Buenas Natalia. Primero darte las gracias por tus videos, son muy útiles para relacionarse con el catastro. Me gustaría plantearte una pregunta que me ha surgido con una finca que ahora se quiere vender. Esta finca, situada en Catalunya, según Nota Simple, Escritura e incluso cédula de habitabilidad, tiene los metros cuadrados correctamente, tanto útiles como construidos. Es un ático dúplex (2 plantas), y en la descripción registral aparecen estas 2 plantas (una de 100 m2 en Planta 2 y 36 m2 en Planta 3 (última planta)), pero me encuentro que en el catastro solo aparece la Planta 2, es decir 100 m2 + 15 m2 zonas comunes (escalera común etc). Entiendo que al ser ático dúplex, y al no estar registrada esta Planta 3 en el catastro, no hay conflicto con ningún linde vecinal. Y ya expuesto el caso, mi pregunta es: Si vendo a un comprador que no deba pedir hipoteca, como en el Registro i Escritura está la superficie correcta y es el ente que prevalece, el Notario no nos lo tumbará (esto ya me lo ha confirmado el Notario), y al comprador le interesa más no subsanar esta discrepancia de superficie. Pero en el caso de que el comprador deba pedir hipoteca, el banco del comprador tumbaría la compra por la Ley Hipotecaria? Lo pregunto porque al no tener el comprador aún, no se si es buena idea subsanarlo de antemano mediante catastro que me han dicho que tarda 6 meses, o esperar a encontrar comprador y ver si necesita hipoteca o no. Muchisimas gracias de antemano!
Buenas Natalia. Primero darte las gracias por tus videos, son muy útiles para relacionarse con el catastro.
Me gustaría plantearte una pregunta que me ha surgido con una finca que ahora se quiere vender. Esta finca, situada en Catalunya, según Nota Simple, Escritura e incluso cédula de habitabilidad, tiene los metros cuadrados correctamente, tanto útiles como construidos. Es un ático dúplex (2 plantas), y en la descripción registral aparecen estas 2 plantas (una de 100 m2 en Planta 2 y 36 m2 en Planta 3 (última planta)), pero me encuentro que en el catastro solo aparece la Planta 2, es decir 100 m2 + 15 m2 zonas comunes (escalera común etc). Entiendo que al ser ático dúplex, y al no estar registrada esta Planta 3 en el catastro, no hay conflicto con ningún linde vecinal.
Y ya expuesto el caso, mi pregunta es: Si vendo a un comprador que no deba pedir hipoteca, como en el Registro i Escritura está la superficie correcta y es el ente que prevalece, el Notario no nos lo tumbará (esto ya me lo ha confirmado el Notario), y al comprador le interesa más no subsanar esta discrepancia de superficie. Pero en el caso de que el comprador deba pedir hipoteca, el banco del comprador tumbaría la compra por la Ley Hipotecaria? Lo pregunto porque al no tener el comprador aún, no se si es buena idea subsanarlo de antemano mediante catastro que me han dicho que tarda 6 meses, o esperar a encontrar comprador y ver si necesita hipoteca o no. Muchisimas gracias de antemano!