Tu eres espectacular , tienes un corazon muy grande , pues yo si aprovech todo , pues este tema es tan importante. Mil y mil gracias por este aporte tan inmenso , Dios te Bendiga Cami.
@@VALLEJOJARAMILLO Holaa Vallejo 😍 tu no te alcanzas a imaginar lo feliz que me haces con este comentario. Ustedes son mi inspiración y de corazón espero que te pueda aportar con mi conocimiento. Que lindo estar de nuevo por aqui.😍😍 Gracias VallejoJaramillo estar aqui en este canal. Bendiciones para ti tambien y un fuerte abrazo.🤗
Excelente Camila, una pregunta, ya pasaron los 10 años del fallecimiento del causante, hay 10 hijos y uno vive en el predio, este al parecer no ha iniciado el proceso de prescripción adquisitiva de dominio, como heredero qué paso a paso debo Seguir. Primero para que el heredero qué tiene la posesión no pueda pedir la prescripción y segundo como debo iniciar el proceso para tratar de llevar por las buenas la repartición.
Hola como estás ...mira te comento que mi abuelo quién falleció dejo una casa como herencia mi papá murió quedamos 6 hermanos para heredar pero ...en el proceso se ha sabido que la casa debe impuestos de 5 años, y llega una notificación de la DIAN para comparecer dentro de 10 días habiles ...la respuesta que da el abogado es comencemos el proceso de sucesión primero y eso lo vamos viendo en el camino...pero yo quisiera saber primero si en que estado de deudas esta la casa puedo exigir esto de el abogado? Documentos que evidencien esto si es verdad que primero hay que hacer el proceso de sucesión?
Mi apreciada Dra. Aprovechare el espacio y tu generosidad y disposición de orientarnos, para hacerte la siguiente consulta. Mi hija casada murió, ellos tenían con su esposo, una parcela, un apartamento y una casa. Lo único que esta a nombre de ella es la casa, los demás bienes no. Mi yerno cree que solo heredamos sus padres, lo que esta a nombre de mi hija y uno de los bienes no esta a nombre de ninguna de los dos. Es posible que mi yerno tenga la razón? Gracias Doctora Camila por tu ayuda. (Dejo claro, que por mi, no reclamaría nada)
@@enfoquealaverdad Holaaa holaa. Para saber que corresponde o no debemos tener en cuenta si tenia hijos y si existía una unión marital de hecho o matrimonio. Vemos fechas y nos damos cuenta como seria la división. Esto seria un gran tema para el próximo video del canal.👌
@@lymamedusa4921 Hola Lyma jejeje comparto mi conocimiento porque se que la norma es una cosa y la práctica es otra, en ocasiones la vida real supera la norma. Te envio un fuerte abrazo🤗
Que alegría tenerte de nuevo con nosotros, Dra. Camila. Gracias por la respuesta dada al usuario, sin duda nos sirve a muchos de tus seguidores, así no sea nuestro caso. Magnifica información, gracias.
Hola, cordial saludo, te invito a revisar y eventualmente comentar el contenido del artículo 1326 del Código Civil, modificado por el artículo 12 de la ley 791 de 2002, por cuanto entiendo que si hay un heredero que se opone a la acción liquidatoria de la sucesión puede alegar la prescripción de dicha acción, asunto distinto a iniciar o no, la prescripción adquisitiva de dominio, la que es mencionada como referencia y no como procedimiento necesario. Sigo tus videos y los encuentro muy interesantes, muchas gracias por el canal.
@@juanfernandoduquecastrillo3367 Hola Juan. Si entiendo lo que comentas. Debemos siempre ver la realidad y contexto de las personas para aplicar la normatividad. Una cosa es la norma y otra cosa es el contexto en que se debe aplicar la norma.
@@Ron-Kham Holaa Ron.La verdad si tenia la idea pero por el momento no. Voy a seguir respondiendo preguntas, me gusta mucho charlar por medio de los comentarios.
