Hola. No preparo presencialmente. Sólo os ayudo con mis videos. En mi canal os recomiendo opositates, que tenéis un mes gratis, y tiene unos resúmenes muy buenos para estudiar. Y desde ya, puedes empezar a estudiar, yo aprobé mis dos oposiciones, haciendo muchos test, y por supuesto , comprendiendo lo que estaba estudiando. Ánimo.
Gracias Belen por tus explicaciones, son buenisimas. Tengo una duda, hablas de la posibilidad de hipotecar un bien adjudicado, sin embargo los bancos no dan hipotecas sin efectuar una tasacion del bien y al no poder entrar al inmueble como se haria esta operacion? Gracias de nuevo.
Hola. Como digo en el vídeo, donde hayas pedido el préstamo para pagar el remate. En el caso del banco , lo tienes facil, porque si ha salido a subasta la finca , ya está subastada, por perito. Otra cosa es que acepte esa tasación el banco, un saludo
Hola, Di lo que se ha ejecutado es un buen hipotecado , en la escritura de hipoteca , que se encuentra en el procedimiento , donde habrá salido a subasta. Si no es ejecución hipotecaria , que es ejecución dineraria, igualmente se encuentra en el procedimiento , y si como dices quieres hipotecar para consignar el remate, es perdonarte en el juzgado para examinar el procedimiento y solicitar copia testimoniada de la tasación , para poder realizar la hipoteca y realizar el remate . Un saludo
Hola hola! Enhorabuena por el trabajo. ¿Entonces puede inscribirse en el registro previamente a que se emita el mandamiento de cancelación de cargas una vez pagado el remate? Gracias y bendiciones! 💫🍀😊👍
Buenos videos belen!! Tenia una duda rapida y tonta, entiendo que una vez pagado el remate y el letrado te facilite el decreto de adjudicación ya no seria necesario acudir a notario para escritira publica? Solo ir a inscribirlo al registro correspondiente y seguir los pasos del siguiente video... MuchS gracias por compartir toda la información, nuevo seguidor:)
Hola. Lo que dices es correcto. La resolución aprobando la adjudicación , viene a ser, como la escritura ante el notario. Después se inscribe , y se acabo. Un saludo.
Genial!!! Te comenté que me apunte a opositatest!!! Esta fenomenal 😀😘😘😘
¡Mil gracias por tus explicaciones! Lo explicar super claro.
Muchísimas gracias Belén!! Excelente explicación 👍
😉
Pues con estas calores, creo que no voy a poder terminar la clase. Gracias. 😁🍀
Muchas gracias Belen, me he apuntado a opositatest, y es una plantaforma que está genial para ir haciendo test. Gracias por toda tu ayuda.
Y los resúmenes por materias, son maravillosos para estudiar, . Me alegro. Un saludo.
Si has utilizado mi enlace , tienes un mes gratis, y a mi me dan 5 euros. Me alegro, Un saludo.
Belén, tienes que escribir un libro con tu forma de explicar, te forras. Gracias por ayudarnos tanto.
Jajaja, gracias💝
@@belenoposicionesjusticia2528 de tú fan y seguidora de Elche.😜
Hola Belén, me gustan mucho tus videos, preparas presencialmente??
Hola. No preparo presencialmente. Sólo os ayudo con mis videos. En mi canal os recomiendo opositates, que tenéis un mes gratis, y tiene unos resúmenes muy buenos para estudiar. Y desde ya, puedes empezar a estudiar, yo aprobé mis dos oposiciones, haciendo muchos test, y por supuesto , comprendiendo lo que estaba estudiando. Ánimo.
Gracias Belen por tus explicaciones, son buenisimas. Tengo una duda, hablas de la posibilidad de hipotecar un bien adjudicado, sin embargo los bancos no dan hipotecas sin efectuar una tasacion del bien y al no poder entrar al inmueble como se haria esta operacion?
Gracias de nuevo.
Hola. Como digo en el vídeo, donde hayas pedido el préstamo para pagar el remate. En el caso del banco , lo tienes facil, porque si ha salido a subasta la finca , ya está subastada, por perito. Otra cosa es que acepte esa tasación el banco, un saludo
@@belenoposicionesjusticia2528 Gracias por la respuesta, y como consigo esa tasación o qué documento para poder mandarsela al banco? Gracias
Hola, Di lo que se ha ejecutado es un buen hipotecado , en la escritura de hipoteca , que se encuentra en el procedimiento , donde habrá salido a subasta.
Si no es ejecución hipotecaria , que es ejecución dineraria, igualmente se encuentra en el procedimiento , y si como dices quieres hipotecar para consignar el remate, es perdonarte en el juzgado para examinar el procedimiento y solicitar copia testimoniada de la tasación , para poder realizar la hipoteca y realizar el remate . Un saludo
Lo explica para niño pequeño y no me he enterado de nada porfa explicalo para adulto que ya barrio sesamo se a acabado gracias
Hola hola! Enhorabuena por el trabajo. ¿Entonces puede inscribirse en el registro previamente a que se emita el mandamiento de cancelación de cargas una vez pagado el remate? Gracias y bendiciones! 💫🍀😊👍
Exacto, en la próxima clase hablo del mandamiento de cancelación.
Buenos videos belen!!
Tenia una duda rapida y tonta, entiendo que una vez pagado el remate y el letrado te facilite el decreto de adjudicación ya no seria necesario acudir a notario para escritira publica?
Solo ir a inscribirlo al registro correspondiente y seguir los pasos del siguiente video...
MuchS gracias por compartir toda la información, nuevo seguidor:)
Hola.
Lo que dices es correcto.
La resolución aprobando la adjudicación , viene a ser, como la escritura ante el notario.
Después se inscribe , y se acabo.
Un saludo.