8/03/2017 rad. 44.599, SP3168-2017, Patricia Salazar Cuellar En la sentencia se precisa el concepto de hecho jurídicamente relevante como aquel que encaja en el modelo de conducta en abstracto descrito por el legislador. Llama la atención sobre las malas prácticas de mezclar hechos jurídicamente relevantes con hechos indicadores y medios de prueba. 21/03/2018 rad. 47.848, SP798-2018, Patricia Salazar Cuellar Manteniendo su línea, la Corte precisa que la indebida formulación de los hechos jurídicamente relevantes afecta el derecho de defensa, impide delimitar el tema de prueba y obstaculiza la actividad probatoria. 5/06/19 rad. 51.007, SP2042-2019 Patricia Salazar Cuellar La Corte se refiere al concepto básico de hecho jurídicamente relevante con especial énfasis en el aspecto de la congruencia entre los hechos de la imputación y de la acusación. Dejó sentadas las pautas de lo que puede o no modificarse en la audiencia de acusación. 17/09/19 rad. 53.264, SP4045-2019, Eyder Patiño Cabrera
La Corte considera que la formulación de la imputación constituye la columna vertebral del proceso porque allí se fija la situación que será inmodificable en adelante. Adicionalmente considera que es necesario que en la formulación de la imputación la fiscalía delimite el componente fáctico que le da el carácter delictuoso al comportamiento. En esos términos, cuan la imputación carece de hechos jurídicamente relevantes se incurre en un vicio de garantía y de estructura que da lugar a la nulidad de la actuación. 22/10/20 54.996 rad. SP4054-2020, José Francisco Acuña Vizcaya En esta oportunidad la Corte considera que debe procederse con la declaratoria de la nulidad inclusive desde la audiencia de formulación de imputación por la ausencia absoluta del referente fáctico de dicho acto. 10/03/2021 rad. 54.658, SP741-2021, Diego Eugenio Corredor Beltrán
La Corte recuerda que la formulación de los hechos jurídicamente relevantes impone una adecuada interpretación de la norma penal para que los hechos abarquen todos los elementos el tipo, además de diferenciar entre hechos jurídicamente relevantes, hechos indicadores y medios de prueba. Indica, también, las circunstancias de tiempo, modo y lugar también deben ser integradas al tema de prueba para garantizar el derecho de defensa. 1/12/22 rad. 127.035, STP16183-2022, Fernando León Bolaños Palacios La Corte en sede de tutela manifiesta que la formulación deficiente de los hechos jurídicamente relevantes no da lugar a inmediata declaratoria de la nulidad de lo actuado, sino que es necesario darle la oportunidad al fiscal para que adicione, corrija o modifique lo necesario, siempre y cuando no se afecte el núcleo fáctico de la imputación. 23/06/23 rad. 000468, AEP 084 - 2023, Ariel Augusto Torres Rojas La Corte admite la nulidad del acto jurisdiccional que imparte legalidad a la imputación. Recuerda que, ante la evidente vulneración de garantías fundamentales por ausencia de hechos jurídicamente relevantes, el juez está llamado a ejercer sus poderes correcciones con el fin de evitar la conculcación de las garantías. 20/09/23 rad. 62.296, APP2880-2023, Carlos Roberto Solórzano Garavito En esta decisión la Corte precisó que la imputación es un acto medular del proceso penal, por lo que el Fiscal está llamado a formular imputaciones/acusaciones que tengan vocación de prosperidad, es decir, que no se trate de hechos abiertamente atípicos o incomprensibles. Indica que si el juez, de garantías o de conocimiento, no controla el acto de imputación carente de claridad o que refiere a un comportamiento atípico permite que la actuación quede viciada de nulidad
Dr. muy agradecido con este y todos los videos que nos comparte. Como estudiante de pregrado en Derecho, me gustaría que nos puediera, a travez de un vídeo, tratar el tema de consultorio juridico en el área Penal para estudiantes de ultimos semestres, ejemplo: en que casos puede actuar o no un estudiante en consultorio jurídico, errores frecuentes de los estudiantes en estos casos, tips para que sea una experiencia exitosa y no solo el cumplimiento de una materia más para poderse graduar. Gracias Dr.
