Señoras y señores esta es la MEJOR forma de explicar, con EJEMPLOS que pueda entender hasta el mas tonto, los EJEMPLOS SON LA CLAVE, y además cuando se ENTIENDE una cosa (la que sea) se queda memorizada con mas facilidad. Felicidades por la explicación y que TODOS cundan con el ejemplo
Eso de la fuerza física para los ocupas sólo vale para los bienes del Estado que ni necesitan ir a un juzgado. El 8 días a la calle sino multa coercitiva el 5 por ciento del valor del inmueble por cada 8 días de retraso y sino fuera directamente. Con los particulares no pasa lo mismo por desgracia nuestros bienes no tienen protección que tiene el Estado con sus bienes demaniales y patrimoniales. A q nadie tiene las narices de ocupar unas oficinas de un Ministerio abandonadas? No, van a ocupar la casa de ancianos y desprotegidos. Si es que estamos vendidos.
@@anatorres8004Pero si por cualquier motivo fallas algunos meses al banco de tu hipoteca te desaucian en un abrir y cerrar de ojos.... Y si te ocupan tu vivienda no se te ocurra tomarte la justicia por tu mano que es mucho peor.... Así va España.
Hola tengo una sentencia que declara que existe una modificación sustancial y que se regrese al horario anterior. La empresa no ha hecho caso y se ha pedido la ejecución de sentencia. Que plazo tarda el juzgado en este caso en dictar una resolución y si está ejecución de sentencia tiene también vista judicial? Gracias
Lo que pasa que un desahucio normalmente no va a ser ordenado por la administración, salvo que sea un terreno o instalación pública, en un casa particular siempre sería un juez. Hay otra ejemplo de compulsión sobre las personas que se suele dar, y es cuando es obligatorio por ejemplo la vacunación o el ingreso en un centro mental, ahí la administración por ser un acto personalísimo puede obligar por la fuerza.
Señoras y señores esta es la MEJOR forma de explicar, con EJEMPLOS que pueda entender hasta el mas tonto, los EJEMPLOS SON LA CLAVE, y además cuando se ENTIENDE una cosa (la que sea) se queda memorizada con mas facilidad. Felicidades por la explicación y que TODOS cundan con el ejemplo
Explicación perfecta gracias a tus ejemplos!
Genial lo de apoyar la explicacion con ejemplos! Gracias.
Mejor explicado imposible. Muchas gracias por existir :-)
Muy bien explicado! Muchas gracias!
Un poquito antigua la ley, porque ya estamos an la 39/2015, pero el articulado en este caso es el mismo. Y muy bien explicado, que es lo importante
En lugar de poner 30/92 lo tendríamos que cambiar a 30/2015? lo necesito para el examen.
@@yasminedk29 Hombre claro. es básico para presentarte al examen descargar la ley 39/2015 y estudiarla.
Eso de la fuerza física para los ocupas sólo vale para los bienes del Estado que ni necesitan ir a un juzgado. El 8 días a la calle sino multa coercitiva el 5 por ciento del valor del inmueble por cada 8 días de retraso y sino fuera directamente. Con los particulares no pasa lo mismo por desgracia nuestros bienes no tienen protección que tiene el Estado con sus bienes demaniales y patrimoniales. A q nadie tiene las narices de ocupar unas oficinas de un Ministerio abandonadas? No, van a ocupar la casa de ancianos y desprotegidos. Si es que estamos vendidos.
@@anatorres8004Pero si por cualquier motivo fallas algunos meses al banco de tu hipoteca te desaucian en un abrir y cerrar de ojos.... Y si te ocupan tu vivienda no se te ocurra tomarte la justicia por tu mano que es mucho peor.... Así va España.
Mi profesora favorita !
Hola tengo una sentencia que declara que existe una modificación sustancial y que se regrese al horario anterior. La empresa no ha hecho caso y se ha pedido la ejecución de sentencia. Que plazo tarda el juzgado en este caso en dictar una resolución y si está ejecución de sentencia tiene también vista judicial? Gracias
Excelente video, en caso de la deportación de un inmigrante ilegal?
con esa camiseta me ha quedado mas claro!
JAJJAJAJAJAJAJJA
Siento qu ela ley a veces puede llegar a ser injusta
Y el desahucio, qué seria?
Candela Piñeiro Sería compulsión sobre las personas, porque estás obligando físicamente a una persona a que en este caso, desaloje el inmueble.
Lo que pasa que un desahucio normalmente no va a ser ordenado por la administración, salvo que sea un terreno o instalación pública, en un casa particular siempre sería un juez. Hay otra ejemplo de compulsión sobre las personas que se suele dar, y es cuando es obligatorio por ejemplo la vacunación o el ingreso en un centro mental, ahí la administración por ser un acto personalísimo puede obligar por la fuerza.
Dinero dinero... negocios.
Qué anticuado está este vídeo!!
dineros a costa del exmarido encima te embargan nomina bienes y ayuda familiar como puede ser esta ley.