Gran entrevista!!! Yo alquilo 5 habitaciones premium en rentas intensivas y 4 habitaciones en airbnb Todas están en una casa que remodele 7 m x 20 m. Todas tienen baño y cocina privada, smart TV , escritorio, silla, closet y obtengo mensual €3847 euros. Actualmente estamos en obra gris de otra casa que compramos enfrente y ahí edificamos un edificio de tres pisos con 15. Apartaestudios que vamos a terminar a finales del 2025. Están ubicadas junto a universidades Escuelas, centros de trabajo y varias plazas comerciales. Saludos desde Querétaro México
Me alegro mucho de leer lo que dices, además de que Querátaro es una ciudad que me encantó. Fui invitada por la filial de Televisa para impartir un curso sobre protocolo. Me alegra leerte, felicidades por ser tan emprendedora
Hola Mar, enhorabuena por el vídeo! Tengo una duda…Sam ha comentado que su modelo se basa también en alquilar habitaciones por Airbnb… tenia entendido que no es legal alquilar habitaciones vacacionales durante todo el año, no más de tres meses al año. Es esto cierto? Hay libertad para alquilar las habitaciones por Airbnb todo el año en Espana? Gracias
ปีที่แล้ว
Hola Joseph, gracias por tu comentario. El alquiler de habitaciones puede ser temporal o de larga duración, en este último caso no seria vacacional. Hay que ver en cada caso que es mas interesante. Y luego esta el soporte donde lo promocionas, donde igualmente puedes publicar varios modelos. Saludos
Hola Hugoss, depende de lo que estes buscando. Lo primero que te recomiendo es realizar un análisis en profundidad de tu situación económica, que objetivos quieres conseguir y en que plazo y en función de eso, elegir la formación mas adecuada. En mi caso os puedo apoyar con el programa "Easy Finace", donde realizamos juntos todos estos pasos para crear una hoja de ruta. Gracias por tu comentario.
Me gustaría preguntar a todos como se soluciona el tema de los ocupas en un piso, que se alquila por habitaciones? Yo confirmo que es inevitable y tendrás ocupas desde el primer mes. En el momento cuando te firman el contrato, los inquilinos se van al ayuntamiento y obtienen el derecho de empadronarse. A partir de este momento legalmente se quedan un mínimo de 2 años en las habitaciones como ocupas. Y si alguno de los ocupas de pronto mete su pareja y tienen niños se quedan eternamente dentro.??? Por favor si hay algún sabio y sabe resolver el dilema que lo publique. Ayudará a miles de personas.
El alquiler por habitaciones no tiene nada que ver con el de larga estancia, el primero se rige por el código civil que es mucho más libre para forjar pactos entre las partes, no así el contrato de larga estancia que se rige por la LAU donde siempre se le da prioridad al arrendatario frente al arrendador y está más intervenido por el Estado en su legislación. Además, cuando se da la situación de impago por parte del inquilino en contrato de la LAU, el arrendador no puede entrar en el piso porque hasta que no se resuelva judicialmente la situación con el desahucio el propietario no puede entrar porque vulnera la privacidad del inquilino, no así en un inquilino habitacional que el propietario ya está si quiere inmerso en la propiedad y andar libremente dentro de ella en los elementos comunes y es más fácil librarse por incumplimiento de lo pactado en el contrato que se rige por el código civil sacando las pertenencias del inquilino okupa fuera del piso cuando no esté y cambiando las cerraduras de la habitación y del inmueble para que no pueda acceder de ninguna manera. Se da la situación que aunque esté empadronado en ese domicilio se pueden buscar testigos de otros huéspedes habitacionales por parte del propietario arrendador para que manifiesten que dejó la habitación libre de sus enseres y se marchó y que si todavía no cambió la dirección de empadronamiento es su problema hacerlo.
El alquiler de habitaciones esta funcionando por la gestión económica nefasta qeu esta realizando el actual gobierno. El último decreto de alquiler no ha solucionado nada, todo lo contrario ha empeorado el mercado, hay menos oferta y por tanto, el alquiler de habitaciones surge como una alternativa a la que pueden acceder muchas más personas. Si eso lo prohibieran como dices, sería un problema grave que estos políticos no sabrían ni como comenzar a solucionarlo.
Gran entrevista!!!
Yo alquilo 5 habitaciones premium en rentas intensivas y 4 habitaciones en airbnb
Todas están en una casa que remodele 7 m x 20 m. Todas tienen baño y cocina privada, smart TV , escritorio, silla, closet y obtengo mensual €3847 euros. Actualmente estamos en obra gris de otra casa que compramos enfrente y ahí edificamos un edificio de tres pisos con 15. Apartaestudios que vamos a terminar a finales del 2025.
