Es una locura los artículos que castigan más a un legítimo usuario que a un delincuente. Un legítimo usuario sólo portaria un arma en calidad de defensa y un delincuente para tobar y/o matar impunemente.
muy bueno, llevo mi arma siempre encima desde que la compre en el 92.... en condicion de uso inmediato, y gracias a Dios nunca tuve que usarla, pero si me salvo 3 veces de que me asaltaran porque actue antes que el delincuente me sorprendiera......
Yo igual tengo una Astra Cub 25 en el bolsillo desde 1990 y una Bersa 23 calibre 22 en la mesita de luz cargada con Remington hiper velocidad punta hueca desde la misma fecha. Me chupa lo que dice un político o un juez. Un abrazo compatriota 🇦🇷 🫂 👍👍👍👍
Las armas no se deben registrar en ninguna parte, los ciudadanos tenemos todo el derecho del mundo a defendernos de "personas" que nos ataquen o hagan daño, porque no es justo que en el preciso instante que te están robando, provocando una patota de forajidos o lo que es peor que esos forajidos se le tiren encima a uno que va tranquilo por la calle y lo maten a golpes, si más de una persona llevará arma de fuego libremente, esa persona les hubiera disparado y no le podrían golpear, Por una ley de libre venta de armas y municiones, sin censura del Anmac , YAAAAA!!!😡😡😡😡😡😡
Que complicada que son las cosas en Argentina! Vivo en Usa hace años y parece literalmente otro planeta comparado a arg relacionado a las armas! Que lastima que la ley castigue al pueblo y no al delincuente!
Buen video y didáctico.. Que tal si hicieras un video para que todo los que están en contra de las leyes que perjudican a los legítimos usuarios y civiles con credencial vencidas hacer un petitorio a algún legislador pro armas y este presente reformas a esas leyes mal redactadas ?. Que No solo perjudican tambien benefician a delincuentes ...
En el caso de Blumberg cuando le secuestraron el hijo el tenía el dinero y no lo quiso poner, por consiguiente el hijo intento escapar y paso lo que pasó. El rompió una regla de oro en el caso de secuestro, Negocia luego paga y después roga que te devuelvan vivo a tu ser querido pero... No dejes nunca de pagar porque para agarrarlos hay tiempo. Yo creo que Blumberg fue utilizado políticamente para hacer lo que hizo.
Primero yo recuerdo hace muchísimos años el policía que tenía un arma registrada no necesitaba portación por su estado policial después esto cambió pregunto por mi ignorancia esto podría tratarse de recaudar
Excelente video la verdad que es dificil entender las leyes y como las redactan pero logras explicarlo de una manera que cualquier persona entienda , feliz de haber encontrado éste canal, saludos desde Tucumán
Excelente video maestro !! Muy claro y didáctico !! Coincido en que si llevas un arma para tu seguridad y potencial defensa ante un agresor armado NO DEBERÍAMOS TENER CONCIENCIAS !! NO HAY REGISTRO DE LEGÍTIMOS USUARIOS QUE DELINQUEN … SOLO SE DEFIENDEN SI ES NECESARIO. ABRAZO
la no renovacion del carnet de tenencia es solo una falta administrativa. En la ley dice que se paga una multa. La constitucion dice que te puedes defender con lo que tengas a mano ..registrado o no.
Hola Federico. Genial el video. Es muy importante conocer las implicancias legales de tener un arma de fuego en casa, ya sea de forma legal, o ilegal. También sobre la portación, que es un tema aparte. Creo que hay mucha gente que cuando compra un arma, o hereda una, no tiene en cuenta el aspecto legal; por eso está muy bueno que te hayas tomado el trabajo de explicarnos con lujo de detalles todas las posibilidades. Estoy seguro de que la inmensa mayoría de los legítimos usuarios, y mucho menos quienes tienen en su poder armas sin registrar, nunca leyeron el Código Penal, salvo los que sean abogados, claro. Así que tu aporte, es importantísimo para quienes formamos parte de esa mayoría. Saludos.
Muy claro. Gracias. Hay que presionar a nuestros dirigentes para que se puede tener portacion. Con recaudos, con estudios psico físicos, pero que se pueda tener.
