FIN DEL RIF (RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL

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  • เผยแพร่เมื่อ 28 ส.ค. 2024
  • C.P. VICENTE MORALES VILLAGRAN.
    C.P ROSITA GARCIA SOTELO.
    LIC. EVA GARCIA VILLEGAS.
    C.P. MÓNICA ISELA GALINDO COSME
    MAESTRO. WILLIAM HIARMES.
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ความคิดเห็น • 25

  • @yzahdezt1276
    @yzahdezt1276 3 หลายเดือนก่อน

    Muchas gracias.

  • @user-sz9rs4wc8d
    @user-sz9rs4wc8d 5 หลายเดือนก่อน +7

    En enero fui al SAT pregunté si tenía que cambiarme de regimen porque tenía la duda por lo del decreto. Y la persona que me atendió me contestó que todavía podía permacer en 2024. Por lo del decreto. Y yo me confíe y no hice cambio.

  • @andresroman9265
    @andresroman9265 5 หลายเดือนก่อน +6

    Y porque el SAT no aclaro desde Dic 2023

  •  5 หลายเดือนก่อน +4

    Gracias por la presentación, la verdad si pueden hacer una emisión para resolver la problemática de cancelación de facturas y la nueva emision de las mismas ,seria de mucho apoyo .

  • @juanerrimolopez
    @juanerrimolopez 5 หลายเดือนก่อน +3

    Y PORQUE QUIEN AQUÍ ESTA COMO LOCUTORA, NO DICE EN QUE FECHA LLEGO EL AVISO DEL SAT ??? A MUCHOS CONTRIBUYENTES EL SAT, LES DIJO QUE ÍBAMOS A SEGUIR TRIBUTANDO EN EL RIF, EN INICIOS DE MARZO, LO CORRECTO HUBIERA SIDO, QUE ENVIARAN LOS COMUNICADOS, DESDE NOVIEMBRE...... ESTA FORMA ES INCORRECTA Y FUE DESICIÓN DEL SAT DE ULTIMO MOMENTO, PORQUE ELLOS IBAN A APLICAR EL DECRETO, DONDE PARA MUCHOS DE NOSOTROS ES CLARO QUE CULMINABA HASTA 2024, PORQUE EL AÑO PASADO TENÍAMOS EL 20% DE REDUCCIÓN Y NO SE HIZO LO QUE DIJO LA LOCUTORA, QUE EN EL 3ER AÑO, SE IBA A REGULARIZAR AL 70% Y EN REALIDAD ESTUVO EN EL 80%, EN EL DECRETO NO EXISTE LA CLARIDAD QUE ASEGURA LA LOCUTORA.

    • @melld2108
      @melld2108 3 หลายเดือนก่อน

      Exactamente.
      Y mencionan que el decreto se refiere solo a los porcentajes de reducción pero no es así, el decreto dice que: "se considerará como primer año de TRIBUTACIÓN el segundo año donde se aplique la reducción del 100%
      Incluso lo muestra claramente otra exposición del mismo consejero fiscal

  • @gomezolalde
    @gomezolalde 5 หลายเดือนก่อน +3

    Gracias por el video, muy explícito en sus comentarios y con respecto al tema del RIF, yo di mi cambio al primero de marzo, después lo quise hacer al primero de enero del 2024 pero el sistema no me lo permitió, de RIF a RESICO. Que puedo hacer al respecto si mencionó que no se puede tributar en ambos regímenes en un año.

    • @valsanchez329
      @valsanchez329 4 หลายเดือนก่อน

      Te dieron solución a esto?😢 Estoy en las mismas, algunos dicen que no cancele y así le siga y otros como aquí que no puedo seguir con ambos regímenes en un mismo año 😢

  • @melld2108
    @melld2108 3 หลายเดือนก่อน

    Si bien el decreto de marzo del 2015, efectivamente no modifica los años de permanencia en el RIF, que son por ley 10 años, sí menciona que "se tomará como primer año de TRIBUTACIÓN, el segundo año en que se aplique el 100% de reducción..." Ese segundo año era 2015. No se modifican los años de permanencia en el Rif, en efecto, pero si se toma el 2015 como año de inicio, el RIF se terminaría a finales del 2024 para los que iniciaron en el año 2014, es decir, el año 2024 seria el año 10.

