La Denuncia y la Querella, problemática del término de 3 años del derecho a querellarse.

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  • เผยแพร่เมื่อ 13 ก.พ. 2018
  • En este vídeo se explica lo que es una denuncia y una querella; se analiza la problemática del derecho a querellarse, pues a nuestro juicio vulnera el derecho de las víctimas al acceso a la justicia; de igual forma, se da cuenta en este vídeo de la búsqueda que realizamos sobre el origen del artículo 110 del vigente Código Penal del Estado de Chihuahua, donde se contempla el derecho a querellarse, exponiendo lo que encontramos en el libro del autor Sergio Vela Treviño que lleva por nombre "La prescripción en materia penal", ahí pudimos leer que dicho numeral data del año 1871 (siglo XIX) y que se encuentra prácticamente igual, por lo que se hace una propuesta legislativa.

ความคิดเห็น • 38

  • @manuelburciaga1057
    @manuelburciaga1057 2 ปีที่แล้ว

    Como siempre Lic aportándonos sus conocimientos de una manera que solo UD sabe gracias.

  • @YosoydePalestina
    @YosoydePalestina ปีที่แล้ว

    Gracias, es una joya este video licenciado. 💎

  • @SINALOA490
    @SINALOA490 4 ปีที่แล้ว +1

    EXCELENTE EXPLICACIÓN, CLARA Y PRECISA, MAESTRO ME GUSTARÍA DISIPAR UNA DUDA ENTRE COMO CLASIFICAR UN DELITO DE QUERELLA Y OFICIO.

  • @rosalvamendoza774
    @rosalvamendoza774 5 ปีที่แล้ว

    maestro muy claro y lo felicito por sus videos

  • @maly5834
    @maly5834 4 ปีที่แล้ว

    Lamentablemente y muy frustrante hay ministerios públicos que no quieren trabajar ni mucho menos se esfuerzan por hacer su trabajo , es muy delicado que no estén preparados jurídicamente.
    Felicidades por su explicación

  • @franciscojaviermendoza4519
    @franciscojaviermendoza4519 2 ปีที่แล้ว

    Que tal ! Que sucede cuando un policía detiene al presunto responsable en la comisión de un delito ejemplo: robó de auto parte y en ese momento no se encuentra la partes afecta por cualquier circunstancia salió unos días de su domicilio y el policía detiene en flagrancia al presunto responsable y es puesto inmediatamente a disposición del Ministerio Público. Cómo notificará el Ministerio Público a la parte afectada ? Cuál es el fundamento jurídico. Aquí entra la querella ? A su vez el Ministerio Público notificará al afectado

  • @alucard254
    @alucard254 ปีที่แล้ว

    En España la querella es diferente, según el artículo 270 de la ley de enjuiciamiento criminal del real decreto de 14 de septiembre de 1882 dice:
    Todos los ciudadanos españoles hayan sido o no ofendidos por el delito pueden querellarse, ejercitando la acción popular establecida en el artículo 101 de esta ley

  • @nahumherreraalfaro5971
    @nahumherreraalfaro5971 6 ปีที่แล้ว +1

    Maestro... Muy buenas tardes y felicidades por compartir ese conocimiento, y no ser envidioso, ya que lo unico que nos llevamos a la tumba, es el conocimiento. En hora buena. Espero me pueda dejar su correo electrónico y pueda asesorarme para entender más a detalles algunos supuestos de delito. Digo si se puede y no es abusar de su nobleza. Gracias.

    • @noelorlandojimenezholguin2893
      @noelorlandojimenezholguin2893  6 ปีที่แล้ว +1

      Hola Nahúm, claro que si, mi correo es orlando_jimenez44@hotmail.com. Y gracias por su comentario.

  • @harave7916
    @harave7916 ปีที่แล้ว

    Hay una sentencia que causó estado. Donde dijo el juez de segunda instancia que tiene el querellante 1 año para presentar la querella y que de oficio el MP tiene otro 1 año y si el MP no consignó a él pasivo en ese término de tiempo ya no puede. Ó sea pasaron 2 años y ya no pudo haber proceso penal ya que prescribió.

  • @gregs.7282
    @gregs.7282 5 ปีที่แล้ว

    Buenas tardes Lic.
    Agradecere su orientacion, un mecanico ya no me regreso mi vehiculo y ya no me atiende se desapareció basicamente. Como procedo?
    Mil gracias.