Impecable el contenido del vídeo y la sencillez con la que explicas terminología jurídica que a veces cuesta comprender. Tendrás información sobre "portación"? Formas, lugares y circunstancias. No encuentro mucho del tema. Gracias!
Te gradesco un monton el tiempo y la informacion.hace poco que soy LU y trato de asesorarme lo mas posible.pero como vos NO hay nadie que explique tan bien.muchas gracias
Muy bien explicado. Un detalle, si el arma esta rota no es portación ni tampoco tenencia. Necesariamente debe tener aptitud de disparo para ser arma de fuego. Por ejemplo, si le falta el percutor, no es tenencia porque no se puede disparar con ella. Otro ejemplo, tener un fusil sin cerrojo tampoco es tenencia. En cuanto a la excarcelación, eso no es uniforme en todo el país porque depende del código procesal, que en cada provincia es exclusivo. Así que depende dónde se comete delito, el régimen excarcelatorio puede tener diferencias. Lo último, si actúas en legítima defensa no te deberían condenar por ningún delito, tampoco el de tenencia. El tema ahí es que si matas al agresor, lo mas probable es que durante el proceso estés preso con prisión preventiva hasta que se pruebe en juicio que se dieron las tres condiciones que explicaste perfectamente. Y eso puede tardar un par de años...
Loco!! Que buen video, la verdad muy bien explicado... clarisimo, me abriste la mente con este tema que es muy importante para los legítimos usuarios y para los que tienen pensado serlo. Saludos desde Chaco.
Muy buen video. Sin duda, falta capacidad y estar realmente interiorizado en cuanto a las leyes a votar por nuestros legisladores, para evitar tantos falencias jurídicas que se perciben en nuestro ordenamiento, no solo en lo penal. Hace falta mayor compromiso de nuestros legisladores y dirigentes, cómo también mayor nivel cultural y educativo para afrontar estos desafíos y por supuesto coherencia y sensatez para decidir en función de lo que la sociedad necesita para vivir dignamente.
en este pais con lo dificil que es mantener un trabajo en blanco o mantener un monotributo deberian modificar esa ley de porqueria, porque uno quiere cumplir con la ley, el tema es que el estado te asfixia, y de por si la expropiacion es una violacion a la propiedad pribada, creo que lo ideal seria poder cumplir con los psicofisicos y o con declaraciones juradas para demostrar que las armas continuan en nuestro poder. hay que ver todas las alternativas posibles para que no perdamos el derecho a tener armas de manera responsable
Me gustó mucho el video, es super informativo y útil. ! Me gustaría un video sobre que armas se pueden portar en Arg. (si es que se ha modificado el reglamento de tenencia al dia de hoy).
Con esto uno se da cuenta de que no es tanto la justicia en si el problema aparte de que es muy muy lenta, es partidaria políticamente (algo que debería estar prohibido para mantenerla íntegra y libre de corrupción externa), posee tb fallas en su estructura en si.., Sino que la raíz del problema está en la leyes berretas que se aprueban y con miles de fallas, la justicia no le queda otra que hacer cumplir cualquier ley de porquería que haya sido inflingida, sino estaría faltando a su deber y función pública.
Muy buen informe, acá en Uruguay con la nueva ley de urgente consideración (LUC) ahora un motivo legítimo para disparar a un agresor dentro de tu domicilio o terreno no solamente implica defender tu vida si no que es tenido en cuenta también si lo que defiendes son tus bienes materiales, lo de ser un legitimo usuario sigue similar a como "siempre fue", y ahora un policía retirado puede obtener el porte de arma corta en vía pública (siempre oculta).
Hola Federico, como siempre de tus explicaciones respecto al tema legal con las armas, son muy claras e interesantes. Me gustaría saber, si existe algún foro de debate sobre estas incongruencias respecto al enfoque y las penas entre delitos con armas de fuego, o si a vos te interesara el tema, generar un lugar virtual de encuentro para debatirlos. Saludos y gracias por compartirlo.
Blumber aprovechó para su carrera política. ya que debería ser todo el peso de la ley sobre solo los que usan armas con propósitos de robar y matar. un legítimo usuario jamás usará un arma para robar y/o matar.
