Muy interesantes todas las conferencias y seminarios de actualicese, hoy quiero expresarles una inquietud que resulta coincidencial y muy curiosa, bajo el entendido que ningún experto en sus presentaciones, cuando se refieren a las limitaciones de las rentas exentas, hace mención al mínimo legal que indica el paragrafo 1 del Artículo 206 del Estatuto tributario, seria muy importante que tuvieran en cuenta esto, por que no hay posición de la DIAN que permita interpretar el tratamiento a esta limitación. Muchas gracias.
4 ปีที่แล้ว
Saludos Daniel, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 4 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud: 1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606 2. Ingresa a nuestro canal de TH-cam y accede a todos nuestros consultorios el cual abordan diferentes temáticas th-cam.com/channels/J_uPCWfBQY5WwusMDh-RrA.html?view_as=subscriber 3. En actualicese.com/respuestas/ puedes encontrar una serie de opciones con las diferentes temáticas que abordamos y buscar ahí tu pregunta o en el buscador que tenemos disponible. 4. Nuestros consultorios en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por el mismo conferencista, aquí te compartimos el horario: Jueves (Impuestos): 9:00 a.m. Este horario está sujeto a cambios por ocupaciones del conferencista. Cordialmente, Equipo Actualícese.
amigo gracias por sus vídeos, estoy haciendo mi declaración mi duda es en mi caso yo gestiono tramites ante transito en los cuales por tramite puede salir hasta por millon de pesos pero lo que me gano por tramite son solo 80.000 el resto son pagos de transito etc yo no tengo contrato fijo ni por prestación de servicio solo liquido el tramite y la gente me consigna o me da el efectivo pues es de tu a tu, mi duda es donde debo colocar mis ingresos en rentas de trabajo o en rentas no laborales ??? yo no contrato a nadie trabajo solo y me toca declarar porq bancolombia paso el reporte a la dian que movi 75millones gracias pór su ayuda.
4 ปีที่แล้ว
Saludos Juan, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 4 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud: 1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606 2. Ingresa a nuestro canal de TH-cam y accede a todos nuestros consultorios el cual abordan diferentes temáticas th-cam.com/channels/J_uPCWfBQY5WwusMDh-RrA.html?view_as=subscriber 3. En actualicese.com/respuestas/ puedes encontrar una serie de opciones con las diferentes temáticas que abordamos y buscar ahí tu pregunta o en el buscador que tenemos disponible. 4. Nuestros consultorios en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por el mismo conferencista, aquí te compartimos el horario: Jueves (Impuestos): 2:00 p.m. Este horario está sujeto a cambios por ocupaciones del conferencista. Cordialmente, Equipo Actualícese.
Muchas gracias por la informacion muy a tiempo, tengo una pregunta respecto a pensiones, ahi un pensionado de la ONU, residente colombia esta pension no seria exenta o ahi algun tratado, gracias muy amable Dr. Gildardo Hoyos
4 ปีที่แล้ว
Saludos Dalia, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 4 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud: 1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606 2. Ingresa a nuestro canal de TH-cam y accede a todos nuestros consultorios el cual abordan diferentes temáticas th-cam.com/channels/J_uPCWfBQY5WwusMDh-RrA.html?view_as=subscriber 3. En actualicese.com/respuestas/ puedes encontrar una serie de opciones con las diferentes temáticas que abordamos y buscar ahí tu pregunta o en el buscador que tenemos disponible. 4. Nuestro consultorio en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por el mismo conferencista, aquí te compartimos los horarios: Jueves (Impuestos): 9:00 a.m. Estos horarios están sujetos a cambios por ocupaciones del conferencista. Cordialmente, Equipo Actualícese.
@ gracias por la informacion es que no pude enviarle el correo al Dr. Hoyos fue devuelto y ya que el dijo que le podiamos hacer preguntas, le agradeceria si me informara el correo nuevamente ya que esta pregunta tan puntual no le encontrado respuesta. gracias
Lástima ver a Don Hernando completamente trasbordado ideológicamente..... Que se sincere y manifieste abiertamente su apoyo al social-comunismo. Es de público y notorio conocimiento el tremendo éxito de Cuba, Corea del Norte, Nicaragua, Venezuela y Argentina.
Muy bien explicado ......esto son los profesores que necesitan las u ....felicitaciones
Excelente explicación
excelente el profesor gildardo hoyos explica muy bien.
Mis saludos y respetos al Dr. Gildardo Hoyos, excelente su pedagogía
Muy agradecida con Actualicese por el esfuerzo de mantenernos informados en tiempo real.
