Sale of fixed assets

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  • เผยแพร่เมื่อ 17 เม.ย. 2019
  • Humberto Gómez Oliva, explains what are the tax and accounting implications when selling a fixed asset

ความคิดเห็น • 95

  • @PadrinoMike
    @PadrinoMike 4 ปีที่แล้ว +1

    MUY BN EXPLICADO Y CLARO. GRACIAS.

  • @edgaralonso4669
    @edgaralonso4669 4 ปีที่แล้ว +1

    Muy completo, excelente!!

  • @PADRINO2001
    @PADRINO2001 ปีที่แล้ว +2

    GRACIAS, ES USTED MUY CLARO EN LA EXPLICACION.

    •  ปีที่แล้ว +1

      Muchas gracias por tu amable comentario😊

    • @PADRINO2001
      @PADRINO2001 ปีที่แล้ว

      @ GRACIAS A USTED RESOLVIO 1 DUDA AL RESPECTO.

  • @gabyv1062
    @gabyv1062 3 ปีที่แล้ว +2

    Súper bien explicado, resolviste totalmente una duda que tenía, muchas gracias! 😘

    •  3 ปีที่แล้ว

      Gracias Gaby

  • @irmatorres5783
    @irmatorres5783 4 ปีที่แล้ว +1

    Muy bien explicado. Gracias!!

    •  4 ปีที่แล้ว

      Si es honorarios es el mismo procedimiento.
      Saludos cordiales!!!

  • @elsavega9147
    @elsavega9147 4 ปีที่แล้ว +1

    Muy practico, gracias!

    •  4 ปีที่แล้ว

      Gracias por comentar

  • @didiermarroquin353
    @didiermarroquin353 ปีที่แล้ว

    hola contador una pregunta, un equi de transp, adquirido en 2015, y vendido en 2023, se tendria que calcular ganancia por venta de activo , con precio de compra 119,000 y precio de venta $34,000??

  • @Dan-lq3bn
    @Dan-lq3bn ปีที่แล้ว

    Entonces el CFDI de venta la realizo por el ingreso acumulable de mi ganancia de act. fijo?
    Gracias

  • @lilianamtz7960
    @lilianamtz7960 3 ปีที่แล้ว +1

    Excelente video, gracias.
    Duda...que pasa cuando el monto del equipo de transporte es de 370mil, fiscalmente solo se puede deducir hasta 175mil. Al momento de venderlo, para sacar la utilidad fiscal de la venta, se hace con el monto de 370mil o de 175mil? Y que depreciación tomo en cuenta? La contable que se hace por los 370mil? O la que fiscalmente se hace, sobre los 175mil?
    Me explico?

    •  3 ปีที่แล้ว

      Una cosa es la utilidad contable y otra la utilidad fiscal. Por un lado tendrás que calcular la utilidad contable sobre el precio de venta menos el valor en libros (pendiente de depreciar), tomando en cuenta el valor total (370 mil) sin actualizar. Por otro lado, la utilidad fiscal la calcularás sobre el precio de venta disminuyendo lo pendiente de deducir del tope (175 mil) actualizado. También puedes hacerlo con una proporción, por ejemplo la proporción deducible en este caso sería 175/370 cuando calcules lo pendiente de deducir los multiplicas por la proporción para sacar lo deducible en términos de la LISR y luego lo actualizas para compararlo con el precio de venta.
      En la LISR te dice que debes utilizar una proporción, espero que haya sido clara la explicación.
      Saludos cordiales!!!

  • @marzgonzalez1073
    @marzgonzalez1073 3 ปีที่แล้ว +1

    Buenas noches, muy interesante el video solo que tengo una duda en el importe de la depreciación del año 2016.
    Si se toman meses completos para el cálculo de la depreciación a partir de que se adquirió el bien, la depreciación de ese año debió ser por $28,166.67, este importe corresponde a 8 meses completos

    •  3 ปีที่แล้ว +1

      Hola a la mejor exista alguna distorsión en la pantalla del video pero la fecha de adquisición es 20 de junio de 2016 por tanto son 6 meses.
      Gracias por ver mis videos, saludos desde Guadalajara!!!! ¿de donde me visitas?

