Hola buenas noches,yo fui hoy sat para orientación fiscal,soy contribuyente rif desde 1 enero 2014.comentaron que ya habían pasado 10 años y tenía que cambiarme.yo reúno los requisitos para resico,ahí comentaron que no podía pertenecer a resico que tenia que ser actividad empresarial y profesional.
Buenas tardes, el 13 de marzo llegó un correo al buzón tributario avisando que se deben actualizar las actividades porque ya se cumplieron los 10 años del RIF
YO PIENSO QUE LO MAS RECOMENDABLE SERIA PRESENTAR EL AVISO CON FECHA 31 DE DICIEMBRE 2023 POR QUE SI SE HACE CON FECHA 01/01/2024 EL AVISO MARCA COMO FECHA FINAL DE RIF 01/01/2024 Y QUEDARIA 1 DIA PENDIENTE DE ENERO 2024 COMO RIF. Y SI LO HACEMOS CON FECHA 31/12/2024 EMPEZARIAMOS LIMPIO EL 2024 COMO ACT. EMPRESARIAL O RESICO
Muy buena exposición, yo considero que en el caso de migrar a RESICO no sería muy conveniente pedir la cancelación de las facturas que nos emitieron los proveedores ya que como lo explico el maestro Mario el IVA si se puede acreditar
Tenia un pequeño taller dd artesanias, pero ya había presentado y pagado mi declaración de enero y febrero y enseguida ma suspendí con fecha 29 de febrero y ayer me llegó a mi buzón tributario el comunicado de que ya terminaron mis 10 años en el RIF, ahí que puedo hacer?
Hola, y en este caso. Qué pasa con las facturas. Tanto mis clientes como mis proveedores, no me aceptan las cancelaciones. Puedo dejar las facturas como RIF y presentar el 1er bimestre como rif y cambiarme con fecha de marzo. Cuáles serian las consecuencias de eso, es decir qué pasa si cambio de regimen con fecha de marzo.
Buen dia, en el caso de una pensionado/jubilado que tiene su taxi, el portal no permite que ingrese a RESICO... ya terminaron sus 10 años. iría directamente a tributar al regimen de actividad empresarial? En el portal sat le sigue dando opción de seguir en RIF.... GRACIAS por su orientación
Si hice el cambio de Régimen con fecha de termino el 1 de enero 2024, el aviso lo presente en marzo, pero ahora el SAT me requiere mi declaración del RIF enero-Febrero 2024, ya que según ellos el cambio se hizo en marzo y que debo esas declaraciones, que hago ahora?
Buen día, ayuda por favor, antes del aviso del sat para darle fin al RIF osea en marzo hice facturas nominativas las cancelaré por cambio de régimen, ¿debo hacer relación de esas que cancelaré que fueron del rif aún, con las nuevas? ahora act. emp. y profesional? y cual seria el motivo de cancelación, recalco son de marzo antes del dia 13 que dieron el aviso. de antemano, gracias
CUANDO LOS GASTOS SEAN PEQUEÑOS, NO ES REDITUABLE EL QUERER DEDUCIRLOS EN OTRO REGIMEN, YA SEA RESICO O REGIMEN GFENERAL QUE SON LAS DOS OPCIONES FISCALES
ENTONCES LAS FACTURAS QUE LE HICE A MIS CLIENTES ENE Y FEB COMO RIF...DEBO CANCELALRLAS Y HACERLES UNA NUEVAS COMO REGIMEN DE CONFIANZA, ESTO LE PUEDE AFECTAR AL CLIENTES
Excelente información Master
MUCHAS GRACIAS Y BENDICIONES JULIO&MIRIAM DESDE MEXICALI
Muchas gracias!! Bendiciones para usted maestro Mario!!
Hola buenas noches,yo fui hoy sat para orientación fiscal,soy contribuyente rif desde 1 enero 2014.comentaron que ya habían pasado 10 años y tenía que cambiarme.yo reúno los requisitos para resico,ahí comentaron que no podía pertenecer a resico que tenia que ser actividad empresarial y profesional.
