Excelentes vídeos , me uno a lo solicitado por las demás personas con respecto a lo del juicio, como siempre estaré muy atento al desarrollo del mismo. Muchas gracias
muy importante el video, a través del cual se observa la realidad sobre la dinámica de la audiencia preparatoria en este caso, con todo muy buenas las partes y el asunto muy complejo; muchas gracias, estaré atento a la audiencia de juicio
Quisiera que por favor me aclararan, ¿por qué? dan como estipulación probatoria una reporte de medicina legal, (defensa), asintiendo que ese reporte no se ha dado a conocer por parte de ninguna de las partes, ya que no ha sido allegado por entidad que lo expide.
Los investigadores están cobrando 5 millones y la defensa para estos casos según la tarifa que expidieron la defensoria pública para casos especiales está por 20 millones.
Doctor Jimènez, entiendo la complejidad del caso, Por tal motivo estarè atento al Juicio Oral y auqnue estoy en Bucaramanga, Puedo solicitarle suba el Juicio Para saber en què va el caso. Muchas gracias.
Esta allí con el principal, solamente. No interviene. Te ayuda. Si en otra audiencia no estás pues él puede asumir el asunto provisional. Licencia temporal hasta donde tenga facultad.
Dr buenos dias queria preguntarle que costo tuvo la defensa del imputado con los gastos del investigador? es que me esta pasando algo similar a este caso muchas gracias
Dr. Jiménez por que el representante de victimas no dice nada, entiendo que es un interviniente pero no se supone que tiene que hablar si se opone sobre las pruebas que la defensa presento o por que el juez no le dice nada?
CORDIAL SALUDO DR. de nuevo muchas gracias por estos video que no ayudan mucho para nuestra carrera profesional. dr una duda cuando se termina la acusación y el juez ordena correr el traslado dentro de los tres días siguientes como lo estipula el art 344. pero el fisca no correo el respectivo traslado. Que se puede hacer solicitar rechazo de todas las pruebas. la audiencia fue el día 23 de marzo hoy 13 de mayo a un no me han llegado esas pruebas a mi correo. teniendo en cuenta que los despachos de los fiscales están cerrados por teman de pandemia. Muchas gracias dr
Efectivamente el no descubrimiento de los EMP dentro de los 3 días y que seguramente dejaste constancia en la audiencia de acusación, para que el fiscal corriera traslado a su correo electrónico, generan el RECHAZO. Debes solicitar en la preparatoria al inicio, se de cumplimiento al 346.
Que desorden de audiencia. No se tiene técnica de nada. . El abogado no señaló la pertinencia sino que realizó teoría del caso, enunció de referencia los dichos de los testigos y hasta hizo alegatos de conclusión que está demostrado que el autor es otra persona . Jum
Buenos días doctor, con todo el respeto, me permito preguntarle, porque en esta audiencia en la fase o etapa del descubrimiento de elementos materiales probatorios y evidencia física, se hace indicación de documentos y otros
Estimado doctor, buenas, a mi entender se ha desconocido absolutamente el articulo 275 del C. P. P., en cuanto a que se ha confundido los medios de pruebas con los EMP y EF, si se analiza la norma ut supra, encontraremos que en sus discriminaciones no aparece que un documento sea un elemento probatorio, salvo el contenido en el literal e), que expresa que el documento hallado en la diligencia de investigación de inspección, o los entregados voluntariamente, o los dejados en el lugar, pero si estudia la norma a fondo se entenderá que se trata de los documentos que tuvieron relación espacio temporal con la infracción penal, es decir, en el derecho penal adjetivo los documentos pueden tener dos características, una como elemento probatorio y otra como medio de prueba, por tal, si por ejemplo en el cuerpo de una persona muerta violentamente, se encuentra un documento con él, o en el ámbito de dominio del lugar del hecho infractor, este tiene la categoría de un EMP o EF, pero si el mismo documento no fue hallado en lugar de los hechos o no fue entregado por persona que los recogió en ellos, o el documento no fue abandonado allí, entonces ya no será un EMP o EF, sino UN MEDIO PROBATORIO DOCUMENTAL, si se analiza bien se conocerá que cambia sustancialmente la solicitud, aducción, presentación, introducción y la practica del medio de conocimiento.
Doctor gracias por subir la Audiencia me ha sido de mucha ayuda, doctor una pregunta, se puede solicitar para el juicio el testimonio del acusado, es decir, que se escuche en la audiencia del juicio oral al acusado?
Me parece que esta mas embolatado el abogado, que su dicho parece el lenguaje de la torre de babel. Debe ser mas fluido, mas elocuente, mas claro . Parece que estuviera empezando la profesion La juez, inicio herronea la audiencia, primero, quien descubre las prueva es la fiscalia
ud esta errado, el descubrimiento lo hace en sede de acusacion la FGN, si no pudiere hacerlo en dicha sede, lo hara en preparatoria y subisidiramente en juicio oral, pero en este caso, ya la FGN ha descubierto la totalidad de EMP, E.F E ILO en acusacion.