Soy abogado🙏😊🇮🇱este trabajo en efecto no es solo para estudiantes matriculados, es para todos 🙏😊considero que somos y seremos toda la vida estudiantes 🙏😊🇮🇱gracias por esa bonita labor 🙏😊🇮🇱
Dr. Santiago Trespalacios, nuevamente muchas gracias por su valioso aporte académico, su ausencia de egoísmo lo hace grande… quisiera que exponga el tema de EXTINCIÓN DE DOMINIO, parte sustancial y procesal en el ordenamiento jurídico colombiano.
Profe santiago muy buenos días. gracias por su contenido de gran importancia. Seria para proponer una temática que creo que es poco abordada como lo es el SRPA ( Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.)
DR. SANTIAGO Muchas gracias por darnos sus valiosos conocimientos que serán de gran utilidad para nuestra labor, que bueno que haga un vídeo sobre la Apelación de sentencias de primera, segunda instancia y casación.
Otro tema relevante y de interés sería el rol práctico de la defensa en la audiencia preliminar de imposición de medida de aseguramiento, y previo a esto sería pertinente saber tips básicos de la legalización de la captura, hay eventos que se escapan al abogado defensor y que pueden ser aprovechados.
Doctor, se hace nulidad en todo el proceso por falta de procedibilidad, porque se encontró que la victima no firmó el ACTA DE CONCILIACIÓN, citada por la fiscalía, este hecho se hizo en la etapa preparatoria, a partir del acta de conciliación, el victimario sí estuvo en la audiencia de conciliación, esta se hizo con el fin de subsanar tal irregularidad, la fiscalía lo que hizo fue imputar con el mismo radicado abrir nueva conducta penal, el fiscal puede hacerlo que en un mismo radicado iniciar otra conducta punible?. Gracias por su respuesta o alguien en derecho penal me puede responder. En el radicado de CONDUCTA PENAL POR CALUMNIA, PUEDE CON EL MISMO RADICADO HACER OTRA CONDUCTA PENAL DE INJURIA, LUEGO LA CAMBIAN POR INJURIA AGRAVADA AGRAGRABAD, gracias por la respuesta que se me de
Por qué la Sala de Casación penal, últimamente, como de costumbre, ha variado su línea jurisprudencia, en el sentido que la petición de nulidad sobre la ausencia de hechos jurídicamente relevantes antes debe hacerse en la formulación de imputación y no antes de verbalizar la acusación, esto es en el desarrollo del artículo 339?
Una pregunta que tiene que ver con la prescripción. Cuál recurso se puede interponer cuando en un delito querellable la Fiscalía no ha cumplido los términos del CPP y deja transcurrir más de cuatro años en un delito que prescribe a los cinco?
En el orden a lo que ha dicho la corte de la importancia de los HJR en cuento garantía del derecho de defensa, se hace necesario enunciar además los hechos indicadores, en la medida que la defensa sabrá la fuente por la cual la Fiscalía ha tenido conocimiento de la ocurrencia del delito.
hola, Profe seria un buen tema que hablaras sobre la violencia intrafamiliar mas enfocada en el caso de las ex parejas que se toman como violencia intrafamiliar según la ley 2126 . muchos casos se van ajuicio y son sentenciados pero porque la corte ha dicho que no configura violencia intrafamiliar.
Doctor, la Fiscalía tendria legitimación para solicitar al juez en audiencia de Formulación de Acusación la nulidad desde la imputación por no haberse formulado adecuadamente los hechos juridicamente relevantes?? muchas gracias
En mi opinión sí, porque es un vicio de estructura y por tanto no le son aplicables los remedios procesales. Pero es un tema sobre el que no hay un acuerdo unánime
En qué parte el Dr. Trespalaciones dejó consignados el radicados de la pluralidad de jurisprudencias, al menos de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, sobre este importante tema que a la fecha le cuesta trabajo al mente acusador en su fijación, tanto en la imputación y, con más veraz, en el escrito de acusación?
No creo que pueda ser delito. El procedimiento es: - se debe aprobar una ley con mayorías absolutas (la mitad más uno de los miembros de cada corporación) - control de la Corte Constitucional. - elecciones en un día que no haya otra votación. - que la apruebe, al menos, la tercera parte del censo electoral.