  • @yessicacantu6156
    @yessicacantu6156 4 ปีที่แล้ว +1

    Gracias por el video muy completo, en dado caso que hubiese perdida en la venta del transporte, ya que EL moi fue de 430,000 y quiere venderlo en 300,000 ya se deprecio totalmente que procede si es una perdida de $22,600 ? Gracias

    •  4 ปีที่แล้ว +1

      No entiendo claramente tu pregunta, pero pondré dos escenarios para ver si alguno aplica. En el caso que exista una enajenación de equipo de transporte y exista pérdida tú tendrás la obligación de emitir el CFDI correspondiente por el importe de la venta del bien pero no lo consideras como ingreso nominal porque lo que graba la ley es la ganancia no la venta y en el cálculo anual podrás deducir la pérdida generada en tus números tendrás una deducción de 22,600.
      Por otro lado, si el bien tenía un MOI de 430,000 pero ya todo fue depreciado no puede existir pérdida, cualquier precio de venta será igual a la ganancia en venta del bien, en este caso los 300,000 se consideraría como ingreso nominal porque representa la ganancia pues el valor neto del bien es 1.00 de acuerdo a LISR. Por tanto, estos $300,000.00 se agregan para el cálculo del pago provisional.
      Espero hay quedado claro, saludos cordiales!!!!

  • @angelicacastillorodriguez1075
    @angelicacastillorodriguez1075 4 ปีที่แล้ว +1

    Hola...muy completo. La empresa debe emitir una factura por la venta del activo, pero la factura original de la adquisición del bien queda en resguardo de la empresa o entrega al particular?

    •  4 ปีที่แล้ว

      Con los bienes que son adquiridos con CFDI esto ya no tiene mucha relevancia, con excepción de bienes especiales. Pero con los bienes adquiridos con facturas anteriores sí, la original efectivamente se queda en la empresa y se emite una copia junto con un CFDI que de fe de la enajenación del bien.
      Gracias por ver mis vídeos y compartir tus dudas, te invito a compartir. Saludos cordiales!!!

  • @c.pjesusdelangel6035
    @c.pjesusdelangel6035 3 ปีที่แล้ว +2

    Hola una pregunta, una PM tenia un activo fijo valor de (MOI $381,470) y cuando se vendio ya estaba totalmente depreciado y se vendio por un valor $350,000, los 350,000 seran la utilidad ??, y que importe tomaria para sacar la utilidad o perdida fiscal si mi valor en libros ya es 0??. puestos a que ya estaba totalmente depreciado..!!

    •  3 ปีที่แล้ว +1

      En este caso todo sería utilidad. Por otro lado puedes saldar la cuenta de activo contra la de depreciación acumulada para dejarlas saldadas y no tengas el bien en tu contabilidad. 😉

  • @vanessachagollan5320
    @vanessachagollan5320 2 ปีที่แล้ว +1

    una duda, para el pago provisional, no se debe considerar los otros productos? es decir los 23,666.67 y para la anual se debe jugar también la utilidad fiscal en la conciliación contable fiscal? Me podrías explicar es parte

    •  ปีที่แล้ว

      Hola si hay utilidad fiscal se agrega al ingreso nominal (para personas morales) o al ingreso acumulable (personas físicas). para pagos provisionales, saludos cordiales!!!

  • @duilemoi
    @duilemoi 3 ปีที่แล้ว +1

    HOLA UNA PREGUNTA.. cuando emito la factura de mi venta de E.T. se hace con iva ](es decir: isr (precio de venta del e.t.) + iva = valor total factura) .. cómo debo tratar contablemente y fiscal?.. es decir en mi declaración mensual de P.M. se debe declarar todo el ISR de la facturado pero ¿contablemente sólo se registraría la utilidad de la venta del e.t.? ¿o se debe registrar el ingreso facturado y aparte registrar la utilidad?

