Estimado Sr./Sra. Es preciso analizar en profundidad y por un profesional su expediente para tomar la decisión jurídica acertada. Reciba un cordial saludo.
Hola buenos tardes interpuse un recurso de apostativo de reposición el día 19/12/22 porq me an archivado el expediente ya casi un mes y no tengo respuesta puedo interponer el recurso administrativo contencioso
Buenos días, Elizabeth, Transcurrido el plazo de un mes, sería posible interponer recurso contencioso - administrativo. En cualquier caso, es preciso valorar el fondo del asunto para analizar la viabilidad. Reciba un cordial saludo.
Estimado Ferbe, La resolución (expresa o presunta - silencio administrativo-) de un recurso de reposición, pone fin a la vía administrativa, por disposición legal. Reciba un afectuoso saludo.
Estimado Sr. Dependerá del caso en cuestión, porque en determinados supuestos (por ejemplo, cuando se trate de personas jurídicas) deberá de presentarse de forma telemática en la sede electrónica de la Administración competente. En el supuesto de que no sea obligatoria la presentación electrónica, podrá registrarlo en Correos o cualquier Administración - Organismo Público, que disponga de registro de entrada. Reciba un cordial saludo.
Buenas tardes, tendríamos que ver la resolución para poder indicarle. Nos puede hacer la consulta por correo electrónico: info@administrativando.es Saludos
Si en el caso de que la notificación se realizará el 31 de enero como se ha comentado el plazo para el interposición del recurso es hasta el 28 de febrero pero si dicho día 28 fuera domingo??? Se prorrogará hasta el 1 de marzo?
Estimado Carlos, Correcto, entendemos que quedaría prorrogado hasta el siguiente día hábil. En cualquier caso, nuestra recomendación pasa por presentarlo antes del vencimiento del plazo. Reciba un afectuoso saludo.
Muy buenas me caso es un denegación por falta de pasaporte interior por los dias años de familiar comunitario y pasan mas de 2meses en via de recurso por provincia toledo no se cuando tiempo me falta y muchas gracias
Muchas gracias por la cuestión que formula. Transcurrido el plazo de un mes tras la interposición de un recurso de reposición, opera el silencio administrativo y puede acudir a la vía judicial. Sobre el tiempo que resta para que le resuelvan el recurso, es absolutamente imprevisble. Reciba un cordial saludo.
Hola a todos. Mi pregunta es la siguiente. En vez de presentar un recurso de alzada puedo dirigir un potestativo de reposición saltándome el recurso de alzada?
Muchas gracias por su comentario. Depende Cristina; el recurso de alzada se interpone frente a los actos que NO pongan fin a la vía administrativa. Sin embargo, el recurso de reposición únicamente podrá interponerse frente aquellos que SÍ pongan fin a la vía administrativa. De cualquier forma le dejamos un post de nuestro blog en el que se explican las diferencias entre uno y otro: administrativando.es/recurso-de-alzada/
Estimada Anima, Muchas gracias por su consulta. Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición de su recurso de reposición sin haber obtenido la correspondiente resolución, se entiende desestimada su impugnación, quedando abierta y expedita la fase contenciosa - administrativa. Reciba un cordial saludo.
Extranjería denegó mi solicitud de renovación del permiso de trabajo. Me dio plazo de 1 mes para recurso de reposición y 2 para contencioso. ¿Puedo presentar uno de reposición y mientras tanto presentar también un arraigo laboral ? Agradezco detalles de como debería proceder según normativa ya que es mi primera vez en esto.
Estimado Miguel, gracias por su comentario. Sin embargo, sería preciso analizarlo en profundidad con la documentación pertinente. Quedamos a su disposición y reciba un cordial saludo.
@@Administrativando A ver tengo todo para presentar el arraigo laboral ya. Pero me gustaría saber si es posible mientras tanto presentar el recurso de reposición. ¿Quiere que le facilite la resolución?
hola a todos, la Extranjería denegó mi solicitud de renovación del permiso de trabajo. Me da un plazo de 1 mes para recurso de reposición El motivo es: Solicitud no presentada por el interesado ni por un representante legal autorizado y que voy hacer
Estimado Mohamed, es preciso que se analice el expediente administrativo completo por un profesional y determinar la viabilidad de interponer acción frente al acto administrativo que señala. Quedamos a su disposición. Reciba un afectuoso saludo.