  • @josealejandrourbanoflores511
    @josealejandrourbanoflores511 6 ปีที่แล้ว

    Gracias, Licenciado. En el caso que nos cuenta de la familia que se fue a EUA, pero suponiendo que se hubieran impuesto del hecho a eso de los 2 años y medio a partir de que ocurrió, asumo que ya sólo tendrían 6 meses para interponer la querella. En tal caso sería previsible que la defensa encaminara sus esfuerzos a desvirtuar el supuesto desconocimiento del hecho alegado por el querellante y así impactar al requisito de procedibilidad. Aquí me surgen dos inquietudes con base en las siguientes reflexiones:
    i) Obra la afirmación en el sentido de que se conoció el suceso hasta los 2 años y medio desde que ocurrió;
    ii) El desconocimiento implícito en la afirmación anterior es un hecho negativo no susceptible de ser probado por el querellante, sino únicamente de que se enteró (hecho positivo) hasta ese momento;
    iii) No se logra establecer con datos suficientes que el querellante sí se enteró del hecho a tiempo y, por tanto, que fue pasivo para interponer su querella.
    ¿Será que el MP tendría que dar trámite al asunto hasta sus últimas consecuencias dado que no tendría elementos para decretar una facultad de abstención o un auto de no ejercicio de la acción penal?
    ¿En el Acusatorio hasta qué momento considera usted como el límite para debatir sobre el requisito de procedibilidad? Me parece que no sería un tema para la etapa de investigación formalizada.
    Gracias Jefe y disculpe por ser tan preguntón pero usted tiene la culpa por incitar a la reflexión con sus cápsulas. Lo felicito mucho por la presea que recibió del Gobernador!!!!! Muy merecida!!!!
    Alex

    • @noelorlandojimenezholguin2893
      @noelorlandojimenezholguin2893  6 ปีที่แล้ว +1

      Hola Alex saludos. Veras, en los supuestos que planteas me parece que el Ministerio Público debe continuar el trámite normal hasta sus ultimas consecuencias, pues ante la falta de elementos de prueba fehacientes que le permitan inferir válidamente que se entero antes de los dos años y medio, debe confiar en lo que la víctima le asegura, es decir, que apenas se entero del delito (a 2 años 6 meses de su comisión); y en este caso corresponderá a la defensa demostrar que la víctima se entero antes y que por ello operó la caducidad. Yo sostengo que, ante ese panorama probatorio que planteas, el fiscal "debe confiar en lo que la víctima le asegura", porque el es su representante, debe existir un principio de confianza entre ellos, es cuestión del rol que sigue el Ministerio Público en el procedimiento, es algo así como una presunción iuris tantum en el tema de la confiabilidad.
      En lo referente a la segunda interrogante, soy partidario de que se puede debatir sobre el requisito de procedibilidad en cualquier momento del procedimiento, incluso en amparo directo, pues el Juez en todo momento debe analizar la legalidad de los hechos sometidos a su consideración, y válidamente uno de los aspectos a considerar es el análisis del requisito de procedibilidad; apoya este sentir, la tesis de jurisprudencia visible en el sistema IUS con numero de registro 185082.; sucede algo similar a lo que pasa con el análisis del control de detención, en todo momento del procedimiento se puede analizar si la detención del imputado fue sin que se hubiesen violentado derechos fundamentales en su contra, como se ha mencionado, incluso en amparo directo, según reza la tesis de jurisprudencia con numero de registro 2004134.
      Esa es mi opinion Alex, te mando un abrazo afectuoso. Gracias por la felicitación. Cuídate.

    • @josealejandrourbanoflores511
      @josealejandrourbanoflores511 6 ปีที่แล้ว

      Le agradezco mucho que se haya tomado el tiempo para atender mi comentario. Muy interesante su opinión, un abrazo de regreso Jefe

  • @JosePinaresendiz-td8qy
    @JosePinaresendiz-td8qy ปีที่แล้ว

    Abogado buenas tardes.

  • @vichtanaerplario
    @vichtanaerplario 4 ปีที่แล้ว

    Una pregunta
    EL CASO URGENTE
    Entraría en este contexto

  • @danielvaldez5148
    @danielvaldez5148 3 ปีที่แล้ว

    lic. en que codigo y en que articulo habla sobre la denuncia y querella y sus conceptos?

  • @luisggutierrez_
    @luisggutierrez_ 2 ปีที่แล้ว

    Pero sigo sin entender que significa "y 3 años fuera de estas circunstancias". Osea, si yo no me se el nombre del delincuente o no lo conozco ahí aplicaría que tengo 3 años? Podría poner algún ejemplo por favor? Me interesa aprender bien esto sobre el delito de fraude.
    Gracias.

  • @JosePinaresendiz-td8qy
    @JosePinaresendiz-td8qy ปีที่แล้ว

    Ya empezamos con la primera cirugía. L4 - L 5. Fusion. Con tornillos de titanium.