@@FelipeRuiz0207 no, se manejan en este tipo de audiencia 2 códigos ; el código de PROCEDIMIENTO penal ( ley 906 de 2004 ) y el Código Penal ( ley 599 de 2000)
Si las tiene si, pero eso se hace es en preparatoria, el juez pregunta u ordena a la defensa que enuncia y descubra los documentos o EMP y luego Fiscalia y defensa tendrán su espacio para solicitar lo que va a entrar al juicio oral.
Esta forma de pruebas e introducción de las mismas me parece una imbecilidad, las pruebas son pruebas y punto, simplemente deben contradecirse y ya. ese codigo hay que cambiarlo. Ese procedimiento es una endiosada a los jueces que nada que ver.
Toca analizar el expediente para ver que pruebas han aportado, como direccionaron los hechos desde la noticia criminal en adelante y poder así coordinar una estrategia y adecuada defensa técnica y jurídica.
Mi apreciado Doctor, muchas gracias por tan valiosa información para los que apenas estamos incursionando en el mundo del litigio. Mil Gracias.
De nada. Me place más que les llegue a la nueva generación!! Saludos
😅❤😮
Excelentes vídeos , me uno a lo solicitado por las demás personas con respecto a lo del juicio, como siempre estaré muy atento al desarrollo del mismo.
Muchas gracias
Saludos desde México....gracias por los vídeos....estamos aprendiendo.
Gracias. Todos aprendemos.
DIOS lo bendiga profe gracias por compartir estos espacios son muy didácticos.
Amén Juan Carlos
Doctor gracias por la información y compartir su experiencia, me gustaría conocer el desarrollo completo del juicio!. Bendiciones.
muy importante el video, a través del cual se observa la realidad sobre la dinámica de la audiencia preparatoria en este caso, con todo muy buenas las partes y el asunto muy complejo; muchas gracias, estaré atento a la audiencia de juicio
Saludos desde Medellín, mil gracias por sus videos
Hola buen día, si, claro que sí, esa es la idea que nos sirva de referencia a futuros casos.
P¿ñq
muy buena la argumentación que la juez, en cuanto al decreto de pruebas.
Quisiera que por favor me aclararan, ¿por qué? dan como estipulación probatoria una reporte de medicina legal, (defensa), asintiendo que ese reporte no se ha dado a conocer por parte de ninguna de las partes, ya que no ha sido allegado por entidad que lo expide.
Buen ejercicio.
Los investigadores están cobrando 5 millones y la defensa para estos casos según la tarifa que expidieron la defensoria pública para casos especiales está por 20 millones.
wow, eso es mucha plata
Doctor Jimènez, entiendo la complejidad del caso, Por tal motivo estarè atento al Juicio Oral y auqnue estoy en Bucaramanga, Puedo solicitarle suba el Juicio Para saber en què va el caso. Muchas gracias.
Esta allí con el principal, solamente. No interviene. Te ayuda. Si en otra audiencia no estás pues él puede asumir el asunto provisional. Licencia temporal hasta donde tenga facultad.
Doctor que pena pudo haber recibido
En minhimilde opinion, siempre es dsitiguir entre perrinencia y conducencia, pero aqui vemos que se hace un recuento de teoria del caso
PARECE NO TENER CLARO LO QUE SON LOS EMP EF e ILO PUES LO CONFUNDEN CON LOS MEDIOS DE PRUEBAS
Dr buenos dias queria preguntarle que costo tuvo la defensa del imputado con los gastos del investigador? es que me esta pasando algo similar a este caso muchas gracias
Buen vídeo
Algo arrogante el juez
Doctor Nazario. Juez 21.
Hay forma de que se dé un falso positivo con la prueba de microscopio de barrido? Hay algún lugar donde encuentre info al respecto?
Dr. Jiménez por que el representante de victimas no dice nada, entiendo que es un interviniente pero no se supone que tiene que hablar si se opone sobre las pruebas que la defensa presento o por que el juez no le dice nada?
@@davidj.sarchir.6510 Es el fiscal o debe ser a través suyo
Estimado y siempre mal ponderado Dr, como puedo comunicarme con usted.
El Señor Juez, muy estudioso
CORDIAL SALUDO DR. de nuevo muchas gracias por estos video que no ayudan mucho para nuestra carrera profesional. dr una duda cuando se termina la acusación y el juez ordena correr el traslado dentro de los tres días siguientes como lo estipula el art 344. pero el fisca no correo el respectivo traslado. Que se puede hacer solicitar rechazo de todas las pruebas. la audiencia fue el día 23 de marzo hoy 13 de mayo a un no me han llegado esas pruebas a mi correo. teniendo en cuenta que los despachos de los fiscales están cerrados por teman de pandemia. Muchas gracias dr
Efectivamente el no descubrimiento de los EMP dentro de los 3 días y que seguramente dejaste constancia en la audiencia de acusación, para que el fiscal corriera traslado a su correo electrónico, generan el RECHAZO. Debes solicitar en la preparatoria al inicio, se de cumplimiento al 346.
