Errores en la autorizacion al alcalde para contratar

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  • เผยแพร่เมื่อ 11 มิ.ย. 2017
  • ¿Por qué los concejos municipales se equivocan a la hora de autorizar al alcalde para contratar? En este video analizamos las razones jurídicas y jurisprudenciales por las cuales, la gran mayoría de los concejos municipales, cometen errores a la hora cumplir la función de autorizar al alcalde para contratar y cuál ha de ser el camino correcto a seguir.
    Enlaces relacionados:
    Sentencia C-738/01: www.dropbox.com/s/3rf4jhfpsnf...
    Concepto radicado 2215 del 9 de octubre de 2014:
    www.dropbox.com/s/znkdwbxyk8j...
    Concepto radicado 2238 del 11 de marzo de 2015:: www.dropbox.com/s/aiymlpv0zje...
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ความคิดเห็น • 26

  • @PodermunicipalCo
    @PodermunicipalCo  3 ปีที่แล้ว

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  • @hectorbarrera6491
    @hectorbarrera6491 หลายเดือนก่อน

    Dr una pregunta,en un municipio de sexta,dónde su presupuesto actual(vigencia 2024-2027)un alcalde solicita un crédito de el 40 por ciento del mismo,20 500millones,sin plan de desarrollo aprobado,ni presentado al momento de presentar el acuerdo,sin POAI aprobado ,sin proyectos planes ni programas,que otros requisitos técnicos ,jurídicos y financieros ,necesita el acuerdo?para mi es injustificada la deuda habiendo otras necesidades y la deuda para un municipio de esta categoría.??

  • @alcidesbernaterojas4193
    @alcidesbernaterojas4193 หลายเดือนก่อน

    Excelente aclaración al macó legal de facultades para contratar.
    Tengo una pregunta: Los días Domingo y festivos, son días hábiles para las sesiones del concejo o so no cuenta como días hábiles?

  • @fabianrodriguez763
    @fabianrodriguez763 7 ปีที่แล้ว +1

    Muy interesante y claro, doctor Peña. ¡Gracias por su aporte al tema de la administración municipal!

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  7 ปีที่แล้ว

      Muchas gracias doctor Rodríguez por su comentario.

  • @josehilarioortizarrigui6859
    @josehilarioortizarrigui6859 ปีที่แล้ว

    Buena noche, cuales normas o leyes están por encima de la constitución, si bien es sierto el congreso expide las leyes de acuerdo ala constitución, una ley no deroga la carta. Magna por la cual nos regimos los colombianos (@)

  • @josearmel7646
    @josearmel7646 ปีที่แล้ว

    Muchas gracias Dr. Peña.
    La duda es frente al tiempo de las facultades extraordinarias o Pro Tempore, ya que usted mencionaba 6, 12, 18 meses, que estaría muy acorde con el artículo 150 numeral 10 de nuestra Constitución Nacional.
    En ese sentido y dada la naturaleza de estas facultades, se pueden extender un poco más y hasta ahí estaría dentro del marco de la legalidad, pero que ocurre cuando ¿Se otorgan por 48 meses? Los cuales se inician desde el comienzo de mandato del Alcalde y terminan con su periodo de mando, sin que se les haga control político a las obras, renunciando de esta forma los señores concejales a sus funciones constitucionales y legales.
    Muchas Gracias.
    Quedo atento.

  • @wilsonmendoza6719
    @wilsonmendoza6719 5 หลายเดือนก่อน

    Uffff excelente explicación me surge una duda, ¿ los concejales que van a terminar su período constitucional pueden otorgar facultades al alcalde entrante, sin que dichas facultades puedan ser modificadas por los concejales electos para el nuevo período?

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  2 หลายเดือนก่อน

      Cordial saludo. No es habitual que los concejales salientes otorguen facultades al alcalde entrante; pero, nada impide que lo hagan. Sin embargo, como en derecho las cosas se deshacen como se hacen, los nuevos concejales pueden revocar el acuerdo que concedió tales facultades.

  • @kelyjhoanamunozluna7443
    @kelyjhoanamunozluna7443 2 ปีที่แล้ว

    Dr. una consulta: Que pasa si el Concejo no ha reglamentado mediante Acuerdo la autorización al alcalde para contratar.

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  2 ปีที่แล้ว +1

      Kely, gracias por comentar. Si el concejo no ha reglamentado la autorización al alcalde para contratar no significa que éste no pueda celebrar los contratos necesarios para ejecutar el plan de desarrollo y el presupuesto. Pero, el concejo no podrá autorizar al alcalde ´para celebrar aquellos contratos especiales de los que hablamos en el video, pues, para ello, debe reglamentar primero el trámite de dichas autorizaciones.

  • @miguelechavez3040
    @miguelechavez3040 4 ปีที่แล้ว

    EXCELENTE EXPLICACIÓN. ME SURGE UNA PREGUNTA: ¿EL CONCEJO PUEDE AUTORIZAR DIRECTAMENTE AL ALCALDE PARA REALIZAR CRUCE DE CUENTAS O TAMBIÉN DEBE ESTAR REGLAMENTADO EN EL ESTATUTO ORGÁNICO TRIBUTARIO DEL MUNICIPIO? ES DECIR, REALIZAR UN PROYECTO DE ACUERDO INTERNO DONDE SE REGLAMENTE LA AUTORIZACIÓN AL ALCALDE. MUCHAS GRACIAS!!!

