SUBSIDIO AL EMPLEO 2024 CÓMO CALCULARLO | TODO LO QUE DEBES SABER
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- เผยแพร่เมื่อ 30 เม.ย. 2024
- El día de hoy se publicó en el DOF el decreto para el subsidio para el empleo que entra en vigor el 1 de mayo de 2024. Aquí te platicamos todos los detalles
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Muchas gracias! Siempre un paso adelante!
Gracias por mantenernos al tanto mi Conta!!
Saludos.
Contador al empleado 3 por qué se le calcula retención y se le aplica el subsidio? Es de salario mínimo y a estos trabajadores no se les hace retención alguna, por lo tanto no les aplica el subsidio tampoco. Es correcto??
El salario mínimo está en 248.93 a partir de 248.94 ya aplica la retención. Es correcto lo que menciona
Excelente Aporte, gracias por la Información
¡Gracias por la información!
Gracias
Gracias por la información
Gracias contador, está excelente y claramente explicado para nosotros los simples mortales, muchas gracias.
Excelente, excelente información
Excelente, muchísimas gracias por compartir
Gracias por la actualización
Gracias,si un empleado gana 9,000 entonces,tiene subsidio y por lo tanto su retencion,es menor y esa cantidad se la descuento a su pago mensual.Gracias.Mil gracias por tenernos actualizados.
Gracias por la info
Gracias por la información contador, fue muy calro , espero el en vivo, salufos.
Pero a lo de salario mínimo no hay retención de ISR menos subsidio
Saludos May
Excelente explicación,
Excelente explicación, los noministas estarán a marchas forzadas wow, esto no nca acaba 😢... Gracias por la claridad al explicar
es lo interesante compadrito
Muy buena la información, ¡Gracias!
Contador, buena tarde. Disculpe la pregunta, no es de este tema, no encontre otro apartado. Quiero elaborar una factura de persona fisica, regimen incorporacion fiscal (arrendamiento ) a una persona moral. El problema cuando selecciono retencion de ISR al querer guardar, no me acepta, me indica que debo registrarlo. Ingrese a configuracion basica, avanzada no encontre algun apartado para registrar la retencion. ¿puede decirme si estoy equivocado lo que trato de hacer, como puedo registrar dicha retencion? Gracias de antemano.
en el cfdi, el salario va en la parte de ingreso gravado? entonces para que quede registro, debo poner todo el isr en deducciones y en subsidio solo el que corresponda?
Que de la no retención de isr a quienes solo obtienen el salario mínimo?
Excelente, tengo una duda, en el caso de los salario minimos resulta un ISR a cargo, se les deberá retener ?
Para timbrar la nómina directamente en el SAT como funciona? Tengo que agregar los conceptos de iSR y subsidio al empleo?
@JUAN son los mejores
hola conta, bonita tarde al momento del llenado de nomina en el portal del sat, se colocara solo el isr ya con subsidio disminuido ?
Si tiene algunas otras percepciones como horas extras, compensaciones estas se toman en cuenta para el paga del subsidio?
hola , que efectos tiene contabilizar primero los cargos y después los abonos?
Hola, gracias por el dato, esto indica que los ajustes mensuales al subsidio ya no se aplicarán?
Y que pasa en los CFDI’s detallaremos por concepto el ISR a cargo y el Subsidio aparte o ya se refleja él NETO?
Tengo la misma duda, lo encontraste en algun lado?
Que onda Lic. @Contador Contado oye que pasa si mi empleador en este mes de mayo no me aplicaron el subsidio?? Y que puedo hacer para que se me aplique
donde menciona el tope de 9,081 "sobre los ingresos mensuales que sirvan de base para calcular el impuesto", entonces el tope es sobre *ingresos totales* o solo sobre la base gravable
el escrito solo se solicita por parte del patron a los empleados que le apica el sube?
ok entonces si mi nomina sale quincenal seria 192.49 ese subsidio aparecería en la nomina quincenal verdad?
Entonces en el ajuste mensual, si el ISR mensual resulta menor que la suma de las retenciones efectuadas en el mes, no habría retención en la última semana??
Muchas gracias Contador excelente video
Una duda
El art 96, donde dice que el SM mensual no se le cobra impuesto queda obsoleto?
