Buenos días. Un empleado al que le dan viáticos por ser conductor de la empresa y reporta la totalidad de las facturas por este concepto. La empresa reportó en el Certificado de Ingresos y Retenciones sólo lo que corresponde a Salarios pero las consignaciones superan el tope para declarar por estos viáticos del año 2017. Cómo se declaran los viáticos si no son ingreso para el trabajador? y Cómo se justifica la diferencia entre lo reportado en el Cert. de Ingresos y Retenciones con los movimientos reportados por el banco?
Buen día Las estampilla que descuenta la Secretaria de Hacienda por contrato de prestación se servicios se pueden deducir de la renta de trabajo? Gracias
como es el manejo de costos y deducciones para renta de dividendos para gravados y no gravados y como se identifica que sean ingresos no constitutivos de renta?
Excelente su aporte. Deseo preguntar no se hace mención a los ahorros al fomento a la construcción. Que paso con este concepto?. Muchas gracias por trasmitir sus conocimientos y experiencia.
si a la hora de hacer la suma de las rentas liquidas celulares para determinar la tarifa y por ejemplo la renta de trabajo y la renta de pension pero yo no soy pensionado. NO tengo la necesidad de realizar ninguna suma?
Saludos excelente explicacion - pregunto.... de casualidad tienes el formulario 210 en excell con todas las formulaciones para hacer los borradores de liquidar el impuesto a pagar
Muy buena presentación. Tengo una duda si el gravamen es bajo impuesto de patrimonio este debe utilizar otra tabla o cédula de las explicadas? Y cuál sería está?
buenos dias, una pregunta: en el año 2017 estuve en el exterior estudiando, tengo en Colombia como patrimonio un apartamento por valor de 170 millones y una deuda por ese valor con el FNA. para elaborar la declaracion de renta en que sistema Cedular debo registrar los intereses certificados por el FNA EQUIVALENTES A $38,231,000.00 para el año gravable 2017
Como declaro rente si mi dinero esta en exterior y nunca a llega a colombia, todo mis trabajos son en el exterior, trabajo desde mi computadora y mi capital esta en el estados unidos. ¿Como presentaría?
Saludo y muy agradecida por la conferencia. Tengo una inquietud estoy utilizando la cédula de pensionados, pero la persona posee cuenta bancaria y le descuentan el 4 x mil este a donde va en las cédulas mil gracias
hola. cuando yo hago una enajenacion de un bien (casa). Debo declararlo en en la declaracion solo por el valor de la venta o tambien debo colocar la retencion que me practicó la notaria a la hora de la venta del inmueble?
claro que debes registrar la retención que te practicaron. Esto es un anticipo al impto por la ganancia ocasional que te genere el valor de la venta del inmueble.
buenos dias Oswaldo. Gracias por el video. Por favor me podrias indicar como puedo ingresar al formulario de la DIAN un prestamo por 10 millones que me hizo un familiar?. Me aparece reportado como movimiento bancario, pero no encuentro dónde y cómo cargarlo en la declaración. Mil gracias!!
Buenas tardes, tengo esta inquietud salarios es el 25% como renta exenta, Gastos de Representación 25%,, cesantias 7% esto es =57% y la condision es el 40%?, entonces que pasa con la cesantía: se esta perdiendo porcentajes reales y que lo contempla la norma?? que se debe hacer porque los empleados oficiales le descuenta retenciones y no va alcanzar? qué se debe hacer. Gracias.
Sr buena noche, le pregunto un muchacho que estaba haciendo la rural de medicina y su contrato a término fijo a un año marzo 2017 a marzo 2018, salario 3.900.000 mensual, sabiendo que tuvo 9 meses con ese salario aunque tenía horas extras por turnos de noche, devengado cerca de 5 millones en ese turno, debe de declarar ahora en agosto?!
