Doctor , buen día. Cordial saludo. Gracias por la información que usted envía a todos los empleados de Colombia. Es de gran orientación para el buen desempeño de las funciones. Doctor, en varias ocasiones he preguntado a varios abogados lo siguiente: En el cargo de agentes de movilidad de un municipio o departamento , si el Empleador no entrega los elementos suficientes y necesarios para poder cumplir con la atención de un siniestro vial con lesiones y homicidio. Por ejemplo: No haya patios o bodegas por parte del Empleador y tampoco por la fiscalía , no hay grúas para el traslado de los elementos materiales de prueba , que en este caso son los vehículos involucrados. Doctor , esto genera un atrazo el la ley 906 y más aún sin tener la disposición de los elementos de prueba. La pregunta es, El agente de tránsito está obligado a atender estos siniestros viales si. Tener las herramientas que se deben usar para el buen cumplimiento de la norma? Que debe hacer el agente de movilidad si el empleador y fiscalía no le brindan parqueaderos o patios para el almacenamiento de los vehículos.? Que pasa si el agente dice que no atiende el siniestro por falta de herramientas ? Está obligado a atender el siniestro sin las herramientas ? Doctor, muchas gracias por su atención.
Creo que lo primero es oficiar a las entidades y a la fiscalía para que se presenten todas las garantías. Ante la negativa presentar quejas al Ministerio del Trabajo y a la Procuraduría. Y si finalmente no se solucionada, dar una fecha límite antes de suspender las actividades.
Buenas noches una pregunta quisiéramos un video explicativo acerca de el personal que trabaje en seguridad privada y que la mayoría de las empresas promueven capacitaciones en los jornadas de descansos cuando en principio la ley dice que estas capacitaciones deben de ser en jornadas laborales Muchas gracias
Excelente información, yo resaltaria el hecho que en Colombia si trabajas todas las horas semanales la remuneración del domingo ya viene incluida, entonces siendo asi, si trabajo un domingo ocasional y quiero el descanso, me deben pagar el recargo del 75%. Ya que las horas laboradas las cambio por descanso. Ahora bien, sino quiero el descanso me deben pagar el 100% de las horas que labore ademas del recargo de 75%. Ademas del domingo que ya esta incluído en la nómina, ojo con eso. El dominical en Colombia se paga las horas que laboras mas un recargo del 75% Si estoy en algún error por favor corríjanme, gracias.
Hola, tengo una consulta Trabajo en un equipo donde 4 personas hacen turnos de 12 horas diarias, trabajan 5 días 1 de dia y otro de noche, vamos a 5 días de descanso y al retomar al rotamos nuevamente 5 dias de dia y 5 de noche y nuevamente a descanso otros 5 días. Así me da un total de 240 horas al mes pero segun la ley por la jornada semanal de 46 horas da un total de 184 horas trabajables al mes, eso quiere decir que cada empleado haría 56 horas extra al mes las cuales no las pagan porque dicen que para eso son los 10 días de descanso compensatorio al mes. Quiero saber si este modelo es legal desde algun punto de vista o no.
Buenos días, si trabajo habitualmente los domingos (3 o mas al mes) por que trabajo por turnos en el sector privado, se me debe remunerar en dinero (adicional a los recargos dominicales o festivos) el día compensatorio? en mi caso, laboro turnos rotativos de 8 horas (mañana 6:00-14:00; tarde 14:00-22:00; noche 22:00-06:00)
En homecenter ningún punto de los que usted menciona se aplica ......no están dando la reducción laboral ni por a ni por b......en conclusión se violan la ley sobre la ley
Acabo de entrar a una empresa , ya voy a cumplir los dos meses , y genere un compensatorio por trabajar el dia 3 de marzo , pero mi superior no me lo paga ni en tiempo ni en dinero , de que forma puedo proceder , ya que este no es mi primer trabajo y esta empresa donde laboro es la primera que toma una decisión asi ni me notifica
Cordial saludo. Una pregunta, si mi trabajo es habitual, recibo el beneficio monetario únicamente por el valor del recargo (solo el 0.75%) o se me debe dar el total del dominical adicionando el recargo, a demás de recibir mi día compensatorio remunerado?
Yo soy empleado público trabajo de lunes a lunes y me dan dos días de descanso cada 12 días mi horario es de 8 horas y sábados domingos y festivos de 12 horas mi empleador me dice que debo trabajar más horas para pagar las horas descanso eso es legal quiere que trabaje 15 días de doce horas diarias
@@jhonycarvajalino7210 solicite una investigación administrativa de parte del ministerio de trabajo, y radique un derecho de petición a su empleador solicitando un horario laboral basado en el código sustantivo de trabajo
Abogado es una gran explicación y muchas gracias.
Doctor , buen día.
Cordial saludo.
Gracias por la información que usted envía a todos los empleados de Colombia. Es de gran orientación para el buen desempeño de las funciones.
Doctor, en varias ocasiones he preguntado a varios abogados lo siguiente:
En el cargo de agentes de movilidad de un municipio o departamento , si el Empleador no entrega los elementos suficientes y necesarios para poder cumplir con la atención de un siniestro vial con lesiones y homicidio.
Por ejemplo:
No haya patios o bodegas por parte del Empleador y tampoco por la fiscalía , no hay grúas para el traslado de los elementos materiales de prueba , que en este caso son los vehículos involucrados.
Doctor , esto genera un atrazo el la ley 906 y más aún sin tener la disposición de los elementos de prueba.
