Me gustaría la continuación del siguiente video donde se explicara los medios que podría emplear Pedro en su defensa , gracias saludos excelente tema 😃👍
Buenas una consulta mi padre compro un terreno hace más de 30 años el caso es que hipotecaron ese terreno el 2017 y yo recien hice la demanda el año pasado mi pregunta es sale.a mi favor yo estando mas de 30 años?
Muy buen video, te felicito. Efectivamente al ser del orden local esta situación, hay que consultar los plazos en el Código Civil de la Entidad Federativa en donde suceden los hechos. Sin embargo me llama la atención que en los Códigos Civiles locales no se mencionan explícitamente dos situaciones que me generan dudas que ojalá me puedas resolver: 1. ¿Existe un plazo para reclamar la prescripción positiva?: es decir: ¿Si yo obtengo el derecho de reclamar un inmueble al cumplirse la prescripción positiva, tengo para reclamar dicho inmueble el mismo plazo que se da en el Código Civil para que aplique la prescripción negativa de dicho derecho por no ejercerlo? 2. Si un particular al tomar la posesión como dueño de un espacio público (la calle pues), obviamente de mala fe y sin justo título, puede reclamarlo legalmente después de hacerse efectiva la prescripción positiva (De 10 a 20 años según el Código Civil aplicable) , demostrando haber vivido de forma pacifica, continua y pública y que el Gobierno dueño del espacio público nunca lo denunció por despojo. ¿O la prescripción positiva no aplica para espacios públicos? Gracias.
1. Es complicado determinar la prescripción del derecho a usucapir puesto que implica conocer el momento en que se dio el derecho a hacerlo (la carga de la prueba es casi imposible de cumplir) 2. Los bienes del estado son imprescriptibles
Hola, en el caso de una propiedad intestada y que ni siquiera aparece en RPP, no existen escrituras, y uno de los hijos lleva habitándola desde hace más de 40 años, ahora que quieren escriturar se llevó un juicio con los otros hermanos, otros ya fallecidos pero están los hijos, que se puede hacer, el juicio ya lleva 3 años, parece que quien demandó no se presentó pero ya el abogado se le estuvo dando dinero y ya no se sabe nada en qué quedó; por lo que he visto en estos videos de prescripción positiva, habrá manera de que se pueda regularizar la propiedad por ese medio y ya no por “herencia” digamos porque en realidad no hubo testamento.
Oye pero cua do se hace usucapión de un inmueble abandonado de una constructora o de un dueño que ya no le.pago la constructora,? Solo se sacan las escrituras , no hay que pagar la casa como tal? O que se debe de hacer en esos casos? Quién sería el dueño si la constructora ya no existe? Y si se paga a quien o solo se saca la escritura??
Has un vídeo de los medios de defensa k tiene Pedro para rescatar su patrimonio, ya k la falta de consentimiento causa Nulidad Absoluta, y la nulidad absoluta No prescribe, Ni se confirma,,, y yo creo k si No existe una sentencia firme k hubiese declarado la usucapion, la escritura del Titular Registral es el mejor Título para demandar la acción Reivindicatoria,, a menos k ya existiera la sentencia de usucapion y fuera registrada la anterior escritura quedaría sin valor,,, que opinan????
Buen día amigo, 1. Sí ya se inició el proceso de usucapio: A). Debe ser notificado o llamado a juicio por ser copropietario (ésto el juez lo debe hacer oficio y la mejor manera en qué el juez se entera qué hay dos propietarios -coprooiedad- es requierando actor (demandante) en el proceso de usucapión entregue Certificados emitidos por Registro de Propiedades o Inmobiliarios (de Patrimonio) en el qué se refleja los gravámenes y propietarios qué tenga el inmueble; y qué por tanto debe ser llamado al juicio para defender el porcentaje qué tengan todos los copropietarios). B). Iniciado el juicio de usucapio sin ser notificado o llamado a juicio, pero qué se llega a enterar qué está iniciado, según la etapa en qué se encuentre el proceso: I. Sí el juicio de encuentra en el inicio y no se ha llevado la audiencia de pruebas, puede presentarse al juicio pidiendo se le reconozca su derecho de Copropiedad y se le admitan pruebas para sea considerado en la sentencia (principalmente promover una tercería excluyente de dominio en el qué diga qué su porcentaje no es parte del trato o contrato qué generó la usucapio, y qué por lo la propiedad de tu dominio debe excluirse en sentencia de la usucapio). II. Si en el juicio se encuentra después de la etapa de pruebas y antes de haya sentencia puedes promover un amparo indirecto para qué qué se notifiqué de juicio y qué se retrotraiga/retroceda el juicio hasta en el momento procesal en el qué se te debió notificar. III. Sí el juicio ya tiene sentencia, remate y adjudicación, debes promover la nulidad del proceso. 2. En caso, no se haya iniciado el juicio de usucapio, puede promover la subdivisión del inmueble (propiedad) de acuerdo al porcentaje de copropiedad qué tenga (sujeto a qué sea posible la subdivisión legal, de acuerdo a leyes municipales de superficie física mínima qué debe tener un inmueble o propiedad); de no ser posible la subdivisión, se ordenará el remate del inmueble o propiedad para se reparta las ganancias o producto/precio del remate en el porcentaje qué corresponda a cada copropietario. Quedó a las atentas órdenes para aclaración o comentarios, Atte. Carlos M Abogado Tel. 984 180 26 54 Saludos.
Mi mamá es dueña de un terreno, y ese terreno está baldio , nunca se ha construido, solo está cercado. Ella tiene todos los papeles en regla y cada año se paga el predial. Este año al ir a pagar predial le dijeron que el terreno ya tiene otro dueño y le explicaron que la otra persona obtuvo el terreno por medio de un juicio por prescripción. Mi mamá no tiene idea de quien es esta persona ni idea de cuando pasó ese juicio, y ahora no puede regresar el terreno a su nombre porque supuestamente ella ya no es la dueña. Que se puede hacer? Ese terreno nunca ha estado a la venta, ni rentado.
te sugiero que busquen un abogado que pueda llevar tu juicio, ya que podrian demandar una nulidad de juicio concluido, pero es muy importante que lo hagan y no dejen pasar mucho tiempo, porque hay tiempos para hacerlo
Y si es usucapion de un inmueble de gobierno del estado? Llevamos 21 años no estaba cercado pagamos luz e impuestos u nos dieeon permiso el titular de bienes inmuebles de gobierno del estado solo nos pidio nombre y telefono que opera ahi?
Hola, buen día. Mi mamá antes de fallecer puso una casa a mi nombre (yo tengo las escrituras), fallece y mi papá empieza a “hacerse cargo” (la renta, él cobra la renta, etc.), ¿me puede quitar la casa de alguna forma? Gracias.
Buenas noches. Tengo un caso de una casa habitación. Mi mamá y yo estamos viviendo en esa casa desde siempre ahí. Los dueños eran mi abuelos pero ya murieron los dos. Y no dejaron testamento. Esta intestada ,pero nadie de los hermanos de mi mamá. Ha hecho juicio o nos a sacado . Puedo hacer este juicio de prescripción positiva? Cree que pueda ser propietaria mi mamá.?