Si el tope de ingresos que le reporta la entidad con la cual firmo el contrato supera los topes establecidos que para el año gravable 2017 seria de $44.603.000 lo obligaria a declarar
Buenos días, quisiera que alguien me ayudará a comprender porque dicen que es mejor, que los ingresos entren en las rentas no laborales que en laborales debido al límite porcentual (40% laborales 10% no laborales), entiendo que entre mayor sea el límite es mayor el valor de costos y gastos que puedo tomar como descuento .... gracias
Hola, en el caso de ingresos generados como trader de criptomonedas independiente, los cuales fueron consignados a mi cuenta bancaria y sobrepasan el tope minimo de uvt, sobre que figura líquido esos ingresos, figuro en el rut como asalariado.
buena noche, alguien sabe que puedo hacer si un empleador me reportó en la información exógena ademas de salarios un ingreso por venta de mercancia por mas de $90.000.000 pero yo solo recibo dineros por sueldos? debo reportar esos millones en la declaración de renta o puedo omitir ese dato
Si no es correcto lo que el empleador indica, Debes acudir a tu empleador y pedir que corrija la información enviada a la Dian. Debes omitir ese dato en tu declaración.
Cordial slaudo, Cuando se habla de PATRIMONIO en una sociedad conyugan, tomo el correspondiente 50% o sobre el 100% del valor del imnueble para cada uno de los sujetos. Me explico: si tengo una casa de vale 150 millones, mi patrimonio bruto son los 150 millones, o como esta en una sociedad conyugal solo aplico el 50% de esos 150 millones, por lo tanto no seria declarante?
Excelente explicación Oswaldo gracias, que debo hacer para tener, descargar este material de su explicacion, ya me inscribi, regalarme material de este video,
Hola Maritza, gracias por el comentario, mira los videos son libres, los puedes descargar desde TH-cam, sin problema. También los puedes consultar en nuestra pagina www.omenlaceglobal.com / Videoblogs. Saludos. Oswaldo Moreno
Buenos dias, una pregunta. En 2016 aparte un proyecto de una casa de 88millones, pague 30.000.000 y en marzo del 2017 me aprobaron el credito de vivienda de 44.000.000 mas un subsidio de 14.000.000 debo declarar este año esa compra asi haya sido con credito la mayor parte?
Gracias por tan exelente conferencia. Tengo una duda: si una pención supera los 1000 UVT y es la que genera más capital en relación con las otras cedulas, en está cedula se puede generar el 25% de rentas exentas. Gracias
Hola buenos dias :) Soy persona natural Independiente (cedula laboral) Me dijeron que la deducción de costos tambien entraba en el mismo límite del 40%, eso es cierto? Para mi no tiene lógica que no se puedan deducir los gastos de mi consultorio en su totalidad por eso quiero preguntar si alguien me puede resolver esta duda. Gracias
Si no tiene 2 o mas empleados, es limitado al 40%, de lo contrario seria renta no laboral y si se puede deducir los gastos de su consultorio en totalidad.
REALMENTE ES EXCELENTE ESTA INFORMACION. Por que? el formulario de la dian cuando colocamos la extemporaneidad, dice que no se esta obligado a liquidar este Impuesto?...Gracias Jaime Mejia
Hasta donde tengo entendido, la ganancia ocasional se genera si ud. tuvo bajo su propiedad la casa por un periodo superior a los dos años. De ser asi, el impuesto por ganancia ocasional es del 10%, que seria equivalente a $5"700.000.
De otro lado, el vídeo esta muy bueno, no soy contador pero estaba haciendo mi declaración, si me puedes enviar el archivo a mi email: tecnicos3.antioquia@gmail.com se lo agradecería.
Muchas gracias,muy contenta por su conferencia.
Hola Ana Constanza, gracias por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
Muchas gracias por exponer su conocimiento para con sus colegas, excelente y clara exposición,, faltaron los soportes
Excelente vídeo me ha servido mucho. Por favor me puede informar si tiene un vídeo del mismo tema para este año 2020, por favor. Gracias
Hola Eliana, gracias por el comentario, nos encanta difundir el conocimiento, saludos
Muy buena conferencia, es enriquecedora en conocimientos.