Bueno, comparar portación ilegal de un LU con una picada de autos todo depende, porque lo que siempre está en discusión es si dentro de un vehiculo puedo llevar o no el arma cargada, distinto a llevarla en la cintura, siendo que el permiso de portacion pemite que la llevemos en condicion de disparo en la via publica pegada al cuerpo pero es distinto a transportarla por sí las dudas en un lugar despoblado, como tampoco es lo mismo hacer una picada en auto en una ruta donde no hay peligro inminente, por lo tanto es incomparable taxativamente.
Muy esclarecedor, gracias! de paso pregunto, el articulo 189bis en su segundo parrafo menciona que "la misma pena... ...diere instrucciones para la preparacion de sustancias o materiales mencionados en el parrafo anterior" esto no alcanzaria a los youtubers con instrucciones explicitas sobre como fabricar fulminantes, polvoras, etc? Gracias!
Si Milei gana las elecciones ojalá cumpla con lo que prometió y modifique con los legisladores a una ley más justa para los legítimos usuarios. Saludos para todos los LU.
Reformulo la pregunta con más precisión para no dar lugar a erróneas interpretaciones. Un "Libre Usuario" que tiene su "CLU Vigente", porta un arma, de "su propiedad", que está debidamente "Registrada", de ser controlado en la vía pública con su arma portada y es procesado, al finalizar su proceso o su condena y es declarado, por portación sin autorización, se le restituye su arma, si o no.
Estoy de acuerdo con todo menos "nada de disparar por la espalda" no hay nada en la ley que diga dónde es "legal" disparar a alguien. Lo que importa es PORQUE disparas y no DÓNDE.
Excelente te felicito y agradezco por compartirlo con nosotros ....sobre tenencias de cuchillos de gran tamaño y me refiero amas de 10 cm de largo podrías darnos algún tipo de información con respecto a lo que dice la ley ???.... te mando un abrazo grande y gracias una vez más..
En la Argentina no existe ninguna prohibición respecto de las armas blancas, no importa el tamaño. O sea, podes tener todas las que quieras (machetes, cuchillos, espadas, hachas,, etc) que no es delito, ni infracción administrativa.
Me encantan tus videos Wagner, pero es el poder judicial sobre el que tenes que tirar la bronca, las fuerzas de seguridad hacen lo que pueden con lo que tienen (sin duda se que hay muchos malos policias) si la política no acompaña esta muy difícil que combatan la delincuencia.
Muy claro todo. Gracias. Hay una cuestión sobre portación que me preocupa desde hace rato y no encuentro nada al respecto. Es así: Dentro de un barrio cerrado, donde los espacios comunes son en condominio y de acceso restringido solo a los copropietarios ¿se considera ilegal la portación de un arma dentro de esos espacios (fuera del domicilio pero dentro de los límites del predio)?
La verdad no tengo vista jurisprudencia al respecto pero yo iría por el lado de tomarlo como una portación ilegal. No solamente los propietarios pueden visitar esos espacios comunes sino también gente de afuera que haya entrado invitada por uno de los propietarios. Hay un uso público del espacio que te impide a vos actuar como quieras. Por regla general te diría que si estás en un lugar donde no podés estar en pelotas sin que sea exposición indecente entonces tampoco vas a poder tener tu arma en condiciones de uso inmediato sin un permiso de portación.
@@FGWagner es lo que suponía, gracias por testificarlo. En este caso no soy yo el que quiere andar como John Wayne en el barrio, sino que surgió la inquietud por parte de un copropietario de hacer "rondas de vigilancia" de vecinos con CLU (hay varios). Este señor citó la copropiedad como justificativo y yo el mismo argumento para decirle que no se puede.
En el caso de tenencia, teniendo el clu vencido no aplica el termino ilegal sino ilegitimo. Ya que el clu vencido implica una falta administrativa y no penal. Corresponde en el caso de tenencia ilegitima; informar al legitimo usuario de su situacion e invitarlo a que regularise la misma, de lo contrario el anmac mediante su entidad juridica podria realizar una INSPECCION y probable sumario administrativo dependiendo de los factores agrabantes o no. En el caso de tenencia ilegal; sin ser lu corresponderia un allanamiento y proceso penal. Esa es la diferencia. Soy lu, desde hace 20 años, estuve vencido meces y años, y cada ves que la tramite solo pagaba la multa, siempre renove. Uno no deja de ser legitimo usuario por vencimiento del termino.