Si vives en argentina no. Xq en tu caso tu madre tiene otros hermanos. X lo tanto tuvistes suerte q no te sacaron. X eso cualquiera debe hacer la sucesion y declaratoria de herederos q son todos los forzosos es decir los hermanos q haya dentro y fuera del matrimonio y los hijos q representarán a algún hermano de tu madre si ya falleció. Debes avisarles xq deberán ir a firmar esa declaratoria. NO PODES PONERLA A TU NOMBRE. Es más el tiempo q llevas ahí no te amerita como dueña, solo si le compras esa casa a los otros tíos. Han sido buenos diría xq t pueden pedir q les pagues un alquiler.
Mi amigo hizo una opcion de compra y venta sobre una finca a un señor el cual entrego un 20% del valor. La opcion tenia fecha de vencimiento y un precio si durante la vigencia de la opcion se lograba titular y un precio menor si no lograba titular. El señor comprador dejo vencer el contrato y han pasado 9.5 años desde el vencimiento del contrato y nunca reclamó o forzó la compra como lo estipulaba el contrato de opcion. Mi amigo me vendio la finca y ahora luego de mas 9.5 años del vencimiento de ese contrato el señor quien colinda la propiedad quiere hacer valer el contrato , clama ser posedor y no hay mejoras y quiere pagar el monto restante sin titulo como lo estipulaba el contrato. El juez me otorgo la informacion posesoria a mi persona pero ahora el señnor nos tiene una demanda a mi amigo y a mi persona por la compra y venta que realizamos y ha paralizado la informacion posesoria. Tiene derecho este señor con una opcion de compra y venta con estipulaciones claras de vencimiento del mismo y sobre el 20% a favor del vendedor como daños y perjuicios hacia mi amigo? Te gradezco mucho de antemano tu respuetsa .
Qué fuerza o impacto tiene inscribir una propiedad ante registro público para debatir unas fe notariales que implican la venta del mismo inmueble realizada por un tercero sin mi consentimiento?
La compraventa aunque esté notariada puede declararse nula por no haberse ajustado a derecho incluso si se sigue transmitiendo la propiedad puede restituirse
Un ejemplo. Son dos terrenos que están juntos. En uno es una casa y en la otra es un patio con un local y dos cuartos. En el terreno de la casa es dueña una señora y en el terreno del patio fue donado por la señora a su hijo. La familia de su hijo lleva viviendo más de 15 años y ahora la señora quiere sacarlos a la calle a el con toda su familia. Ella no vivía ahí desde hace años, de los dos terrenos la familia del hijo vivía pero ahora los quiere sacar a la calle. Ellos pueden solicitar la Usucapión?
@JuridicaMente tengo una duda se puede prescribir a una persona fallecida por edictos, o forzosamente se tiene que aperturar un juicio sucesorio intestamentario, estando en el entendido que que la persona fallecida no logro entregar el contrato de compra-venta dado que fallecio por un accidente, pero existía un interés del posesionario en vender su bien inmueble.
Hola, tengo una duda, es posible usucapir un bien inmueble en el cual una persona es depositado legalmente a través de un juicio civil, y que durante más de 15 años ha mantenido la posesión sin problema alguno
Yo me metí a vivir con un hombre en unión libre el 5 de febrero 2008 nos separamos de cuerpos dejamos de vivir el 10 de julio del 2018, el había comprado un lote en el año 2015. El cual yo digo que también me pertenecía a mi o la sociedad patrimonial, pero el vendió el lote el en el 2019 en abril. El 20 de octubre del 2019 mi ex marido me demandó para disolución de unión marital de hecho y liquidación de sociedad patrimonial, cabe destacar que en el 2011 la habiamos declarado porque necesitamos mete run documento y entonces la hicimos por escritura pública y quedó declarada que vivíamos en unión libre, pero ahora Mi abogada dice que ese lote no se puede hacer nada porque lo vendió legalmente y que yo tenía que haberlo demandó desde el día que me separé de cuerpo y que deje de convivir hasta un día antes que se cumpliera el año que nos habíamos separados osea según debí haber demandado durante ese año. Y como ele.demando después que cumplimos un año y unos meses de separado no puedo reclamar y nada. Quiero sabes si es cierto Esto es cierto ? No tuvimos hibos. Aún estamos en el proceso vamos por la disolución de sociedad patrimonial
Hola buena noche, disculpe una duda,llevamos viviendo en una casa aprox 25 años propiedad de la abuelita de mi papa fallecida hace mas de 30 años,la mama de mi papa(fallecida hace unos 23 años) le dijo que nos vivieramos a vivir aqui, tenemos las escrituras originales a nombre de la abuelita y el contrato de la luz a nombre de mi papa desde que llegamos hasta la fecha, procederia la usucapion? Gracias 😊
No procede ya que la posesión debe ser originaria y por lo que cuenta en su comentario ustedes obtuvieron la posesión del bien de forma derivada, además de que la prescripción entre ascendentes y descendientes no existe
Necesita promover Juicio Sucesorio intestamentario y solicitar al Juzgado Competente un albacea provisional, hasta en tanto no exista la Sentencia que nombre al o los propietarios del bien inmueble que ustedes tienen en su dominio.
Y si la mala fe es después de 10 años y no hice nada y ya pasaron 20 años y me desalojó el dueño que se hace en este caso ? Si ya perdí la posecion desde hace casi un año ya no puedo hacer nada?
Soy copropietario de una casa, ambos con titulo de acciones registrado en sunarp, la posesión la tiene mi copropietario con el 33. 33% y mas de 20 años en posesión (y mi persona con el 66.66% de acciones). Que acciones legales se pueden presentar. Es posible que me interponga demanda de prescripción adquisitiva?, es posible que lo demande por división partición, pago de autovaluo se hizo a mi nombre hasta el 2006, ellos vienen pagando desde esa fecha hasta la actualidad.....como actuar en este caso....?
Mi padre y mi madre construyeron la casa en donde vivo ambos la abandonaron hace 15 años. Mi padre está registrado ante catastro como dueño y quiere heredarla a una hija que tiene en su nuevo matrimonio, tengo 20 años viviendo en esta casa y no estoy seguro si puedan desalojarme algún día.
Según la ley, ejemplo tu papá y mamá compraron una casa en el año 2000 la pagaron de inmediato o la terminaron de pagar en 2010, sí se divorciaron en 2011 la casa es de los dos...
Su padre es el dueño registral de esa casa, x lo q entiendo está divorciado y UD vive en casa de su padre. X lo q puede pedirle q busque dónde vivir y la dejé o UD puede pagarle un alquiler esa sería una opción. Luego UD es heredera junto a sus hermanos xser herederos forzosos. No sé la puede dejar a una sola heredera. Consulte con un abogado.