Hola José, gracias por el apoyo, saludos Oswaldo Moreno
muy bueno gracias por la informacion
Hola Patricia, gracias por el comentario
GRACIAS POR ESTE VIDEO CONFERENCIA - ACLARE TODAS MIS LAS DUDAS SOBRE LA NUEVA DECLARACION DE RENTA PERSONA NATURAL
Hola Eduardo, gracias por el comentario. Saludos Oswaldo Moreno
saludos de Miguel y gracias por tan sencilla y excelente conferencia.
Extraordinaria conferencia, Felicitaciones
Hola Daniel Gracias por el comentario, saludo Oswaldo Moreno
Excelente la explicación bien sustentada. Muy agradecido.
Hola Fabian, gracias por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
Buenos días. Un empleado al que le dan viáticos por ser conductor de la empresa y reporta la totalidad de las facturas por este concepto. La empresa reportó en el Certificado de Ingresos y Retenciones sólo lo que corresponde a Salarios pero las consignaciones superan el tope para declarar por estos viáticos del año 2017. Cómo se declaran los viáticos si no son ingreso para el trabajador? y Cómo se justifica la diferencia entre lo reportado en el Cert. de Ingresos y Retenciones con los movimientos reportados por el banco?
Muchas gracias por la explicación, Dios lo bendiga
Hola Jessicarolina, gracias por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
Muy buen vídeo, muchas gracias por compartir sus conocimientos
Hola Margarita. Gracias por el comentario. Saludos Oswaldo Moreno
muy buena explicación, muchos puntos no los entendía y me quedo claro ahora.
Hola Yanet. Gracias por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
Muy didáctico y claro el taller.
Hola Julio. Gracias por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
Buen día
Las estampilla que descuenta la Secretaria de Hacienda por contrato de prestación se servicios se pueden deducir de la renta de trabajo? Gracias
Paso tu inquietud, a la Consultora, saludos Oswaldo Moreno
Excelente, Muy clara la capacitación. Gracias.
Hola Maria Alejandra. Muy amable por el comentario, saludos. Oswaldo Moreno
Excelente explicación. Me despejó muchas dudas.
Hola Doris. Mil gracias por el comentario. Oswaldo Moreno
Buena noche, Gracias por tan exelente conferencia. Tengo una duda el ingreso por herencia a que cedula perenece
como es el manejo de costos y deducciones para renta de dividendos para gravados y no gravados y como se identifica que sean ingresos no constitutivos de renta?
Excelente su aporte. Deseo preguntar no se hace mención a los ahorros al fomento a la construcción. Que paso con este concepto?. Muchas gracias por trasmitir sus conocimientos y experiencia.
Hola Amparo, gracias por el comentario, con respecto a tu pregunta se la enviamos al consultor, saludos Oswaldo Moreno
El artículo para procedencia de costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables en lo procedimental es 771-2. Muy buena charla.
Hola Gustavo Adolfo, gracias por el comentario. Saludos Oswaldo Moreno
Buenas tardes, muy buena exposición, mi pregunta. Los ingresos por contratos de obra y servicios, en que cédula van?
si a la hora de hacer la suma de las rentas liquidas celulares para determinar la tarifa y por ejemplo la renta de trabajo y la renta de pension pero yo no soy pensionado. NO tengo la necesidad de realizar ninguna suma?
super, excelente informacion DTB
Hola Juliana, gracias por el comentarios, saludos Oswaldo Moreno
Muchas gracias por compartir sus conocimientos. Muy oportuno.
Hola Dora Yolanda. Lo hacemos porque nos encanta este tema. Saludos, Oswaldo Moreno
muy buena presentación ... gracias!!
Hola Yobani, gracias por el comentario, nos encanta lo que hacemos, saludos Oswaldo Moreno
Excelente, tengo una pregunta, por superar el tope de patrimonio en que cedula se debe declarar? Gracias
Hola Lizeth, gracias por el comentario
Saludos excelente explicacion - pregunto.... de casualidad tienes el formulario 210 en excell con todas las formulaciones para hacer los borradores de liquidar el impuesto a pagar
Hola Samuel. El correo del consultor es rra@jezreel.com.co El te apoya con las plantillas.