Hola! Gracias por tu video! Por presentar 11 meses después de su vencimiento, la respuesta fue: "INADMITIR A TRÁMITE LA TARJETA DE RESIDENCIA PERMANENTE DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UE presentada", y Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante este Órgano, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, según dispone el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia. --- Esto solo puede hacer un abogado? Y tiene que estar en Valencia ese abogado?
Buenas tardes, el recurso de reposición es potestativo, es decir, puede o no presentarlo. Por tanto, podría irse directamente al proceso judicial (contencioso administrativo) en el plazo de 2 meses, o bien presentar antes el recurso de reposición. Para el recurso de reposición no es necesario letrado, aunque sí es recomendable para no cercenar las posibilidades de defensa en vía judicial, ya que no se admiten pretensiones distintas en vía judicial a las solicitadas en vía administrativa (desviación procesal). A la vía judicial sí es obligatorio acudir con letrado, y puede no ser de Valencia. Si quiere más información sobre el recurso o los honorarios, puede remitirnos la resolución a: info@administrativando.es Un saludo.
Buen día. Me han denegado un recurso de reposición el dia de ayer. Planeo volver a mi país a solicitar un visado. Cuántos días tengo para abandonar España de manera voluntaria sin tener problemas para solicitar luego la visa en mi pais? Gracias por su respuesta
Buenas tardes, muchas gracias por su pregunta. Dado que su consulta no es sobre el recurso de reposición genérico, sino en materia de extranjería, tendría que enviarnos la resolución que ha recibido y el recurso que interpuso, al correo: info@administrativando.es y así podremos informarle de la concreta pregunta que nos formula. Un saludo.
Estimada Cinthia, Muchas gracias por su comentario. En este caso, ha operado el silencio administrativo, quedando expedita la vía judicial. En cualquier caso, sería conveniente que revisase su expediente un profesional experto en la materia. Reciba un afectuoso saludo.
@@cinthiagimenez5778 Estimada Cinthia, Se desconoce por completo los tiempos de cada Administración Pública. La única posibilidad es esperar o bien interponer recurso contencioso - administrativo frente al silencio. Lo anterior, sin perjuicio del análisis pormenorizado y previo que le indicábamos. Muchas gracias. Un saludo
@@amiretalmassa4141 estamos en la misma situación yo tengo un billete pagado para viajar en mi país este 15 de febrero no se que hacer si de alguna manera puedo viajar
Hola ¡ por favor quiero saber se pasa sais meses y todavia me Sale el estado que esta en via de recurso ,que significa y que tengo que hacer gracias...
Estimado Amir, Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición, tiene dos opciones: (i) o interponer recurso contencioso - administrativo frente al silencio administrativo o bien (ii) esperar a la resolución de su recurso. Reciba un cordial saludo.
Estimado Nordin, gracias por su comentario. No entendemos bien su consulta y, en cualquier caso, se precisaría de un análisis individualizado. Si ha transcurrido el plazo de un mes, sin haber obtenido respuesta, opera el silencio administrativo y podría interponer el correspondiente recurso contencioso administrativo. Reciba un cordial saludo.
@@nordinbenyahia4114 Estimado Nordin, un mes es el plazo máximo de resolución. Transcurrido el mismo, opera el silencio administrativo quedando expedita la vida judicial. Un cordial saludo.
gracias por el contenido.
Estimada Brenda,
Muchas gracias por seguirnos.
Reciba un cordial saludo.
muy buen contenido. gracias
Estimado Andrés,
Muchas gracias por su valoración positiva.
Quedamos siempre a su disposición.
Hola profesora, la Oficina de Extranjería me dan NO FAVORABLE en ARRAIGO POR FORMACIÓN ¿debo hacer un recurso o devolver un expediente nuevo?
Estimado Sr./Sra.
Es preciso analizar en profundidad y por un profesional su expediente para tomar la decisión jurídica acertada.
Reciba un cordial saludo.
Hola buenos tardes interpuse un recurso de apostativo de reposición el día 19/12/22 porq me an archivado el expediente ya casi un mes y no tengo respuesta puedo interponer el recurso administrativo contencioso
Buenos días, Elizabeth,
Transcurrido el plazo de un mes, sería posible interponer recurso contencioso - administrativo.
