Buenos días, Muchas gracias por las explicaciones. Me gustaría plantearle una duda. De acuerdo al RIPA (regla 18), un remolque ¿es considerado un capacidad de maniobra restringida o de propulsión mecánica?. ¿Se podría decir que solo es considerado de propulsión mecánica si lleva una conexión rígida y no tendría prioridad frente a uno de vela o pesca?. Muchas gracias de antemano y un cordial saludo.
Buenos días,
Muchas gracias por las explicaciones.
Me gustaría plantearle una duda.
De acuerdo al RIPA (regla 18), un remolque ¿es considerado un capacidad de maniobra restringida o de propulsión mecánica?. ¿Se podría decir que solo es considerado de propulsión mecánica si lleva una conexión rígida y no tendría prioridad frente a uno de vela o pesca?.
Muchas gracias de antemano y un cordial saludo.