Abandono de personas

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  • เผยแพร่เมื่อ 9 ก.ย. 2024
  • ARTÍCULO 106 y 107 CÓDIGO PENAL ARGENTINO

ความคิดเห็น • 96

  • @carolromero3715
    @carolromero3715 10 หลายเดือนก่อน +1

    👏👏👏👏👏👏 Dr es un lujo escucharlo .

  • @horteullua7797
    @horteullua7797 2 ปีที่แล้ว +5

    Excelente explicación doc , justo hice una denuncia a mis hermanos por abandona de persona , ellos no cuidan ni asisten a su madre que tiene 90 años ! La cuido yo sola es muy triste bendiciones. Doc

    • @noemiluna6113
      @noemiluna6113 11 หลายเดือนก่อน +1

      Yo tengo polio mielitis y ahora tengo imposibilitada mis manos no tengo fuerza y vivo con mi hijo y se va me deja sola me caí y a raíz de ello quizás me lesione la columna o algo x eso ahora no funciona mis manos estoy silla ruedas no camino y no puedo pararme sola es un delito abandono persona?

    • @noemiluna6113
      @noemiluna6113 11 หลายเดือนก่อน

      Sale con una policía ella le dice que no puedo hacer nada

    • @DanteAlbertoTaboadaRuiz
      @DanteAlbertoTaboadaRuiz 23 วันที่ผ่านมา

      ​@@noemiluna6113😮

  • @rominaacuna4101
    @rominaacuna4101 10 หลายเดือนก่อน +1

    Excelentes las clases Dr.
    Gracias por difundirlas.

  • @estelacortez2157
    @estelacortez2157 หลายเดือนก่อน

    Conozco a dos hijos que abandonaron a su madre , encima no quiere que nadie le ayude

  • @alejandracandyalegre
    @alejandracandyalegre 4 ปีที่แล้ว +2

    Muchas Gracias!!!

  • @daianacuzmicich3197
    @daianacuzmicich3197 3 ปีที่แล้ว

    excelentes videos!!rindo mañana y me sirvieron de mucha ayuda para reforzar.

  • @LautaroMallo
    @LautaroMallo 3 ปีที่แล้ว

    Muy bien explicado. Muchas gracias

  • @nildacaballero4232
    @nildacaballero4232 4 ปีที่แล้ว

    Execelente Dr.

  • @carolromero3715
    @carolromero3715 10 หลายเดือนก่อน

    Abandonar es dejarlo a su suerte ,en el caso de que el bien juridico este en peligro de vida. Omitiendo la asistencia que por obligacion la ley imparte.

  • @MauroAndreoli-rz8rs
    @MauroAndreoli-rz8rs 2 หลายเดือนก่อน

    Una pregunta doctor .. mí esposa fue abandonada por su madre biológica totalmente a la edad de 4 años
    Durante la potestad de la misma desde nacimiento hasta los 4 años de edad sufrió repentinos tratos de abandonos tanto de persona hacía la niña .. como abandonos de integridades educativas . Malos tratos físico.. en estados deplorables etc .. mí esposa fue entregada la guarda a sus padres adoptivos haciendo que se presente su madre biológica en audiencias etc en las cuales no se obtuvo resultado de presencia ... hoy Rige de forma legal con apellido adoptivo mí mujer .. ..
    Está señora madre biológica de mí pareja también regalo dos hijos más ... Uno de ellos se encuentran SERCA de la cuidad en la cual estamos vigente con el cual se tiene buen trato entre hermanos ...
    En estos años con 24 los de edad mí pareja a encontrado a su madre biológica dandonse a conocer que la misma tiene a su cargo 5 hijos ...
    Está madre biológica a esos hijos los tiene en estados muy precarios los cuales casi no concurren a establecimiento escolares ... Los hacen trabajar ...
    Mientras ella y su pareja somos beben alcohol y vicios ..
    También cuenta con uno de ellos con mal estado de salud por una deficiencia etc ...
    Los chicos se encuentran en mal estado también muy similar lo que le pasaba a mí pareja mientras si madre biológica estaba a cargo ... .mí pareja siendo hermanas de ellos quisiera poder hacer algo por ellos se podría hacer ???
    También pregunto por más que allan pasado años podría iniciar una causa legal por abandono de persona en su contra siendo menor de edad ... ??? Ahora que ella es grande se puede hacer algo ??

