La CSJ ordeno tener en cuenta las semanas cotizadas por encima de las 1800 semanas, lo cual permite mejorar el porcentaje que se aplica al IBL para llegar al 80% máximo.
Doc. cordial saludo, colpensiones notifica proceso de cobro persuasivo por concepto de aportes pensionales por 12 años de no cotización, teniendo como deudor al "empleador", pero este nunca ha tenido tal calidad, ni ha tenido trabajadores a su cargo, como se deberia proceder, debido a que la posición de colpensiones es que se deben pagar los aportes.. Gracias por su valiosa apreciación
@@Navarro06 Frente al cobro persuasivo presentar los recursos ante COLPENSIONES con las pruebas o con declaraciones extrajuicio de que nunca se tuvo la condición de empleador y que no se tuvo personas a cargo
UN SALUDO Y A LA VEZ UNA CONSULTA: UN PENSIONADO FALLECE Y NO ESTÁ OBLIGADO A APORTAR AL FONDO DE PENSIONES, SIN EMBARGO, LA AUTORIDAD SE NIEGA A PAGAR A SUS BENEFICIARIOS LA POLIZA DE DEFUNCIÓN BAJO EL ARGUMENTO DE QUE NO ESTÁ AL CORRIENTE DE SUS APORTACIONES, REITERO, NO ESTABA OBLIGADO A APORTAR. AHI QUE PROCEDE PARA QUE SE PAGUE LA POLIZA DE SEGURO DE VIDA. GRACIAS POR SU OPINION CALIFICADA
Excelente video. Respetado abogado, una pregunta, el empleado ya cumplió edad y semanas, está en fondo privado ya inició la vuelta para la pension, en que momento se le deja de cotizar pensión? Cuando sea notificado? El fondo tiene que notificar a la empresa?
En el caso de los fondos privados, es igual que en COLPENSIONES, una vez se cumplen los requisitos cesa la obligación de realizar aportes a pensiones. Adicionalmente, quien debe informar es el empleador
buen día, muchas gracias por la información, y si actualmente estoy como independiente por que ya no tengo trabajo pero recibo ganancias de actividades personales de 1,5 millones mes debo aportar?
Gracias por la explicación. Tengo dos dudas. De los dos requisitos la edad se comprueba muy fácilmente y las semanas cotizadas deberán entonces verificarse cómo?. 2. Si efectivamente aquel que ya es pensionado tiene un contrato de presentación de servicios, su IBC seria el 40% del contrato que no puede ser inferior al SMMVL sumado con el ingreso por pensión?.
Buenos días, estimados. Un empleador, a pesar que fue notificado por el empleado de manera verbal que ya estaba gestionando su pensión, consideró que debía seguir descontando y pagando el aporte por pensión por ese empleado. Cómo el empleado ya estaba en proceso de reclamación de su pensión desde el año 2020 porque la Administradora de Pensiones privada aceptó reembolsar los aportes a Colpensiones, esta última debía reconocer el retroactivo a partir de esa fecha pero ahora por el pago que hizo el nuevo empleador Colpensiones dice que le reconoce la pensión a partir de la fecha actual sin retroactividad. El empleador no ha querido reconocer su error ante el Fondo privado y pretende que el empleado asuma la culpa por ese hecho. La pregunta es, se puede mediante algún recurso legal obligar al empleador a reconocer su error ante el Fondo Privado para que Colpensiones pueda reconocer la retroactividad desde el momento en que el empleado adquirió el derecho a pensionarse.? Agradecería enormemente su atención.
Soy hombre y tengo 59 años, me terminaron el contrato laboral y tengo 1316 semanas cotizadas en Colpensiones. Puedo dejar de cotizar hasta que cumpla la edad (62 años)?...muchas gracias.
Usted no está obligado a cotizar pension en el supuesto planteado, pero, debe realizar aportes a salud para que no se quede sin esta cobertura. Lo más recomendable en su caso es seguir pagando seguridad social así sea por el salario mínimo.
En primer lugar, toda persona que tenga un ingreso debe realizar aportes a la seguridad social. Adicionalmente, debes hacer aportes hasta que cumplas los 62 años.
EXCELENTE Y MUY CLARAS LAS EXPLICACIONES
Cuando ya fuisteis pensionados cumpliendo la edad. .
Doctor una pregunta, cuando solo se pensiona una persona con solo un salario minimo que es lo las conveniente
La CSJ ordeno tener en cuenta las semanas cotizadas por encima de las 1800 semanas, lo cual permite mejorar el porcentaje que se aplica al IBL para llegar al 80% máximo.
Doc. cordial saludo, colpensiones notifica proceso de cobro persuasivo por concepto de aportes pensionales por 12 años de no cotización, teniendo como deudor al "empleador", pero este nunca ha tenido tal calidad, ni ha tenido trabajadores a su cargo, como se deberia proceder, debido a que la posición de colpensiones es que se deben pagar los aportes.. Gracias por su valiosa apreciación
@@Navarro06 Frente al cobro persuasivo presentar los recursos ante COLPENSIONES con las pruebas o con declaraciones extrajuicio de que nunca se tuvo la condición de empleador y que no se tuvo personas a cargo
La empresa puede dejarme de cotizar pensión al cumplir los requisitos de pension ?
