La Base de IRPF es la suma de todos los conceptos que no estan exentos. En este ejemplo hay que sumar el Salario Base + actividad + Peligrosidad + Horas Extras + la parte que cotiza de Locomoción. Si hubiera habido Dietas se sumaría la parte que cotiza. Tambien se sumaría si ese mes cobra pagas extras. Espero haberte ayudado.
Tengo una duda, al ser una nómina diaria no se debería multiplicar con pluses por los días laborables del mes? en lugar de los 31 días, la base y antiguedad es por los dias totales de cada mes y el lineal.
Bueno, pues tiene cierta lógica lo que dices. Yo creo que va a depender de lo que diga el convenio colectivo. Yo he visto el cálculo tal y como yo lo he hecho, pero investigaré si en algún caso se haría de otro modo.
Yo tengo entendido que los complementos salariales, como el plus de antigüedad, peligrosidad, etc., se deben multiplicar por los días del mes (31 en este caso), pero los no salariales, como plus transporte, desgaste de útiles y herramientas, etc., se deberían multiplicar por los días laborables o efectivamente trabajados. Es así?
gracias por la explicación de la nómina me puedes poner como la hallaría la BCP si no llegamos al mínimo en la BCC . Es que estoy haciendo un ejercicio y nos nos ponemos de acuerdo es el mes de febrero horas 140 Euros en 10 días.
Hola muy buenas tengo una duda,al hacer la bccc ha multiplicado 52,48 por 31, pero me parece incorrecto, ya que esta bien multiplicar la remuneración mensual por 31 ya que ese mes tiene 31, ¿pero la prorrata de la extra no seria aparte con 30 días? ya que no todos los meses tienen 31 días. Gracias de antemano.
Lo que hacemos en este caso es calcular una BCCC diaria, compuesta por la parte de remuneración mensual y la parte de pagas extra. La base obtenida, se comprueba con la base mínima y máxima (diaria), y si es correcta, la multiplicamos por los días que tenga el mes. No tendría sentido hacerlo por 30 en los meses con 31 días, ya que estamos usando 365 días en el cálculo de la prorrata.
hola, no tiene nada que ver en este video pero queria saber si podrias subir un video o explicar un finiquito, ya que lo llevo bastante mal y tengo examen. gracias
En trabajadores con salario mensual (grupos de cotización del 1 al 7) se considera que todos los meses tienen 30 días. Sin embargo, en trabajadores con salario diario (GC 8 a 11) se tienen en cuenta los días reales que tiene el mes.
yo calculo la nomina de otra forma,y el caso es que... no entiendo lo de calcular la base de IRPF. Aqui basicamente es el salario mensual (pero con € total al mes, en vez del dia) y eso multiplicarlo en las deducciones por el % ... Sin embargo; yo tengo entendido que el D.IRPF es S.Bruto - Complementos Salarias que NO cotizan, multiplicando ese resultado por el % IRPF (aqui 11) ... esto es porque es un nomina de salario diario o .. que¿? :C
Hola Ainhoa. No tiene nada que ver que el salario sea diario o mensual para la base del IRPF. La base del IRPF tiene que ser el total devengado en el mes menos las cantidades que estén exentas, por ejemplo, parte de la locomoción, dietas u otros conceptos no sujetos a retención. La retención, efectivamente, sería el resultado de mulctiplicar dicha base por el tipo de retención que corresponda.
Muchas gracias, me ha costado un montón encontrar una explicación de la base del IRPF.
La Base de IRPF es la suma de todos los conceptos que no estan exentos.
En este ejemplo hay que sumar el Salario Base + actividad + Peligrosidad + Horas Extras + la parte que cotiza de Locomoción.
Si hubiera habido Dietas se sumaría la parte que cotiza. Tambien se sumaría si ese mes cobra pagas extras.
Espero haberte ayudado.
@@mercytesoro9633 entonces si no hubiera nada exento la base del irpf seria la misma cantidad que el total devengado ?
