Lic. buenos dias, un equipo como regulador de voltaje o un UPS (NO BREAK) cuentan como equipo de computo o son como equipo de oficina? es que no sabemos si deducirles 30% o 10%
Saludos amigo me agradó mucho tu video muy claro. Ayúdame con una duda que tengo seria la siguiente. En caso de adquirirá un camión como inversión cuanto se pedirá deducir y si sería devolución de ese capital
Ingresos menos deducciones menos PTU = utilidad. A los ingresos les restas la inversión en vehículo como dedicación. Si eres RIF no hay % anual ni límite en deduccion de vehículo. Checa 111 LISR
¿CÓMO SE DEDUCE UN AUTOMÓVIL EN EL RIF? La deducción de automóviles para fines de ISR se encuentra limitada hasta un cierto monto que ha ido modificándose con el transcurso del tiempo y que a la fecha es hasta por un monto de $ 175,000.00 y 250,000.00 si es híbrido, según disposición del artículo 36-II de la Ley del ISR, en relación con los diversos 104 y 105-III de la misma Ley, para el caso de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales. Sin embargo, con la aparición del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) a partir del año 2014, surge la duda de cómo se efectuará la deducción de automóviles para éste tipo de contribuyentes. Los contribuyentes del RIF deducirán la adquisición de activos fijos en el ejercicio en que hagan la erogación respectiva ya que así lo dispone el párrafo décimo del artículo 111 de la Ley del ISR, por lo que en el caso de un automóvil deducirán el total que hayan pagado en su adquisición, sin que para ello tengan que aplicar tasas de depreciación como es conducente en otros regímenes fiscales. ejemplo: Suponiendo que un automóvil con valor de $ 150,000.00 es adquirido de contado en el mes de Marzo, pues entonces en la declaración correspondiente al período Marzo-Abril, podrá deducir de los ingresos del período el total de $ 150,000.00. Mientras que si el automóvil es adquirido a plazos, dando por ejemplo un pago inicial de $ 80,000.00 en el mes de Marzo, y el restante $ 70,000.00 en mensualidades de $ 10,000.00 cada una a partir del mes de Abril; entonces, se deducirá $ 90,000.00 en la declaración del período Marzo-Abril ($80,000 + $ 10,000), y luego $ 20,000.00 en la declaración del bimestre Mayo-Junio, y así sucesivamente hasta deducir el total conforme se vaya pagando. Lo anterior es claro ya que se trata de un régimen fiscal basado en el flujo de efectivo, en el que se deduce lo efectivamente erogado, es decir, las inversiones, gastos y compras que se hayan pagado en el período. Sin embargo, en el caso de automóviles no queda claro si los contribuyentes del RIF también tendrán que acatar el tope en la deducción que para este tipo de inversiones se establece en la Ley del ISR, y que ya se ha citado es por hasta $ 175,000.00. Lo anterior es así ya que los párrafos sexto y décimo del artículo 111 de la Ley del ISR, que es donde se hace referencia a las deducciones que los contribuyentes del RIF podrán efectuar a los ingresos, para fines de determinar el pago de ISR respectivo, no señalan límite alguno y sólo establecen la deducción de las erogaciones realizadas en la adquisición de activos fijos. En efecto, el citado párrafo sexto del artículo 111 de la Ley del ISR sólo señala que “…la utilidad fiscal del bimestre de que se trate se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere este artículo obtenidos en dicho bimestre en efectivo, en bienes o en servicios, las deducciones autorizadas en la Ley que sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos a que se refiere esta Sección, así como las erogaciones efectivamente realizadas en el mismo periodo para la adquisición de activos, gastos y cargos diferidos y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”. Mientras que en el párrafo décimo del multicitado artículo 111 de la Ley del ISR se señala que “Para determinar el impuesto, los contribuyentes de esta Sección considerarán los ingresos cuando se cobren efectivamente y deducirán las erogaciones efectivamente realizadas en el ejercicio para la adquisición de activos fijos, gastos o cargos diferidos”. Por lo que en las disposiciones fiscales que regulan al RIF y concretamente lo relativo a las erogaciones por la adquisición