@@derechoconscientecamilat Ah bueno. Por favor, me gustaría saber como afrontar esos casos en que en mi familia se presenten cuestiones sucesorales por atender. que se debería tener en cuenta en términos generales? Gracias
Hola una sentencia de del tribunal superior del distrito judicial de cundinamarca que dice que no aplica para prescripcion adquisitiva de dominio tiena mas peso juridico que una solicitud de pertenencia (o) posesion ya que esta un proceso de sucesion y que no importa la sucesion pesa mas peticion de pertenencia
@@derechoconscientecamilat hola me encanta tu canal me explico hay un predio que instararon prescripsion de dominio y solicitaron la pertenencia y el juez determino que la pretensiones de los demandante no cumplian con lo requerimientos y para la pertenencia o prescripsion de dominio ya que de acuerdo a las pruebas va mas a una sucesion y apelaron esta desicion y llego hasta tribunal superior del distrito judicial de cundinamarca sala de familia pero como siempre hay un heredero que no acepto nada y esta reclamando una (1) porcion mas de 8 herencia y ya esta en la face final de la sucesion en la cual se va a solicitar la division material del inmueble para 8 escrituras pero esta familiar insiste en no respetar la sucesion apesar que ya tengo la posesion material y juridica de una porcion de las 8 herencias y me perturba la posesion y consiguio un abogado para hacer la pertenencia y manifiesta que ni el fallo del tribunal y la sentencia de la sucesion tienen piso juridico y que pesa mas en lo juridico el proceso de pertenencia,posesion TE PIDO DE CORAZON Y PREUCUPACION LUCES CON ESTE CASO DIOS TE BENDIGA
@@derechoconscientecamilat es un caso muy interezante para una profesional como tu perdoname sera posible contacto telefonico,whatsapp,correo como lo prefieras GRACIAS
Hola, hay personas (abogados o no) a quienes no les gusta que les llamen Doctor, porque dicen que eso es para quienes hayan hecho un doctorado, en ese caso les llaman "señor abogado o señora abogada". Tú qué opinas al respecto? Cómo te gusta a tí? (perdona que te tutée)
@@Ron-Kham Hola Ron, 🤗te soy sincera la verdad no me disgusta porque quizas las personas lo hacen por respeto o por costumbre. Yo soy experta en derecho de sucesiones por la experiencia y por la práctica, pero eso no quiere decír que las personas deban decirme doctora o abogada, la verdad pienso que pueden hablar como se sientan mejor.
Tu eres espectacular , tienes un corazon muy grande , pues yo si aprovech todo , pues este tema es tan importante. Mil y mil gracias por este aporte tan inmenso , Dios te Bendiga Cami.
@@VALLEJOJARAMILLO Holaa Vallejo 😍 tu no te alcanzas a imaginar lo feliz que me haces con este comentario. Ustedes son mi inspiración y de corazón espero que te pueda aportar con mi conocimiento. Que lindo estar de nuevo por aqui.😍😍 Gracias VallejoJaramillo estar aqui en este canal. Bendiciones para ti tambien y un fuerte abrazo.🤗
Excelente Camila, una pregunta, ya pasaron los 10 años del fallecimiento del causante, hay 10 hijos y uno vive en el predio, este al parecer no ha iniciado el proceso de prescripción adquisitiva de dominio, como heredero qué paso a paso debo Seguir. Primero para que el heredero qué tiene la posesión no pueda pedir la prescripción y segundo como debo iniciar el proceso para tratar de llevar por las buenas la repartición.
Hola como estás ...mira te comento que mi abuelo quién falleció dejo una casa como herencia mi papá murió quedamos 6 hermanos para heredar pero ...en el proceso se ha sabido que la casa debe impuestos de 5 años, y llega una notificación de la DIAN para comparecer dentro de 10 días habiles ...la respuesta que da el abogado es comencemos el proceso de sucesión primero y eso lo vamos viendo en el camino...pero yo quisiera saber primero si en que estado de deudas esta la casa puedo exigir esto de el abogado? Documentos que evidencien esto si es verdad que primero hay que hacer el proceso de sucesión?
Mi apreciada Dra.
Aprovechare el espacio y tu generosidad y disposición de orientarnos, para hacerte la siguiente consulta.
Mi hija casada murió, ellos tenían con su esposo, una parcela, un apartamento y una casa.
Lo único que esta a nombre de ella es la casa, los demás bienes no. Mi yerno cree que solo heredamos sus padres, lo que esta a nombre de mi hija y uno de los bienes no esta a nombre de ninguna de los dos.
Es posible que mi yerno tenga la razón?
Gracias Doctora Camila por tu ayuda.
(Dejo claro, que por mi, no reclamaría nada)
@@enfoquealaverdad Holaaa holaa. Para saber que corresponde o no debemos tener en cuenta si tenia hijos y si existía una unión marital de hecho o matrimonio. Vemos fechas y nos damos cuenta como seria la división. Esto seria un gran tema para el próximo video del canal.👌
Gracias dra,los videos mas valiosos so los suyos.
@@lymamedusa4921 Hola Lyma jejeje comparto mi conocimiento porque se que la norma es una cosa y la práctica es otra, en ocasiones la vida real supera la norma. Te envio un fuerte abrazo🤗
Que alegría tenerte de nuevo con nosotros, Dra. Camila.
Gracias por la respuesta dada al usuario, sin duda nos sirve a muchos de tus seguidores, así no sea nuestro caso.
Magnifica información, gracias.
