Pero si la sanción es el cierre de la actividad comercial, entonces no sería de carácter penal sino administrativo, aunque se declare en un proceso penal.
Lo presentan como un politico o un cantante entre gaitan y ustedes la diferencia es abismal el pensaba en su pueblo cuestiono el sistema critico el frio texto de la ley
Excelente exposición. Todos esperamos que esta magnífica labor nunca cese y el colegio siga creciendo, igual su canal.
Exelente referente , estamos muy bien representados en el colegio de abogados penalistas.
La Prestigiosa Firma ORTIZ'LAW -Abogados- envia saludos al Dr.Bernate ...
Excelente charla de las mejores.
Excelente exposición en algunas citas
Por favor ponen el link del libro del cual habla el profe.
Gracias por tanto, alegran mi cuarentena
Buen día, un favor, publicar el websitie www.? del colegio por favor, no he podido descargar las diapositivas de las conferencias. Gracias.
Pero si la sanción es el cierre de la actividad comercial, entonces no sería de carácter penal sino administrativo, aunque se declare en un proceso penal.
La tesis d la responsabilidad penal d las p. juridicas tiene topicos extremistas q la hacen inviable.
seria interesante escuchar al doctor Abelardo de la Espriella
Lo presentan como un politico o un cantante entre gaitan y ustedes la diferencia es abismal el pensaba en su pueblo cuestiono el sistema critico el frio texto de la ley