Súper claro , doctor, muchas gracias por compartir lo que sabe con tanta claridad, Dios lo bendiga siempre
Muy buena aclaración. excelente
exelente exposicion gracias
Excelente Doctor Gildardo. Lástima la pitadera...pero hay que ampliar lo del artículo 206 y las rentas exentas
Excelente exposición
DR GILDARLO , ME ALEGRA SALUDARLO , GRACIAS POR COMPARTIR TODO SU CONOCIMIENTO . ME GUSTARIA SALUDARLO , SI ES POSIBLE DEJAR SU CONTACTO , UN ABRAZO .
Muy interesantes todas las conferencias y seminarios de actualicese, hoy quiero expresarles una inquietud que resulta coincidencial y muy curiosa, bajo el entendido que ningún experto en sus presentaciones, cuando se refieren a las limitaciones de las rentas exentas, hace mención al mínimo legal que indica el paragrafo 1 del Artículo 206 del Estatuto tributario, seria muy importante que tuvieran en cuenta esto, por que no hay posición de la DIAN que permita interpretar el tratamiento a esta limitación.
Muchas gracias.
Saludos Daniel, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 4 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606
2. Ingresa a nuestro canal de TH-cam y accede a todos nuestros consultorios el cual abordan diferentes temáticas th-cam.com/channels/J_uPCWfBQY5WwusMDh-RrA.html?view_as=subscriber
3. En actualicese.com/respuestas/ puedes encontrar una serie de opciones con las diferentes temáticas que abordamos y buscar ahí tu pregunta o en el buscador que tenemos disponible.
4. Nuestros consultorios en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por el mismo conferencista, aquí te compartimos el horario: Jueves (Impuestos): 9:00 a.m. Este horario está sujeto a cambios por ocupaciones del conferencista.
Cordialmente,
Equipo Actualícese.
Dres Zuluaga y Hoyos, quiero expresar tres cosas, gracias, muchas gracias y muy agradecido, hasta el proximo.
amigo gracias por sus vídeos, estoy haciendo mi declaración mi duda es en mi caso yo gestiono tramites ante transito en los cuales por tramite puede salir hasta por millon de pesos pero lo que me gano por tramite son solo 80.000 el resto son pagos de transito etc yo no tengo contrato fijo ni por prestación de servicio solo liquido el tramite y la gente me consigna o me da el efectivo pues es de tu a tu, mi duda es donde debo colocar mis ingresos en rentas de trabajo o en rentas no laborales ??? yo no contrato a nadie trabajo solo y me toca declarar porq bancolombia paso el reporte a la dian que movi 75millones gracias pór su ayuda.
Saludos Juan, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 4 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606
2. Ingresa a nuestro canal de TH-cam y accede a todos nuestros consultorios el cual abordan diferentes temáticas th-cam.com/channels/J_uPCWfBQY5WwusMDh-RrA.html?view_as=subscriber
3. En actualicese.com/respuestas/ puedes encontrar una serie de opciones con las diferentes temáticas que abordamos y buscar ahí tu pregunta o en el buscador que tenemos disponible.
4. Nuestros consultorios en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por el mismo conferencista, aquí te compartimos el horario: Jueves (Impuestos): 2:00 p.m. Este horario está sujeto a cambios por ocupaciones del conferencista.
Cordialmente,
Equipo Actualícese.
Muchas gracias por la informacion muy a tiempo, tengo una pregunta respecto a pensiones, ahi un pensionado de la ONU, residente colombia esta pension no seria exenta o ahi algun tratado, gracias muy amable Dr. Gildardo Hoyos
Saludos Dalia, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 4 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606
2. Ingresa a nuestro canal de TH-cam y accede a todos nuestros consultorios el cual abordan diferentes temáticas th-cam.com/channels/J_uPCWfBQY5WwusMDh-RrA.html?view_as=subscriber
3. En actualicese.com/respuestas/ puedes encontrar una serie de opciones con las diferentes temáticas que abordamos y buscar ahí tu pregunta o en el buscador que tenemos disponible.
4. Nuestro consultorio en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por el mismo conferencista, aquí te compartimos los horarios: Jueves (Impuestos): 9:00 a.m. Estos horarios están sujetos a cambios por ocupaciones del conferencista.
Cordialmente,
Equipo Actualícese.
@ gracias por la informacion es que no pude enviarle el correo al Dr. Hoyos fue devuelto y ya que el dijo que le podiamos hacer preguntas, le agradeceria si me informara el correo nuevamente ya que esta pregunta tan puntual no le encontrado respuesta. gracias
Lástima ver a Don Hernando completamente trasbordado ideológicamente..... Que se sincere y manifieste abiertamente su apoyo al social-comunismo.
Es de público y notorio conocimiento el tremendo éxito de Cuba, Corea del Norte, Nicaragua, Venezuela y Argentina.
Le Faltó la Crisis Religiosa o Espiritual.
Excelente exposición