    •  3 ปีที่แล้ว +1

      Ya te entendí, tu quieres contabilizar tal cual la factura. Hazlo en dos pasos. 1) cargas a bancos y abonas a Otros productos y a IVA cobrado. 2) cargas a depreciaciones acumuladas, abonas a equipo de transporte y ajusta la diferencia con cargo a otros productos sin exceder el abono que hiciste en el primer paso, si excede carga a otros gastos.
      Fiscalmente has el cálculo como lo hago en el video, el fisco no grava la venta sino la utilidad.
      En caso de ser utilidad la gravas como ingresos Nominales para pagos provisionales y si es pérdida juega como deducciones para el cálculo anual.
      Espero que haya quedado resuelta tu duda, saludos cordiales!!!!

    • @duilemoi
      @duilemoi 3 ปีที่แล้ว

      @ MUCHAS GRACIAS!

  • @brendaezponje
    @brendaezponje 4 ปีที่แล้ว +1

    Hola, contador. Disculpe, me ayuda a resolver una duda. supongamos que una persona moral tiene un equipo de transporte adquirido en el año 2014, el Moi es de $162,000. y en 2020 lo vende por un monto de $50,000 + iva. Para este momento el bien ya fue totalmente depreciado contablemente y como comenta tiene valor de 1 peso.
    me ayudaría a sacar el asiento contable. Gracias

    •  3 ปีที่แล้ว +5

      Si respetaste ese peso contablemente quedaría de la siguiente manera:
      Cargo de 58 mil a Bancos o Deudores o Doctos por cobrar según corresponda
      Cargo a Depreciación acumulada de equipo de transporte 161,999
      Abono a Otros productos 49,999
      Abono de 8,000 a IVA (cobrado o pendiente de cobro, según corresponda)
      Abono a Equipo de transporte 162,000
      Si no lo respetaste y solo utilizaste ese peso para fines de reportes en los estados financieros
      Cargo de 58 mil a Bancos o Deudores o Doctos por cobrar según corresponda
      Cargo a Depreciación acumulada de equipo de transporte 162,000
      Abono a Otros productos 50,000
      Abono de 8,000 a IVA (cobrado o pendiente de cobro, según corresponda)
      Abono a Equipo de transporte 162,000
      Espero haya sido comprensible saludos cordiales!!!

  • @rafaelpablo1049
    @rafaelpablo1049 ปีที่แล้ว +1

    Me encantó su explicación, muchísimas gracias, sólo tengo una duda, si no tengo utilidad en enajenación y tengo pérdida, ¿la pérdida también se agrega a los ingresos acumulables?

    •  ปีที่แล้ว +1

      Muchas gracias por tu amable comentario. En ese caso tendrás una deducción para aplicarla en el cálculo anual. Saludos cordiales!!!

  • @pacorodriguez1839
    @pacorodriguez1839 3 ปีที่แล้ว +1

    Ya hice mi tabla muchas graciassss! Me queda duda soy medico Veterinario Persona física compre una mesa quirúrgica y una computadora, puedo depreciar fiscalmente mes a mes y aplicarlo en el calculo de mis pagos provisionales ? Si es así que artículos de ley lo sustentan? Gracias por su tiempo. Exito en sus proyectos

    •  3 ปีที่แล้ว

      Si, claro se puede depreciar mes a mes. Hay que leer los artículos 31 en adelante de la LISR que aunque es para Personas Morales la legislación para Personas Físicas nos remiten a los mismos.
      De hecho tengo un video donde explico esto. La liga del video es
      th-cam.com/video/3LQgZBh-UDU/w-d-xo.html

  • @adiaz
    @adiaz 3 ปีที่แล้ว +2

    Pregunta, ¿por qué para el cálculo de la depreciación acumulada solo tomamos ejercicios completos y no el total de meses que ya se depreció?