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  3 ปีที่แล้ว +1

      Miguel, gracias por su comentario. Para autorizar al alcalde para realizar un cruce de cuentas será necesario tramitar un acuerdo concreto que así lo disponga, en ejercicio de lo dispuesto en el artículo 196 de la ley 1607 de 2012, la cual se aplica a los municipios por mandato del artículo 5 de la ley 1066 de 2006.
      Como ejemplo puede ver el siguiente acuerdo: sampuessucre.micolombiadigital.gov.co/sites/sampuessucre/content/files/000452/22598_acuerdo-002.pdf.

  • @JorgeMunoz-lc2yy
    @JorgeMunoz-lc2yy 9 วันที่ผ่านมา

    Se puede modificar un proyecto de acuerdo que baja el alcalde.
    Teniendo encuenta que hunden el que baja el alcalde y aprueban el que ellos modifican.
    Esto se puede.

  • @carlosbetancourt9693
    @carlosbetancourt9693 3 ปีที่แล้ว

    Dr Miguel Peña, Buenas noches soy concejal del Municipio de San Sebastian de Mariquita( Tolima), me intereso mucho el tema que expuso. Me gustaria que me regalara el Formato para el Acuerdo de la Reglamentacion de la Contratacion .mil y Mil Gracias

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  3 ปีที่แล้ว +1

      Carlos gracias por su comentario. En relación con el modelo de acuerdo reglamentado la autorización al alcalde para contratar, en el siguiente enlace encontrará un buen ejemplo. Sin embargo, le aconsejo una búsqueda en Google donde encontrará mucho material sobre este tema.
      concejo-municipal-1.micolombiadigital.gov.co/sites/concejo-municipal-1/content/files/000023/1105_acuerdo-007-2019.pdf

    • @carlosbetancourt9693
      @carlosbetancourt9693 ปีที่แล้ว

      @@PodermunicipalCo muy Oportuno su Apoyó claro y Conciso Dios le Bendiga.

  • @nelsonlagoscarrero6820
    @nelsonlagoscarrero6820 7 ปีที่แล้ว

    BUENÍSIMO. Concejal de Chinácota. Norte de Santander. Oportuno para el momento.

  • @jhonfdecorrea6326
    @jhonfdecorrea6326 6 หลายเดือนก่อน

    cálido saludo. Muy interesante el tema, creo que esos errores se cometen muy frecuentemente. por otra parte, le quiero preguntar ¿si un ciudadano es elegido concejal sin haber renunciado a la presidencia de la Junta de Acción Comunida, le da para inhabilidad? Agradezco su respuesta.

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  6 หลายเดือนก่อน +1

      Cordial saludo y gracias por su comentario y por su consulta.
      La respuesta a su pregunta es, no. No existe norma que establezca el ejercicio de la presidencia de una junta de acción comunal como causal de inhabilidad para ser elegido concejal. Sin embargo, se debe tener en cuenta que si el concejal una vez posesionado continúa como presidente de la JAC inhabilita a dicha junta para celebrar contratos o convenios con el Estado, en razón de la incompatibilidad que sobre él recae como servidor público.

    • @jhonfdecorrea6326
      @jhonfdecorrea6326 6 หลายเดือนก่อน

      muchas gracias

  • @faustoalejandrocastrogarci8392
    @faustoalejandrocastrogarci8392 2 ปีที่แล้ว

    Los concejales pueden presentar este tipo de proyectos de acuerdo?
    "por medio del cual se autoriza al alcalde para que el municipio haga parte como socio de una sociedad de economía mixta, bajo el régimen de las sociedades por acciones simplificadas para la prestación del servicio de alumbrado público, desarrollo tecnológicos asociados a ciudades inteligentes generación de energías alternativas y se dictan otras disposiciones".

    • @PodermunicipalCo
      @PodermunicipalCo  2 ปีที่แล้ว

      Fausto, gracias por su comentario. Para dar respuesta a su consulta debemos tener en cuenta que el numeral 6º. del artículo 313 de la Constitución Política de Colombia consagra que corresponde al concejo:
      “6. Determinar la estructura de la administración municipal y las funciones de sus dependencias; las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos; crear, a iniciativa del alcalde, establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales y autorizar la constitución de sociedades de economía mixta”.
      Por su parte el artículo 71 de la Ley 136 de 1994 dispone:
      “ARTÍCULO 71.- Iniciativa. Los proyectos de acuerdo pueden ser presentados por los concejales, los alcaldes y en materias relacionadas con sus atribuciones por los personeros, los contralores y las Juntas Administradoras Locales. También podrán ser de iniciativa popular de acuerdo con la Ley Estatutaria correspondiente”.
      Y, finalmente, el parágrafo primero de este último artículo ordena que:
      “Los acuerdos a los que se refieren los numerales 2, 3 y 6 del Artículo 313 de la Constitución Política, sólo podrán ser dictados a iniciativa del alcalde”.
      En consecuencia, como quiera que la autorización para la constitución de sociedades de economía mixta se encuentra consagrada en el numeral 6 del artículo 313 constitucional, los concejales no pueden presentar este tipo de proyectos de acuerdo, como quiera que su iniciativa corresponde exclusivamente al alcalde municipal.

  • @joseleonardoriveros8349
    @joseleonardoriveros8349 4 ปีที่แล้ว

    Las facultades tienen que estar reglamentadas por obligación