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  2 หลายเดือนก่อน

      Debería consultar un abogado que analice el caso con todos los detalles

  • @luisalbertodurruty3234
    @luisalbertodurruty3234 2 ปีที่แล้ว

    "El peligro" es algo difuso y que necesita probarse por quién lo alega, es decir el propio abandonado. Eso es un cambio total de la conducta típica, ya que antes de esta reforma reaccionaria, esa figura era el propio abandono - lo cual ya es censurable para nuestra cultura - y no habría por qué ni para que alegar otras cuestiones accesorias.

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  2 ปีที่แล้ว

      Claro que antes, con menos requisitos, tenía una pena menor. En general, es lo que se propone en sistemas penales racionales: el delito de peligro abstracto tiene pena menor que el de peligro concreto.

  • @JS-wk4qs
    @JS-wk4qs หลายเดือนก่อน

    Dr,: en una internación 92 años de edad,es internada aclínica. Luego pasado una semana,dan el alta con neumonía a peligro de vida, puede ser delito?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  หลายเดือนก่อน

      @@JS-wk4qs Si se dan los elementos objetivos y subjetivos podría ser

  • @noepereyra8496
    @noepereyra8496 6 หลายเดือนก่อน

    Dr,. Molina este articulo engloba a una persona adulta, por ejemplo una esposa abandonada por su esposo, el mismo día en que fue operada, y con diversas actitudes poner a esa persona en un lugar de desamparo económico, habitacional, de salud, y maltratada psicológicamente, ?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  6 หลายเดือนก่อน

      Debería consultar con un abogado para ver el caso específico.
      Pero, el delito está previsto para cuando exista una puesta en peligro concreta de la vida o integridad física. No coincide con el concepto "vulgar" de abandono en relaciones personales.

  • @sarabethelgodoy4166
    @sarabethelgodoy4166 ปีที่แล้ว

    Magistral como siempre!! una consulta en su libro "Manual de Derecho Penal- Parte Especial" en la sección "Caso de delitos contra las Personas" pag 228/229: caso 9 después del partido, podría ser la responsabilidad penal de "abandono de persona" por parte de Pedro que atropelló a la víctima, advirtió la gravedad pero se dio a la fuga aún sabiendo que corría en riesgo la vida de Bernardo y además existía la posibilidad material de evitar que se produzca el resultado porque sabia que a 100mts estaba el hospital, el estaría en posición de garante porque fue el que le produjo lesiones graves, aun si iba manejando correctamente y no pudo evitar el accidente?? en ese sentido me hace ruido el concepto o lo que se entiende respecto al "dolo por abandono", en el sentido de qué debe representarse el autor al momento de abandonar. Ahora en el caso de Alberto me genera dudas el hecho de que el encartado creía que las lesiones no eran graves que la víctima exageraba cuando se retiró sin prestarle auxilio en ese caso podría ser que no se observa el elemento subjetivo?? pese a que él deseaba la muerte de Bernardo, por otra parte en un primer momento consideré que su accionar se encuadraba en la figura del art. 80 inc 2 en función del art 42, sin embargo se trata de una tentativa de delito imposible porque en base al error del autor la acción ilícita no es posible en razón de la inidoneidad del medio, porque en vez de veneno le suministró un somnífero a la víctima, cómo sería correcto resolver?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  ปีที่แล้ว

      Sara: en relación a Alberto totalmente de acuerdo
      En relación a Pedro, l cuestión precisamente es definir si es garante por el hecho precedente
      Hay autores que dicen que sí, ya que se conforman con cualquier hecho precedente causante
      Otros autores (ej. Roxin) consideran que el hecho además, debe ser antijurídico y superar las exigencias de la imputación objetiva. Eso no ocurre en el caso porque Pedro manejaba de modo correcto
      Coincido con Roxin en esto