Excelente, preciso y contundente, gracias por compartir su conocimiento.
Hola Ana. Muy amable por el comentario. Saludos. Oswaldo Moreno
Muy buena presentación. Tengo una duda si el gravamen es bajo impuesto de patrimonio este debe utilizar otra tabla o cédula de las explicadas? Y cuál sería está?
Hola mikang022, gracias por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
Excelente información , muchas gracias!!
Hola Diana Paola, gracias por el comentario, saludos. Oswaldo Moreno
buenos dias, una pregunta: en el año 2017 estuve en el exterior estudiando, tengo en Colombia como patrimonio un apartamento por valor de 170 millones y una deuda por ese valor con el FNA. para elaborar la declaracion de renta en que sistema Cedular debo registrar los intereses certificados por el FNA EQUIVALENTES A $38,231,000.00 para el año gravable 2017
muy buena conferencia. gracias
Hola German, gracias por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
buenas noches tengo negocio comercio y pago iva y con propiedades cual es mi cedula?
Como declaro rente si mi dinero esta en exterior y nunca a llega a colombia, todo mis trabajos son en el exterior, trabajo desde mi computadora y mi capital esta en el estados unidos. ¿Como presentaría?
excelente presentacion
que buena explicación, muchas gracias por compartir su conocimiento.
Hola José Fernando. Gracias por el comentario. Saludos Oswaldo Moreno
Excelente exposición. Gracias por compartir. Un abrazo
Hola Jeannette. Gracias por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
Excelente explicacion muchas gracias.
Hola Luis. Gracias por el comentario. Saludos Oswaldo Moreno
Una duda los intereses corrientes por manejo de tarjetas , sondeducibles así como el GMF?
Hola Karolin, puedes preguntarle al consultor jezreel.rra@hotmail.com
Muchas gracias por esta ayuda
Hola Milenita. Gracias por el comentario. Oswaldo Moreno
Saludo y muy agradecida por la conferencia. Tengo una inquietud estoy utilizando la cédula de pensionados, pero la persona posee cuenta bancaria y le descuentan el 4 x mil este a donde va en las cédulas mil gracias
Hola Ana Constanza. Gracias por el comentario.
Que buen aporte, muchas gracias
Hola Norvy. Gracias por el comentario. Saludos Oswaldo Moreno
Mucha gracias, excelente material
Hola Dora,gracias por el comentario, saludos. Oswaldo Moreno
Hola Dora, gracias por el comentario, saludos. Oswaldo Moreno
Buena charla , gracias
Hola Luis Ernesto, gracias por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
Excelente expositor. Gracias por su aporte.
Hola Alberto Julio. Gracias por el comentario, saludos. Oswaldo Moreno
Muy buen análisis, gracias
Hola Heidy. Gracias por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
MUCHAS GRACIAS POR SU APORTE.
Hola. Gracias por el comentario. Oswaldo Moreno
muchas gracias excelente informacion
Buenas tardes, una persona que termina con un CDT a 2017, por valor de $70.000.000, debe declarar???
Hola Nathalia, enviamos tu pregunta al consultor, gracias por participar, saludos
hola. cuando yo hago una enajenacion de un bien (casa). Debo declararlo en en la declaracion solo por el valor de la venta o tambien debo colocar la retencion que me practicó la notaria a la hora de la venta del inmueble?
claro que debes registrar la retención que te practicaron. Esto es un anticipo al impto por la ganancia ocasional que te genere el valor de la venta del inmueble.
Gracias por compartir su conocimiento! Muy claro todo.
Hola Katherine, gracias porel apoyo,saludos.Oswaldo Moreno
Katherine SUAREZ LONDOÑO Hola tienes email
Katherine SUAREZ LONDOÑO tienes email
buenos dias Oswaldo. Gracias por el video. Por favor me podrias indicar como puedo ingresar al formulario de la DIAN un prestamo por 10 millones que me hizo un familiar?. Me aparece reportado como movimiento bancario, pero no encuentro dónde y cómo cargarlo en la declaración. Mil gracias!!