Mis padres llevan viviendo más de 20 años viviendo en el terreno del abuelo de mi padre, que hasta la fecha no tiene escrituras, así que los dueños serían mi abuelo( ya fallecido) y dos tías, pero ahora ellas están a más no poder vender ¿que Tan cierto es que pueda vender sin el consentimiento de mi padre y de sus hermanos, si los que viven aquí somos nosotros? Nuestro propósito no es quedarnos con todo, si no que ella no se quede con todo y todo sea legal. Que nos recomiendas?
Deben consultar un abogado de su localidad directamente para que pueda revisar la documentación que tengan y pueda darles una asesoría más acertada, ya que sin revisar documentos, cualquier asesoría en éste caso sería especulativa. Saludos.
yo no se que les pasa a ustedes ... el terreno no es suyo , sin testamento , la herencia se debe dividir en partes iguales, asi hayan construido en el terreno, pues lastima . ahora, ya deberan ponerse deacuerdo.
Juicio sucesorio y declaratoria de herederos. Luego se vende y se reparten la ganancia. Si UD no quiere salir de ahí van al juez y se remata la propiedad. Sino UD q vive ahí durante 20 años puede comprarles a esas tías sus partes y escriturar a su nombre, o tomar el dinero y comprar en otro lado.
3 ปีที่แล้ว
Si hay dos copropietarios, y uno se quedó usando el inmueble podría algún día hacer usucapion para que quede todo a su nombre y despojar al Segundo co-propietario?
Hola como pudiera adquirir la propiedad de mi papá si el lla falleció y no tengo ningún documento que me habale y otra persona se quiere hacer dueña de ello lla que antes de morir mi papá lo obligaron a firmar
@@angeleduardoarosteguiperez8290 el caso es que mi madre murió y una prima se quedó en la casa y ahora ya no se quiere salir, dice que ya es de ella por los veinte años que está viviendo ahí.
@@andresholguin1908 no, claro que no. No tiene como justificar la propiedad. Lo mejor es que se demande el juicio sucesorio. Asesórate con un abogado cercano a ti.
Hola tengo 36 años . A mí mamá le prestaron una casa en el año 1996 dónde fuimos a vivir con mi papá. Los tres vivimos desde ese año hasta la fecha. El dueño murió en el 2004 no tenía hijos . Ni hermanos era soltero. Nosotros podemos escriturar a nuestro nombre? O tengo que seguir esperando juntar mas años?
No se trata del tiempo que lleven viviendo ahí, sino que la causa de su posesión, fue a título de préstamo. Esto no les da derecho a reclamar la propiedad de forma directa, ya que su posesión se deriva de lo que se conoce como un comodato, el cual puede concluir en cualquier momento.
Hola, si un grupo de 4 hermanos construyeron un edificio hace 30 años, en el cual cada uno le corresponde un departamento para vivir. Pero las escrituras estan a nombre de dos hermanos. Hay manera de justificar el usucapión para los otros hermanos que no se registraron en las escrituras?
En principio, al no estar registrados no son dueños, por lo que si poseen los departamentos a título de dueños, sí pueden justificar la usucapión, pero si los 2 hermanos que cuentan con las escrituras a su nombre les reconocen el carácter de copropietarios, la usucapión no procede entre ellos. Sin embargo, en este caso, dicho reconocimiento los ubicaría ya como propietarios.
Yo estoy pasando por algo similar al ejemplo 1, tenemos una casa donde yo soy dueño junto con mi madre, pero ella la vendio hace 13 años sin mi consentimiento y yo no me di cuenta, en ese caso la persona que la compro me podria quitar la casa y en dado caso de que demande, como me podria defender?
@@CarlosLang se realizo el contrato de compra-venta pero la persona que la compro no le dio el dinero estipulado en el contrato a mi mama por que la casa no se pudo vender por que tenia un gravamen por pension alimenticia pero siguio viviendo esos 13 años en la casa y ahora el esta pidiendo el dinero que le dio a mi mama para salirse de la casa, que se podria realizar en ese caso?
@@mugiwaralopez568 Se debe hacer el pago del anticipo que haya dado para que se quede como una rescisión de la compraventa, es la forma de llegar a un punto intermedio.
BUENAS NOCHES UN GRAN FAVOR SI ME PODRIAN ORIENTARME EN EL LUGAR .. casa...DONDE VIVO YO Y MI FAMILIA TENEMOS DESDE 2002 VIVIIENDO AQUI 21 AÑOS LA PROPIEDAD ERA DE LA ABUELA DE MI ESPOSA Q ELLA MURIO EN EL AÑO DE 1994 NO DEJO TESTAMENTO ESTA SE PUDE DECIR INTESTADA ? SUS HIJOS INCLUYENDO A MI SUEGRA YA NOS PIDIERON SALIRNOS COMO FAMILIA Q POR LAS BUENAS QUE YA LA VENDIERON SI NOSOTROS SABER HO ENSEÑARNOS PAPEL ALGUNO Y QUE POR Q YA ESTA ARREGLANDO EL INTESTADO ....MI PREGUNTA ES SI AUN INTESTADA LA CASA ....HO SI LLEGASEN ELLOS A AREGLAR EL INTESTADO NOS PUEDEN SACAR HOO SI YO EN MI PERSONA PUEDO EMPEZAR UN JUICIO POR EL MEDIO DE USUCAPIÓN GRACIAS DE ANTEMANO ATT: JUAN CARLOS CAMARILLO 51 AÑOS ...LLEGUAMOS A QUI A LA CASA CUANDO TENIA 30 GRACIAS
claro que podrían sacarte, ya que ellos son los herederos de la abuela de tu esposa, y la herencia seria directamente para ellos, si no viviera tu suegra esa parte de la herencia si podría ser para tu esposa, pero como no es el caso, a tu esposa no le corresponde nada, ademas de que ustedes no tienen ningún documento que acredite que son los legitimos propietarios del inmueble como para poder iniciar un usucapión, que ustedes esten viviendo ahí podria considerarse como un comodato, que hicieron con la abuela de tu esposa, pero los comodatos en algún momento llegan a su fin, independiente de cuantos años ustedes hayan vivido ahí, y si ya arreglaron el juicio intestamentario ellos pueden vender o adjudicárselo, y no hay necesidad de mostrarles nada, ya que ellos inclusive si ya iniciaron el juicio, podrían solicitar directamente al juez que los desalojen de la vivienda.