  • @normaarganaras9569
    @normaarganaras9569 ปีที่แล้ว

    Mi hijo fue chocado x una camioneta el venia con su moto ,y lo chocó de atras y privoco la caida .donde cayo y estaba agonizando luego falleció.el tipo sigo no paro ayudarlo .. el perito puso homicidios todaviano lo encontré culposo

  • @atrashendo
    @atrashendo 11 หลายเดือนก่อน

    Como de la basura mi hijo me vendio mi moto para trabajar

  • @nazrobledo
    @nazrobledo 3 ปีที่แล้ว

    Queria consultarle, es posible que un homicidio culposo concurra con una tentativa de homicidio doloso?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  3 ปีที่แล้ว +2

      Nazarena: sí es posible.
      Después habrá que ver qué tipo de concurso sería. Dependerá de los hechos del caso.

  • @leilasahar6139
    @leilasahar6139 6 หลายเดือนก่อน

    Buenas tardes Estimado consulta en el caso de que un ladrón ingrese a un bar y encuentre al bar ténder tendido sobre la barra el ladrón creyendo que esta dormido toma el dinero de la caja , resulto ser que no estaba dormido sino muerto - seria hurto simple en concurso ¿con abandono o con omisión de auxilio? ( en el caso que la muerte se haya producido después que se fue ) muchas gracias

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  6 หลายเดือนก่อน +1

      No hay doló de 106 ni de 108 porque no sabe que está en peligro
      Solo hurto

    • @leilasahar6139
      @leilasahar6139 6 หลายเดือนก่อน

      muchas gracias por responder saludos@@gonzalojaviermolina2503

  • @andrearagona6557
    @andrearagona6557 8 หลายเดือนก่อน

    Doctor disculpe, en caso de abandono de persona, hace más de un año, que no ven al padre y solo lo cuida un solo hijo, puede dejar su porcentaje, al hijo que lo cuido lo alimento y demás , dejando a sus otros hijos con la parte del cónyuge fallecido ¿¿??

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  7 หลายเดือนก่อน

      Andrea: no creo poder dar una respuesta acertada, la consulta está vinculada más al derecho de sucesiones, no al derecho penal.

  • @diosmisfamiliamitodo3785
    @diosmisfamiliamitodo3785 4 ปีที่แล้ว +1

    Doctor usted es de adónde?

  • @reee.8141
    @reee.8141 2 ปีที่แล้ว

    Hola doctor tengo a mi madre con un acv y tiene la mitad del cuerpo paralizada...somos 4 hermanos y 2 de ellos no quieren cuidar a mi mamá.... es un abandono de persona lo que están haciendo ya que mi mamá es discapacitada y entre mi otro hermano y yo a veces no podemos cuidarla x nuestro trabajo ... mis otros dos hermanos tienen la obligación de cuidarla ? Gracias

  • @juancarloscantuguerra1863
    @juancarloscantuguerra1863 2 ปีที่แล้ว

    Buenas tardes Dr. Mi hermano falleció debido a una enfermedad que lo tuvo en cama durante 2 meses en su casa (el vive solo ya que es divorciado). Sus hijos viven en otra ciudad debido a sus trabajos. Mi hermano pagaba por sus medicinas, enfermeros, hospitales, etc por lo que no estuvo solo durante su enfermedad durante esos 2 meses. ¿Los hijos incurren en abandono de persona? Tomando en cuenta que el padre no solicitaba dinero de sus hijos ya que tenia cómo solventar los gastos económicos que conllevaba la enfermedad. Saludos

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  2 ปีที่แล้ว +1

      Juan Carlos: parecería que no se presentan los elementos del delito en el caso que comenta.

  • @nicolasestradadiazalmehida2063
    @nicolasestradadiazalmehida2063 2 ปีที่แล้ว

    Excelente doctor, tengo una inquietud.
    Si un profesional de alpinismo es contratado por unas personas para escalar una montaña, pero hay brisas peligrosas que se lo impiden, el quiere suspender el ascenso. Pero las personas que le pagaron por subir la montaña no quieren detenerse porque dicen que le pagaron. El Alpinista profesional los abandona sin que estos se den cuenta y los deja a la mitad de la montaña y como consecuencia ellos se pierden(estas personas son mayores de edad y no tienen ninguna discapacidad)...¿tiene agravantes ? O con que intención será sancionado dolo o culpa ?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  2 ปีที่แล้ว