Cuando estos hechos jurídicamente relevantes no se hacen, no se establecen correctamente, en cualquier etapa del derecho, juicio, se puede solicitar la nulidad del proceso?
doctor me estan imputando el delito de uso de menores injustamente, porfavor quiero que un jurista como usted pudiera revizar mi caso, necesito mucha ayuda doctor no se que mas hacer porfa ayudeme por lo que mas quiera estoy siendo acusado injustamente.
8/03/2017 rad. 44.599, SP3168-2017, Patricia Salazar Cuellar
En la sentencia se precisa el concepto de hecho jurídicamente relevante como aquel que encaja en el modelo de conducta en abstracto descrito por el legislador. Llama la atención sobre las malas prácticas de mezclar hechos jurídicamente relevantes con hechos indicadores y medios de prueba.
21/03/2018 rad. 47.848, SP798-2018, Patricia Salazar Cuellar
Manteniendo su línea, la Corte precisa que la indebida formulación de los hechos jurídicamente relevantes afecta el derecho de defensa, impide delimitar el tema de prueba y obstaculiza la actividad probatoria.
5/06/19 rad. 51.007, SP2042-2019 Patricia Salazar Cuellar
La Corte se refiere al concepto básico de hecho jurídicamente relevante con especial énfasis en el aspecto de la congruencia entre los hechos de la imputación y de la acusación. Dejó sentadas las pautas de lo que puede o no modificarse en la audiencia de acusación.
17/09/19 rad. 53.264, SP4045-2019, Eyder Patiño Cabrera
La Corte considera que la formulación de la imputación constituye la columna vertebral del proceso porque allí se fija la situación que será inmodificable en adelante. Adicionalmente considera que es necesario que en la formulación de la imputación la fiscalía delimite el componente fáctico que le da el carácter delictuoso al comportamiento. En esos términos, cuan la imputación carece de hechos jurídicamente relevantes se incurre en un vicio de garantía y de estructura que da lugar a la nulidad de la actuación. 22/10/20
54.996 rad. SP4054-2020, José Francisco Acuña Vizcaya
En esta oportunidad la Corte considera que debe procederse con la declaratoria de la nulidad inclusive desde la audiencia de formulación de imputación por la ausencia absoluta del referente fáctico de dicho acto.
10/03/2021 rad. 54.658, SP741-2021, Diego Eugenio Corredor Beltrán
La Corte recuerda que la formulación de los hechos jurídicamente relevantes impone una adecuada interpretación de la norma penal para que los hechos abarquen todos los elementos el tipo, además de diferenciar entre hechos jurídicamente relevantes, hechos indicadores y medios de prueba. Indica, también, las circunstancias de tiempo, modo y lugar también deben ser integradas al tema de prueba para garantizar el derecho de defensa.
1/12/22 rad. 127.035, STP16183-2022, Fernando León Bolaños Palacios
La Corte en sede de tutela manifiesta que la formulación deficiente de los hechos jurídicamente relevantes no da lugar a inmediata declaratoria de la nulidad de lo actuado, sino que es necesario darle la oportunidad al fiscal para que adicione, corrija o modifique lo necesario, siempre y cuando no se afecte el núcleo fáctico de la imputación.
23/06/23 rad. 000468, AEP 084 - 2023, Ariel Augusto Torres Rojas
La Corte admite la nulidad del acto jurisdiccional que imparte legalidad a la imputación. Recuerda que, ante la evidente vulneración de garantías fundamentales por ausencia de hechos jurídicamente relevantes, el juez está llamado a ejercer sus poderes correcciones con el fin de evitar la conculcación de las garantías.