Y que pasa cuando se paga semanal, y en los meses que son 4 semanas si aplica el subsidio y cuando son 5 semanas ya rebasa la cantidad para aplicar el subsidio?
Te recomiendo que veas el video del profe Mario Beltran, en una parte explica tu duda
Quiero entender que el cálculo se realizará de manera mensual, sin embargo en el caso de los trabajadores semanales que por ejemplo se les retiene un ISR de 147.00 se les va a retener a partir de la tercera semana para que pueda cuadrar o se les aplicado en la última semana sobre los 147 que se les retiene actualmente
Una duda, con esta nueva disposición desaparece el ajuste al subsidio ?
GRACIAS, para en caso de finiquitos cual sería el tratamiento?
aplica igualmente de forma mensual
una pregunta y para las nominas semanales ?
hOLA hASTA Q SUELDO MENSUAL SE TIENE DERECHO A SUBSIDIO?.... 9,000?? DE ANTEMANO GRACIAS
En mi nomina no salio nada solo el isr de $179 ,es semanal
Pero los 9081 pesos es de todas las percepciones? O solo de lo que si grava ISR? O exclusivo del sueldo? Eso me tiene pensando
Si a mí me descuentan 170 de isr cada semana y ganó menos de 9081 pesos mensuales en cuanto me tiene que quedar ?
Solo un detalle no es la cantidad que mencionas de 9,000.82 centavos (min. 15:47) , son 9,081.00 pesos cerrados
Ya casi al final del video lo corrige 😊
Gracias contador ¿ Podría darnos un ejemplo para las nominas semanales en un video corto? y por lo que veo los trabajadores de salario mínimo tendrán ISR a pagar aún con este nuevo SPE ¿ Es así? o se seguirá aplicando que a trabajadores de salario mínimo no se hará retención.
ISR de las percepciones ordinarias:
1,740.00 Percepción ordinaria a la fecha
/ 7.00 X 30.40 = 7,556.53 Percepción ordinaria mensual estimada
= 7,556.53 Percepción total mensual estimada
Tarifa del ISR:
371.83 + 133.22 Cuota fija + impuesto marginal
= 505.05 ISR mensual
/ 30.40 X 7.00 = 116.27 ISR ordinario a la fecha
Tabla del SUBEM:
390.12 SUBEM mensual
/ 30.40 X 7.00 = 89.81 SUBEM del mes a la fecha
ISR a retener:
116.29 ISR ordinario a la fecha
- 89.83 - SUBEM a la fecha
= 0.00 No se retiene ISR a empleados del salario mínimo.
- 0.00 - Retenido en nóminas anteriores en el mes
= 0.00 ISR a retener
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x2
Está mal no retenerle ISR a los que ganan el salario mínimo. Lo correcto es hacer la retención, debes estar interpretando mal el artículo 96 de la LISR
@@seleiivaPero a l mismo tiempo es mínimo y no debería retener ISR
La pregunta es el Salario Mínimo General según la Constitución no debe ser objeto de descuento o retención alguna. Es correcto?
Atenta al vídeo del cálculo de nómina 2024 gracias
X2
que pasa con los empledos que ganan salario mínimo, que no se descuenta isr, a ellos tambien hay que agregar el subsidio?
En teoría no debe aplicarse porque no debe de ser considerado como ingreso. Y lo que explica en el minuto 8:10 complementa, si el ISR es menor al subsidio este no podra sumarse o entregarsele al trabajador
Que tal yo tengo una duda, que pasa con las horas extras y los días festivos que aumentan nuestro ingreso arriba de los 9081 pesos perdemos en automático el subsidio???
Hola , tengo un cliente que trabaja en el gobierno y en Sanborns, sufre mucho porque este país le dió $10,000. Apagar con $32,mil de deducciones , en este caso, le afecta esto nuevo del subsidio?
En mis nominas me descuentan entre 250 y 282 de Isr al mes son 500 de isr entonses si me tocaria ese subsidio
En caso de la nóminas semanales, se seguirá aplicando el ajuste a la 4ta o 5ta sem según corresponda?
O ya se manejará fijo por semana?
Según sería por semana no?