  • @alejandrofocil
    @alejandrofocil 5 หลายเดือนก่อน +4

    Hay una parte delndecreto que dice que el 2015 se consideraria como primer año de tributacion😊

  • @anylopez53
    @anylopez53 5 หลายเดือนก่อน +3

    Yo hice mi cambio al resico el día 15 de marzo con fecha 1 de enero y cancele la factura bimestral Rif, e hice las respectivas facturas de enero y febrero ya en resico lo hice en el SAT y estuvo bien, y después presente la declaración mensual resico enero y febrero

    • @rosamarinaprieto8514
      @rosamarinaprieto8514 5 หลายเดือนก่อน

      Hiciste las facturas en cero

    • @rosamarinaprieto8514
      @rosamarinaprieto8514 5 หลายเดือนก่อน

      Declaración en cero

    • @anylopez53
      @anylopez53 5 หลายเดือนก่อน +1

      No, el importe que tenía en la global que cancele solo lo dividí en enero y febrero

    • @anylopez53
      @anylopez53 5 หลายเดือนก่อน

      Aunque la verdad fuí 3 veces porque les fallaba la pagina

  • @MEGAJCBV
    @MEGAJCBV 5 หลายเดือนก่อน +1

    El párrafo 2 del art. 1 del decreto si habla de permanencia, no lo dice literalmente, pero para eso se hizo, sino solamente hubieran hecho el primer párrafo y con eso estaríamos en sintonía con el SAT sin problemas, solo era aplicar el 100% en EL SEGUNDO AÑO, y todos el al terminar 2023 sabríamos que terminó nuestra permanencia en RIF y obviamente tomando como algo normal que llegó solo hasta el 20% de reducción, y todos hubieran hecho el cambio, por que el decreto es claro, y el segundo parrado del art 1 del decreto es para ajustar la tabla volviéndola a utilizar así como está iniciando 2015 tomándolo como primer año de tributación y la tabla terminar en 2024. El SAT no se esta basando en del decreto, su confusión esta en la regla 3.13.3 miscelánea fiscal 2016 misma que no quiso dar a conocer para que nadie aclarara por ahí.

  • @NelsonNavarroR
    @NelsonNavarroR 5 หลายเดือนก่อน +1

    Opino que si se terminaban los 10 años en 2023, pero deberían de haber permitido disminuir un 30% para recuperar el 10% faltante, ya que el estimulo del 2015 era un 10% adicional

  • @joseherrera-qr4of
    @joseherrera-qr4of 5 หลายเดือนก่อน +1

    El tema es RIF CONTADORA por favor pudiera aclararnos lo del famoso decreto que donde esta la duda

    • @MEGAJCBV
      @MEGAJCBV 5 หลายเดือนก่อน

      El SAT mal interpreto y mal aplicó al RIF 2014, y se enterca que solo era para la reducción del 100% en el segundo año, El párrafo 2 del art. 1 del decreto si habla de permanencia, no lo dice literalmente, pero para eso se hizo, sino solamente hubieran hecho el primer párrafo y con eso estaríamos en sintonía con el SAT sin problemas, solo era aplicar el 100% en EL SEGUNDO AÑO, y todos el al terminar 2023 sabríamos que terminó nuestra permanencia en RIF y obviamente tomando como algo normal que llegó solo hasta el 20% de reducción, y todos hubieran hecho el cambio, porque el decreto es claro, y el segundo parrado del art 1 del decreto es para ajustar la tabla volviéndola a utilizar así como está iniciando 2015 tomándolo como primer año de tributación y la tabla terminar en 2024. El SAT no se está basando en del decreto, su confusión está en la regla 3.13.3 miscelánea fiscal 2016 misma que no quiso dar a conocer para que nadie aclarara por ahí, , (EN LA REGLA EL ULTIMO PARRAFO NO ALTERA AL PENULTUMO, SOLO ES UN ENFASIS DE CUALES TABLAS SE ESTA HABLANDO).

  • @andresroman9265
    @andresroman9265 5 หลายเดือนก่อน +2

    Pero no porque aclaro asta el 13 de marzo

  • @juanyahuitl3986
    @juanyahuitl3986 5 หลายเดือนก่อน

    A ESTA FECHA 26 DE MARZO 2024. EL SISTEMA ME PERMITIO HACER EL CAMBIO CON FECHA 1 ENERO 2024.

    • @kirajima7918
      @kirajima7918 5 หลายเดือนก่อน

      eN QUE REGIMEN?