  • @silvialarahernandez1192
    @silvialarahernandez1192 4 ปีที่แล้ว

    Hola licenciado buenas noches .me gustaría saber en qué otro lugar puedo comprar su libro .sabe usted ? Estoy haciendo una investigación basada en el tenor de la averiguación previa ..

    • @JosePinaresendiz-td8qy
      @JosePinaresendiz-td8qy ปีที่แล้ว

      Abogado. Tengo toda la evidencia y metí la querella en el consulado americano ante FBI

    • @JosePinaresendiz-td8qy
      @JosePinaresendiz-td8qy ปีที่แล้ว

      Abogado no tengo dinero para las cirugías. Me gustaría saber quien es el seguro de CBP. METEREMOS DAÑOS PUNITIVOs. Hubo secuestr.o. tortura. Daño psicológico. Ataques de pánico

  • @juangarciahernandez7871
    @juangarciahernandez7871 2 ปีที่แล้ว

    Alcanzo fianza por una querella?

  • @omarmendoza9704
    @omarmendoza9704 2 ปีที่แล้ว

    Maestro, muchas gracias por sus reflexiones tan pertinentes. Al respecto quiero realizarle el siguiente cuestionamiento: el artículo 110 de la Ciudad de México dice:
    ARTÍCULO 110 (Prescripción de la potestad punitiva en los casos de delito de querella). Salvo
    disposición en contrario, la pretensión punitiva que nazca de un delito que sólo puede perseguirse
    por querella del ofendido o algún otro acto equivalente, prescribirá en un año, contado desde el día
    en que quienes puedan formular la querella o el acto equivalente, tengan conocimiento del delito y
    del delincuente, y en tres años fuera de esta circunstancia.
    Una vez cumplido el requisito de procedibilidad dentro del plazo antes mencionado, la prescripción
    seguirá corriendo según las reglas para los delitos perseguibles de oficio.
    Mi duda es con relación a la frase "tenga conocimiento del delito", ya que en un fraude, donde la persona está engañada, y se da cuenta que fue víctima de fraude un año o 8 meses después de que firmó un contrato, por ejemplo, como podemos entender esa frase. Gracias Maestro y muchos saludos. Y su pudiera decirme qué libro es el que consultó, GRACIAS.

  • @lavirgenmetepec
    @lavirgenmetepec 4 ปีที่แล้ว

    Buenas tardes, veo que esta usted confundido con los terminos de prescripción.
    Si bien la Querella prescribe en un año cuando se tiene conocimiento del delito (es menor en tiempo porque es volutiva la acción de ejecutarla), luego entonces: lo referente a los 3 años, es cuando no es del conocimiento de la victima y por eso se le da el mismo tratamiento (en cuanto al tiempo), como se le dá al de la denuncia...
    Quedó claro?
    Saludos.

    • @Psicoloco77
      @Psicoloco77 3 ปีที่แล้ว

      ¿Cuando prescribe el despojo de inmueble bandalizado sin violencia?
      En caso de que el dueño siempre estuvo enterado de este. Soy de sonora.

  • @angeldelgadoamarillas2235
    @angeldelgadoamarillas2235 ปีที่แล้ว

    La ley deja hoyos o fisuras para que el Lic. Que lea y entienda pueda defender a su cliente mientras que a la contraparte pason bobo

  • @mariaelenagalindo1360
    @mariaelenagalindo1360 4 ปีที่แล้ว

    Y QUE HAY DEL REQUISITO EQUIVALENTE? QUE ES?

    • @rodrigocasillas5865
      @rodrigocasillas5865 3 ปีที่แล้ว

      Se refiere a los delitos especiales en materia fiscal, ley general de salud, etc

  • @recuperabogadosdelarosa7574
    @recuperabogadosdelarosa7574 5 ปีที่แล้ว

    Muy interesante!!
    Lamentablemente los legisladores están en todo menos en misa.

    • @noelorlandojimenezholguin2893
      @noelorlandojimenezholguin2893  5 ปีที่แล้ว +1

      Je je je je saludos Luis. En este caso, ya una legisladora se comunicó conmigo y al parecer se va a trabajar la propuesta de reforma.

    • @recuperabogadosdelarosa7574
      @recuperabogadosdelarosa7574 5 ปีที่แล้ว

      Pues muchas felicidades Maestro!! En primer lugar, por el análisis tan preciso que hizo y en segundo lugar porque me queda claro que su canal está dando frutos, llegó a oídos que tenía que llegar y cumple las espectativas de muchas más personas. Enhorabuena...

    • @noelorlandojimenezholguin2893
      @noelorlandojimenezholguin2893  5 ปีที่แล้ว

      Gracias.

  • @irmacruz978
    @irmacruz978 11 หลายเดือนก่อน

    El despojo deberia ser un delito geave.