      GRacias por comentar, NIcolás.
      En tu caso, no sería lo mismo que el guía se niegue a salir, o que los deje en la mitad del camino. En el primer caso, no sería garante, en el segundo caso, sí sería garante. Si no es garante, no responde penalmente.
      Después, que tenga dolo o culpa, dependerá de lo que se representó o no el sujeto al momento de "abandonarlos". Eso no surge de tu caso, y es un dato muy importante para definir la posible responsabilidad penal.
      Si es garante y se representa la posiblidad concreta de muerte ya al momento del abandono, podrá responder por homicidio (por omisión impropia). Si es garante y sólo se representa un riesgo más abierto contra la vida de ellos, respondería por abandono de personas.

    • @nicolasestradadiazalmehida2063
      @nicolasestradadiazalmehida2063 2 ปีที่แล้ว

      @@gonzalojaviermolina2503 pero en mi ejemplo , el se fue los abandono sin que supieran cuando ellos le habían pagado por ascender la montaña , el HECHO de dejarlos se realiza con ¿dolo o culpa? ya que el resultado solo fue la pérdida en la montaña ( no hubo la muerte de nadie )

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  2 ปีที่แล้ว

      @@nicolasestradadiazalmehida2063 lo que se representa o no el autor, no lo dice tu caso.
      Debería decirlo para saber si hay dolo de alguna figura penal.
      Pero después de tu respuesta, la cuestión es difícil, porque decis que no hay ningún resultado.
      ¿En qué figura penal estarías pensando?

  • @cristinahr2400
    @cristinahr2400 10 หลายเดือนก่อน

    Hola una pregunta. Tengo una hermana ya hace Dos años un año hospital y un año en casa con internación domiciliaria por razones personales la interne en un centro de rehabilitación pagó..yo me encargo de pagar todos los gastos sin ayuda de nadie ya qué mi hermana sufrió una aneurisma cerebral..y.intento qué la reaviliten si se puede y me acusan de abandonó de persona... qué más puedo hacer yo ...😢😢😢 Las personas qué acusan también son hermanas no ponen un sentavo pero sí tienen detecho de juzgar Gracias por compartir

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  9 หลายเดือนก่อน

      Cristina: si hay una denuncia formal, debería tener un abogada/o.

  • @francodidone
    @francodidone ปีที่แล้ว

    Doctor, en el caso del 106, en el supuesto de ´´Abandono de la persona a la que el propio autor ha incapacitado´´, si por ej., un conductor choca a un peatón y se va del lugar. Pero hay otros peatones que estaban en el lugar del accidente y llaman a la ambulancia inmediatamente para que asista al herido. En esa situación, ¿se configura igualmente el delito en la modalidad mencionada?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  ปีที่แล้ว

      Franco: el problema que planteas se podría dar en cualquiera de las modalidades de posición de garantía. También para el padre que "abandona" a su hijo herido en el hospital.
      El art. 106 es un delito de peligro concreto, por eso se exige que la vida o integridad física se haya puesto en peligro realmente. En los casos de otras posibilidades de ayudas concretas que actúan y evitan ese peligro, no se daría la exigencia típica. Por ello, la conducta sería atípica. Sin embargo, podría ser una tentativa (tal vez inidónea) si el autor desconoce la posibilidad de salvamento del otro.

  • @carolromero3715
    @carolromero3715 10 หลายเดือนก่อน

    El caso en Argentina Cromañon debio evitarse el acto dañoso .

  • @serviciosgalileo72
    @serviciosgalileo72 4 ปีที่แล้ว

    Dr, que sucede en el caso de que un hombre abandone a su mujer estando ella embarazada y justo en sus ultimos días de embarazo.
    Y sabiendo que ella debe hacerse una cesárea, y no tiene quien la cuide en los dias que va a necesitar atención.

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว

      Si la pregunta tiene que ver con el tipo del art. 106, recuerden que exige que se ponga en peligro la vida o la salud de alguien con la exposición o abandono.

