ALTA MÉDICA y NO puedo TRABAJAR. ¿Qué hacer? - Explicado por Abogada Especialista

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  • เผยแพร่เมื่อ 21 ส.ค. 2024
  • Alta Médica y NO estoy curado. ¿Qué opciones tengo?
    Soy Marina Alaminos, abogada especializada en derecho sanitario e incapacidades laborales.
    En este vídeo, voy a explicarte qué puedes hacer en caso de que te den el alta médica y no estés conforme porque no estás curado y no puedes incorporarte a tu trabajo.📚
    Palabras clave: Incapacidad Permanente, Incapacidad Temporal, Año de Baja Médica, abogada Marina Alaminos.
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ความคิดเห็น • 25

  • @lopezbolivaz45
    @lopezbolivaz45 2 หลายเดือนก่อน +2

    Muchas gracias Marina, como siempre,
    Por la información. ❤

  • @vidaplena.vidaplena.3541
    @vidaplena.vidaplena.3541 9 วันที่ผ่านมา

    Muy bien explicado. Muchas gracias!!!

    • @marinaalaminos
      @marinaalaminos  7 วันที่ผ่านมา

      Muchas gracias por dejar tu comentario!😊🙏🏻

  • @aig.9213
    @aig.9213 2 หลายเดือนก่อน +2

    Muy bien explicado, Gracias

    • @marinaalaminos
      @marinaalaminos  หลายเดือนก่อน +1

      Muchas gracias por tu comentario y el apoyo!😊🥰

  • @willyylunaromero3309
    @willyylunaromero3309 2 หลายเดือนก่อน +2

    Yo tengo una incapacidad permanente q me revisan ahora y llevo dos años buscando trabajo y nada de nada , me tiene arruinado y encima no tengo derecho a paro , más los costes de abogados ….. ruina total

    • @marinaalaminos
      @marinaalaminos  หลายเดือนก่อน

      Hola! Gracias por dejar tu comentario.
      Te deseo mucha suerte en este revisión de incapacidad. Un saludo

  • @irmamorales6424
    @irmamorales6424 2 หลายเดือนก่อน +5

    Hola estuve de baja 2 años y un mes me dieron el alta, pero me denegaron la incapacidad, pero me dice en la carta que me mandaron que tengo 30 días para para recurrir, la denEgacion me dio el INSS. después de recurrir recurso en cuantos días me responden. Y si no responden, que hago cuantos días espero. Para seguir y donde acudo, por favor.

    • @marinaalaminos
      @marinaalaminos  หลายเดือนก่อน +1

      Hola. Gracias por dejar tu mensaje.
      Una vez recibida la resolución que deniega la incapacidad permanente hay un plazo de 30 días hábiles para recurrir. El INSS tiene 45 días hábiles para resolver. Una vez transcurridos los 45 días hábiles sin resolver, ya se puede iniciar la vía judicial en el plazo máximo de 30 días hábiles; o bien se puede esperar a que llegue la resolución aunque sea más allá de los 45 días. Te dejo aquí el enlace a un vídeo donde lo explico mejor: th-cam.com/video/FszkB_0UlU4/w-d-xo.html
      En todo caso, te recomiendo que te asesores con abogado para que pueda revisar tu caso con detalle y así ayudarte en el proceso. Si te interesa, puedes contactarme a mi correo electrónico: marina@marinaalaminosabogada.es
      Un saludo!

    • @irmamorales6424
      @irmamorales6424 หลายเดือนก่อน

      Muchas gracias por responder 👍

  • @carloscoello6461
    @carloscoello6461 2 หลายเดือนก่อน +2

    Hola Marina, si el INSS diese alta pasados los 18 meses, como dices no se puede recurrir, pero, ¿puede el trabajador darse de baja por recaída ? Sería automático, es decir, el INSS te da el alta y de inmediato vas al médico solicitando baja por el mismo concepto de la baja anterior, eso es posible ? Gracias de antemano, un saludo.

    • @marinaalaminos
      @marinaalaminos  หลายเดือนก่อน

      Hola Carlos! Gracias por dejar tu mensaje.
      La baja por recaída es muy difícil una vez alcanzados los 18 meses de baja ya que el sistema está bloqueado por parte del médico de cabecera y la baja la tiene que autorizar de nuevo el INSS (y no suele ser habitual que la concedan).
      Espero haber resuelto tu duda. Un saludo!

  • @Lunallena1685
    @Lunallena1685 20 วันที่ผ่านมา +1

    Agradecería que me indicara qué debo hacer en esta situación: A los 21 meses el INSS me cita para inspección. A los 20 días me deniegan incapacidad permanente abierta por ellos y me indican Alta médica, aún apareciendo en la resolución que al siguiente día del alta tenia una cirugía cuya recuperación se supones de 3 meses mínimo. Conseguí nuevamente baja por IT con el médico de cabecera por este motivo, una vez desbloqueada mi ficha porque sólo el INSS podía iniciar una baja. Ahora se supone que debo tener en cuenta que el INSS puede negarme esa baja también. Yo quiero recuperarme y trabajar, no una incapacidad. Aún así debo reclamar la resolución? La operación es de la misma zona pero no de lo mismo. Gracias!