En cualquier caso, es preciso valorar el fondo del asunto para analizar la viabilidad.
Reciba un cordial saludo.
Hola elizabeth estoy en la misma situación que tú ya te han respondido?
Buenas, la resolución del recurso de reposición pone fin a la vía administrativa? Se podría justificar que sí de alguna forma?
Estimado Ferbe,
La resolución (expresa o presunta - silencio administrativo-) de un recurso de reposición, pone fin a la vía administrativa, por disposición legal.
Reciba un afectuoso saludo.
Disculpe una duda, en donde presento mi recurso de reposición y como puedo su estado y estar pendiente de la respuesta ?
Estimado Sr. Dependerá del caso en cuestión, porque en determinados supuestos (por ejemplo, cuando se trate de personas jurídicas) deberá de presentarse de forma telemática en la sede electrónica de la Administración competente. En el supuesto de que no sea obligatoria la presentación electrónica, podrá registrarlo en Correos o cualquier Administración - Organismo Público, que disponga de registro de entrada.
Reciba un cordial saludo.
Buenas noches una pregunta donde puedo recurrir si mi salio desfavorable informe de integración de ayuntamiento con medios económicos propios gracias
Buenas tardes, tendríamos que ver la resolución para poder indicarle. Nos puede hacer la consulta por correo electrónico: info@administrativando.es Saludos
Si en el caso de que la notificación se realizará el 31 de enero como se ha comentado el plazo para el interposición del recurso es hasta el 28 de febrero pero si dicho día 28 fuera domingo??? Se prorrogará hasta el 1 de marzo?
Estimado Carlos,
Correcto, entendemos que quedaría prorrogado hasta el siguiente día hábil.
En cualquier caso, nuestra recomendación pasa por presentarlo antes del vencimiento del plazo.
Reciba un afectuoso saludo.
Gracias
Muy buenas me caso es un denegación por falta de pasaporte interior por los dias años de familiar comunitario y pasan mas de 2meses en via de recurso por provincia toledo no se cuando tiempo me falta y muchas gracias
Muchas gracias por la cuestión que formula. Transcurrido el plazo de un mes tras la interposición de un recurso de reposición, opera el silencio administrativo y puede acudir a la vía judicial.
Sobre el tiempo que resta para que le resuelvan el recurso, es absolutamente imprevisble.
Reciba un cordial saludo.
Hola a todos. Mi pregunta es la siguiente. En vez de presentar un recurso de alzada puedo dirigir un potestativo de reposición saltándome el recurso de alzada?
Muchas gracias por su comentario.
Depende Cristina; el recurso de alzada se interpone frente a los actos que NO pongan fin a la vía administrativa. Sin embargo, el recurso de reposición únicamente podrá interponerse frente aquellos que SÍ pongan fin a la vía administrativa.
De cualquier forma le dejamos un post de nuestro blog en el que se explican las diferencias entre uno y otro: administrativando.es/recurso-de-alzada/
@@Administrativando Muchísimas gracias por contestarme. Ha sido de gran ayuda
Hola por favor si pasa más de un mes en vía de recurso eso significa otra vez denegada la tarjeta familiar o espero más tiempo
Estimada Anima,
Muchas gracias por su consulta.
Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición de su recurso de reposición sin haber obtenido la correspondiente resolución, se entiende desestimada su impugnación, quedando abierta y expedita la fase contenciosa - administrativa.
Reciba un cordial saludo.
@@Administrativando gracias
Extranjería denegó mi solicitud de renovación del permiso de trabajo. Me dio plazo de 1 mes para recurso de reposición y 2 para contencioso. ¿Puedo presentar uno de reposición y mientras tanto presentar también un arraigo laboral ? Agradezco detalles de como debería proceder según normativa ya que es mi primera vez en esto.
Estimado Miguel, gracias por su comentario. Sin embargo, sería preciso analizarlo en profundidad con la documentación pertinente.
Quedamos a su disposición y reciba un cordial saludo.
@@Administrativando A ver tengo todo para presentar el arraigo laboral ya. Pero me gustaría saber si es posible mientras tanto presentar el recurso de reposición. ¿Quiere que le facilite la resolución?
@@MiguelRauekLatres Estimado Miguel, puede remitirnos un correo electrónico a info@administrativando.es.
