Mi carpeta dice que NO EJERCICIO DE LA ACCION PENAL eso fue el 23 de feb del 2023 La empresa donde teabajaba impugno el 26 de feb del 2023 y resulta que el 3 de abril del 2024 hay audiencia para ver si procede o no Mi pregunta es Porque tanto tiempo de esta impugnacion?? Que provabilidad hay de que se reabra el caso???
que pasa si el MP solicita audiencia inicial, pero al dia siguiente solicita su cancelacion (por que no encuentra a la victima y segun el MP no esta en posibilidad de llevar acabo la audiencia)
@@santiagovillasenor9653 se que se puede llevar acabo, La pregunta es si se detiene la prescripcion de la accion penal o no (En el caso de que el mismo mp cancele la solicitud de audiencia)
Eso, en una oponion muy personal y en forma independiente, La prescripcion. Del ejercicio de la accion penal se suspende con la sola presentacion de la DENUNCIA por parte de la victima u ofendido. De ahí que en la RESPINSABILIDAD de omision del FISCAL para presentar la ACUSACION por su falta de actuación de funcion. Para lo cual existe tesis y Jurisprudencia al respecto. No existe término de prescripcion por inactividad de la autoridad. Puesto que se quedaria el gobernado en estado de indefensión pues ningun fiscal hace su función, el del Estado es empleado sólo del goberladron, sus homologos no trabajan si no les das dinero y aparte en lugar de servir se desempeñan con servil de sus superiores.
Mi carpeta dice que NO EJERCICIO DE LA ACCION PENAL eso fue el 23 de feb del 2023
La empresa donde teabajaba impugno el 26 de feb del 2023 y resulta que el 3 de abril del 2024 hay audiencia para ver si procede o no
Mi pregunta es
Porque tanto tiempo de esta impugnacion??
Que provabilidad hay de que se reabra el caso???
Gracias por la explicación
que pasa si el MP solicita audiencia inicial, pero al dia siguiente solicita su cancelacion (por que no encuentra a la victima y segun el MP no esta en posibilidad de llevar acabo la audiencia)
El proceso se puede llevar sin la comparecencia de la víctima
@@santiagovillasenor9653 se que se puede llevar acabo,
La pregunta es si se detiene la prescripcion de la accion penal o no
(En el caso de que el mismo mp cancele la solicitud de audiencia)
Eso, en una oponion muy personal y en forma independiente, La prescripcion. Del ejercicio de la accion penal se suspende con la sola presentacion de la DENUNCIA por parte de la victima u ofendido. De ahí que en la RESPINSABILIDAD de omision del FISCAL para presentar la ACUSACION por su falta de actuación de funcion. Para lo cual existe tesis y Jurisprudencia al respecto. No existe término de prescripcion por inactividad de la autoridad. Puesto que se quedaria el gobernado en estado de indefensión pues ningun fiscal hace su función, el del Estado es empleado sólo del goberladron, sus homologos no trabajan si no les das dinero y aparte en lugar de servir se desempeñan con servil de sus superiores.
Wooo gracias
Cómo procede la retractacion de la imputacion penal
Cual seria la naturaleza de un delito
Excelente
✌️☘️
Muy bien