El tema sería qué la tenencia y portación debe ser y y aquel que obre mal o se equivoque que pague el precio que tenga que pagar y mientras tanto el resto seguimos portando en defensa propia o de un y bueno los que no estén capacitados existen los tiros federales dónde pueden ir instruirse con un curso y ser un portador más sí todos somos portadores la delincuencia porque así no va a haber arreglo ni manipuleo
Excelente video. Estuve preso dos meses por portacion ilegal de arma de guerra, y veia como los chorros entraban y salian al otro dia. Al final me terminaron dando prision preventiva con arresto domiciliario, sigo esperando la sentencia. Supongo que me daran una condena en suspenso.
Ehh man q garron yo estoy en la misma pero me dijeron de pagar una reparacion al estado y ahi se termina todo ojala sea asi no tengo muchas ganas de ir en cana por una boludez
Podrias hacer un video sobre la legalidad de un arma traumatica ya que no entiendo bien su legalidad y apreciaria mas de uno un video sobre armas traumaticas de polvora o co2 de portacion y defensa personal saludos
hablaste en el 9:25 que dentro de un auto es portación, justamente el otro día se me vino a la mente y si tengo el auto camperizado? y es donde vivo? es mi casa? de hecho mucha gente tienen un camper donde viven o donde viajan por el país, si yo vivo en mi auto y lo tengo camperizado con todas las comodidades de un hogar y de hecho es mi único hogar, como se entendería?
Que el ANMAC meta tercera porque van a ser varios los LLUU con permisos vencidos... 5 meses para entregar una credencial... Con la excusa de la pandemia no hay mas tramites urgentes y los tiempos no se respetan.
Es una locura los artículos que castigan más a un legítimo usuario que a un delincuente. Un legítimo usuario sólo portaria un arma en calidad de defensa y un delincuente para tobar y/o matar impunemente.
Laa tarjetas del Monopoly tienen más coherencia que los sistemas legales latinoamericanos. Muy bien explicado.
muy bueno, llevo mi arma siempre encima desde que la compre en el 92.... en condicion de uso inmediato, y gracias a Dios nunca tuve que usarla, pero si me salvo 3 veces de que me asaltaran porque actue antes que el delincuente me sorprendiera......
Yo igual tengo una Astra Cub 25 en el bolsillo desde 1990 y una Bersa 23 calibre 22 en la mesita de luz cargada con Remington hiper velocidad punta hueca desde la misma fecha. Me chupa lo que dice un político o un juez. Un abrazo compatriota 🇦🇷 🫂
👍👍👍👍
Excelente explicación.
El mayor problema de una sociedad es delegar la legislación a manos de ineptos.
Muy cierto, en manos K y Zurdas no? Si fuera por del Caño, los chorros vivirían en nuestras casas y la policía no haría para evitarlo
Muy claro Germán.. Muy bueno el video.
Las armas no se deben registrar en ninguna parte, los ciudadanos tenemos todo el derecho del mundo a defendernos de "personas" que nos ataquen o hagan daño, porque no es justo que en el preciso instante que te están robando, provocando una patota de forajidos o lo que es peor que esos forajidos se le tiren encima a uno que va tranquilo por la calle y lo maten a golpes, si más de una persona llevará arma de fuego libremente, esa persona les hubiera disparado y no le podrían golpear, Por una ley de libre venta de armas y municiones, sin censura del Anmac , YAAAAA!!!😡😡😡😡😡😡
Que complicada que son las cosas en Argentina! Vivo en Usa hace años y parece literalmente otro planeta comparado a arg relacionado a las armas! Que lastima que la ley castigue al pueblo y no al delincuente!
La gente tiene que salir armada igual a la calle, ESTÁ LLENO DE CHORROS.
Buen video y didáctico..
Que tal si hicieras un video para que todo los que están en contra de las leyes que perjudican a los legítimos usuarios y civiles con credencial vencidas hacer un petitorio a algún legislador pro armas y este presente reformas a esas leyes mal redactadas ?.
Que No solo perjudican tambien benefician a delincuentes ...
