No es por juzgar pero la abogada es muy redundante, y rebusca mucho los terminos y las respuestas que deberian ser precisas y entendibles para los no juristas
Buenas tardes, dos preguntas, ¿A quién demandó? al Médico de medicina del trabajo del IMSS, al mismo imss o a los jueces del tribunal superior en materia de trabajo que me negaron pensión por invalidez permanente. Demandé al IMSS en la junta federal de conciliación y arbitraje desde el 2009 y la profedet perdió mi caso en el 2013. ¿Puedo hacer la demanda de reparación patrimonial en contra del estado? O ya caducó el caso y no sé puede hacer nada. El Infonavit me condonó pago de casa y sí reconocieron mi discapacidad. ¿Puedo demandar por daño moral? Gracias.
Amigo el daño patrimonial a daño material prescribe en un año, daño moral o físico tienes hasta dos años, te recomiendo te acerques a un abogado y apliques esta ley, debes aplicar la responsabilidad patrimonial por parte del estado pero acercate a un abogado .
En cuestión de cuantificacion, en que momento puede entrar el profesional Actuario para calcular la misma?
Al final, ya no dijo ante quien se presenta, y quién resuelve...
Está hermosa la Fiscalista.
Deceo recuperar mipropieda gracias
No es por juzgar pero la abogada es muy redundante, y rebusca mucho los terminos y las respuestas que deberian ser precisas y entendibles para los no juristas
Buenas tardes, dos preguntas,
¿A quién demandó? al Médico de medicina del trabajo del IMSS, al mismo imss o a los jueces del tribunal superior en materia de trabajo que me negaron pensión por invalidez permanente.
Demandé al IMSS en la junta federal de conciliación y arbitraje desde el 2009 y la profedet perdió mi caso en el 2013. ¿Puedo hacer la demanda de reparación patrimonial en contra del estado? O ya caducó el caso y no sé puede hacer nada. El Infonavit me condonó pago de casa y sí reconocieron mi discapacidad. ¿Puedo demandar por daño moral? Gracias.
Amigo el daño patrimonial a daño material prescribe en un año, daño moral o físico tienes hasta dos años, te recomiendo te acerques a un abogado y apliques esta ley, debes aplicar la responsabilidad patrimonial por parte del estado pero acercate a un abogado .
@@joelflores8451 Gracias, por la respuesta.