La pregunta es,
El agente de tránsito está obligado a atender estos siniestros viales si. Tener las herramientas que se deben usar para el buen cumplimiento de la norma?
Que debe hacer el agente de movilidad si el empleador y fiscalía no le brindan parqueaderos o patios para el almacenamiento de los vehículos.?
Que pasa si el agente dice que no atiende el siniestro por falta de herramientas ?
Está obligado a atender el siniestro sin las herramientas ?
Doctor, muchas gracias por su atención.
Creo que lo primero es oficiar a las entidades y a la fiscalía para que se presenten todas las garantías. Ante la negativa presentar quejas al Ministerio del Trabajo y a la Procuraduría. Y si finalmente no se solucionada, dar una fecha límite antes de suspender las actividades.
Buenas noches una pregunta quisiéramos un video explicativo acerca de el personal que trabaje en seguridad privada y que la mayoría de las empresas promueven capacitaciones en los jornadas de descansos cuando en principio la ley dice que estas capacitaciones deben de ser en jornadas laborales Muchas gracias
Un compensatorio se pueda dar en un día festivo..?
Excelente información, yo resaltaria el hecho que en Colombia si trabajas todas las horas semanales la remuneración del domingo ya viene incluida, entonces siendo asi, si trabajo un domingo ocasional y quiero el descanso, me deben pagar el recargo del 75%. Ya que las horas laboradas las cambio por descanso.
Ahora bien, sino quiero el descanso me deben pagar el 100% de las horas que labore ademas del recargo de 75%.
Ademas del domingo que ya esta incluído en la nómina, ojo con eso.
El dominical en Colombia se paga las horas que laboras mas un recargo del 75%
Si estoy en algún error por favor corríjanme, gracias.
Pregunta : Es un trabajo dominical habitual ¿Es un dia de descanso por cada domingo?
Correcto
Hola, tengo una consulta
Trabajo en un equipo donde 4 personas hacen turnos de 12 horas diarias, trabajan 5 días 1 de dia y otro de noche, vamos a 5 días de descanso y al retomar al rotamos nuevamente 5 dias de dia y 5 de noche y nuevamente a descanso otros 5 días. Así me da un total de 240 horas al mes pero segun la ley por la jornada semanal de 46 horas da un total de 184 horas trabajables al mes, eso quiere decir que cada empleado haría 56 horas extra al mes las cuales no las pagan porque dicen que para eso son los 10 días de descanso compensatorio al mes. Quiero saber si este modelo es legal desde algun punto de vista o no.
Si por temporada me hacen trabajar los 4 domingos del mes hasta las 2 pm ,me deben dar los 4 dias compensatorios en la siguiente semana
@@dianazunigatorres7125 Así es
Muchas gracias Dro barona
Buenas tardes me gustaría tener una asesoría con usted
Buenos días, si trabajo habitualmente los domingos (3 o mas al mes) por que trabajo por turnos en el sector privado, se me debe remunerar en dinero (adicional a los recargos dominicales o festivos) el día compensatorio? en mi caso, laboro turnos rotativos de 8 horas (mañana 6:00-14:00; tarde 14:00-22:00; noche 22:00-06:00)
Debes recibir el dinero por trabajar y los respectivos compensatorios
Muchas gracias por su atención señor Ricardo@@baronallanosabogadosconsul9313
En homecenter ningún punto de los que usted menciona se aplica ......no están dando la reducción laboral ni por a ni por b......en conclusión se violan la ley sobre la ley
@@miguelrojas6860 pueden colocar la queja al ministerio del trabajo
solicite una investigación administrativa antes al ministerio de trabajo
Buen día, quien escoje el compensatorio el empleado o la empresa
@@cristiangodoy4570 De común acuerdo
Pregunta: Si un trabajador tiene restricciones medicas ¿Lo puedo programar para trabajar un domingo o festivo?
Solo con autorización del trabajador
Pregunta... Se dice habitual.. si se trabaja dos domingos cada mes los 12 meses del año.. esto es habitual ...?
De acuerdo, son 2 domingos al mes
Acabo de entrar a una empresa , ya voy a cumplir los dos meses , y genere un compensatorio por trabajar el dia 3 de marzo , pero mi superior no me lo paga ni en tiempo ni en dinero , de que forma puedo proceder , ya que este no es mi primer trabajo y esta empresa donde laboro es la primera que toma una decisión asi ni me notifica
Realizar un derecho de petición al empleador y en caso de no responder satisfactoriamente una queja al ministerio del trabajo
Cordial saludo.
Una pregunta, si mi trabajo es habitual, recibo el beneficio monetario únicamente por el valor del recargo (solo el 0.75%) o se me debe dar el total del dominical adicionando el recargo, a demás de recibir mi día compensatorio remunerado?
Si el trabajo es habitual debes recibir la remuneración con el recargo más el compensatorio
Yo soy empleado público trabajo de lunes a lunes y me dan dos días de descanso cada 12 días mi horario es de 8 horas y sábados domingos y festivos de 12 horas mi empleador me dice que debo trabajar más horas para pagar las horas descanso eso es legal quiere que trabaje 15 días de doce horas diarias
@@jhonycarvajalino7210 lo que le solicitan es totalmente ilegal
@@baronallanosabogadosconsul9313 que debo hacer en ese casa
@@jhonycarvajalino7210 solicite una investigación administrativa de parte del ministerio de trabajo, y radique un derecho de petición a su empleador solicitando un horario laboral basado en el código sustantivo de trabajo
No responde ninguna,