaran para penal 2, es excelente explicando y ejemplificando, ya que a mis 42 me cuesta entender ciertas cosas, y ud las hace muy entendibles, muchas gracias.
@@sahidjorgeamin1763 gracias por comentar.
Pensé que me preguntabas de Penal especial.
Para parte general es recomendable el manual de Bacigalupo (hay ediciones de Temis Bogotá y Hammurabi), el de Ramón Luis González (Edit. Astrea) y Zaffaroni.
Si ahora estoy con la parte especial, el año pasado hice penal 1 parte general, soy alumno de la UNT
Soy sociologo pero me gusta mucho el derecho penal
Miguel: gracias por comentar. Hay un vínculo entre las dos disciplinas, seguro.
Tal vez le interese los videos sobre Criminología (son tres).
Que pena el audio está muy bajo
Mariana: en los primeros videos de delitos contra las personas, el audio está bajo. Se corrigió en los siguientes.
Excelente material! Y aprovecho para contarte y pedirte una recomendación. Hace 3 meces comencé a formar parte del Ministerio Publico del Poder Judicial. Entiendo poquito y nada. Me podrías recomendar tus videos para que me ayude en mi tarea diaria o necesito arrancar por otro lado?gracias
Sos abogado?
@@gonzalojaviermolina2503 gracias por responder. No soy abogado. Solo un auxiliar administrativo. Mi jefe es defensor oficial. Y no sé por donde arrancar. Algunos me dicen que lea el codigo procesal, otros que lea expedientes, que aprenda a hacer escritos, etc. Para mí es chino avanzado.
@@djc1881 Deberías estudiar Derecho
Hola profesor me podrá definir el homicidio simple
matar a otra persona
Profesor, disculpe. Habría alguna forma sencilla y comprensible de resolver un caso practico de penal siguiendo. Verá... casi me conozco ya el código penal español, pero no consigo adaptar la teoría a la practica, cada cual da una forma distinta. No hay una forma mental y sencilla de estructurar mentalmente que debemos primero resolver y como aplicarlo?. Tengo examen de penal especial y no tengo ni idea de como resolver en tan poco tiempo ( 40´) diez preguntas de casos teóricos/practicos y un practico con calificación fiscal. Le agradecería mucho un poco de luz en este asunto. Muchisimas Gracias y un saludo desde España.
Francisco: no sé cómo será exactamente la metodología de tu examen. Pero para la resolución de casos penales hay que identificar primero el problema teórico que tiene el caso. Si es un examen de parte especial, hay muchas más posibilidades de que el problema teórico esté en la tipicidad, que es el punto de distinción entre las distintas figuras.
Una vez identificado el problema teórico, pensar en cual o cuáles son las formas de resolverlo que propone la doctrina penal. Si te exigen asumir un rol (como defensor o fiscal) tomas la postura más acorde a ese rol.
Si no te exigen asumir un rol definido, entonces tendrás la libertad de tomas la postura que más te convenza para resolver ese problema.
No sé cuánto se te permita fundamentar, pero es importante allí que hagas todo lo posible para dejar bien claro que has entendido el problema y la solución que propone la dogmática penal.
Éxitos en el examen!!
NO ESCUCHE NADA
Hola dr. Gracias por compartir tus conocimientos... Si se puede me gustaria saber tu opinion del art 250 testigo sospechoso... Gracias!