Gracias por apoyar este canal. Por favor, suscríbanse en el siguiente link bit.ly/marYou. No se olviden de decirme desde qué parte del mundo me escriben en sus comentarios. ¡Saludos!
Buenas Tardes, excelente video, disculpe sera mucho molestia sobre su opinion de que es mejor para exigir el cobro de una deuda, un pagare o una letra de cambio considerando que ambos son titulos ejecutivos... es para una empresa que se dedica a dar creditos.
Estimado Doctor, una consulta por favor, tomando en cuenta que las deudas con el Estado no prescriben, existe alguna vía legal para que una persona que ha sido garante solidario del deudor principal de un préstamo realizado en un banco del Estado, pueda librarse de esta tremenda responsabilidad que además le ha traído múltiples inconvenientes, laborales, familiares y que incluso no puede manejar cuentas bancarias por el temor a tener que pagar con su dinero por un préstamo del que jamás se benefició? Además cabe recalcar que la deudora principal ha realizado este tipo de acciones en diferentes entidades bancarias y que ha perjudicado sobre manera a quienes han dado su garantía.
Buen día. En términos académicos, si se constituyó en garante voluntariamente, en caso de ejecución de la garantía, me parece que solemente le quedaría la acción de repetición contra el deudor principal. No olvide suscribirse al canal y compartirlo. Saludos cordiales.
Gracias por compartir valioso contenido. Las deudas por cobrar fijadas en un pagaré a la orden en que tiempo se extinguen luego de haberse ordenado el pago mediante sentencia? Gracias por la atención
Coincido. No marcó claramente dicha etapa. Me parece, además, que debió consultar a las partes sobre la validez del proceso. Buen comentario. No olvide suscribirse y compartir el canal. Saludos
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México
@@kike241080 bienvenido. No olvide suscribirse al canal. Saludos
Parecería que ya había prescrito el cobro por la vía ejecutiva. Código de Comercio vigente al 2015.
Buena observación. No olvidar q prescripción debe alegarse oportunamente. No olvide suscribirse. Saludos
Abogado me ayuda con el Numero de proceso de la Audiencia visualizada.
No es una audiencia real. Es una simulación para aprendizaje. No olvide suscribirse al canal. Saludos.
:( HUBIESE SIDO GENIAL UN CASO REAL SALUDOS ME AYUDO MUCHO
@@manu_arevalo
Buenas Tardes, excelente video, disculpe sera mucho molestia sobre su opinion de que es mejor para exigir el cobro de una deuda, un pagare o una letra de cambio considerando que ambos son titulos ejecutivos... es para una empresa que se dedica a dar creditos.
Cualquiera de los dos bien ejecutados. No olvide suscribirse. Saludos cordiales.
Estimado Doctor, una consulta por favor, tomando en cuenta que las deudas con el Estado no prescriben, existe alguna vía legal para que una persona que ha sido garante solidario del deudor principal de un préstamo realizado en un banco del Estado, pueda librarse de esta tremenda responsabilidad que además le ha traído múltiples inconvenientes, laborales, familiares y que incluso no puede manejar cuentas bancarias por el temor a tener que pagar con su dinero por un préstamo del que jamás se benefició? Además cabe recalcar que la deudora principal ha realizado este tipo de acciones en diferentes entidades bancarias y que ha perjudicado sobre manera a quienes han dado su garantía.
Buen día. En términos académicos, si se constituyó en garante voluntariamente, en caso de ejecución de la garantía, me parece que solemente le quedaría la acción de repetición contra el deudor principal. No olvide suscribirse al canal y compartirlo. Saludos cordiales.
¿Las deudas con el Estado no prescriben?
En que país?
Ecuador y latinoamérica.
Gracias por compartir valioso contenido.
Las deudas por cobrar fijadas en un pagaré a la orden en que tiempo se extinguen luego de haberse ordenado el pago mediante sentencia? Gracias por la atención
En etapa de ejecución no procede el abandono. Las deudas tampoco se extinguen (prescriben) si ya se dictó sentencia. No olvide suscribirse. Saludos
Cecilia Duarte es ahora Jueza en Tumbaco si no estoy mal 🫣
De seguro. No olvide suscribirse. Saludos cordiales.
Si es el actualizado
Gracias por comentar, no olvide compartir y suscribirse. Saludos
No da cantidad la demandada ni menciona fundamento legal para el cobro exagerado
Buena observación. No olvide suscribirse. Saludos
No se declaró la validez procesal. se pasó directo a la fijacion del objeto de la controversia. Solo se declaró competente y nada mas.
Coincido. No marcó claramente dicha etapa. Me parece, además, que debió consultar a las partes sobre la validez del proceso. Buen comentario. No olvide suscribirse y compartir el canal. Saludos
Q guapa la demandada 😊
Todas las mujeres que intervienen son lindas damas. No olvide suscribirse. Saludos
@@manu_arevalo nada más por esa acertada respuesta m voy a suscribir y likeeee