En el caso de Blumberg cuando le secuestraron el hijo el tenía el dinero y no lo quiso poner, por consiguiente el hijo intento escapar y paso lo que pasó. El rompió una regla de oro en el caso de secuestro, Negocia luego paga y después roga que te devuelvan vivo a tu ser querido pero... No dejes nunca de pagar porque para agarrarlos hay tiempo. Yo creo que Blumberg fue utilizado políticamente para hacer lo que hizo.
Primero yo recuerdo hace muchísimos años el policía que tenía un arma registrada no necesitaba portación por su estado policial después esto cambió pregunto por mi ignorancia esto podría tratarse de recaudar
@@juancarloszorzoli3676 Cambio en el 94, como todo.
Excelente video la verdad que es dificil entender las leyes y como las redactan pero logras explicarlo de una manera que cualquier persona entienda , feliz de haber encontrado éste canal, saludos desde Tucumán
Excelente video maestro !! Muy claro y didáctico !!
Coincido en que si llevas un arma para tu seguridad y potencial defensa ante un agresor armado NO DEBERÍAMOS TENER CONCIENCIAS !!
NO HAY REGISTRO DE LEGÍTIMOS USUARIOS QUE DELINQUEN … SOLO SE DEFIENDEN SI ES NECESARIO. ABRAZO
Cualquier calificación superior a "excelente" es válida para tu canal. Saludos desde Villa Carlos Paz
excelente video , sos el mejor canal del tema que hay en todo youtube !
la no renovacion del carnet de tenencia es solo una falta administrativa. En la ley dice que se paga una multa. La constitucion dice que te puedes defender con lo que tengas a mano ..registrado o no.
Muy concreto y claro. Saludos.
Hola Federico.
Genial el video.
Es muy importante conocer las implicancias legales de tener un arma de fuego en casa, ya sea de forma legal, o ilegal. También sobre la portación, que es un tema aparte.
Creo que hay mucha gente que cuando compra un arma, o hereda una, no tiene en cuenta el aspecto legal; por eso está muy bueno que te hayas tomado el trabajo de explicarnos con lujo de detalles todas las posibilidades.
Estoy seguro de que la inmensa mayoría de los legítimos usuarios, y mucho menos quienes tienen en su poder armas sin registrar, nunca leyeron el Código Penal, salvo los que sean abogados, claro. Así que tu aporte, es importantísimo para quienes formamos parte de esa mayoría.
Saludos.
Muy claro. Gracias. Hay que presionar a nuestros dirigentes para que se puede tener portacion. Con recaudos, con estudios psico físicos, pero que se pueda tener.
Impecable el contenido del vídeo y la sencillez con la que explicas terminología jurídica que a veces cuesta comprender.
Tendrás información sobre "portación"? Formas, lugares y circunstancias. No encuentro mucho del tema. Gracias!
Tenés toda la razón en tu comentario algún verlo manipularon para indicarle que tenía que pedir y que
El problema es que no tenemos forma alguna de elegir legisladores más competentes. Es como si ese concepto no existiera en Argentina.
Jaja un capo como habla el conductor! Jaja
Excelente Federico!!! Impecable la explicación...
Hola Fede, mejor explicado es imposible, excelente video, como todos tus videos.
Excelente video, con muy buena informacion¡¡
Muy clara y completa explicación
Excelente video. Muy didáctico y de facil comprensión.
Te gradesco un monton el tiempo y la informacion.hace poco que soy LU y trato de asesorarme lo mas posible.pero como vos NO hay nadie que explique tan bien.muchas gracias
Muchas gracias por tu tiempo y contenido del video! realmente salvas muchas dudas que tenemos. Saludos desde Mendoza y a seguir para adelante!
Gran aporte. Saludos desde Salta Capital.
Buenisima la info...me puso al tanto de mucho que no sabia....felicitaciones
Muy bien explicado. Un detalle, si el arma esta rota no es portación ni tampoco tenencia. Necesariamente debe tener aptitud de disparo para ser arma de fuego. Por ejemplo, si le falta el percutor, no es tenencia porque no se puede disparar con ella. Otro ejemplo, tener un fusil sin cerrojo tampoco es tenencia.
En cuanto a la excarcelación, eso no es uniforme en todo el país porque depende del código procesal, que en cada provincia es exclusivo. Así que depende dónde se comete delito, el régimen excarcelatorio puede tener diferencias.