    •  3 ปีที่แล้ว +1

      La depreciación es anual, para personas morales no juegan siquiera para pagos provisionales. Sin embargo, cuando lo vendes al final del ejercicio tienes dos opciones meter aparte lo que se depreció hasta cuando dejó de ser útil para la empresa o hacer el cálculo conjunto de toda la deducción pendiente de aplicar hasta ese año. De todos modos, tiene que ser el mismo factor de actualización con una o dos bases para aplicarla de acuerdo a lo que hayas elegido.
      Saludos cordiales!
      Saludos cordiales!

    • @adiaz
      @adiaz 3 ปีที่แล้ว +1

      @ Le agradezco mucho.

  • @omaraguilar9122
    @omaraguilar9122 2 ปีที่แล้ว +1

    Una consulta....si emití una factura a un cliente por la venta de activo fijo, entonces genere una cuenta por cobrar, y por consiguiente esta cuenta por cobrar la salde con el ingreso en bancos.
    Como realizo el asiento contable para el registro de la utilidad o perdida de venta de activo fijo, si el saldo de bancos ya fue aplicado a la cuenta por cobrar?

    •  2 ปีที่แล้ว

      Hay que comparar el ingreso generado con el costo del bien actualizado, en este video se presentó la manera de saldar las cuentas que ya no deben tener saldo. Por otro lado, recuerda que la LISR lo que grava es la utilidad y no el ingreso generado.
      Saludos cordiales!!!!

  • @ivangtz2974
    @ivangtz2974 2 ปีที่แล้ว +2

    muy buenos videos contador, unas dudas, los $23,666.66 es un ingreso que no juega para los pagos provisionales ni para la anual? o sea se deberán tomar los $6,846.24? la otra sería, en dado caso que los $23,666.66 fuera pérdida en vta de act fijo, se considerará el total sin actualizarlo? muchas gracias!

    •  2 ปีที่แล้ว +1

      Así es fiscalmente se tomaran para pagos provisionales y Dec anual los 6 mil pesos. Por otro lado, si estos 6 mil fueran pérdidas estas se tomarían en cuenta para la declaración anual porque en pagos provisionales para personas morales, régimen general, para determinar la utilidad se utiliza un coeficiente de utilidad y no las deducciones.
      Saludos cordiales!!!😊

    • @ivangtz2974
      @ivangtz2974 2 ปีที่แล้ว

      @ muchas gracias!

  • @miscomentarios7673
    @miscomentarios7673 ปีที่แล้ว +1

    Buena explicación. Si tengo un coche que vale más de 175,000 (la depreciación máxima permitida) y que ya se depreció totalmente pero se vende en un valor mayor a esa depreciación, ¿cómo se hace el registro?

    •  ปีที่แล้ว +1

      En éste caso tendrás diferencias en las depreciaciones acumuladas y las depreciaciones pendientes de deducir con el porciento deducible. En breve prepararé un caso así como lo planteas.
      Saludos cordiales!!!

  • @rodrigogomez8532
    @rodrigogomez8532 3 ปีที่แล้ว +1

    la utilidad fiscal de 6,846.24 ya no se contabiliza cierto? solo se toma para calculo de ISR?

    •  3 ปีที่แล้ว +1

      No, lo que se contabiliza es la venta y la baja del bien. Saludos cordiales!!!

  • @cienxhora2444
    @cienxhora2444 3 ปีที่แล้ว +1

    Hola me queda una duda 6:28, por qué ya no consideras los dos meses transcurridos en 2019? cual seria el fundamento, según la lisr dice que debes actualizar lo pendiente de deducir siguiendo la regla de meses completos.

    •  3 ปีที่แล้ว

      La depreciación son para meses completos como menciona la ley. Sin embargo, en la actualización te dará el mismo efecto que la hagas por separado o que la hagas en su conjunto. Los dos meses si se utilizan pero se hace de manera conjunta con lo que esta pendiente de deducir puesto que para personas morales las deducciones se consideran en el calculo anual y no en los pagos mensuales.
      Saludos cordiales!!!!!