Están ubicadas junto a universidades Escuelas, centros de trabajo y varias plazas comerciales.
Saludos desde Querétaro México
Me alegro mucho de leer lo que dices, además de que Querátaro es una ciudad que me encantó. Fui invitada por la filial de Televisa para impartir un curso sobre protocolo. Me alegra leerte, felicidades por ser tan emprendedora
Muy interesante el vídeo
Muchas gracias, David
Fantastico!
Si, muy interesante la entrevista
Estoy interesada en información pues tengo en algarrobo Costa en el edificio Trayamar malaga. En alquilar habitaciones
Hola Paqui, mándame un correo a mardiazinversiones@gmail.com y vemos en que te podemos ayudar
Saludos desde el Paraguay. Quiero tener noticias
Hola, saludos ¿Que necesitas?
Recibí publicidad vuestra
Gracias
Hola Mar, enhorabuena por el vídeo! Tengo una duda…Sam ha comentado que su modelo se basa también en alquilar habitaciones por Airbnb… tenia entendido que no es legal alquilar habitaciones vacacionales durante todo el año, no más de tres meses al año. Es esto cierto? Hay libertad para alquilar las habitaciones por Airbnb todo el año en Espana? Gracias
Hola Joseph, gracias por tu comentario. El alquiler de habitaciones puede ser temporal o de larga duración, en este último caso no seria vacacional. Hay que ver en cada caso que es mas interesante. Y luego esta el soporte donde lo promocionas, donde igualmente puedes publicar varios modelos. Saludos
@ domde es el lugar si tienen numero de whasa gracias saludos colombia
@@alejandrarosero4793 puedes enviarme si quieres un correo a mardiazinversiones@gmail.com
Muy bueno
Qué curso recomiendas para empezar?
Hola Hugoss, depende de lo que estes buscando. Lo primero que te recomiendo es realizar un análisis en profundidad de tu situación económica, que objetivos quieres conseguir y en que plazo y en función de eso, elegir la formación mas adecuada. En mi caso os puedo apoyar con el programa "Easy Finace", donde realizamos juntos todos estos pasos para crear una hoja de ruta. Gracias por tu comentario.
Me gustaría preguntar a todos como se soluciona el tema de los ocupas en un piso, que se alquila por habitaciones? Yo confirmo que es inevitable y tendrás ocupas desde el primer mes. En el momento cuando te firman el contrato, los inquilinos se van al ayuntamiento y obtienen el derecho de empadronarse. A partir de este momento legalmente se quedan un mínimo de 2 años en las habitaciones como ocupas. Y si alguno de los ocupas de pronto mete su pareja y tienen niños se quedan eternamente dentro.??? Por favor si hay algún sabio y sabe resolver el dilema que lo publique. Ayudará a miles de personas.
Seria bueno que esta consulta pueda resolverla Sam, si resultaría útil
El alquiler por habitaciones no tiene nada que ver con el de larga estancia, el primero se rige por el código civil que es mucho más libre para forjar pactos entre las partes, no así el contrato de larga estancia que se rige por la LAU donde siempre se le da prioridad al arrendatario frente al arrendador y está más intervenido por el Estado en su legislación.
Además, cuando se da la situación de impago por parte del inquilino en contrato de la LAU, el arrendador no puede entrar en el piso porque hasta que no se resuelva judicialmente la situación con el desahucio el propietario no puede entrar porque vulnera la privacidad del inquilino, no así en un inquilino habitacional que el propietario ya está si quiere inmerso en la propiedad y andar libremente dentro de ella en los elementos comunes y es más fácil librarse por incumplimiento de lo pactado en el contrato que se rige por el código civil sacando las pertenencias del inquilino okupa fuera del piso cuando no esté y cambiando las cerraduras de la habitación y del inmueble para que no pueda acceder de ninguna manera. Se da la situación que aunque esté empadronado en ese domicilio se pueden buscar testigos de otros huéspedes habitacionales por parte del propietario arrendador para que manifiesten que dejó la habitación libre de sus enseres y se marchó y que si todavía no cambió la dirección de empadronamiento es su problema hacerlo.
pues muy mal, deberian de prohibir el abuso de alquiler de las habitaciones para ser mas asequibles y no impagables.
El alquiler de habitaciones esta funcionando por la gestión económica nefasta qeu esta realizando el actual gobierno. El último decreto de alquiler no ha solucionado nada, todo lo contrario ha empeorado el mercado, hay menos oferta y por tanto, el alquiler de habitaciones surge como una alternativa a la que pueden acceder muchas más personas. Si eso lo prohibieran como dices, sería un problema grave que estos políticos no sabrían ni como comenzar a solucionarlo.