de activos fijos, en ningún momento se establecen límites o se hace la referencia a que aplicarían los límites que se fijan en otros regímenes fiscales, por lo que ante tal indiferencia de la Ley, entonces es claro que en el RIF se podrá deducir el valor total del automóvil sin límite alguno, con el único requisito que se trate de un automóvil estrictamente indispensable para la obtención de los ingresos y que se encuentre efectivamente pagado. En este tenor, si el automóvil tiene un valor de $ 300,000.00 y se compra al contado, pues entonces se podrá deducir los $ 300,000.00 en el período correspondiente. Esta situación de no contemplar límites en la deducción de este tipo de inversiones, en mi opinión tiene su justificante en el hecho de que estos contribuyentes tienen una reducción en el ISR a cargo de hasta el 100%, por lo que entonces no importará realmente el monto de la deducción que se tome en el caso de adquisición de automóviles, ya que el ISR a cargo se podrá reducir hasta en un 100%. ASPECTOS A CONSIDERAR 1.- La adquisición de automóviles en el RIF se deduce en el momento en que se encuentran efectivamente pagados. 2.- La deducción de automóviles en el RIF es sobre el total de la erogación efectuada, sin aplicar tasas de depreciación. 3.- La deducción de automóviles en el RIF no se encuentra limitada por disposición alguna. 4.- Debido a la reducción de hasta el 100% del ISR a cargo para contribuyentes del RIF, en realidad no afectaría si la deducción se encontrara limitada. 5.- El automóvil que se pretenda deducir en el RIF debe ser estrictamente indispensable para obtener los ingresos.
Hola buenas tardes, esta súper interesante tu video. En el caso de la adaptación a una camioneta de carga, se le considera una inversión en automóviles o bien se le considera como maquinaria y equipo. gracias de antemano por tu apoyo.
Eres el mejor, pude entender los artículos al cien y hacer mi tarea de contabilidad, explicas super bien, muchas gracias.
Gracias, un placer
Usted es mi héroe. Excelentes ejemplos.
Gracias por ver nuestros videos
¡¡¡Excelente canal!!!
Lic. buenos dias, un equipo como regulador de voltaje o un UPS (NO BREAK) cuentan como equipo de computo o son como equipo de oficina? es que no sabemos si deducirles 30% o 10%
Saludos amigo me agradó mucho tu video muy claro. Ayúdame con una duda que tengo seria la siguiente. En caso de adquirirá un camión como inversión cuanto se pedirá deducir y si sería devolución de ese capital
Ingresos menos deducciones menos PTU = utilidad. A los ingresos les restas la inversión en vehículo como dedicación. Si eres RIF no hay % anual ni límite en deduccion de vehículo. Checa 111 LISR
Gracias voy a leer el.111. Surge o otra duda en el rif hay algún salado a favor o iva que se pueda devolución
Hola en caso de deducir un automóvil al 25 % anual la deducción sería una devolución o como afectaría a el cálculo Bimestral claro como rif
¿CÓMO SE DEDUCE UN AUTOMÓVIL EN EL RIF?
La deducción de automóviles para fines de ISR se encuentra limitada hasta un cierto monto que ha ido modificándose con el transcurso del tiempo y que a la fecha es hasta por un monto de $ 175,000.00 y 250,000.00 si es híbrido, según disposición del artículo 36-II de la Ley del ISR, en relación con los diversos 104 y 105-III de la misma Ley, para el caso de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales.
Sin embargo, con la aparición del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) a partir del año 2014, surge la duda de cómo se efectuará la deducción de automóviles para éste tipo de contribuyentes.
Los contribuyentes del RIF deducirán la adquisición de activos fijos en el ejercicio en que hagan la erogación respectiva ya que así lo dispone el párrafo décimo del artículo 111 de la Ley del ISR, por lo que en el caso de un automóvil deducirán el total que hayan pagado en su adquisición, sin que para ello tengan que aplicar tasas de depreciación como es conducente en otros regímenes fiscales.
ejemplo:
Suponiendo que un automóvil con valor de $ 150,000.00 es adquirido de contado en el mes de Marzo, pues entonces en la declaración correspondiente al período Marzo-Abril, podrá deducir de los ingresos del período el total de $ 150,000.00.