  • @oliver444432
    @oliver444432 4 ปีที่แล้ว +1

    Hola buenas tardes y si el caso de destrucción de un activo como debo hacerlo ?

    •  4 ปีที่แล้ว

      Puedes deducir lo que estaba pendiente de deducir siguiendo las reglas de informar del hecho. Saludos cordiales!!!

  • @JL01PARKER1976
    @JL01PARKER1976 2 ปีที่แล้ว +1

    Compañero te faltó considera para el pago provisional los 23 mil del importe de otros productos ya que también son ingresos acumulables no!??

    •  2 ปีที่แล้ว

      En este caso contablemente se genera una ganancia de 20 pero fiscalmente una ganancia de 6 por ellos se toman los 6 para acumularlos con los demás ingresos.
      Saludos cordiales!!!!

  • @raulclemente451
    @raulclemente451 3 ปีที่แล้ว +1

    Hola contador si vendo un activo fijo que no lo deprecie al 100% la persona que me lo compra puede deducir el activo?

    •  3 ปีที่แล้ว +2

      Son dos casos separados. En el primer caso (Primer contribuyente) tu hiciste la deducción como lo marca la LISR hasta por el periodo correspondiente en que lo vendiste y calculas si existe utilidad o pérdida en venta de activo fijo (Precio de Venta - Pendiente de deducir) (Emites un comprobante por la venta del activo). En el otro caso, simplemente un segundo contribuyente adquiere una inversión que puede deducirlo igual en términos de la LISR tomando como base el importe del bien de acuerdo a la factura que emitió el primer contribuyente y agregando otros costos de adquisición (Art. 31, LISR Vigente 2020)
      Respondiendo de manera simple a tu pregunta, la respuesta es SI. Saludos cordiales!!!!

  • @drackersitor
    @drackersitor 3 ปีที่แล้ว +1

    disculpe cuando le venta del vehículo se realiza a crédito cuales serian los asientos contables

    •  3 ปีที่แล้ว

      Cargas a Deudores o documentos por cobrar, a depreciaciones acumuladas. Abonas a equipo de transporte o reparto. Y cargas o abonas a otros gastos u otros productos según corresponda.
      Saludos cordiales!

    • @drackersitor
      @drackersitor 3 ปีที่แล้ว

      @ por ejemplo realice la factura a quien compro el equipo de transporte, esta factura se acumulando como parte del ingreso mensual provisional y los asientos contables quedaron así:
      1170-001 deudores diversos 900,000.00
      4120-001 otros ingresos 775,862.00
      2175-002 IVA pen de trasladar 124,138.00
      ______________ ____________
      total 900,000.00 900,000.00
      1230-001 equipo de transporte 1,189,655.17
      1252-000 depre acomu equip 24,784.48
      de transporte
      7750-001 Perdida en Venta 1,164,871.00
      de activo fijo
      ______________ ____________
      total 1,189,655.17 1,189,655.17
      de acuerdo a la explicación del video nos dio una perdida contable y fiscal por la cantidad de 389,008.62.

  • @florenciabecerrilcano3477
    @florenciabecerrilcano3477 3 ปีที่แล้ว +1

    Contador, y como registro una venta de activo fijo que se importo temporalmente hace 8 años y despues se cambio a regimen definitivo, este año, para posteriormente venderse.?,

    •  3 ปีที่แล้ว

      Es la misma dinámica debes revisar cual es el importe que ya deduciste para no hacer una doble deducción y posteriormente calcular la utilidad o pérdida en venta. Si es utilidad hay que considerarla para pago provisional y si generó pérdida la consideras en la declaración anual. Saludos cordiales!!!

    • @florenciabecerrilcano3477
      @florenciabecerrilcano3477 3 ปีที่แล้ว +1

      @ Muchas Cracias, Saludos.