Si
Muy bien explicado,me he enterado muchas gracias 🥰🥰🥰🥰
Muy bien explicado y entendido sin ningún problema
Las pagas extras cuando estan prorrateadas entran en el salario bruto?(total devengado) gracias
Si
MUCHAS GRACIAS!!!!!1
Tengo una duda, al ser una nómina diaria no se debería multiplicar con pluses por los días laborables del mes? en lugar de los 31 días, la base y antiguedad es por los dias totales de cada mes y el lineal.
Bueno, pues tiene cierta lógica lo que dices. Yo creo que va a depender de lo que diga el convenio colectivo. Yo he visto el cálculo tal y como yo lo he hecho, pero investigaré si en algún caso se haría de otro modo.
Yo tengo entendido que los complementos salariales, como el plus de antigüedad, peligrosidad, etc., se deben multiplicar por los días del mes (31 en este caso), pero los no salariales, como plus transporte, desgaste de útiles y herramientas, etc., se deberían multiplicar por los días laborables o efectivamente trabajados. Es así?
gracias por la explicación de la nómina me puedes poner como la hallaría la BCP si no llegamos al mínimo en la BCC . Es que estoy haciendo un ejercicio y nos nos ponemos de acuerdo es el mes de febrero horas 140 Euros en 10 días.
fernando puedes calcular las horas extras en una nomina que no llega al minimo,que es la que me salio en el examen
Hola muy buenas tengo una duda,al hacer la bccc ha multiplicado 52,48 por 31, pero me parece incorrecto, ya que esta bien multiplicar la remuneración mensual por 31 ya que ese mes tiene 31, ¿pero la prorrata de la extra no seria aparte con 30 días? ya que no todos los meses tienen 31 días. Gracias de antemano.
Lo que hacemos en este caso es calcular una BCCC diaria, compuesta por la parte de remuneración mensual y la parte de pagas extra. La base obtenida, se comprueba con la base mínima y máxima (diaria), y si es correcta, la multiplicamos por los días que tenga el mes. No tendría sentido hacerlo por 30 en los meses con 31 días, ya que estamos usando 365 días en el cálculo de la prorrata.
@@fernandocantos-ADE Muchas gracias, ya me ha quedado claro. muy buenos vídeos
hola, no tiene nada que ver en este video pero queria saber si podrias subir un video o explicar un finiquito, ya que lo llevo bastante mal y tengo examen.
gracias
Lo siento, es algo que tengo pendiente, pero no me he podido hacerlo todavía. Espero que hayas hecho un buen examen y hayas obtenido buena nota.
como calculo el precio neto de una hora?
porque se toman 31 dias y en la cuenta del punto 3 30?
En trabajadores con salario mensual (grupos de cotización del 1 al 7) se considera que todos los meses tienen 30 días. Sin embargo, en trabajadores con salario diario (GC 8 a 11) se tienen en cuenta los días reales que tiene el mes.
@@fdocantos muchísimas gracias por la aclaración y disculpe las molestias.Saludos y Feliz Año
@@bermanrafaellatorrecastro4434 te sirvió?
yo calculo la nomina de otra forma,y el caso es que... no entiendo lo de calcular la base de IRPF.
Aqui basicamente es el salario mensual (pero con € total al mes, en vez del dia) y eso multiplicarlo en las deducciones por el % ... Sin embargo; yo tengo entendido que el D.IRPF es S.Bruto - Complementos Salarias que NO cotizan, multiplicando ese resultado por el % IRPF (aqui 11) ... esto es porque es un nomina de salario diario o .. que¿? :C
Hola Ainhoa. No tiene nada que ver que el salario sea diario o mensual para la base del IRPF. La base del IRPF tiene que ser el total devengado en el mes menos las cantidades que estén exentas, por ejemplo, parte de la locomoción, dietas u otros conceptos no sujetos a retención. La retención, efectivamente, sería el resultado de mulctiplicar dicha base por el tipo de retención que corresponda.
Hola podemos hablar en privado gracias...