    • @marinaalaminos
      @marinaalaminos  16 วันที่ผ่านมา

      Hola! Si no te interesa el reconocimiento de una incapacidad permanente no tienes por qué recurrir la resolución por la cual se deniega, pues el hecho de recurrirla no implica prórroga de la IT.
      Como indicas, el INSS podría denegar la nueva baja médica pero si te han intervenido hay motivos para ello, por lo que tal vez no lo hacen. Te deseo mucha suerte. Un saludo!

  • @maiteakiaytomate
    @maiteakiaytomate 2 หลายเดือนก่อน +2

    Muy buenas. Entonces, aconsejas solicitar la incapacidad permanente antes de acabar los 18 meses. Yo estoy en esa prórroga y recibiendo tratamiento, el cual acaba un mes después de los 18 meses, ósea a los 19.

    • @manuelmartinez-lq5zz
      @manuelmartinez-lq5zz 2 หลายเดือนก่อน +1

      Una vez cumplido el año se pasa a control del INSS, a partir de ese momento solo el INSS tiene la facultad para iniciar un expediente de incapacidad permanente.

    • @marinaalaminos
      @marinaalaminos  หลายเดือนก่อน

      Hola! Gracias por dejar tu comentario.
      Si estás en tratamiento todavía no recomiendo iniciar ningún expediente de incapacidad permanente. Ya será el INSS quien lo inicie a los 18 meses, o incluso después, ya que puede suceder lo que denominamos "demora de la calificación", que es prorrogar 6 meses más como excepción de baja médica.
      Un saludo.

    • @marinaalaminos
      @marinaalaminos  หลายเดือนก่อน

      Hola! Gracias por dejar tu comentario. Al cumplir el año, el interesado también puede iniciar expediente de incapacidad permanente, aunque hay altas probabilidades, debido al retraso que llevan la mayoría de oficinas del INSS, de que se resuelva antes el de los 18 meses de baja que el expediente iniciado de forma separada.
      Un saludo.

    • @maiteakiaytomate
      @maiteakiaytomate หลายเดือนก่อน

      @@marinaalaminos Muchísimas gracias por contestar. Me has ayudado mucho. Gracias por dar contenido de valor a personas que no estamos pasando nuestro mejor momento. Ya tienes una seguidora más! Un abrazo.

  • @Javimr83
    @Javimr83 หลายเดือนก่อน +1

    Que pasa si me dan el inss me da el alta y el servicio de prevención un No apto?

    • @marinaalaminos
      @marinaalaminos  หลายเดือนก่อน

      Hola! Gracias por dejar tu comentario.
      En este caso la respuesta es compleja, pues depende de varios factores y circunstancias. Si es de tu interés, podemos concertar una reunión para revisar tu caso con detalle y resolver todas las dudas que tengas. Puedes escribirme a mi correo electrónico: marina@marinaalaminosabogada.es
      Un saludo!

  • @user-ye7vp1we8x
    @user-ye7vp1we8x 2 หลายเดือนก่อน +2

    Hola Marina qetal .....llevo 14 años con fibromialgia e tenido recaidas bueno ahora llevo desde mrzo con baja por fibromialgia y fatiga crónica y clinofilia acreditado por paiquiatra ......me encuentro mal .......tengo casi 19 años cotizados y 44/ discapacidad por ansiedad ahora lo e solicitado el aumento por agravamiento...cres qe puedo aceder a la incapacidad permanente

    • @marinaalaminos
      @marinaalaminos  หลายเดือนก่อน

      Hola! Gracias por dejar tu comentario.
      Respecto al asunto que me planteas, necesito ver la documentación clínica para poder asesorarte sobre las opciones de solicitar una incapacidad permanente según tu cuadro médico. Por ejemplo, la fibromialgia no afecta a todo el mundo por igual, de modo que hay que valorar los informes de reumatología. Lo mismo sucede con la fatiga crónica.
      Si quieres que revise tu caso y tengamos una reunión, puedes escribirme un correo electrónico: marina@marinaalaminosabogada.es
      Un saludo!

    • @user-ye7vp1we8x
      @user-ye7vp1we8x หลายเดือนก่อน

      @@marinaalaminos hola te mandado la información a tu correo pero me lo devuelve

    • @marinaalaminos
      @marinaalaminos  หลายเดือนก่อน

      @@user-ye7vp1we8x Hola! Qué raro. Mira, por favor, si has escrito bien el correo, con las dos A, de marinA y Alaminos en la segunda parte. El email es: marina@marinaalaminosabogada.es . También puedes contactarme por teléfono 871 53 62 33. Un saludo!