  • @atrashendo
    @atrashendo 11 หลายเดือนก่อน

    Mi domicilio las heras 1430

  • @kristalwilman7145
    @kristalwilman7145 ปีที่แล้ว

    Si un hombre abandona a una mujer embarazada de él y esta mujer se encuentra en situación de vulnerabilidad, aplica está ley al abandono a la mujer y al bebé?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  ปีที่แล้ว

      No es delito
      Aunque seguramente hay responsabilidad en el ámbito del derecho de familia

  • @alejandracandyalegre
    @alejandracandyalegre 4 ปีที่แล้ว +1

    Dr!..entonces segun el "riesgo" creado..para el tipo activo sería Lesiones u Homicidio agravado por omision impropia....y para el tipo omisivo quedaría en Abandono de personas, agravado por las variantes d mencionadas en el art.107???...

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว +1

      Alejandra: con más detalles en mi libro "Estudios de Derecho Penal", concretamente página 287 y siguientes.

    • @alejandracandyalegre
      @alejandracandyalegre 4 ปีที่แล้ว

      @@gonzalojaviermolina2503 bueno Dr., lo estoy leyendo en "Delitos contra las Personas" y es muy claro y entendible sumado a sus videos que son geniales!Gracias por eso!!..Saludos!!

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว +1

      th-cam.com/video/mTqyI8D5kNU/w-d-xo.html
      Aquí adjunto el link de las jornadas que se realizaron ayer en la Facultad de Derecho y precisamente exponía sobre ese tema. La primera parte corresponde a la distinción entre abandono de personas y homicidios y lesiones.

    • @alejandracandyalegre
      @alejandracandyalegre 4 ปีที่แล้ว

      @@gonzalojaviermolina2503 Gracias Muy amable!!!

  • @atrashendo
    @atrashendo 11 หลายเดือนก่อน

    Estoy sin comer hace meses nestor pedro vazquez

  • @maxihornet5568
    @maxihornet5568 ปีที่แล้ว

    Hola Dr. ¿Como le va? Mire, quería preguntar por algo que descubrí: Ayer, mi hija adolescente envió a su hermano de 8 años a comprar un alimento al almacén que se encuentra a 1 cuadra de mi casa, pero lo hizo para estar un rato a solas con su novio adolescente. Este caso, puede encuadrar en un Abandono de Personas por parte de ambos hacia el niño? El enviarlo solo a comprar un alimento? No se si debo aclarar que mi hijo entro y salió solo de mi casa, pero fué enviado por ella. Gracias y felices fiestas.

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  ปีที่แล้ว

      Para que se configure el delito, es necesario que se ponga en peligro la vida o salud de la persona. No sé si eso ocurrió en el caso. Parecería que no.

    • @maxihornet5568
      @maxihornet5568 ปีที่แล้ว

      @@gonzalojaviermolina2503 Tiene razón doctor, yo lo vi bien al chico, muchas gracias por su respuesta

  • @brianflores802
    @brianflores802 2 ปีที่แล้ว

    Hola Dr. Quería preguntar cual es la diferencia entre retardo de auxilio con abandono de persona?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  2 ปีที่แล้ว

      El abandono de persona está previsto como delito. No sé a qué te referís con retardo de auxilio.

  • @leog7070
    @leog7070 2 ปีที่แล้ว

    Buenas noches Dr. Javier... Tengo una duda respecto del tipo penal del abandono.... Quizas Ud. Pueda ayudarme. Si me da el okey le envio la consulta. Gracias Doctor.

  • @mirtaperucchi8522
    @mirtaperucchi8522 4 ปีที่แล้ว

    buenas ...la relacion de causalidad que ud hace alucion tiene que ver con la teoria de la equivalencia con respecto a la causa que produce la muerte del ciclista?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว

      Si.
      Así es. La relación de causalidad según la teoría de la equivalencia de las condiciones.
      Para determinarla se utiliza la fórmula de la supresión mental hipotética.

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว

      Mirta: habré hecho referencia a la relación de causalidad verificada por la teoría de la equivalencia de las condiciones. Se utiliza la fórmula de la supresión mental hipotética para verificarlo.

