Muy buen video, muy bien explicado y sintetizado. Sólo una cosa muy importante a tener en cuenta, y que se ha preguntado alguna vez en AGE en exámenes de cierto nivel. El acuerdo de iniciación se NOTIFICA al presunto inculpado (por tanto, plazos ley 39/2015 aplican); en cambio, si ha habido DENUNCIANTE, a este se le comunican si las normas reglamentarias del procedimiento obligan. En el caso, del RD 33/1986, al denunciante se le debe comunicar, pero al ser una COMUNICACIÓN las normas de la notificación y derechos del interesado de la ley 39/2015 no aplican. Puesto que como dice la ley 39, el denunciante no adquiere por si sólo la condición de interesado. Cuidado con el binomio Notificación-Comunicación porque no es lo mismo.
muchas gracias por compartir ☺
Muy buen video, muy bien explicado y sintetizado. Sólo una cosa muy importante a tener en cuenta, y que se ha preguntado alguna vez en AGE en exámenes de cierto nivel. El acuerdo de iniciación se NOTIFICA al presunto inculpado (por tanto, plazos ley 39/2015 aplican); en cambio, si ha habido DENUNCIANTE, a este se le comunican si las normas reglamentarias del procedimiento obligan. En el caso, del RD 33/1986, al denunciante se le debe comunicar, pero al ser una COMUNICACIÓN las normas de la notificación y derechos del interesado de la ley 39/2015 no aplican. Puesto que como dice la ley 39, el denunciante no adquiere por si sólo la condición de interesado. Cuidado con el binomio Notificación-Comunicación porque no es lo mismo.
muy buen detalle a tener en cuenta 👌👌