Analisis al NUEVO INSTRUCTIVO de la UIF ðŸ’ĩðŸ’ļ de la FGR de El Salvador

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  • @blakegt.7326
    @blakegt.7326 āļ›āļĩāļ—āļĩāđˆāđāļĨāđ‰āļ§ +2

    Yo entendía que todas las empresas estÃĄn obligadas a inscribirse a la UIF desde que la UIF empezÃģ, ese era el objetivo... no es nada nuevo y aplica para todos, pero en 2015 se emitiÃģ un umbral mínimo para "nombrar agente oficial de cumplimiento" a partir de utilidades desde: $1,212,438.90 anuales, actualmente a Octubre 2022, me pregunto si el umbral ha cambiado, en que articulo y donde encontrar el nuevo umbral, pues los agentes de cumplimiento en pro de abusar de este beneficio de ley cobran hasta $1,500 mensuales... no es secreto y un negocio pequeÃąo incluso con transacciones mayores a los 10 mil, pero con utilidades bajas, le seria imposible tener agente de cumplimiento... hasta parece renteo y propiciado por el gobierno, en ese caso, A) cual es el umbral al 2022, en que link o articulo se puede encontrar? B) de no ser obligatorio por no llegar al umbral, el dueÃąo o representante legal cumpliría esa funciÃģn? C) Donde se define "sospechoso"? Pues en la UIF simplemente te dicen que hay que registrar las transferencias sospechosas, pero nunca definen que es eso?. el actual manual, esta mas encaminado a los agentes de cumplimiento como tal y como operar, pero tampoco aclara correctamente todas esas dudas, ni confirma si se mantiene el del 2015... confusiÃģn, pues si tu escribes "umbral" en el instructivo, esto es todo lo que aparece: "ReducciÃģn del grado de monitoreo continuo y examen de las transacciones, basado en un umbral monetario razonable." no hay otra menciÃģn al respecto