Lo último, si actúas en legítima defensa no te deberían condenar por ningún delito, tampoco el de tenencia. El tema ahí es que si matas al agresor, lo mas probable es que durante el proceso estés preso con prisión preventiva hasta que se pruebe en juicio que se dieron las tres condiciones que explicaste perfectamente. Y eso puede tardar un par de años...
Loco!! Que buen video, la verdad muy bien explicado... clarisimo, me abriste la mente con este tema que es muy importante para los legítimos usuarios y para los que tienen pensado serlo. Saludos desde Chaco.
muy bien explicado..gracias por la.enseñansa..👍👍👏👏
Muy buen video. Sin duda, falta capacidad y estar realmente interiorizado en cuanto a las leyes a votar por nuestros legisladores, para evitar tantos falencias jurídicas que se perciben en nuestro ordenamiento, no solo en lo penal. Hace falta mayor compromiso de nuestros legisladores y dirigentes, cómo también mayor nivel cultural y educativo para afrontar estos desafíos y por supuesto coherencia y sensatez para decidir en función de lo que la sociedad necesita para vivir dignamente.
Buenisimo el video! Un laburazo
Que buen video . Que claro y bien explicado . Muchísimas gracias por la información tan importante para los LU
Tremendo video fede, la verdad es un placer poder ver y escuchar con tanta claridad los que explicas!!!!!
Muchas gracias !!!!!!!
en este pais con lo dificil que es mantener un trabajo en blanco o mantener un monotributo deberian modificar esa ley de porqueria, porque uno quiere cumplir con la ley, el tema es que el estado te asfixia, y de por si la expropiacion es una violacion a la propiedad pribada, creo que lo ideal seria poder cumplir con los psicofisicos y o con declaraciones juradas para demostrar que las armas continuan en nuestro poder. hay que ver todas las alternativas posibles para que no perdamos el derecho a tener armas de manera responsable
Me gustó mucho el video, es super informativo y útil. ! Me gustaría un video sobre que armas se pueden portar en Arg. (si es que se ha modificado el reglamento de tenencia al dia de hoy).
th-cam.com/video/3sSYG_sfcmE/w-d-xo.html
Gracias Federico por tus videos, buenísimo como siempre saludos
cuántos votos tenemos los clu , tenemos que ser mas inteligentes y poner nuestros diputados y senadores.
ni siquiera asi nos van a dar portaciones
Con esto uno se da cuenta de que no es tanto la justicia en si el problema aparte de que es muy muy lenta, es partidaria políticamente (algo que debería estar prohibido para mantenerla íntegra y libre de corrupción externa), posee tb fallas en su estructura en si.., Sino que la raíz del problema está en la leyes berretas que se aprueban y con miles de fallas, la justicia no le queda otra que hacer cumplir cualquier ley de porquería que haya sido inflingida, sino estaría faltando a su deber y función pública.
Gran video, informativo y didáctico!!
Muy buen informe, acá en Uruguay con la nueva ley de urgente consideración (LUC) ahora un motivo legítimo para disparar a un agresor dentro de tu domicilio o terreno no solamente implica defender tu vida si no que es tenido en cuenta también si lo que defiendes son tus bienes materiales, lo de ser un legitimo usuario sigue similar a como "siempre fue", y ahora un policía retirado puede obtener el porte de arma corta en vía pública (siempre oculta).
Entiendo que acá en ARG sería igual ya que la ley dice "El que obrare en defensa propia o de sus derechos"
Excelente video querido...muy didactico como siempre...un abrazo
Impecable Germán!!! 👏👏
Excelente información! Muchas gracias por tu excelente trabajo!
Muy buen video! Excelentemente explicado y son dudas que todos tenemos
Saludos desde San Pedro Bs As muy bueno el vídeo saludos a todos los legítimos usuarios
Hola Federico, como siempre de tus explicaciones respecto al tema legal con las armas, son muy claras e interesantes. Me gustaría saber, si existe algún foro de debate sobre estas incongruencias respecto al enfoque y las penas entre delitos con armas de fuego, o si a vos te interesara el tema, generar un lugar virtual de encuentro para debatirlos. Saludos y gracias por compartirlo.
Blumber aprovechó para su carrera política. ya que debería ser todo el peso de la ley sobre solo los que usan armas con propósitos de robar y matar.
un legítimo usuario jamás usará un arma para robar y/o matar.