  • @jenyflores9533
    @jenyflores9533 2 ปีที่แล้ว +1

    Buenas tardes, en el caso de la venta pero de una persona física act empresarial seria el mismo procedimiento? Y cuando la agencia tomó a cuenta el auto? Gracias de antemano

    •  2 ปีที่แล้ว +1

      Si la persona física realiza una actividad empresarial de acuerdo al Código Fiscal de la Federación se considera empresa por tanto grava el IVA al vender el vehículo. Por otro lado, la mecánica de la depreciación es la misma pero allí se tiene que hacer la depreciación por meses completos. Se deduce lo pendiente de deducir y se determina si hay utilidad o pérdida de acuerdo al valor por el que la agencia toma en cuenta tu vehículo.
      Saludos cordiales!!!!

    • @jenyflores9533
      @jenyflores9533 2 ปีที่แล้ว

      @ muchas gracias muy amable👍

    • @jenyflores9533
      @jenyflores9533 2 ปีที่แล้ว

      Mtro buenas tardes aplique lo que me respondió y me quedaron algunas dudas, sería posible me las pudiera checar por favor por este medio o por algun correo por favor?

  • @martinarmenta2278
    @martinarmenta2278 4 ปีที่แล้ว +1

    El precio de venta que le dientes a valor en libros es sin IVA cierto ??

    •  4 ปีที่แล้ว +1

      Así es, no hay que meter el valor del IVA. Se controlan de manera diferente, saludos cordiales!

  • @ismaelaquino799
    @ismaelaquino799 2 ปีที่แล้ว +1

    Si es persona moral y vende un activo fijo total depreciado, entonces sería todo otros productos, y genera IVA esa venta ? Agradecería su ayuda!! Saludos

    •  2 ปีที่แล้ว +1

      Así es de acuerdo al reglanento de la LIVA. Saludos cordiales!!!😉

    • @ismaelaquino799
      @ismaelaquino799 2 ปีที่แล้ว

      @ muchas graciasb

  • @payomexicano10
    @payomexicano10 4 ปีที่แล้ว +1

    por cuanto saldría la factura?

    •  4 ปีที่แล้ว

      Por el importe de la venta independientemente si hubo utilidad o pérdida al momento de la venta. Recuerda que la LISR grava la utilidad en venta.😊

  • @patyperlop1418
    @patyperlop1418 4 ปีที่แล้ว +2

    Y el CFDI, que ingreso reportó en mis Pagos Prov. Soy Persona Moral

    •  3 ปีที่แล้ว

      Hola perdón no vi tu mensaje antes 🙈. La LISR menciona que se consideran los Ingresos Nominales, por otro lado al mencionar el caso de enajenación de inversión solamente grava la utilidad. Por tanto lo correcto es considerar la utilidad aunque emitas CFDI con el importe de la venta. Saludos cordiales!

    • @rodrigogomez8532
      @rodrigogomez8532 3 ปีที่แล้ว

      @ en este caso la utilidad (ingresos) que se reporta en pagos provisionales son los 6,846.24 mas los ingresos por venta normales y no los 23,666.67 mas ingresos por ventas normales, la verdad si me quedo esa confusion que utilidad reportar para pago provisional

    • @alejandromedrano1188
      @alejandromedrano1188 3 ปีที่แล้ว

      @@rodrigogomez8532 p

  • @ivangtz2974
    @ivangtz2974 2 ปีที่แล้ว +1

    buenas tardes contador, en el año 2016 se tomó como año completo siendo que solo fueron seis meses, es correcto tomar el primer año como completo o está equivocado? muchas gracias

    •  2 ปีที่แล้ว

      Hola Ivan muchas gracias por ver el video!!
      En el primer año se toma la proporción no el ejercicio completo para comprobarlo fíjate en el esquema de mayor de las depreciaciones acumuladas y te darás cuenta que es menor la primer cantidad que las siguientes🙂
      Saludos cordiales desde Jalisco
      De donde nos visitas?