QUE ME RECOMENDARIA UD ABOGADO EMPEZAR UN JUICIO DE USUCAPIÓN DE MALA FE TENGO SEIS CARTAS DE VECINOS DE ALREDEDOR DE LA CASA Q ME FIRMARON Y TESTIFICAN QUE LLEVAMOS ARREGLANDO Y CUIDANDO LA CASA DE YA HA E 21 AÑOS SIN NO TENER NINGÚN PROBLEMA CON ALGUNO DE ELLOS ALGO ASI ME SERVIRA GRACIAS DE ANTE MANO
EN ESTE CASO YO NO SE NADA DE LEYES UN NO SE UN AMPARO UN JUICIO HO X Q NUESTRA CITACIÓN NO ES TAN BUENA POR ESTE MEDIO ME PERMITO Q SI ME PUDIESE DARME ALGUNA SOLUCION EN VARIAS RAMAS POR FAVOR GRACIAS
Me podría asesorar en mi casa yo la rentaba y la persona ya no me quiso pagar cabe mencionar que soy heredera de esa casa pero pues no tengo para escriturar metí juicio de arrendamiento pero no se han salido se salió y llegaron a meterse otros podría hacer ellos el juicio de usucapirlos y me la podrían quitar cabe me silbar que los papeles están dentro del tribunal ya qué hay juicio
Buenas si saco aun invasor que ni la adjudicacion ha hecho, solo ha posisionado 8 años, y ha hecho un cuartito, ninsinquiera vive solo ha puestp eso para decir que vive, pero si voy y lo boto todo y lo cerco, el me puede demandar?
No, sin embargo te recomendaría que hicieras el desalojo por medios legales, para que si el tiene algún derecho que hacer valer lo haga valer en ese mismo proceso y te puedas defender ahí mismo. Salvo que tenga algún documento que le extienda la posesión o propiedad no tiene mucho que hacer en tu contra.
Que pasa en el caso de el cónyuge sobreviviente que no firmó en una Adjudicación y partición de la herencia de su esposa y su hija se adjudica y vende año 1997 pero...el cónyuge sobreviviente fallece 2004 y los otros herederos hacen su posesión efectiva? Puede haberse suspendido la prescripción adquisitiva para este comprador con dicha posesión efectiva??Un lomo vetado con puré Un agregado de arroz Y un pastel de choclo
¿Qué pasa si alguien en vida y con familia tiene la propiedad de un terreno que no habita y alguien ajeno quiere apropiarse legalmente de él abogando que el bien està abandonado?
JurídicaMente ¿Aunque el tercero no lo ocupe (aún)? Es más como si el tercero amenazara directamente al dueño con comprarle el terreno barato o hacer la usucapión para presionarlo y quedarse con este.
@@ketlingambriz estoy igual que tu, te digo algo, averigua quien paga los impuestos en municipalidad, si uds han pagado, entonces que esperas que no cercas y por ultimo pon cosas en el terreno o por último construye y alquila cuartos, aveces tienes que actuar sin necesidad de abogado por que eso alarga la situacion cuando aun puedes salvarlo
@@RAMBIBEAT Gracias. Ya investigué. En donde vivo no se puede hacer el usucapión pero sí pueden reportar una propiedad como bien vacante. Como bien dices es cosa de hacerse presente y demostrar que sí hay un dueño, así el sujeto ese no puede hacer nada.
MI MAMÁ ALQUILA ALQUILERES Y LOS INQUILINOS PAGAN EL INTERNET Y NO LA LUZ ¿TIENE LA POSIBILIDAD DE QUE LE QUITEN LA CASA A MI MAMÁ ? ELLA ES LA TITULAR
Amigo, si una persona se introduce de manera furtiva en un predio baldío y ese con el paso del tiempo le hace mejoras al mismo, detentándose como el dominador del inmueble ante terceros por más de 20 años como dueño, crees que le sea favorable la prescripción positiva basada en el delito de despojo para que le prospere? aunque no haya un titulo o hecho generador por el cual se le haya transmitido el dominio del mismo a titulo de dueño? porque tengo entendido que el concepto de dueño no proviene del fuero interno del que posee, sino que a fuerzas tiene que haber un justo titulo o un hecho generador que derive la posesión en concepto de propietario, inclusive si se trata de un delito. espero su respuesta, gracias!
No soy el dueño del canal, pero estás super confundido. Si puedes intentar la preescripción aunque no tengas un justo título incluso cometiendo un delito puedes intentar la usucapión. Si cierta persona lleva viviendo en el predio por 20 años, se ha comportado como dueño y hasta le ha hecho las mejores al inmueble, no importa la razón por la que esté ahí, puede intentar el juicio de usucapión.
@@ignaciosanchezturcio4570 Y SI ANTES DE LOS 10 AÑOS LOS HEREDEROS HACEN LA POSESIÓN EFECTIVA? ESTE ACTO PARA EL TIEMPO PARA LA ACCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DEL FALSO DUEÑO??
@@corredoradeprop.ingeprop1305 Depende por qué si despojan (Es la única forma que se me ocurre de que pudieran recuperar la posesión) al falso dueño, éste puede pedir el interdicto para recuperarla y en ese caso no cesa la posesión. En cambio si el falso dueño es despojado y durante un año no hace nada, ya no puede pedir el interdicto y en esa caso la posesión de pierde.
Me parecen bien interesantes sus capsulas; pero esta, tocando un tema tan interesante, le ponen musica que no permite escuchar bien y, a la persona que habla, no se le entiende!!!😢
Juridicamente el julio profe de los abogados
Me gustaría la continuación del siguiente video donde se explicara los medios que podría emplear Pedro en su defensa , gracias saludos excelente tema 😃👍
Sería un muy buen video práctico
Buenas una consulta mi padre compro un terreno hace más de 30 años el caso es que hipotecaron ese terreno el 2017 y yo recien hice la demanda el año pasado mi pregunta es sale.a mi favor yo estando mas de 30 años?
Hola perdón,si entro en una vacia de muchos años,como se pone agua y luz? Muchas gracias Gianfranco
Muy buen video, te felicito. Efectivamente al ser del orden local esta situación, hay que consultar los plazos en el Código Civil de la Entidad Federativa en donde suceden los hechos. Sin embargo me llama la atención que en los Códigos Civiles locales no se mencionan explícitamente dos situaciones que me generan dudas que ojalá me puedas resolver: 1. ¿Existe un plazo para reclamar la prescripción positiva?: es decir: ¿Si yo obtengo el derecho de reclamar un inmueble al cumplirse la prescripción positiva, tengo para reclamar dicho inmueble el mismo plazo que se da en el Código Civil para que aplique la prescripción negativa de dicho derecho por no ejercerlo? 2. Si un particular al tomar la posesión como dueño de un espacio público (la calle pues), obviamente de mala fe y sin justo título, puede reclamarlo legalmente después de hacerse efectiva la prescripción positiva (De 10 a 20 años según el Código Civil aplicable) , demostrando haber vivido de forma pacifica, continua y pública y que el Gobierno dueño del espacio público nunca lo denunció por despojo. ¿O la prescripción positiva no aplica para espacios públicos? Gracias.
1. Es complicado determinar la prescripción del derecho a usucapir puesto que implica conocer el momento en que se dio el derecho a hacerlo (la carga de la prueba es casi imposible de cumplir)
2. Los bienes del estado son imprescriptibles
Hola, en el caso de una propiedad intestada y que ni siquiera aparece en RPP, no existen escrituras, y uno de los hijos lleva habitándola desde hace más de 40 años, ahora que quieren escriturar se llevó un juicio con los otros hermanos, otros ya fallecidos pero están los hijos, que se puede hacer, el juicio ya lleva 3 años, parece que quien demandó no se presentó pero ya el abogado se le estuvo dando dinero y ya no se sabe nada en qué quedó; por lo que he visto en estos videos de prescripción positiva, habrá manera de que se pueda regularizar la propiedad por ese medio y ya no por “herencia” digamos porque en realidad no hubo testamento.