Muy bien explicado exelente trabajo 👍👍👍
Bueno, comparar portación ilegal de un LU con una picada de autos todo depende, porque lo que siempre está en discusión es si dentro de un vehiculo puedo llevar o no el arma cargada, distinto a llevarla en la cintura, siendo que el permiso de portacion pemite que la llevemos en condicion de disparo en la via publica pegada al cuerpo pero es distinto a transportarla por sí las dudas en un lugar despoblado, como tampoco es lo mismo hacer una picada en auto en una ruta donde no hay peligro inminente, por lo tanto es incomparable taxativamente.
Muy buena información bien explicada, gracias Federico!
Muy buen video y muy buena explicacion .,
Muy bueno.
Aclaró muchas dudas.
Buen informe.
Excelente explicación. Muy bueno el canal. Saludos!
Muy bueno el vídeo... Cómo siempre.
Muy claro y comparto tu opinión.
cuando tenga tiempo veré el de Milei, aunque un economista metido en otros ámbitos me causa alguna duda.
Saludos
Gran video como todos los de este canal
Muy esclarecedor, gracias!
de paso pregunto, el articulo 189bis en su segundo parrafo menciona que "la misma pena... ...diere instrucciones para la preparacion de sustancias o materiales mencionados en el parrafo anterior"
esto no alcanzaria a los youtubers con instrucciones explicitas sobre como fabricar fulminantes, polvoras, etc?
Gracias!
Excelente video
Excelente explicación, gracias!
Geniales tus videos como siempre, sigue asi!
excelente como todos tus videos fede!!
Tenés toda la razón en tu
Podrías actualizar los videos y los costos de tramites ante el anmat
excelente video! muy buen trabajo!
Genio, felicitaciones.
Si Milei gana las elecciones ojalá cumpla con lo que prometió y modifique con los legisladores a una ley más justa para los legítimos usuarios. Saludos para todos los LU.
Muy claro hacia falta un video asi
Reformulo la pregunta con más precisión para no dar lugar a erróneas interpretaciones.
Un "Libre Usuario" que tiene su "CLU Vigente", porta un arma, de "su propiedad", que está debidamente "Registrada", de ser controlado en la vía pública con su arma portada y es procesado, al finalizar su proceso o su condena y es declarado, por portación sin autorización, se le restituye su arma, si o no.
Impecable.
Estoy de acuerdo con todo menos "nada de disparar por la espalda" no hay nada en la ley que diga dónde es "legal" disparar a alguien. Lo que importa es PORQUE disparas y no DÓNDE.
Muy bien,exelente esplicacion.
Excelente explicación!!!
Excelente te felicito y agradezco por compartirlo con nosotros ....sobre tenencias de cuchillos de gran tamaño y me refiero amas de 10 cm de largo podrías darnos algún tipo de información con respecto a lo que dice la ley ???.... te mando un abrazo grande y gracias una vez más..
En la Argentina no existe ninguna prohibición respecto de las armas blancas, no importa el tamaño.
O sea, podes tener todas las que quieras (machetes, cuchillos, espadas, hachas,, etc) que no es delito, ni infracción administrativa.
Muy bueno y detallado
muy buen video
Me encantan tus videos Wagner, pero es el poder judicial sobre el que tenes que tirar la bronca, las fuerzas de seguridad hacen lo que pueden con lo que tienen (sin duda se que hay muchos malos policias) si la política no acompaña esta muy difícil que combatan la delincuencia.
Blumberg, de lo más nefasto que parió la Argentina
Excelente video.
Muy claro todo. Gracias.
Hay una cuestión sobre portación que me preocupa desde hace rato y no encuentro nada al respecto. Es así: Dentro de un barrio cerrado, donde los espacios comunes son en condominio y de acceso restringido solo a los copropietarios ¿se considera ilegal la portación de un arma dentro de esos espacios (fuera del domicilio pero dentro de los límites del predio)?
La verdad no tengo vista jurisprudencia al respecto pero yo iría por el lado de tomarlo como una portación ilegal. No solamente los propietarios pueden visitar esos espacios comunes sino también gente de afuera que haya entrado invitada por uno de los propietarios. Hay un uso público del espacio que te impide a vos actuar como quieras. Por regla general te diría que si estás en un lugar donde no podés estar en pelotas sin que sea exposición indecente entonces tampoco vas a poder tener tu arma en condiciones de uso inmediato sin un permiso de portación.