Entonces, por lo que entiendo no voy a recibir dinero por subsidio, pero mi salario se verá incrementado porque ya no se me descontará el ISR? O estoy entendiendo mal y en caso de que mi ISR sea mayor solo me retendrán lo que corresponde tomando en cuenta lo del subsidio
BUENAS TARDES CONTADOR, ALGUN NUMERO DE CONTACTO PARA SOLICITAR UNA ASESORIA, LE AGRADEZCO DE ANTEMANO
que pasa cuando pagas prima vacacional o vacaciones en la mitad del periodo?, concepto que solicita el trabajador en forma inesperada
Entonces este subsidio solo sera mensual ?
Muy interesante tu explicación, sin embargo, en el caso del salario mínimo para el presente año (2024) existen dos salarios diferentes, quiero entender que al del Resto del País se le aplicará el subsidio, pero en el caso del salario mínimo de a zona Libre de la Frontera Norte, no se le aplicara subsidio alguno. Muchas gracias.
Excelente aportación Conta, sería bueno un ejemplo de una nómina semanal o quincenal ¿este factor de subsidio 390.12 sería hasta agotarlo, en caso de nóminas quincenales o semanales?
No, esos 390.12 mensuales se dividen entre 30.4 y el resultado lo multiplicas por los días de trabajo de tu nóminas, es decir, si tu nomina es semanal por 7, si trabajas catorcenal por 14, lo que resulte seria el subsidio proporcional aplicable de acuerdo a tu nomina. Reitero, es por los días de tu nomina, no por lo días que trabajo el empleado
Que pasa si solo gano, 2300 semanales, es decir si no estoy trabajando la semana completa.
Que tratamiento le das a los que no se les retiene isr por ganar salario minimo según el art. 96 el subsidio suma al total?? Por qué aquí vemos que si retienes isr al minimo
HOLA ¿esto como le afecta a las personas que estan en REsico?
si se paga el salario minimo, tienes el criterio de no retener isr, ya que veo que en el ejemplo si se retienen 116.00 saludos
yo tambien tengo esa duda, me confunde le aplico la retencion de isr o no, ojala el conta nos explique
Buenas tardes en mi empleo no nos han dado el subsidio
Esto afecta los. Descuentos de infonavit
Los programadores no van a cambiar la configuración hasta que el sat publique las regla
Ya saqué dos nominas de Mayo, qué pasa si no configure esto ?
Buenas tardes contador, un gusto saludarlo y agradecerle que comparta tan claramente sus conocimientos. Respecto a este nueva forma de calcular el subsidio, aplica también para las personas que ganan el salario mínimo?
aplica para todas las percepciones que sirvan d e base para calculara el ISR, el salario minimo ESTA GRAVADO
No tenía idea de este cambio y mañana tengo una nómina.....
Entra en vigor para el 1ro de mayo, es decir hasta mayo
Si, el pago de nómina semanal y ya hay que aplicarlo y los sistemas de nómina no tienen este parámetro establecido
@@jairomotasantos1905 en la primer nómina de mayo, solamente si no vas desfasado
entiendo que si pagas de forma mensual entraria para la quincena del 01 al 15 de mayo
@@rodrigogomez8532 yes
Excelente explicacion!!!! que barbaro felicidades, saludos.
Muy claro el video, aunque aun me intrga como va a queddar el ajuste al subsidio, o va a desaparecer?
Pues ya no estaría, porque tendria vigencia el nuevo subsidio y solo será aplicado a quienes sobre pasen el SM. Ya no existirá a como entiendo el Subisidio a favor. Está en el art. Segundo del decreto
para el tema de los asimilables por salarios tambien aplica el subdisio o solo hay que retenerle el isr?
x2
SOLO ES CIEETOS CASOS, TRABAJADORES DEL ESTADO PAGADOS VIA ASIMILADOS
Buen día, tengo una duda, si se trata de un trabajador con salario minimo, sigue igual tratamiento? no genera ISR ??
genera ISR a cargo, pero no se retiene a partir de 1 de mayo x el efecto del aplicar el decreto y antes del 1o de mayo 24 , por el art. 96 1er. parrafo de la ley de ISR
que pasa si tengo dos trabajos, en uno gano menos de 9000 y en otro más de 10000, aún así aplica subsidio para el de 9000?