Excelente video, muchas gracias conta, saludos!!!!!!!!!!!!!!!
Buenas tardes, el 13 de marzo llegó un correo al buzón tributario avisando que se deben actualizar las actividades porque ya se cumplieron los 10 años del RIF
YO PIENSO QUE LO MAS RECOMENDABLE SERIA PRESENTAR EL AVISO CON FECHA 31 DE DICIEMBRE 2023 POR QUE SI SE HACE CON FECHA 01/01/2024 EL AVISO MARCA COMO FECHA FINAL DE RIF 01/01/2024 Y QUEDARIA 1 DIA PENDIENTE DE ENERO 2024 COMO RIF. Y SI LO HACEMOS CON FECHA 31/12/2024 EMPEZARIAMOS LIMPIO EL 2024 COMO ACT. EMPRESARIAL O RESICO
Muy buena exposición, yo considero que en el caso de migrar a RESICO no sería muy conveniente pedir la cancelación de las facturas que nos emitieron los proveedores ya que como lo explico el maestro Mario el IVA si se puede acreditar
Tenia un pequeño taller dd artesanias, pero ya había presentado y pagado mi declaración de enero y febrero y enseguida ma suspendí con fecha 29 de febrero y ayer me llegó a mi buzón tributario el comunicado de que ya terminaron mis 10 años en el RIF, ahí que puedo hacer?
Antes de hacer el cambio de régimen se pueden hacer facturas globales de RIF de años anteriores?
Hola, y en este caso. Qué pasa con las facturas. Tanto mis clientes como mis proveedores, no me aceptan las cancelaciones. Puedo dejar las facturas como RIF y presentar el 1er bimestre como rif y cambiarme con fecha de marzo. Cuáles serian las consecuencias de eso, es decir qué pasa si cambio de regimen con fecha de marzo.
Buen dia, en el caso de una pensionado/jubilado que tiene su taxi, el portal no permite que ingrese a RESICO... ya terminaron sus 10 años. iría directamente a tributar al regimen de actividad empresarial?
En el portal sat le sigue dando opción de seguir en RIF.... GRACIAS por su orientación
Si hice el cambio de Régimen con fecha de termino el 1 de enero 2024, el aviso lo presente en marzo, pero ahora el SAT me requiere mi declaración del RIF enero-Febrero 2024, ya que según ellos el cambio se hizo en marzo y que debo esas declaraciones, que hago ahora?
Estoy completamente de acuerdo de que falta un 10%, porque el decreto, si lo interpretamos estan dando un 10% adicional a lo que marca la ley
Muy claro
Buen día, ayuda por favor, antes del aviso del sat para darle fin al RIF osea en marzo hice facturas nominativas las cancelaré por cambio de régimen, ¿debo hacer relación de esas que cancelaré que fueron del rif aún, con las nuevas? ahora act. emp. y profesional? y cual seria el motivo de cancelación, recalco son de marzo antes del dia 13 que dieron el aviso. de antemano, gracias
CUANDO LOS GASTOS SEAN PEQUEÑOS, NO ES REDITUABLE EL QUERER DEDUCIRLOS EN OTRO REGIMEN, YA SEA RESICO O REGIMEN GFENERAL QUE SON LAS DOS OPCIONES FISCALES
DECLARACIONES : SOLO SE PODRAN CONSIDERAR LOS SALDOS A FAVOR LOS QUE TENGAN RESPALDO DE DEDUCCION FISCAL EN EL NUEVO REGIMEN
NO ME PERMITE LA PLATAFORMA HACER EL CAMBIO
ENTONCES LAS FACTURAS QUE LE HICE A MIS CLIENTES ENE Y FEB COMO RIF...DEBO CANCELALRLAS Y HACERLES UNA NUEVAS COMO REGIMEN DE CONFIANZA, ESTO LE PUEDE AFECTAR AL CLIENTES
El 10% , te dio un 100% en el 2014 y 2015