@@EscobarJimenezMiguelJose DR. De antemano quiero agradecer por compartir ese gran conocimiento. Muchas gracias por la pronta respuesta.
Que desorden de audiencia. No se tiene técnica de nada. . El abogado no señaló la pertinencia sino que realizó teoría del caso, enunció de referencia los dichos de los testigos y hasta hizo alegatos de conclusión que está demostrado que el autor es otra persona . Jum
Buenos días doctor, con todo el respeto, me permito preguntarle, porque en esta audiencia en la fase o etapa del descubrimiento de elementos materiales probatorios y evidencia física, se hace indicación de documentos y otros
Ese es el procedimiento acorde con el desenvolvimiento del art 356 de la ley 906.
Estimado doctor, buenas, a mi entender se ha desconocido absolutamente el articulo 275 del C. P. P., en cuanto a que se ha confundido los medios de pruebas con los EMP y EF, si se analiza la norma ut supra, encontraremos que en sus discriminaciones no aparece que un documento sea un elemento probatorio, salvo el contenido en el literal e), que expresa que el documento hallado en la diligencia de investigación de inspección, o los entregados voluntariamente, o los dejados en el lugar, pero si estudia la norma a fondo se entenderá que se trata de los documentos que tuvieron relación espacio temporal con la infracción penal, es decir, en el derecho penal adjetivo los documentos pueden tener dos características, una como elemento probatorio y otra como medio de prueba, por tal, si por ejemplo en el cuerpo de una persona muerta violentamente, se encuentra un documento con él, o en el ámbito de dominio del lugar del hecho infractor, este tiene la categoría de un EMP o EF, pero si el mismo documento no fue hallado en lugar de los hechos o no fue entregado por persona que los recogió en ellos, o el documento no fue abandonado allí, entonces ya no será un EMP o EF, sino UN MEDIO PROBATORIO DOCUMENTAL, si se analiza bien se conocerá que cambia sustancialmente la solicitud, aducción, presentación, introducción y la practica del medio de conocimiento.
@@alfonsosequeda598 Creo que tienes razón.
@@juancarlososoriozapata8896 saludos, humildemente a la orden, para que aprendamos sobre le tema
@@alfonsosequeda598 si señor, mi whatsapp es 3016030210, si desea se comunica conmigo y hablamos.
Excelente
Doctor gracias por subir la Audiencia me ha sido de mucha ayuda, doctor una pregunta, se puede solicitar para el juicio el testimonio del acusado, es decir, que se escuche en la audiencia del juicio oral al acusado?
Si es viable, pero no aconsejable. Mejor dicho no lo haga, se puede auto clavar el cuchillo.
Ese abogado de las victimas se estaba ahogando😅😅😅
😄😄😄
Me parece que esta mas embolatado el abogado, que su dicho parece el lenguaje de la torre de babel. Debe ser mas fluido, mas elocuente, mas claro . Parece que estuviera empezando la profesion
La juez, inicio herronea la audiencia, primero, quien descubre las prueva es la fiscalia
ud esta errado, el descubrimiento lo hace en sede de acusacion la FGN, si no pudiere hacerlo en dicha sede, lo hara en preparatoria y subisidiramente en juicio oral, pero en este caso, ya la FGN ha descubierto la totalidad de EMP, E.F E ILO en acusacion.
Que dasastre de defensor
Por qué?
Si ganó el caso
Buenas noches que código penal o cuál es el nombre del código de ese código es para un trabajo
Código penal colombiano o Ley 906 de 2004 de Colombia
@@FelipeRuiz0207 no, se manejan en este tipo de audiencia 2 códigos ; el código de PROCEDIMIENTO penal ( ley 906 de 2004 ) y el Código Penal ( ley 599 de 2000)
2:00
Doctor buenas tardes, le pregunto. Antes de la audiencia preparatoria, la defensa debe darle traslado de pruebas a la fiscalia?
Si las tiene si, pero eso se hace es en preparatoria, el juez pregunta u ordena a la defensa que enuncia y descubra los documentos o EMP y luego Fiscalia y defensa tendrán su espacio para solicitar lo que va a entrar al juicio oral.
Alguien podría facilitarme el nombre del señor, juez, por favor?
Esta forma de pruebas e introducción de las mismas me parece una imbecilidad, las pruebas son pruebas y punto, simplemente deben contradecirse y ya. ese codigo hay que cambiarlo. Ese procedimiento es una endiosada a los jueces que nada que ver.
mi hermano sufre de esquizofrenia y lo metieron sobre un delito de violacion de datos pero el no sabe nada de eso que podemos hacer
Toca analizar el expediente para ver que pruebas han aportado, como direccionaron los hechos desde la noticia criminal en adelante y poder así coordinar una estrategia y adecuada defensa técnica y jurídica.
Que paso con el perito que determinará esa disminución de capacidad..historia clínica...y la remisión a medicina legal?
Que paso con la remisión a medicina legal.y perito que determinará esa disminución de capacidad?
Que paso con la remisión a medicina legal y perito para determinar esa disminución de capacidad?