20/09/23 rad. 62.296, APP2880-2023, Carlos Roberto Solórzano Garavito
En esta decisión la Corte precisó que la imputación es un acto medular del proceso penal, por lo que el Fiscal está llamado a formular imputaciones/acusaciones que tengan vocación de prosperidad, es decir, que no se trate de hechos abiertamente atípicos o incomprensibles. Indica que si el juez, de garantías o de conocimiento, no controla el acto de imputación carente de claridad o que refiere a un comportamiento atípico permite que la actuación quede viciada de nulidad
Súper, mega Crack
Dr. muy agradecido con este y todos los videos que nos comparte. Como estudiante de pregrado en Derecho, me gustaría que nos puediera, a travez de un vídeo, tratar el tema de consultorio juridico en el área Penal para estudiantes de ultimos semestres, ejemplo: en que casos puede actuar o no un estudiante en consultorio jurídico, errores frecuentes de los estudiantes en estos casos, tips para que sea una experiencia exitosa y no solo el cumplimiento de una materia más para poderse graduar. Gracias Dr.
Este señor es un monstruo. Mi gran admiración, referente, ejemplo a seguir y a superar.
Jajaja, Dr., nos está ayudando a instruirnos y antes lo califica de monstruo? 😅😂
Gracias Dr, por compartir sus conocimientos y experiencias en el derecho penal, Excelente clase, Dios lo bendiga 🙏
Muchísimas gracias
Dr., clarísimas sus explicaciones. Felicitaciones
Muy claro todo, excelente, Dios cuide siempre de usted
¡Mil gracias!
Bien explixado el tema doctor. Muchas gracias.
Soy abogado🙏😊🇮🇱este trabajo en efecto no es solo para estudiantes matriculados, es para todos 🙏😊considero que somos y seremos toda la vida estudiantes 🙏😊🇮🇱gracias por esa bonita labor 🙏😊🇮🇱
¡Mil gracias!
¡Mil gracias!
Dr. Santiago Trespalacios, nuevamente muchas gracias por su valioso aporte académico, su ausencia de egoísmo lo hace grande… quisiera que exponga el tema de EXTINCIÓN DE DOMINIO, parte sustancial y procesal en el ordenamiento jurídico colombiano.
Así lo haremos. Muchas gracias.
Dr muchas gracias por su video. Cuando nos have el favor de subir el video de Juicio Oral? Mil gracias
Doctor usted es una gran abogado, le agradezco mucho por compartir su sabiduría
Profe santiago muy buenos días.
gracias por su contenido de gran importancia.
Seria para proponer una temática que creo que es poco abordada como lo es el SRPA ( Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.)
Gracias Dr. 3Palacios, Dios lo bendiga...
Gracias por el comentario.
Excelente... Saludos respetuosos desde Santa Cruz de la Sierra Bolivia.
DR. SANTIAGO Muchas gracias por darnos sus valiosos conocimientos que serán de gran utilidad para nuestra labor, que bueno que haga un vídeo sobre la Apelación de sentencias de primera, segunda instancia y casación.
El de casación ya está. El de apelación está programado para dentro de un mes y medio. Gracias por sus comentarios.
Muy buenos videos, te doy un 10; saludos de un estudiante que está cursando primer semestre de derecho 😅.
Gracias por explicar todos esos temas
Intentaremos seguirlo haciendo
Dr. Podrían hacer un video sobre nulidades
Otro tema relevante y de interés sería el rol práctico de la defensa en la audiencia preliminar de imposición de medida de aseguramiento, y previo a esto sería pertinente saber tips básicos de la legalización de la captura, hay eventos que se escapan al abogado defensor y que pueden ser aprovechados.
Excelente. Tomamos nota.
Saludos desde Ecuador, excelentes videos.
¡Mil gracias! Este año estuvimos en Quito, esperamos volver pronto.
Excelente contenido 🫡👍
Cordial saludo, doctor es posible de que se realice un video indicando cuando es considerado procedente el Cambio del escrito de acusación?
Excelente explicacion
¡Gracias!
Doc. Cuando nos va a impartir sí valioso conocimiento sobre el incidente de reparación integral. Saludos y gracias por sus enseñanzas.
Debemos hacerlo.
Muy enriquecedor!
¡Gracias!
Doctor excelente contenido
¡Gracias!