Gracias por su interés.
hola a todos,
la Extranjería denegó mi solicitud de renovación del permiso de trabajo. Me da un plazo de 1 mes para recurso de reposición
El motivo es: Solicitud no presentada por el interesado ni por un representante legal autorizado
y que voy hacer
Estimado Mohamed, es preciso que se analice el expediente administrativo completo por un profesional y determinar la viabilidad de interponer acción frente al acto administrativo que señala.
Quedamos a su disposición.
Reciba un afectuoso saludo.
Hola! Gracias por tu video! Por presentar 11 meses después de su vencimiento, la respuesta fue: "INADMITIR A TRÁMITE LA TARJETA DE RESIDENCIA PERMANENTE DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UE presentada", y Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante este Órgano, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, según dispone el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia. --- Esto solo puede hacer un abogado? Y tiene que estar en Valencia ese abogado?
Buenas tardes, el recurso de reposición es potestativo, es decir, puede o no presentarlo. Por tanto, podría irse directamente al proceso judicial (contencioso administrativo) en el plazo de 2 meses, o bien presentar antes el recurso de reposición.
Para el recurso de reposición no es necesario letrado, aunque sí es recomendable para no cercenar las posibilidades de defensa en vía judicial, ya que no se admiten pretensiones distintas en vía judicial a las solicitadas en vía administrativa (desviación procesal).
A la vía judicial sí es obligatorio acudir con letrado, y puede no ser de Valencia.
Si quiere más información sobre el recurso o los honorarios, puede remitirnos la resolución a: info@administrativando.es
Un saludo.
Buen día. Me han denegado un recurso de reposición el dia de ayer. Planeo volver a mi país a solicitar un visado. Cuántos días tengo para abandonar España de manera voluntaria sin tener problemas para solicitar luego la visa en mi pais? Gracias por su respuesta
Buenas tardes, muchas gracias por su pregunta. Dado que su consulta no es sobre el recurso de reposición genérico, sino en materia de extranjería, tendría que enviarnos la resolución que ha recibido y el recurso que interpuso, al correo: info@administrativando.es y así podremos informarle de la concreta pregunta que nos formula.
Un saludo.
Mi expediente ha pasado más de 6 meses en vía de recursos y ninguna respuesta me dan
Estimada Cinthia,
Muchas gracias por su comentario.
En este caso, ha operado el silencio administrativo, quedando expedita la vía judicial.
En cualquier caso, sería conveniente que revisase su expediente un profesional experto en la materia.
Reciba un afectuoso saludo.
Y cuánto más tardará ? En dar una respuesta
@@cinthiagimenez5778 Estimada Cinthia,
Se desconoce por completo los tiempos de cada Administración Pública. La única posibilidad es esperar o bien interponer recurso contencioso - administrativo frente al silencio.
Lo anterior, sin perjuicio del análisis pormenorizado y previo que le indicábamos.
Muchas gracias.
Un saludo
Hola cinthia ¡ yo tambien tengo el mesmo problema me Sale en via de recurso pero ha pasado 6 meses y todavia no resuelven nada ...
@@amiretalmassa4141 estamos en la misma situación yo tengo un billete pagado para viajar en mi país este 15 de febrero no se que hacer si de alguna manera puedo viajar
Hola ¡ por favor quiero saber se pasa sais meses y todavia me Sale el estado que esta en via de recurso ,que significa y que tengo que hacer gracias...
Estimado Amir,
Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición, tiene dos opciones: (i) o interponer recurso contencioso - administrativo frente al silencio administrativo o bien (ii) esperar a la resolución de su recurso.
Reciba un cordial saludo.
Hize un recurso de reposicion y llevo un mes y medio y sale en via de recurso
Estimado Nordin, gracias por su comentario. No entendemos bien su consulta y, en cualquier caso, se precisaría de un análisis individualizado.
Si ha transcurrido el plazo de un mes, sin haber obtenido respuesta, opera el silencio administrativo y podría interponer el correspondiente recurso contencioso administrativo.
Reciba un cordial saludo.
Hasta Cuanto tarda un recurso de reposicion en resolverse?
@@nordinbenyahia4114 Estimado Nordin, un mes es el plazo máximo de resolución. Transcurrido el mismo, opera el silencio administrativo quedando expedita la vida judicial.
Un cordial saludo.