Muy buen video, contenido de calidad, felicidades !
Muchas gracias!
Oye pero cua do se hace usucapión de un inmueble abandonado de una constructora o de un dueño que ya no le.pago la constructora,? Solo se sacan las escrituras , no hay que pagar la casa como tal? O que se debe de hacer en esos casos? Quién sería el dueño si la constructora ya no existe? Y si se paga a quien o solo se saca la escritura??
Excelente y sencilla explicación
Has un vídeo de los medios de defensa k tiene Pedro para rescatar su patrimonio, ya k la falta de consentimiento causa Nulidad Absoluta, y la nulidad absoluta No prescribe, Ni se confirma,,, y yo creo k si No existe una sentencia firme k hubiese declarado la usucapion, la escritura del Titular Registral es el mejor Título para demandar la acción Reivindicatoria,, a menos k ya existiera la sentencia de usucapion y fuera registrada la anterior escritura quedaría sin valor,,, que opinan????
Buen día amigo,
1. Sí ya se inició el proceso de usucapio:
A). Debe ser notificado o llamado a juicio por ser copropietario (ésto el juez lo debe hacer oficio y la mejor manera en qué el juez se entera qué hay dos propietarios -coprooiedad- es requierando actor (demandante) en el proceso de usucapión entregue Certificados emitidos por Registro de Propiedades o Inmobiliarios (de Patrimonio) en el qué se refleja los gravámenes y propietarios qué tenga el inmueble; y qué por tanto debe ser llamado al juicio para defender el porcentaje qué tengan todos los copropietarios).
B). Iniciado el juicio de usucapio sin ser notificado o llamado a juicio, pero qué se llega a enterar qué está iniciado, según la etapa en qué se encuentre el proceso:
I. Sí el juicio de encuentra en el inicio y no se ha llevado la audiencia de pruebas, puede presentarse al juicio pidiendo se le reconozca su derecho de Copropiedad y se le admitan pruebas para sea considerado en la sentencia (principalmente promover una tercería excluyente de dominio en el qué diga qué su porcentaje no es parte del trato o contrato qué generó la usucapio, y qué por lo la propiedad de tu dominio debe excluirse en sentencia de la usucapio).
II. Si en el juicio se encuentra después de la etapa de pruebas y antes de haya sentencia puedes promover un amparo indirecto para qué qué se notifiqué de juicio y qué se retrotraiga/retroceda el juicio hasta en el momento procesal en el qué se te debió notificar.
III. Sí el juicio ya tiene sentencia, remate y adjudicación, debes promover la nulidad del proceso.
2. En caso, no se haya iniciado el juicio de usucapio, puede promover la subdivisión del inmueble (propiedad) de acuerdo al porcentaje de copropiedad qué tenga (sujeto a qué sea posible la subdivisión legal, de acuerdo a leyes municipales de superficie física mínima qué debe tener un inmueble o propiedad); de no ser posible la subdivisión, se ordenará el remate del inmueble o propiedad para se reparta las ganancias o producto/precio del remate en el porcentaje qué corresponda a cada copropietario.
Quedó a las atentas órdenes para aclaración o comentarios,
Atte.
Carlos M
Abogado
Tel. 984 180 26 54
Saludos.
En el segundo ejemplo que das, cuál sería el justo título?
Mi mamá es dueña de un terreno, y ese terreno está baldio , nunca se ha construido, solo está cercado. Ella tiene todos los papeles en regla y cada año se paga el predial. Este año al ir a pagar predial le dijeron que el terreno ya tiene otro dueño y le explicaron que la otra persona obtuvo el terreno por medio de un juicio por prescripción. Mi mamá no tiene idea de quien es esta persona ni idea de cuando pasó ese juicio, y ahora no puede regresar el terreno a su nombre porque supuestamente ella ya no es la dueña. Que se puede hacer? Ese terreno nunca ha estado a la venta, ni rentado.
te sugiero que busquen un abogado que pueda llevar tu juicio, ya que podrian demandar una nulidad de juicio concluido, pero es muy importante que lo hagan y no dejen pasar mucho tiempo, porque hay tiempos para hacerlo
Ya recupero el terreno de tu mama, ella tiene todos los papeles y pagos para poder presentar evidencia y recuperarlo.
Y si es usucapion de un inmueble de gobierno del estado? Llevamos 21 años no estaba cercado pagamos luz e impuestos u nos dieeon permiso el titular de bienes inmuebles de gobierno del estado solo nos pidio nombre y telefono que opera ahi?
Que significa el articulo 460 la cosecuencia de la posecion de malafe
Hola buenas, en un terreno hay una torre de agua, y está en estado de abandono y ruinas, como es posible usucapir dicha torre??
La usucapión tiene por objeto regularizar la propiedad de una persona, no adueñarse de un terreno abandonado.
Gracias por compartir su conocimiento
Hola, buen día. Mi mamá antes de fallecer puso una casa a mi nombre (yo tengo las escrituras), fallece y mi papá empieza a “hacerse cargo” (la renta, él cobra la renta, etc.), ¿me puede quitar la casa de alguna forma?
Gracias.
Buenas noches al referir que tu madre puso la casa a tu nombre quiero entender que fue bajo una escritura pública ante notario, es así?
No t la puede quitar xq en la escritura publica x notario vos figuras como dueña x lo tanto así figura en el registro de la propiedad
Gracias, Saludos Desde Culiacan Sinaloa
Buenas noches.
Tengo un caso de una casa habitación.
Mi mamá y yo estamos viviendo en esa casa desde siempre ahí.
Los dueños eran mi abuelos pero ya murieron los dos. Y no dejaron testamento.
Esta intestada ,pero nadie de los hermanos de mi mamá. Ha hecho juicio o nos a sacado .
Puedo hacer este juicio de prescripción positiva? Cree que pueda ser propietaria mi mamá.?
Van a tener que promover juicio sucesorio
Si vives en argentina no. Xq en tu caso tu madre tiene otros hermanos. X lo tanto tuvistes suerte q no te sacaron. X eso cualquiera debe hacer la sucesion y declaratoria de herederos q son todos los forzosos es decir los hermanos q haya dentro y fuera del matrimonio y los hijos q representarán a algún hermano de tu madre si ya falleció. Debes avisarles xq deberán ir a firmar esa declaratoria. NO PODES PONERLA A TU NOMBRE. Es más el tiempo q llevas ahí no te amerita como dueña, solo si le compras esa casa a los otros tíos. Han sido buenos diría xq t pueden pedir q les pagues un alquiler.