Doctor, se hace nulidad en todo el proceso por falta de procedibilidad, porque se encontró que la victima no firmó el ACTA DE CONCILIACIÓN, citada por la fiscalía, este hecho se hizo en la etapa preparatoria, a partir del acta de conciliación, el victimario sí estuvo en la audiencia de conciliación, esta se hizo con el fin de subsanar tal irregularidad, la fiscalía lo que hizo fue imputar
con el mismo radicado abrir nueva conducta penal, el fiscal puede hacerlo que en un mismo radicado iniciar otra conducta punible?. Gracias por su respuesta o alguien en derecho penal me puede responder. En el radicado de CONDUCTA PENAL POR CALUMNIA, PUEDE CON EL MISMO RADICADO HACER OTRA CONDUCTA PENAL DE INJURIA, LUEGO LA CAMBIAN POR INJURIA AGRAVADA
AGRAGRABAD, gracias por la respuesta que se me de
Yo no veo la trascendencia de la simple falta de una firma.
Gracias.
A usted
Excelente explicación.
¡Gracias!
Por qué la Sala de Casación penal, últimamente, como de costumbre, ha variado su línea jurisprudencia, en el sentido que la petición de nulidad sobre la ausencia de hechos jurídicamente relevantes antes debe hacerse en la formulación de imputación y no antes de verbalizar la acusación, esto es en el desarrollo del artículo 339?
Así es. Pero ojo: es cuando la nulidad involucre el escrito
Una pregunta que tiene que ver con la prescripción. Cuál recurso se puede interponer cuando en un delito querellable la Fiscalía no ha cumplido los términos del CPP y deja transcurrir más de cuatro años en un delito que prescribe a los cinco?
Me encanta!!
¡Gracias!
En el orden a lo que ha dicho la corte de la importancia de los HJR en cuento garantía del derecho de defensa, se hace necesario enunciar además los hechos indicadores, en la medida que la defensa sabrá la fuente por la cual la Fiscalía ha tenido conocimiento de la ocurrencia del delito.
Excelente. Gracias por la anotación.
hola, Profe seria un buen tema que hablaras sobre la violencia intrafamiliar mas enfocada en el caso de las ex parejas que se toman como violencia intrafamiliar según la ley 2126 . muchos casos se van ajuicio y son sentenciados pero porque la corte ha dicho que no configura violencia intrafamiliar.
Excelente tema
Doctor, la Fiscalía tendria legitimación para solicitar al juez en audiencia de Formulación de Acusación la nulidad desde la imputación por no haberse formulado adecuadamente los hechos juridicamente relevantes?? muchas gracias
En mi opinión sí, porque es un vicio de estructura y por tanto no le son aplicables los remedios procesales. Pero es un tema sobre el que no hay un acuerdo unánime
Como puedo adquirir el libro recomenda? En Panamá
Voy a averiguar
En qué parte el Dr. Trespalaciones dejó consignados el radicados de la pluralidad de jurisprudencias, al menos de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, sobre este importante tema que a la fecha le cuesta trabajo al mente acusador en su fijación, tanto en la imputación y, con más veraz, en el escrito de acusación?
En los comentarios
Quisiera que se hable el procedimiento para una asamblea Nacional constituyente y se no hace lo de manera adecuada puede ser un delito
No creo que pueda ser delito. El procedimiento es:
- se debe aprobar una ley con mayorías absolutas (la mitad más uno de los miembros de cada corporación)
- control de la Corte Constitucional.
- elecciones en un día que no haya otra votación.
- que la apruebe, al menos, la tercera parte del censo electoral.
No encuentro las citas juriprudenciales
Está fijado de primero.
Cuando estos hechos jurídicamente relevantes no se hacen, no se establecen correctamente, en cualquier etapa del derecho, juicio, se puede solicitar la nulidad del proceso?
like si viniste a ver este video por el profe rodrigo
Por favor dígale al profe Rodrigo que muchas gracias.
Doctor atentos al tema de contrainterrogatorio, rededirecto y demás... dentro del juicio oral
doctor me estan imputando el delito de uso de menores injustamente, porfavor quiero que un jurista como usted pudiera revizar mi caso, necesito mucha ayuda doctor no se que mas hacer porfa ayudeme por lo que mas quiera estoy siendo acusado injustamente.
Lo lamentamos mucho. Escriba, por favor, a ct@trespalacios.co con la información del caso.
Lo malo de ese libro verde es que es muy gordo
Es para consulta no para leer de principio a fin.
@@SoyDefensor Buen punto