Es como el hall de entrada ,o pasillos de un edificio ,puede pasar gente
@@FGWagner es lo que suponía, gracias por testificarlo. En este caso no soy yo el que quiere andar como John Wayne en el barrio, sino que surgió la inquietud por parte de un copropietario de hacer "rondas de vigilancia" de vecinos con CLU (hay varios).
Este señor citó la copropiedad como justificativo y yo el mismo argumento para decirle que no se puede.
La ostentación de arma es punible... Te pueden clavar multas hasta por un aire comprimido si provocaste miedo en un tercero.
Hay q armarse muchachos, legal o ilegalmente, las armas no matan, la gente si...
Sos un genio
En el caso de tenencia, teniendo el clu vencido no aplica el termino ilegal sino ilegitimo. Ya que el clu vencido implica una falta administrativa y no penal. Corresponde en el caso de tenencia ilegitima; informar al legitimo usuario de su situacion e invitarlo a que regularise la misma, de lo contrario el anmac mediante su entidad juridica podria realizar una INSPECCION y probable sumario administrativo dependiendo de los factores agrabantes o no. En el caso de tenencia ilegal; sin ser lu corresponderia un allanamiento y proceso penal. Esa es la diferencia. Soy lu, desde hace 20 años, estuve vencido meces y años, y cada ves que la tramite solo pagaba la multa, siempre renove. Uno no deja de ser legitimo usuario por vencimiento del termino.
Buen video!!
El tema sería qué la tenencia y portación debe ser y y aquel que obre mal o se equivoque que pague el precio que tenga que pagar y mientras tanto el resto seguimos portando en defensa propia o de un y bueno los que no estén capacitados existen los tiros federales dónde pueden ir instruirse con un curso y ser un portador más sí todos somos portadores la delincuencia porque así no va a haber arreglo ni manipuleo
Sinceramente tu canal es el mejor de arma hablas claramente con datos feacientes
Muy bueno
En el caso de una réplica de fogueo. Con el cañón bloqueado internamente. Como sería la situación en caso de portación y tenencia de la misma?
tremendo video
Aquí en la República Dominicana hay que renovar el permiso de porte todos los años y pagar 400 Dólares al año 🇩🇴🇩🇴🇩🇴🇦🇷🇦🇷🇦🇷🇦🇷
Cualquier ciudadano sin antecedentes deberia poder tener su arma y llevarla consigo por seguridad.
Excelente video. Estuve preso dos meses por portacion ilegal de arma de guerra, y veia como los chorros entraban y salian al otro dia.
Al final me terminaron dando prision preventiva con arresto domiciliario, sigo esperando la sentencia.
Supongo que me daran una condena en suspenso.
Tremendo, que bajón che! Que bronca la tuya me imagino
Ehh man q garron yo estoy en la misma pero me dijeron de pagar una reparacion al estado y ahi se termina todo ojala sea asi no tengo muchas ganas de ir en cana por una boludez
Cómo te encontraron el arma? En el auto o portandola vos en la calle?
Hola cómo fue tu caso?
Podrias hacer un video sobre la legalidad de un arma traumatica ya que no entiendo bien su legalidad y apreciaria mas de uno un video sobre armas traumaticas de polvora o co2 de portacion y defensa personal saludos
hablaste en el 9:25 que dentro de un auto es portación, justamente el otro día se me vino a la mente y si tengo el auto camperizado? y es donde vivo? es mi casa? de hecho mucha gente tienen un camper donde viven o donde viajan por el país, si yo vivo en mi auto y lo tengo camperizado con todas las comodidades de un hogar y de hecho es mi único hogar, como se entendería?
Sigue siendo portación porque estás en lugares públicos. Es tu auto o casa rodante, pero no es tu terreno. El terreno sigue siendo público
Que el ANMAC meta tercera porque van a ser varios los LLUU con permisos vencidos...
5 meses para entregar una credencial...
Con la excusa de la pandemia no hay mas tramites urgentes y los tiempos no se respetan.
El video que todos estábamo esperando? Jajajaja