Mi amigo hizo una opcion de compra y venta sobre una finca a un señor el cual entrego un 20% del valor. La opcion tenia fecha de vencimiento y un precio si durante la vigencia de la opcion se lograba titular y un precio menor si no lograba titular. El señor comprador dejo vencer el contrato y han pasado 9.5 años desde el vencimiento del contrato y nunca reclamó o forzó la compra como lo estipulaba el contrato de opcion. Mi amigo me vendio la finca y ahora luego de mas 9.5 años del vencimiento de ese contrato el señor quien colinda la propiedad quiere hacer valer el contrato , clama ser posedor y no hay mejoras y quiere pagar el monto restante sin titulo como lo estipulaba el contrato. El juez me otorgo la informacion posesoria a mi persona pero ahora el señnor nos tiene una demanda a mi amigo y a mi persona por la compra y venta que realizamos y ha paralizado la informacion posesoria. Tiene derecho este señor con una opcion de compra y venta con estipulaciones claras de vencimiento del mismo y sobre el 20% a favor del vendedor como daños y perjuicios hacia mi amigo? Te gradezco mucho de antemano tu respuetsa .
excelente explicación
Gracias. Saludos
Qué fuerza o impacto tiene inscribir una propiedad ante registro público para debatir unas fe notariales que implican la venta del mismo inmueble realizada por un tercero sin mi consentimiento?
La compraventa aunque esté notariada puede declararse nula por no haberse ajustado a derecho incluso si se sigue transmitiendo la propiedad puede restituirse
Un ejemplo.
Son dos terrenos que están juntos. En uno es una casa y en la otra es un patio con un local y dos cuartos. En el terreno de la casa es dueña una señora y en el terreno del patio fue donado por la señora a su hijo. La familia de su hijo lleva viviendo más de 15 años y ahora la señora quiere sacarlos a la calle a el con toda su familia. Ella no vivía ahí desde hace años, de los dos terrenos la familia del hijo vivía pero ahora los quiere sacar a la calle. Ellos pueden solicitar la Usucapión?
tendria que acreditar el hijo la existencia del contrato de donación para que pueda promover el usucapion
Sino hay contrato de donación ella es la propietaria x lo tanto los puede desalojar x estar uds en su propiedad.
excelente video, solo necesitan mejorar un poco la calidad del audio
@JuridicaMente tengo una duda se puede prescribir a una persona fallecida por edictos, o forzosamente se tiene que aperturar un juicio sucesorio intestamentario, estando en el entendido que que la persona fallecida no logro entregar el contrato de compra-venta dado que fallecio por un accidente, pero existía un interés del posesionario en vender su bien inmueble.
Se debe tener la sucesión para que exista quien represente al difunto
Se tiene que promover la sucesión no se puede notificar a un difunto
Hola, tengo una duda, es posible usucapir un bien inmueble en el cual una persona es depositado legalmente a través de un juicio civil, y que durante más de 15 años ha mantenido la posesión sin problema alguno
Si
Yo me metí a vivir con un hombre en unión libre el 5 de febrero 2008 nos separamos de cuerpos dejamos de vivir el 10 de julio del 2018, el había comprado un lote en el año 2015. El cual yo digo que también me pertenecía a mi o la sociedad patrimonial, pero el vendió el lote el en el 2019 en abril. El 20 de octubre del 2019 mi ex marido me demandó para disolución de unión marital de hecho y liquidación de sociedad patrimonial, cabe destacar que en el 2011 la habiamos declarado porque necesitamos mete run documento y entonces la hicimos por escritura pública y quedó declarada que vivíamos en unión libre, pero ahora Mi abogada dice que ese lote no se puede hacer nada porque lo vendió legalmente y que yo tenía que haberlo demandó desde el día que me separé de cuerpo y que deje de convivir hasta un día antes que se cumpliera el año que nos habíamos separados osea según debí haber demandado durante ese año. Y como ele.demando después que cumplimos un año y unos meses de separado no puedo reclamar y nada. Quiero sabes si es cierto Esto es cierto ? No tuvimos hibos. Aún estamos en el proceso vamos por la disolución de sociedad patrimonial
Así es
Hola buena noche, disculpe una duda,llevamos viviendo en una casa aprox 25 años propiedad de la abuelita de mi papa fallecida hace mas de 30 años,la mama de mi papa(fallecida hace unos 23 años) le dijo que nos vivieramos a vivir aqui, tenemos las escrituras originales a nombre de la abuelita y el contrato de la luz a nombre de mi papa desde que llegamos hasta la fecha, procederia la usucapion? Gracias 😊
No procede ya que la posesión debe ser originaria y por lo que cuenta en su comentario ustedes obtuvieron la posesión del bien de forma derivada, además de que la prescripción entre ascendentes y descendientes no existe
Necesita promover Juicio Sucesorio intestamentario y solicitar al Juzgado Competente un albacea provisional, hasta en tanto no exista la Sentencia que nombre al o los propietarios del bien inmueble que ustedes tienen en su dominio.
Es lo mismo título de inmueble y título de propiedad
Si. Este debe estar inscripto en el registro de propiedad.
¿aplica la Usucapión para inmuebles intestados?
Si, pero debes cumplir los mismos requisitos y en ese caso se complica porque debes demandar a la sucesión
Y si la mala fe es después de 10 años y no hice nada y ya pasaron 20 años y me desalojó el dueño que se hace en este caso ? Si ya perdí la posecion desde hace casi un año ya no puedo hacer nada?
Se supone que te quedas con algo que tiene dueño pero nadie te reclama... Al salir el dueño y correrte pues ya te reclamo tanto así que te saco
Nada puedes hacer xq tiene esa casa un dueño.
Soy copropietario de una casa, ambos con titulo de acciones registrado en sunarp, la posesión la tiene mi copropietario con el 33. 33% y mas de 20 años en posesión (y mi persona con el 66.66% de acciones). Que acciones legales se pueden presentar. Es posible que me interponga demanda de prescripción adquisitiva?, es posible que lo demande por división partición, pago de autovaluo se hizo a mi nombre hasta el 2006, ellos vienen pagando desde esa fecha hasta la actualidad.....como actuar en este caso....?
Por qué no le compra $$$
Mi padre y mi madre construyeron la casa en donde vivo ambos la abandonaron hace 15 años. Mi padre está registrado ante catastro como dueño y quiere heredarla a una hija que tiene en su nuevo matrimonio, tengo 20 años viviendo en esta casa y no estoy seguro si puedan desalojarme algún día.
Si es posible su desalojo
Según la ley, ejemplo tu papá y mamá compraron una casa en el año 2000 la pagaron de inmediato o la terminaron de pagar en 2010, sí se divorciaron en 2011 la casa es de los dos...
Su padre es el dueño registral de esa casa, x lo q entiendo está divorciado y UD vive en casa de su padre. X lo q puede pedirle q busque dónde vivir y la dejé o UD puede pagarle un alquiler esa sería una opción. Luego UD es heredera junto a sus hermanos xser herederos forzosos. No sé la puede dejar a una sola heredera. Consulte con un abogado.