    • @ivangtz2974
      @ivangtz2974 2 ปีที่แล้ว

      @ de Tamaulipas contador, entonces el primer año siempre se tomará la proporción de la depreciación, muchas gracias!

    • @ivangtz2974
      @ivangtz2974 2 ปีที่แล้ว

      @ tendrá el fundamento contador?

  • @estefanysolano8894
    @estefanysolano8894 4 ปีที่แล้ว +1

    Por qué se abona a otros productos ?

    •  4 ปีที่แล้ว +1

      Hola Estefany, la cuenta de otros productos se utiliza para ganancias que no forman parte de la actividad diaria o consecuente de la entidad económica y el activo una de sus características de acuerdo a la LISR es que no se adquieren para ser vendido por tanto se lleva esa cuenta.
      Saludos cordiales!

    • @estefanysolano8894
      @estefanysolano8894 4 ปีที่แล้ว +1

      @ gracias ❤️✨

  • @elinesolano9563
    @elinesolano9563 3 ปีที่แล้ว +1

    se quivoco solo sumo 2016 y 2017

    •  3 ปีที่แล้ว

      Me parece que si lo contemplé jejeje
      Saludos cordiales!!!!

  • @ricardomedina3549
    @ricardomedina3549 ปีที่แล้ว +1

    Perdón pero el registro contable esta equivocado, no puedes mandar la utilidad a otros ingresos, porque siendo persona moral por supuesto que lo facturas y le desglosas el I.V.A. Por lo tanto debes registrar la venta y su pago así como la cancelación del activo. por lo tanto el costo contable del mismo y además el traslado del IVA por cobrar a IVA cobrado en la póliza de ingreso

    •  ปีที่แล้ว

      El tema del IVA no se aborda en éste video pero en un próximo video explicaré cuándo grava IVA y cuándo no.
      Saludos cordiales!!!
      La utilidad es por una transacción no consuetudinaria por tanto serían otros ingresos por otro lado la LISR grava la ganancia y no la venta.
      Saludos cordiales!!!

    • @ricardomedina3549
      @ricardomedina3549 ปีที่แล้ว +1

      @ Disculpa la critica, de todos modos gracias por subir estos procedimientos a TH-cam

    •  ปีที่แล้ว

      @@ricardomedina3549 al contrario muchas gracias por comentar y también me das ideas para subir más contenido. Saludos cordiales!!!!

  • @patyperlop1418
    @patyperlop1418 4 ปีที่แล้ว +1

    Reporto los 6,846 y no los 23, 666 que fue este último importe q se timbro.

    •  4 ปีที่แล้ว +1

      Hola disculpa no entiendo tu pregunta pero por lo poco que percibo, la cuestión es saber cuando acumular tu ingreso. Hay que checar si estás optando por tributar conforme a flujo de efectivo. Si optas por esta opción acumularás los cobros, por otro lado si estás optando por devengación observarás toda la normativa del título II de la LISR. Que en éste último caso acumularás lo que se timbró y no lo que se cobró

    • @patyperlop1418
      @patyperlop1418 4 ปีที่แล้ว +1

      @Hola, soy p.m. x denegación y me surgió la duda por la deter. De la ganancia por la venta de 1 activo que realice en oct/19, ya que genere un cfdi; gracias son muy útiles sus comentarios.

    •  4 ปีที่แล้ว +3

      @@patyperlop1418 hoooo, ya entendí. No acumulas lo facturado, la LISR grava la ganancia no la venta de activo fijo. El artículo 18 en la IV. dice: "La ganancia derivada de la enajenación de activos fijos y terrenos"...

    • @patyperlop1418
      @patyperlop1418 4 ปีที่แล้ว +1

      @ perfecto, duda aclarada. Muchas gracias

    • @alejandromedrano1188
      @alejandromedrano1188 3 ปีที่แล้ว

      @ ii