@@enfoquealaverdad Holaaa🙌🙌 espero siempre les pueda ayudar. 🤗Un fuerte abrazo. Feliz de regresar.
@@derechoconscientecamilat igualmente Dra Camila, un abrazo respetuoso y cordial.
Todos los temas son importantes y de mucha ayuda, claro que sí.
@@enfoquealaverdad Muchas gracias 🤗🙌🤗
Muchas gracias.
@@mariafranco2186 Hola Maria, a tii🤗🤗
Hola, cordial saludo, te invito a revisar y eventualmente comentar el contenido del artículo 1326 del Código Civil, modificado por el artículo 12 de la ley 791 de 2002, por cuanto entiendo que si hay un heredero que se opone a la acción liquidatoria de la sucesión puede alegar la prescripción de dicha acción, asunto distinto a iniciar o no, la prescripción adquisitiva de dominio, la que es mencionada como referencia y no como procedimiento necesario.
Sigo tus videos y los encuentro muy interesantes, muchas gracias por el canal.
@@juanfernandoduquecastrillo3367 Hola Juan. Si entiendo lo que comentas. Debemos siempre ver la realidad y contexto de las personas para aplicar la normatividad. Una cosa es la norma y otra cosa es el contexto en que se debe aplicar la norma.
hola abogada Camila, felicidades por el canal.
Según los videos anteriores, yo creí que ibas a ofrecer cursos o talleres de derecho.
@@Ron-Kham Holaa Ron.La verdad si tenia la idea pero por el momento no. Voy a seguir respondiendo preguntas, me gusta mucho charlar por medio de los comentarios.
@@derechoconscientecamilat Ah bueno. Por favor, me gustaría saber como afrontar esos casos en que en mi familia se presenten cuestiones sucesorales por atender. que se debería tener en cuenta en términos generales? Gracias
Eres genial muchas gracias 🙏 que chispa tienes me encantas espero enviarte algo pronto has que resuelva algo que está pendiente ?
@@javierpena264 Holaa Javi. Tan bonito muchas gracias. Gracias por estar aqui, esto es muy importante para mi y de verdad que lo aprecio mucho.🤗
Hola una sentencia de del tribunal superior del distrito judicial de cundinamarca que dice que no aplica para prescripcion adquisitiva de dominio tiena mas peso juridico que una solicitud de pertenencia (o) posesion ya que esta un proceso de sucesion y que no importa la sucesion pesa mas peticion de pertenencia
Hola Jhon la verdad no entiendo muy bien tu comentario ¿Podrias darme un ejemplo?
@@derechoconscientecamilat hola me encanta tu canal me explico hay un predio que instararon prescripsion de dominio y solicitaron la pertenencia y el juez determino que la pretensiones de los demandante no cumplian con lo requerimientos y para la pertenencia o prescripsion de dominio ya que de acuerdo a las pruebas va mas a una sucesion y apelaron esta desicion y llego hasta tribunal superior del distrito judicial de cundinamarca sala de familia pero como siempre hay un heredero que no acepto nada y esta reclamando una (1) porcion mas de 8 herencia y ya esta en la face final de la sucesion en la cual se va a solicitar la division material del inmueble para 8 escrituras pero esta familiar insiste en no respetar la sucesion apesar que ya tengo la posesion material y juridica de una porcion de las 8 herencias y me perturba la posesion y consiguio un abogado para hacer la pertenencia y manifiesta que ni el fallo del tribunal y la sentencia de la sucesion tienen piso juridico y que pesa mas en lo juridico el proceso de pertenencia,posesion TE PIDO DE CORAZON Y PREUCUPACION LUCES CON ESTE CASO DIOS TE BENDIGA
@@derechoconscientecamilat es un caso muy interezante para una profesional como tu perdoname sera posible contacto telefonico,whatsapp,correo como lo prefieras GRACIAS
Gracias por esa información 😊
@@FranciaDavalos-m9y Hola querida Francia, con mucho gusto. ¿Qué fue lo que mas te llamo la atención?
Hola, hay personas (abogados o no) a quienes no les gusta que les llamen Doctor, porque dicen que eso es para quienes hayan hecho un doctorado, en ese caso les llaman "señor abogado o señora abogada".
Tú qué opinas al respecto? Cómo te gusta a tí? (perdona que te tutée)
@@Ron-Kham Hola Ron, 🤗te soy sincera la verdad no me disgusta porque quizas las personas lo hacen por respeto o por costumbre. Yo soy experta en derecho de sucesiones por la experiencia y por la práctica, pero eso no quiere decír que las personas deban decirme doctora o abogada, la verdad pienso que pueden hablar como se sientan mejor.
hola hermosa abre un only, te amo.