  • @suyengregoret9108
    @suyengregoret9108 3 ปีที่แล้ว

    BUENAS TARDES DR.!! EL ESTADO A TRAVES DE SUS SERVICIOS PUBLICOS POR CITAR EJEMPLO: BOMBEROS, POLICIA, ETC, ES UNO DE LOS GARANTES FORMALES? SERÌA CORRECTO? SALUDOS CORDIALES

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  3 ปีที่แล้ว +2

      Buen día.
      Sí, personal policial o médicos de hospital público, son ejemplos de posiciones de garantía. También el personal penitenciario, jueces en relación a los presos.
      Pero hay que analizar la posición de garantía en cada caso particular. No se puede decir en general que un policía es garante de todas las personas en todo momento y en relación a todos sus bienes jurídicos.

    • @suyengregoret9108
      @suyengregoret9108 3 ปีที่แล้ว

      @@gonzalojaviermolina2503 MUCHAS GRACIAS DR. POR SU PREDISPOSICION...MUY CLARA SU EXPLICACION.SALUDOS

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  3 ปีที่แล้ว

      @@suyengregoret9108 En los videos de delitos de omisión se explica un poco más el tema de posición de garantía. Están en la lista de reproducción de teoría del delito.

  • @pabloandrescarpio8877
    @pabloandrescarpio8877 3 ปีที่แล้ว

    Buenas tardes Doc. lo estuve escuchando clara y detalladamente, es por ello que tengo una consulta o si bien puede brindarme una breve introducción del siguiente tema. El Homicidio Culposo se encuentra en el Art. 84 bis, y por ejemplo: en un siniestro vial donde el causado es conductor de un automóvil en estado de ebriedad, provoca graves lesiones a la victima la cual se conducía en igual sentido en una motovehiculo, y jamas presta auxilio a la victima y abandona el lugar del hecho. Seguido a ello, la consecuencia es la muerte horas mas tardes en el nosocomio. ¿Amerita la siguiente caratula? ¿¿Homicidio Culposo Agravado... (Art 84 bis del C.P.A.) y Abandono de Persona seguido de muerte (Art. 106 3er. parrafo del Codigo Penal Argentino)??

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  3 ปีที่แล้ว

      Pablo: Ya es una contradicción imputar el homicidio culposo y el abandono agravado por la muerte (es como imputar la muerte dos veces).
      Pero incluso es discutible que se configuren ambos delitos. Para el art. 84 deberían darse los elementos del homicidio culposo (hay un video sobre ese delito en particular).
      Y para el abandono de personas, debería justificarse la posición de garantía, entre otros elementos. Como tu ejemplo sería un caso de modalidad omisiva, deberías ver todos los elementos de la omisión. En particular la posición de garantía (en la lista de teoría del delito hay varios videos sobre omisión, incluyendo uno sobre la posición de garantía).

  • @leog7070
    @leog7070 3 ปีที่แล้ว

    Hola doctor. Tiene algun medio para que me pueda comunicar con Ud.?? Gracias

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  3 ปีที่แล้ว +2

      gonzalomoli@yahoo.com.ar

    • @leog7070
      @leog7070 3 ปีที่แล้ว

      @@gonzalojaviermolina2503 gracias doctor. Tengo un caso y su video me aclaro varios puntos, pero hay una cuestion puntual que no me queda clara. Me estare comunicando via mail.... Muchas gracias.

  • @danieltoconas2314
    @danieltoconas2314 3 ปีที่แล้ว

    Hola dotor,hace unos dias me choco una moto que venia mal a una velocidad q no correspondia para el lugar la maxima era de 20 y venia como a 60 y en contrano.yo estaba doblando en una esquina.la calle era doble mano. con mi vehiculo.yo justo me encontraba sin seguro ni vtv .pero esto paso cerca de mi domicilio,el de la moto freno y al frena choco con mi vehiculo pero venia acelerando..no se lastimo nada pero sobreactuo q le dolia la pierna .la moto no tiene casi nada de daños y el fisicamente tampoco a mi m caratularon como lesiones culposas.yo me detuve y me hice cargo hasta q vino la policia y la el same.puedo hacer algo para defenderme ya q el fue el q me choco?tengo fotos de los daños de mi vehiculo q son mayores. gracias.