Mis padres llevan viviendo más de 20 años viviendo en el terreno del abuelo de mi padre, que hasta la fecha no tiene escrituras, así que los dueños serían mi abuelo( ya fallecido) y dos tías, pero ahora ellas están a más no poder vender ¿que Tan cierto es que pueda vender sin el consentimiento de mi padre y de sus hermanos, si los que viven aquí somos nosotros? Nuestro propósito no es quedarnos con todo, si no que ella no se quede con todo y todo sea legal. Que nos recomiendas?
Deben consultar un abogado de su localidad directamente para que pueda revisar la documentación que tengan y pueda darles una asesoría más acertada, ya que sin revisar documentos, cualquier asesoría en éste caso sería especulativa.
Saludos.
yo no se que les pasa a ustedes ... el terreno no es suyo , sin testamento , la herencia se debe dividir en partes iguales, asi hayan construido en el terreno, pues lastima . ahora, ya deberan ponerse deacuerdo.
Juicio sucesorio y declaratoria de herederos. Luego se vende y se reparten la ganancia. Si UD no quiere salir de ahí van al juez y se remata la propiedad. Sino UD q vive ahí durante 20 años puede comprarles a esas tías sus partes y escriturar a su nombre, o tomar el dinero y comprar en otro lado.
Si hay dos copropietarios, y uno se quedó usando el inmueble podría algún día hacer usucapion para que quede todo a su nombre y despojar al Segundo co-propietario?
No, por ley entre copropietarios no aplica la usucapión
No
No.
Hola como pudiera adquirir la propiedad de mi papá si el lla falleció y no tengo ningún documento que me habale y otra persona se quiere hacer dueña de ello lla que antes de morir mi papá lo obligaron a firmar
Por herencia, aunque depende de lo que haya firmado pudiere haber problemas para esa adjudicación.
Haga sucesión y declare los herederos y ahí saltará en q situación está
Es posible promover la prescripción positiva de un inmueble intestado?
En México, no.
Depende del documento que funde tu causa generadora, se puede promover una usucapión en contra de una sucesión legítima.
@@angeleduardoarosteguiperez8290 el caso es que mi madre murió y una prima se quedó en la casa y ahora ya no se quiere salir, dice que ya es de ella por los veinte años que está viviendo ahí.
@@andresholguin1908 no, claro que no. No tiene como justificar la propiedad. Lo mejor es que se demande el juicio sucesorio. Asesórate con un abogado cercano a ti.
Muchisimas gracias, no vale mucho la propiedad pero más que nada es el valor familiar. Le agradezco sus atenciones.
Hola que pasa a compré un inmueble hace 30 años y he vivido el ese mismo tiempo pero no tengo escritura y además el dueño ya murió?? A quien demandó??
Se demanda a la sucesión de la persona fallecida.
Hola tengo 36 años . A mí mamá le prestaron una casa en el año 1996 dónde fuimos a vivir con mi papá. Los tres vivimos desde ese año hasta la fecha. El dueño murió en el 2004 no tenía hijos . Ni hermanos era soltero. Nosotros podemos escriturar a nuestro nombre? O tengo que seguir esperando juntar mas años?
No se trata del tiempo que lleven viviendo ahí, sino que la causa de su posesión, fue a título de préstamo.
Esto no les da derecho a reclamar la propiedad de forma directa, ya que su posesión se deriva de lo que se conoce como un comodato, el cual puede concluir en cualquier momento.
Claro que pueden escriturar.
En argentina si puede escriturar xq el préstamo fue de palabra. Y ya tendrían 30 años viviendo aho
Hola, si un grupo de 4 hermanos construyeron un edificio hace 30 años, en el cual cada uno le corresponde un departamento para vivir. Pero las escrituras estan a nombre de dos hermanos.
Hay manera de justificar el usucapión para los otros hermanos que no se registraron en las escrituras?
En principio, al no estar registrados no son dueños, por lo que si poseen los departamentos a título de dueños, sí pueden justificar la usucapión, pero si los 2 hermanos que cuentan con las escrituras a su nombre les reconocen el carácter de copropietarios, la usucapión no procede entre ellos. Sin embargo, en este caso, dicho reconocimiento los ubicaría ya como propietarios.
Yo estoy pasando por algo similar al ejemplo 1, tenemos una casa donde yo soy dueño junto con mi madre, pero ella la vendio hace 13 años sin mi consentimiento y yo no me di cuenta, en ese caso la persona que la compro me podria quitar la casa y en dado caso de que demande, como me podria defender?
Aquí la pregunta importante es ¿Quién está en posesión?
@@CarlosLang se realizo el contrato de compra-venta pero la persona que la compro no le dio el dinero estipulado en el contrato a mi mama por que la casa no se pudo vender por que tenia un gravamen por pension alimenticia pero siguio viviendo esos 13 años en la casa y ahora el esta pidiendo el dinero que le dio a mi mama para salirse de la casa, que se podria realizar en ese caso?
@@mugiwaralopez568 Se debe hacer el pago del anticipo que haya dado para que se quede como una rescisión de la compraventa, es la forma de llegar a un punto intermedio.
@@CarlosLang muchas gracias por la ayuda
@@CarlosLang PERO...NO PODRÍAN ALEGAR ELLOS LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA???
BUENAS NOCHES UN GRAN FAVOR SI ME PODRIAN ORIENTARME EN EL LUGAR .. casa...DONDE VIVO YO Y MI FAMILIA TENEMOS DESDE 2002 VIVIIENDO AQUI 21 AÑOS LA PROPIEDAD ERA DE LA ABUELA DE MI ESPOSA Q ELLA MURIO EN EL AÑO DE 1994 NO DEJO TESTAMENTO ESTA SE PUDE DECIR INTESTADA ? SUS HIJOS INCLUYENDO A MI SUEGRA YA NOS PIDIERON SALIRNOS COMO FAMILIA Q POR LAS BUENAS QUE YA LA VENDIERON SI NOSOTROS SABER HO ENSEÑARNOS PAPEL ALGUNO Y QUE POR Q YA ESTA ARREGLANDO EL INTESTADO ....MI PREGUNTA ES SI AUN INTESTADA LA CASA ....HO SI LLEGASEN ELLOS A AREGLAR EL INTESTADO NOS PUEDEN SACAR HOO SI YO EN MI PERSONA PUEDO EMPEZAR UN JUICIO POR EL MEDIO DE USUCAPIÓN GRACIAS DE ANTEMANO ATT: JUAN CARLOS CAMARILLO 51 AÑOS ...LLEGUAMOS A QUI A LA CASA CUANDO TENIA 30 GRACIAS
claro que podrían sacarte, ya que ellos son los herederos de la abuela de tu esposa, y la herencia seria directamente para ellos, si no viviera tu suegra esa parte de la herencia si podría ser para tu esposa, pero como no es el caso, a tu esposa no le corresponde nada, ademas de que ustedes no tienen ningún documento que acredite que son los legitimos propietarios del inmueble como para poder iniciar un usucapión, que ustedes esten viviendo ahí podria considerarse como un comodato, que hicieron con la abuela de tu esposa, pero los comodatos en algún momento llegan a su fin, independiente de cuantos años ustedes hayan vivido ahí, y si ya arreglaron el juicio intestamentario ellos pueden vender o adjudicárselo, y no hay necesidad de mostrarles nada, ya que ellos inclusive si ya iniciaron el juicio, podrían solicitar directamente al juez que los desalojen de la vivienda.