Excelente, muy buena explicación
Buenas tardes, tengo esta inquietud salarios es el 25% como renta exenta, Gastos de Representación 25%,, cesantias 7% esto es =57% y la condision es el 40%?, entonces que pasa con la cesantía: se esta perdiendo porcentajes reales y que lo contempla la norma?? que se debe hacer porque los empleados oficiales le descuenta retenciones y no va alcanzar? qué se debe hacer. Gracias.
Hola Fernando, le enviamos la consulta al consultor, saludos Oswaldo Moreno
Hola Fernando, el correo de consultor es rra@jezreel.com.co
Muchas gracias, excelente explicación
Hola Ana Maria, gracias por el comentario. Saludos Oswaldo Moreno
EXCELENTE.... QUE BUENA EXPLICACION
Hola Angel, gracias por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
usted tiene alguna pagina donde pueda descargar esas diapositiva
Cordial saludo. www.omenlaceglobal.com/videoblogs , acá encuentras toda esta documentación. Saludos
Gracias por compartir sus conocimientos, excelente video, gracias.
Hola AnaMaria, maravilloso el comengtario, gtracias. Oswaldo Moreno
Muchas gracias Doctor
Hola Edwin. gracias por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
Sr buena noche, le pregunto un muchacho que estaba haciendo la rural de medicina y su contrato a término fijo a un año marzo 2017 a marzo 2018, salario 3.900.000 mensual, sabiendo que tuvo 9 meses con ese salario aunque tenía horas extras por turnos de noche, devengado cerca de 5 millones en ese turno, debe de declarar ahora en agosto?!
Si el tope de ingresos que le reporta la entidad con la cual firmo el contrato supera los topes establecidos que para el año gravable 2017 seria de $44.603.000 lo obligaria a declarar
Buenos días, quisiera que alguien me ayudará a comprender porque dicen que es mejor, que los ingresos entren en las rentas no laborales que en laborales debido al límite porcentual (40% laborales 10% no laborales), entiendo que entre mayor sea el límite es mayor el valor de costos y gastos que puedo tomar como descuento .... gracias
Hola Andres, el correo de consultor es rra@jezreel.com.co
Hola, en el caso de ingresos generados como trader de criptomonedas independiente, los cuales fueron consignados a mi cuenta bancaria y sobrepasan el tope minimo de uvt, sobre que figura líquido esos ingresos, figuro en el rut como asalariado.
Estamos igual que hacemos entonces?
Gracias
Gracias Rudy, por el cometario saludos Oswaldo Moreno
EXCELENTE¡¡¡
Hola Marcela, gracias por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
Gracias por sus aportes, como sugerencia porque no nos regala los soportes para descargarlos
Hola Pablo Enrique, gracias por el comentario y por la sugerencia. Saludos Oswaldo
buena noche, alguien sabe que puedo hacer si un empleador me reportó en la información exógena ademas de salarios un ingreso por venta de mercancia por mas de $90.000.000 pero yo solo recibo dineros por sueldos? debo reportar esos millones en la declaración de renta o puedo omitir ese dato
Si no es correcto lo que el empleador indica, Debes acudir a tu empleador y pedir que corrija la información enviada a la Dian. Debes omitir ese dato en tu declaración.
Muy didáctico.
Hola Yusti, gracias por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
Cordial slaudo, Cuando se habla de PATRIMONIO en una sociedad conyugan, tomo el correspondiente 50% o sobre el 100% del valor del imnueble para cada uno de los sujetos. Me explico: si tengo una casa de vale 150 millones, mi patrimonio bruto son los 150 millones, o como esta en una sociedad conyugal solo aplico el 50% de esos 150 millones, por lo tanto no seria declarante?
Si yo realizó la consignación en efectivo a una cuenta que no sea mía estoy obligado a declarar por ese valor
Y a pagar un valor por el mismo?
Hola Geiner, le enviamos la pregunta al consultor nos envias tu correo.
Gracias.