  • @fidelyanez5105
    @fidelyanez5105 2 ปีที่แล้ว

    Puede. La madre. De mis hijos. Ir a la cárcel. Por abandonar a mis hijos. ?

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  2 ปีที่แล้ว

      Fidel: al abandono de personas que está sancionado penalmente es el que pone en peligro la vida de una persona, siempre que se cumplan todos los requisitos legales.

    • @fidelyanez5105
      @fidelyanez5105 2 ปีที่แล้ว

      @@gonzalojaviermolina2503 gracias. Agradesco. Porq. Hace dos meses. Q la madre. De mis hijos nos abandono

  • @mayrachavez5037
    @mayrachavez5037 4 ปีที่แล้ว

    DOCTOR GONZALO JAVIER MOLINA, POR FAVOR AYUDEME CON UNA INTERROGANTE, EN NUESTRO PAIS EXISTE EL CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL, PERO ES UNA NORMA JURÍDICA NACIONAL; A MAS DE ESTA NORMA JURÍDICA, QUE INSTRUMENTOS INTERNACIONALES SANCIONAN EL ABANDONO DE PERSONAS EN UN ESTADO EXTRANJERO?, POR FAVOR AYUDEME!... slds desde EC.

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว

      Mayra no creo que exista algún instrumento internacional que obligue a un Estado parte a sancionar penalmente el delito de abandono de personas. Es un delito de peligro (un adelanto de la punición en el ámbito de los delitos contra la vida e integridad física.
      Generalmente los tratados internacionales obligan a penalizar conductas como las torturas, desaparición forzada de personas, trata de personas y hasta el tráfico de estupefacientes. Pero no se obliga a penalizar el abandono de personas. Hasta el caso del aborto es dudoso que se obligue a penalizar.
      De hecho, en Argentina se podría derogar el delito y no habría ningún problema de constitucionalidad o afectación a tratados.

    • @mayrachavez5885
      @mayrachavez5885 4 ปีที่แล้ว

      Muchas gracias por su respuesta, Dr. Gonzalo Javier Molina.

  • @ramonkemptner4476
    @ramonkemptner4476 2 ปีที่แล้ว

    Eso sí viven juntos, supongo

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  2 ปีที่แล้ว

      Ramón: supongo preguntas por la posición de garante. Hay un video especial sobre el tema.

  • @Agustinasuarez100
    @Agustinasuarez100 4 ปีที่แล้ว

    Profe, que sucedería en el siguiente caso:
    X lesiona a Z, y luego de darle una golpiza lo deja abandonado en una carretera, X se va a su casa y Z termina muriendo por falta asistencia.
    En ningún momento se representó la posibilidad de muerte de Z.

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว

      Faltaría definir muchos detalles del caso.
      Suponiendo que no se haya representado la muerte, entonces el art. 79 por omisión no se le podría imputar. El 106 agravado por el resultado muerte, sí, siempre que se haya representado el riesgo "abierto" para la vida del ofendido.
      No se pude decir más que eso si no tenemos más detalles, como por ejemplo: qué se representó al momento de abandonar?, qué se representó al golpear?, tenía posibilidades de evitar la muerte?, etc.

    • @Agustinasuarez100
      @Agustinasuarez100 4 ปีที่แล้ว

      @@gonzalojaviermolina2503 gracias profe, comprendo!

    • @gonzalojaviermolina2503
      @gonzalojaviermolina2503  4 ปีที่แล้ว +2

      Agustina: tengo un artículo sobre el tema específicamente en el que se trata la diferencia entre abandono de personas y homicidio por omisión. Se llama "El delito de abandono de personas", está publicado en mi libro "Estudios de derecho Penal", y también anteriormente en la revista de Derecho Penal y procesal penal de Abeledo Perrot.

    • @Agustinasuarez100
      @Agustinasuarez100 4 ปีที่แล้ว

      @@gonzalojaviermolina2503 gracias profe! Estaré leyendo entonces 👏

  • @ezequielgualini8034
    @ezequielgualini8034 3 ปีที่แล้ว

    Excelentes las clases Dr.
    Gracias por difundirlas.