QUE ME RECOMENDARIA UD ABOGADO EMPEZAR UN JUICIO DE USUCAPIÓN DE MALA FE TENGO SEIS CARTAS DE VECINOS DE ALREDEDOR DE LA CASA Q ME FIRMARON Y TESTIFICAN QUE LLEVAMOS ARREGLANDO Y CUIDANDO LA CASA DE YA HA E 21 AÑOS SIN NO TENER NINGÚN PROBLEMA CON ALGUNO DE ELLOS ALGO ASI ME SERVIRA GRACIAS DE ANTE MANO
No aplica usucapión, ni siquiera de mala fe, porque su posesión se dio por comodato.
@@CarlosLang Y PARA PODER DARNOS ALGO MAS TIEMPO Q SE PODRÍA HACET
EN ESTE CASO YO NO SE NADA DE LEYES UN NO SE UN AMPARO UN JUICIO HO X Q NUESTRA CITACIÓN NO ES TAN BUENA POR ESTE MEDIO ME PERMITO Q SI ME PUDIESE DARME ALGUNA SOLUCION EN VARIAS RAMAS POR FAVOR GRACIAS
Que hacer cuando un familiar se apropia y bende una propiedad intestada
En argentina se hace denuncia penal y civil y juicio de partición para q le devuelva su parte si UD es una heredera
Me podría asesorar en mi casa yo la rentaba y la persona ya no me quiso pagar cabe mencionar que soy heredera de esa casa pero pues no tengo para escriturar metí juicio de arrendamiento pero no se han salido se salió y llegaron a meterse otros podría hacer ellos el juicio de usucapirlos y me la podrían quitar cabe me silbar que los papeles están dentro del tribunal ya qué hay juicio
@@GustavoHernan2631 un grupo delictivo me despojó de mi casa y le entendí muchas gracias
Buenas si saco aun invasor que ni la adjudicacion ha hecho, solo ha posisionado 8 años, y ha hecho un cuartito, ninsinquiera vive solo ha puestp eso para decir que vive, pero si voy y lo boto todo y lo cerco, el me puede demandar?
No, sin embargo te recomendaría que hicieras el desalojo por medios legales, para que si el tiene algún derecho que hacer valer lo haga valer en ese mismo proceso y te puedas defender ahí mismo.
Salvo que tenga algún documento que le extienda la posesión o propiedad no tiene mucho que hacer en tu contra.
Que pasa en el caso de el cónyuge sobreviviente que no firmó en una Adjudicación y partición de la herencia de su esposa y su hija se adjudica y vende año 1997 pero...el cónyuge sobreviviente fallece 2004 y los otros herederos hacen su posesión efectiva? Puede haberse suspendido la prescripción adquisitiva para este comprador con dicha posesión efectiva??Un lomo vetado con puré
Un agregado de arroz
Y un pastel de choclo
¿Qué pasa si alguien en vida y con familia tiene la propiedad de un terreno que no habita y alguien ajeno quiere apropiarse legalmente de él abogando que el bien està abandonado?
Deben iniciar acción reivindicatoria
JurídicaMente ¿Aunque el tercero no lo ocupe (aún)? Es más como si el tercero amenazara directamente al dueño con comprarle el terreno barato o hacer la usucapión para presionarlo y quedarse con este.
@@ketlingambriz estoy igual que tu, te digo algo, averigua quien paga los impuestos en municipalidad, si uds han pagado, entonces que esperas que no cercas y por ultimo pon cosas en el terreno o por último construye y alquila cuartos, aveces tienes que actuar sin necesidad de abogado por que eso alarga la situacion cuando aun puedes salvarlo
@@RAMBIBEAT Gracias. Ya investigué. En donde vivo no se puede hacer el usucapión pero sí pueden reportar una propiedad como bien vacante. Como bien dices es cosa de hacerse presente y demostrar que sí hay un dueño, así el sujeto ese no puede hacer nada.
@@CarlosLang después de 20 años se puede puede pedir esta acción?
Prescripción por mala fe es 10 años o 15?
Depende de la entidad lo que marque su código civil, algunos llegan indicar hasta 20 años
Excelente
Gracias, saludos
nada mal, pero es mejor que la música la bajes mucho más, te cubre lo que dices e interrumpe el entendimiento.
Saludos.
Recomiendenme un abogado civil!
MI MAMÁ ALQUILA ALQUILERES Y LOS INQUILINOS PAGAN EL INTERNET Y NO LA LUZ
¿TIENE LA POSIBILIDAD DE QUE LE QUITEN LA CASA A MI MAMÁ ? ELLA ES LA TITULAR
No. X eso los contratos se renuevan cada 3 años y no exceden de 10.
Amigo, si una persona se introduce de manera furtiva en un predio baldío y ese con el paso del tiempo le hace mejoras al mismo, detentándose como el dominador del inmueble ante terceros por más de 20 años como dueño, crees que le sea favorable la prescripción positiva basada en el delito de despojo para que le prospere? aunque no haya un titulo o hecho generador por el cual se le haya transmitido el dominio del mismo a titulo de dueño? porque tengo entendido que el concepto de dueño no proviene del fuero interno del que posee, sino que a fuerzas tiene que haber un justo titulo o un hecho generador que derive la posesión en concepto de propietario, inclusive si se trata de un delito. espero su respuesta, gracias!
No soy el dueño del canal, pero estás super confundido.
Si puedes intentar la preescripción aunque no tengas un justo título incluso cometiendo un delito puedes intentar la usucapión.
Si cierta persona lleva viviendo en el predio por 20 años, se ha comportado como dueño y hasta le ha hecho las mejores al inmueble, no importa la razón por la que esté ahí, puede intentar el juicio de usucapión.
@@ignaciosanchezturcio4570 Y SI ANTES DE LOS 10 AÑOS LOS HEREDEROS HACEN LA POSESIÓN EFECTIVA? ESTE ACTO PARA EL TIEMPO PARA LA ACCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DEL FALSO DUEÑO??
@@corredoradeprop.ingeprop1305 Depende por qué si despojan (Es la única forma que se me ocurre de que pudieran recuperar la posesión) al falso dueño, éste puede pedir el interdicto para recuperarla y en ese caso no cesa la posesión.
En cambio si el falso dueño es despojado y durante un año no hace nada, ya no puede pedir el interdicto y en esa caso la posesión de pierde.
@@ignaciosanchezturcio4570eso en q pais
:)
Me parecen bien interesantes sus capsulas; pero esta, tocando un tema tan interesante, le ponen musica que no permite escuchar bien y, a la persona que habla, no se le entiende!!!😢