DUDA POR FAVOR !!! 🙏🏽
Tengo dados de alta a empleados con el Salario MÍNIMO , el pago que hago a IMSS ya me incrementó por lo del incremento a salario mínimo tengo entendido hasta ahí ,
Me informa mi conta que tengo que cobrarles a mis empleados ahora los casi $200 al mes , ? pero si están con el salario mínimo aplica esto ? O sea ya es inevitable entonces ?
Y este pago de ISR me llegará en un recibo a parte de lo del IMSS ? Es lo que no entiendo 😩😩😩
Y que pasa con el ISR de los accionistas qué están por asimilados
a ellos nunca se aplica el subsidio y sigue igual
Gracias por la información, tengo una duda, yo pago de manera semanal y hay meses de 4 semanas que muchos de los trabajadores obtendrían el beneficio del subsidio, pero hay meses de 5 semanas, se hará ajuste al fin de mes o será mejor dividir el subsidio entre 30.4 y multiplicarlo por 35 días, gracias
buenas tardes, no es correcto.
En el supuesto dónde el ISR es menor que el subsidio y que la diferencia no se aplica a favor, ¿Cómo lo podriamos contabilizar los empleadores? Gracias
ya no hay subsidio a favor y ni se les va entregar al trabajador, el beneficio es en ISR hasta 390 pesos
Buenos dias
APLICAR UN EJEMPLO DEL SUBSIDIO
NO LES DES TANTAS VUELTAS.
TIENES UN GRAN AUDITORIO DE CONTADORES
EN EL PAIS.
Tengo una nomina con percepciones por conceptos aparte del Salario (Premios de Puntualidad y Asistencia, e.t.c.), mi duda es ¿Debo acumular todos los conceptos de tipo percepcion para determinar la base del subsidio y aplicar el tope? o ¿Unicamente se toman las percepciones por concepto de sueldo? Saludos.
SOLO INGRESOS GRAVADOS
Tampoco aplica para los finiquitos (partes proporcionales)?
solo exceptua por indemnizacion y pagos por separacion, podriams decir que puede ser aplicable para los conceptos de prima vacacional y aguinaldo
Y cuando van adar ese subsidio al trabajador ??
Hola, yo tenia entendido que no se le podia retener isr aun sueldo minimo, por lo menos en mis cuentas en la nomina de un empleado con sueldo minimo no le retiene nada ni imss. Entonces si deberia retenerle?
ES A CRITERIO DE LA EMPRESA, FUNDADO Y MOTIVADO, POR QUE TIENE SUS AFECTOS
Que pasa si en una liquidación entrego gratificación grabada y ya con eso supera los 9,000 mensuales, se entrega subsidio?, ya que indica que son los ingresos que sirven para base
LAS GRATIFICACIONES NO APLICA SUBSIDIO
Buen día contadores. Tengo una consulta. ¿Es correcto que si un trabajador gana el salario minimo (248.93), no se le tiene que retener?, de acuerdo con el articulo 96 de LISR
no se le efectua retencion , ya mencionaste el fundamento legal
Hola buen dia, si en un mes de 31 , hago una nomina de 15 y otra de 16 dias, y la tarifa la prorrateo a 16 dias y el subisidio tambien puede ser a 16 dias, pero la suma de los dos subsidios de las 2 nominas rebasan los 390.12 , puede ser factible ? gracias
Para 15 dias serian 192.49 pesos y para 16 dias serian 205.33 pesos
por ahi del minuto 10:25 dice que es por los días trabajados pero no es por los días de trabajo, dice por los días a que corresponde el periodo de pago, si fuera por los días de trabajo la aplicación fuera diferente, porque si me pagan quincenal fera de 15, pero si de ese pago quincenal solo fui a trabajar 12 dias ¿por cuantos días se multiplica por 12 o por 15 segun su ejemplo? ya ven que ya cambia
Yo también me quede con esa duda, ojalá que alguien nos aclare. Saludos
Les recomiendo al Contador Mario Beltran
Entonces el salario minimo no tiene derecho a subsidio porque no hay retencion de isr
Buenas tardes yo cobro por semana y isr me están descontando si supuestamente entro este primero de mayo y cobro el minimo
SON CRITERIOS VALIDOS DE LAS EMPRESAS, SEGURAMENTE EN EL AJUSTE ANUAL DE SALARIOS, Y NO TE SALDRIA NADA A PAGAR, ES MEJOR QUE TE DESCUENTEN EN LA QUINCENA, QUE EN UN SOLO PAGA EN EL MES DE DICIEMBRE, ES MI OPINION PERSONAL, NO ES VERDAD ABSOLUTA
Yo travajo en una compañia por temporada de diciembre a mediados de abril y gano de $7 a $8 quincenal
NO APLICA
que compone la base de los 9081? es gravable resultante o es por sueldo del empelado mensual, diario por 30.4? , que pasa si ganan sueldo minimo y no tienen isr, se les da todo el subsidio o no se les da nada?, que pasa si mi isr es menor al subsidio y entro en supuesto, te cobro normal isr o como sería?, que se manda en nodo de causado en xml del sat
?