Geiner, si nos envías tu correo te podemos responder. saludos
Excelente explicación Oswaldo gracias, que debo hacer para tener, descargar este material de su explicacion, ya me inscribi, regalarme material de este video,
Hola Maritza, gracias por el comentario, mira los videos son libres, los puedes descargar desde TH-cam, sin problema. También los puedes consultar en nuestra pagina www.omenlaceglobal.com / Videoblogs. Saludos. Oswaldo Moreno
Buenos dias, una pregunta. En 2016 aparte un proyecto de una casa de 88millones, pague 30.000.000 y en marzo del 2017 me aprobaron el credito de vivienda de 44.000.000 mas un subsidio de 14.000.000 debo declarar este año esa compra asi haya sido con credito la mayor parte?
Jeisson Rodriguez si, las compras valen lo mismo, sea a crédito o no.
Gracias por tan exelente conferencia. Tengo una duda: si una pención supera los 1000 UVT y es la que genera más capital en relación con las otras cedulas, en está cedula se puede generar el 25% de rentas exentas. Gracias
Hola Jose Ramiro. Gracias por el comentario, le enviamos la consulta al Consultor. Saludos Oswaldo Moreno
excelente....
Si es posible hacer un ej:didactico
OK. saludos
LUIS HURTADO MACA En ayuda renta se aprende rápido.
Gracias miy bueno
una persona con una farmacia que sistema cedular es, y un ganadero ? gracias
Hola Santiago, el correo del consultor es rra@jezreel.com.co
Saludos seria bueno que adjunto a esta muy buena charla adjuntaras materia didáctico en pdf o en otro archivo
Hola Gustavo, gracias por la sugerencia, saludos Oswaldo Moreno
Gustavo Alonso Simancas Romero ayuda renta es muy bueno para aprender.
Gracias. Excelente .
Hola buenos dias :) Soy persona natural Independiente (cedula laboral) Me dijeron que la deducción de costos tambien entraba en el mismo límite del 40%, eso es cierto? Para mi no tiene lógica que no se puedan deducir los gastos de mi consultorio en su totalidad por eso quiero preguntar si alguien me puede resolver esta duda. Gracias
Si no tiene 2 o mas empleados, es limitado al 40%, de lo contrario seria renta no laboral y si se puede deducir los gastos de su consultorio en totalidad.
Hola, el correo de consultor es rra@jezreel.com.co
REALMENTE ES EXCELENTE ESTA INFORMACION.
Por que? el formulario de la dian cuando colocamos la extemporaneidad, dice que no se esta obligado a liquidar este Impuesto?...Gracias Jaime Mejia
Felicitaciones.Y mil gracias. Si creara un ejemplo en excel .Miles de personas se lo agradecerian
Hola Juan. Muy amable por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
juan alarcon se puede acudir a ayuda renta, es un excelente programa para hacer la declaración de renta.
EXCELENTE..GRACIAS
Hola Nubia, gracias pr el comentario, saludos. Oswaldo
Esa renta presuntiva es obligatoria llenarla así la persona devengue mas de lo que tiene en su patrimonio bruto?
Excelente explicación
Hola Lina, gracias por el comentario. Saludos Oswaldo Moreno
excelente
Hola Deicy, gracias por el comentario, saludos Oswaldo Moreno
Vendi una casa por 120 millones y el avaluo casatral es de 63 millones ,hay ganancia ocasional
Hasta donde tengo entendido, la ganancia ocasional se genera si ud. tuvo bajo su propiedad la casa por un periodo superior a los dos años. De ser asi, el impuesto por ganancia ocasional es del 10%, que seria equivalente a $5"700.000.
una loteria es renta de capital
Los mas jodidos, los contratistas de prestación de servicios...
pero pueden tomar gastos y deducciones al 100% en cambio las laborales estan limitadas al 40%
El DAS ya no existe...
De otro lado, el vídeo esta muy bueno, no soy contador pero estaba haciendo mi declaración, si me puedes enviar el archivo a mi email: tecnicos3.antioquia@gmail.com se lo agradecería.
Hola Rudy, solo puedes verlo por el video, saludos Oswaldo Moreno
Muchas gracias por compartir sus conocimientos. excelente video.