Mientras que si el automóvil es adquirido a plazos, dando por ejemplo un pago inicial de $ 80,000.00 en el mes de Marzo, y el restante $ 70,000.00 en mensualidades de $ 10,000.00 cada una a partir del mes de Abril; entonces, se deducirá $ 90,000.00 en la declaración del período Marzo-Abril ($80,000 + $ 10,000), y luego $ 20,000.00 en la declaración del bimestre Mayo-Junio, y así sucesivamente hasta deducir el total conforme se vaya pagando.
Lo anterior es claro ya que se trata de un régimen fiscal basado en el flujo de efectivo, en el que se deduce lo efectivamente erogado, es decir, las inversiones, gastos y compras que se hayan pagado en el período.
Sin embargo, en el caso de automóviles no queda claro si los contribuyentes del RIF también tendrán que acatar el tope en la deducción que para este tipo de inversiones se establece en la Ley del ISR, y que ya se ha citado es por hasta $ 175,000.00.
Lo anterior es así ya que los párrafos sexto y décimo del artículo 111 de la Ley del ISR, que es donde se hace referencia a las deducciones que los contribuyentes del RIF podrán efectuar a los ingresos, para fines de determinar el pago de ISR respectivo, no señalan límite alguno y sólo establecen la deducción de las erogaciones realizadas en la adquisición de activos fijos.
En efecto, el citado párrafo sexto del artículo 111 de la Ley del ISR sólo señala que “…la utilidad fiscal del bimestre de que se trate se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere este artículo obtenidos en dicho bimestre en efectivo, en bienes o en servicios, las deducciones autorizadas en la Ley que sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos a que se refiere esta Sección, así como las erogaciones efectivamente realizadas en el mismo periodo para la adquisición de activos, gastos y cargos diferidos y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Mientras que en el párrafo décimo del multicitado artículo 111 de la Ley del ISR se señala que “Para determinar el impuesto, los contribuyentes de esta Sección considerarán los ingresos cuando se cobren efectivamente y deducirán las erogaciones efectivamente realizadas en el ejercicio para la adquisición de activos fijos, gastos o cargos diferidos”.
Por lo que en las disposiciones fiscales que regulan al RIF y concretamente lo relativo a las erogaciones por la adquisición de activos fijos, en ningún momento se establecen límites o se hace la referencia a que aplicarían los límites que se fijan en otros regímenes fiscales, por lo que ante tal indiferencia de la Ley, entonces es claro que en el RIF se podrá deducir el valor total del automóvil sin límite alguno, con el único requisito que se trate de un automóvil estrictamente indispensable para la obtención de los ingresos y que se encuentre efectivamente pagado.
En este tenor, si el automóvil tiene un valor de $ 300,000.00 y se compra al contado, pues entonces se podrá deducir los $ 300,000.00 en el período correspondiente.
Esta situación de no contemplar límites en la deducción de este tipo de inversiones, en mi opinión tiene su justificante en el hecho de que estos contribuyentes tienen una reducción en el ISR a cargo de hasta el 100%, por lo que entonces no importará realmente el monto de la deducción que se tome en el caso de adquisición de automóviles, ya que el ISR a cargo se podrá reducir hasta en un 100%.
ASPECTOS A CONSIDERAR
1.- La adquisición de automóviles en el RIF se deduce en el momento en que se encuentran efectivamente pagados.
2.- La deducción de automóviles en el RIF es sobre el total de la erogación efectuada, sin aplicar tasas de depreciación.
3.- La deducción de automóviles en el RIF no se encuentra limitada por disposición alguna.
4.- Debido a la reducción de hasta el 100% del ISR a cargo para contribuyentes del RIF, en realidad no afectaría si la deducción se encontrara limitada.
5.- El automóvil que se pretenda deducir en el RIF debe ser estrictamente indispensable para obtener los ingresos.
Hola buenas tardes, esta súper interesante tu video. En el caso de la adaptación a una camioneta de carga, se le considera una inversión en automóviles o bien se le considera como maquinaria y equipo. gracias de antemano por tu apoyo.
Inversión en automóviles
Checa el 75 del Reglamento LISR
el activpo fijo solo puede ser enla parte pre operativa ? Ej Computadoras?
No, en cualquier momento
@@canallegalmx gracias !!
Falto que explicaras el Art 36 ☹️
Una disculpa, espero en unos meses retomar videos de la LISR. Por ahora estamos subiendo de otros temas.