no se le entregara subsidio al trabajador si es mayor al isr, el subsidio seria cero a entregar
El primer párrafo del artículo 96 de la LISR no se modificó, por lo que supongo que estos trabajadores siguen sin retención. Puede apoyarme?, vi en las diapositivas que si hay cálculo, pero no estoy segura.
Sigo averiguando 😢
A lo que entiendo es que algunos empleadores dan algunos pagos extras. Y ya no se consideran salarios min. porque en el mes estan obteniendo un ingreso mensual mayor al considerado. Para esos se aplicará en subsidio de los 390.
En el ejercicio que nos muestra hay un ejemplo entre los trabajadores 3ero (que por ser SM no tendria que tener ret) y el 4to ya sobre pasa un poco el SM y ya aplica para el subsidio
@@AlexisBaszler es lo que veo tambien, en su calculo para un Salario Minimo le esta dando ISR a cargo de 116.12 a retener, pero en el articulo 96 LISR dice que no hay que retenerles ISR a los que ganan SM, entonces si tengo esa confusión tambien, con esta modificación los que no se les retenia isr ahora ya vamos a retenerles
@@user-bp4df7ev7y No, si es salario min. no se les debe retener. Solo que algunos salarios min durante el mes estarían recibiendo ingreso extra por lo que segun el art 96 ya su ingreso no se considera SM.
los 9,081 son sobre la base gravable...supongo.🤔
supones bien, asi lo marca el decreto. saludos
En el ejercicio empleado 3 tiene salario mínimo, no tendria porque tener ret de isr o si?
Muy buena explicación. Que pasa con el ajuste mensual de subsidio aplicado, ¿se seguirá haciendo?
por lo que entendí, lo tienes que aplicar por los días que pagas, si tiene faltas aplicas lo proporcional en ese período que estas calculando (14,13,12 días los que fueran), por lo tanto no tendría que hacerse un ajuste.
Gracias por la información, lastima que yo no voy a disfrutar del beneficio, saludos contador
Tengo que hacer nómina semanal jueves 2 de mayo. Pero aún no tengo cartas de los trabajadores, y tampoco está publicado las reglas del SAT para su correcta aplicación. Tengo que aplicar ya para ésta nómina la mecánica del subsidio a los trabajadores?? Sin que exista la publicación del SAT para el correcto manejo??
Estoy igual
@@lauraaliciaantunezgarcia6956 ojo el quintó capitulo del decreto indica que el Sat emitirá reglas para su cálculo.
Además indica que debemos solicitar a los trabajadores una carta, en caso de tener más de dos patrones, para saber que patrón le va aplicar el nuevo subsidio y evitar la duplicidad con otros patrones que tenga el trabajador.
En mi opinión, para está semana debemos realizar el cálculo como habitualmente lo hacemos, de cualquier manera debemos ajustar en la última nómina de mes... Es mi opinión
Yo estoy igual. Buenos puntos ambos.
Si gana el mínimo se le calcula impuesto como está en el ejemplo y en donde queda que salario mínimo no se le. retiene nada ?
al salario minimo si se le retiene
Si adicional a su salario diario, recibe ingresos por prevision social o bonos dentro del mes... Y exceden los 9082 ya no se le aplica subsidio tampoco??
es sobre base gravable, no entrar las partidas exentas de ISR