Buen día. Para comunicarme con UD mi doc gracias
Buenas tardes , tengo una inquietud, si me sale la pensión en diciembre tengo derecho al reajuste anual de ley en enero?
@@enriqueperez8217 claro que si
Muchas gracias
UN SALUDO Y A LA VEZ UNA CONSULTA: UN PENSIONADO FALLECE Y NO ESTÁ OBLIGADO A APORTAR AL FONDO DE PENSIONES, SIN EMBARGO, LA AUTORIDAD SE NIEGA A PAGAR A SUS BENEFICIARIOS LA POLIZA DE DEFUNCIÓN BAJO EL ARGUMENTO DE QUE NO ESTÁ AL CORRIENTE DE SUS APORTACIONES, REITERO, NO ESTABA OBLIGADO A APORTAR. AHI QUE PROCEDE PARA QUE SE PAGUE LA POLIZA DE SEGURO DE VIDA. GRACIAS POR SU OPINION CALIFICADA
@@maravilla5451 Debe ser pagada porque al fallecer un pensionados no pueden solicitarse requisitos adicionales
Excelente video. Respetado abogado, una pregunta, el empleado ya cumplió edad y semanas, está en fondo privado ya inició la vuelta para la pension, en que momento se le deja de cotizar pensión?
Cuando sea notificado?
El fondo tiene que notificar a la empresa?
En el caso de los fondos privados, es igual que en COLPENSIONES, una vez se cumplen los requisitos cesa la obligación de realizar aportes a pensiones. Adicionalmente, quien debe informar es el empleador
buen día, muchas gracias por la información, y si actualmente estoy como independiente por que ya no tengo trabajo pero recibo ganancias de actividades personales de 1,5 millones mes debo aportar?
Gracias por la explicación. Tengo dos dudas. De los dos requisitos la edad se comprueba muy fácilmente y las semanas cotizadas deberán entonces verificarse cómo?. 2. Si efectivamente aquel que ya es pensionado tiene un contrato de presentación de servicios, su IBC seria el 40% del contrato que no puede ser inferior al SMMVL sumado con el ingreso por pensión?.
Las semanas cotizadas se comprueban solicitando una historia laboral en COLPENSIONES o en el Fondo Privado
Buenos días, estimados. Un empleador, a pesar que fue notificado por el empleado de manera verbal que ya estaba gestionando su pensión, consideró que debía seguir descontando y pagando el aporte por pensión por ese empleado. Cómo el empleado ya estaba en proceso de reclamación de su pensión desde el año 2020 porque la Administradora de Pensiones privada aceptó reembolsar los aportes a Colpensiones, esta última debía reconocer el retroactivo a partir de esa fecha pero ahora por el pago que hizo el nuevo empleador Colpensiones dice que le reconoce la pensión a partir de la fecha actual sin retroactividad. El empleador no ha querido reconocer su error ante el Fondo privado y pretende que el empleado asuma la culpa por ese hecho. La pregunta es, se puede mediante algún recurso legal obligar al empleador a reconocer su error ante el Fondo Privado para que Colpensiones pueda reconocer la retroactividad desde el momento en que el empleado adquirió el derecho a pensionarse.? Agradecería enormemente su atención.
Presentar queja ante el Ministerio del Trabajo
Muchísimas gracias por su respuesta.@@baronallanosabogadosconsul9313
Soy hombre y tengo 59 años, me terminaron el contrato laboral y tengo 1316 semanas cotizadas en Colpensiones. Puedo dejar de cotizar hasta que cumpla la edad (62 años)?...muchas gracias.
Usted no está obligado a cotizar pension en el supuesto planteado, pero, debe realizar aportes a salud para que no se quede sin esta cobertura. Lo más recomendable en su caso es seguir pagando seguridad social así sea por el salario mínimo.
@@baronallanosabogadosconsul9313 Pregunta sobre este caso, su salario seria calculado sobre los últimos 10 años, es decir desde los 49 hasta 59 años?
O fuisteis pensionados por enfermedad o invalidez permanente con una calificación del 50%
Si tengo más de 1800 semanas y tengo 57 años, como Rentista de Capital estoy obligado a realizar aportes al sistema??
En primer lugar, toda persona que tenga un ingreso debe realizar aportes a la seguridad social. Adicionalmente, debes hacer aportes hasta que cumplas los 62 años.
Una persona con asignación de retiro de las ffmm ... debe o está obligado a realizar aportes a pensión.
Está obligado si tuviera un contrato de trabajo o una vinculación laboral con una entidad estatal, porque los dos ingresos serían compatibles
Me pueden ayudar con un número telefonico
Lo encuentras en www.baronallanos.org