Buenos dias, al visitar la web de Fomento se expone una tabla sobre descarga de aguas sucias donde dice ZONA "Hasta 3 millas" OPCIONES DE DESCARGA "Se permite con tratamiento. Ni solidos, ni decoloración". Pero hasta donde tengo entendido, a menos de 3 millas no se permite descarga de aguas sucias. No sé si lo interpreto erróneamente. Muchas gracias por todo.
Sigue faltando una exención o una solución alternativa para los barcos de bandera española que navegan en el extranjero. La DGMM es, en este sentido, responsable de que apenas se vean banderas españolas navegando por el mundo, ya que casi se obliga a la gente a cambiar de bandera. Es prácticamente imposible que un barco que esté navegando por el Pacífico, por ejemplo, pueda hacer una ITB.
Gracias Juanma por tus aportaciones. Me gustaría conocer si el RD aclara si en el caso de tener navegación Zona 4 y recibir una inspección en Zona 7, si te aplican las obligaciones de la Zona 7 o de la que tienes autorización para navegar. gracias
Y yo me pregunto: qué le importa a la administración si yo me echó a la mar irresponsablemente sobre las medidas de seguridad. Si no llevo chaleco, radio, bengalas y demás, es mi problema. No entiendo estás obligaciones. Afortunadamente yo soy residente en Holanda, donde no tenemos todas estas cosas y donde no hay problemas anadidos. Francamente, yo creo que la norma está hecha para poder poner multas
Como siempre que lo hago, me gustó mucho escucharte. Conocer tu opinión y valoración (aunque sea rápida) acerca de la nueva normativa siempre es interesante. ¡Enhorabuena por el video! Slds,
Sobre el punto cuatro. ¿Se interpreta que las personas que tienen un barco en Puerto sin intención de salir a navegar, como vivienda, sin motor, deben de ponerlo en regla y en condiciones de navegar?
Esa obligación ya existe desde el punto de vista del contrato de seguro y de los reglamentos de puertos. El barco es buque y debe de estar en regla. Si se pretende usar solo como vivienda, también debe de ser barco y reunir condiciones para navegar, a no ser que esté fuera del puerto en un varadero o arrumbado.
Las que quedan dentro de la línea base de medida de aguas jurisdiccionales. España tiene una línea mixta. Básicamente, radas, puertos, bahías, ríos y lagos o embalses
Hay que ser ingeniero y registrador de la propiedad para poder llevar el barquito en regla en España. Tanta norma tanta mi..da. Robarnos es lo que hacen.
Menudo lio no? Pues si entiendo que si es un barco de recreo (menos de 24 metros de eslora) utilizado habitualmente por un ciudadano o residente en España y en aguas españolas, la norma aplica.
Con todos mis respetos es una norma recaudatoria a todas luces, es imposible con revisiones anuales para casi todo el material estar pendiente y soportar ese gasto. Los chalecos pueden perfectamente pasar tres años sin revisar y sancionar por todo a todo trapo no da más seguridad a la navegacion
Son los propios fabricantes los que recomiendan revisar los chalecos de flotabilidad incorporada, no la DGMM. Como alternativa, se pueden llevar los chalecos de flotabilidad propia, esos no requieren revisiones. Es una opción buena para los que navegan con buen tiempo y en condiciones fáciles: es decir, la mayoría de los aficionados de nuestro país. Si navegas en serio y haces velocidad, entonces, la revisión anual es una buena idea, estoy convencido porque el propio fabricante lo dice. Esperemos que las directrices de la aplicación de la norma sean ponderadas, en eso confío.
Si tienes caducadas varias inspecciones y te encuentras en Tonga, como tengas un accidente a ver si el seguro te va a buscar las cosquillas opor estar abanderado en España. Ojito.
Bueno, si el seguro es una póliza contratada en España y el barco es pabellón español, con toda certeza que habrá problemas para tramitar el siniestro y percibir una indemnización a daños propios o a terceros. ¡Buenas. son las compañías de seguros! No es que te busquen las cosquillas es que el asegurado no podrá buscarles a ellos las suyas. Para ir tranquilo a Tonga con un velero, lo mejor es una buena tarjeta de crédito.
Le recomiendo leer los antecedentes del RD 339/2021. Ahí se explica el fundamento jurídico de la norma. Creo que la argumentación es correcta, aunque no soy jurista. El borrador ha estado sometido a las alegaciones, ahora la norma está vigente en pocos días.
@@JuanMaErrea toda embarcación se regirá por las normas del pabellón, es una ley de carácter superior a un real decreto y firmado por España . España no puede legislar sobre el pabellón de otros países
@@Manuel1964. Los barcos en tránsito en aguas jurisdiccionales de un país ejercen el "derecho de paso inocente" pero están sometidos a la potestad inspectora del estado ribereño.
@@franciscoayala8459 no solamente se inspeccionan buques de otros pabellones sino que también pueden ser retenidos en puertos por incumplir normas internacionales: esa facultad la otorgan los convenios internacionales en materia de prevención de la contaminación MARPOL, seguridad en la mar, SOLAS y otras. En el caso concreto, la argumentación jurídica se encuentra en los preliminares del RD. Puede ser discutible pero el efecto es esencialmente razonable: no es justo que unos ciudadanos tengan diferentes obligaciones que otros a merced de argucias que eviten el cumplimiento de las normas del país en el que residen, esa es la cuestión de fondo.
Gracias por el video. Echo en falta que, además de obligar a llevar el material, no se obligue a saber usarlo. Para mi es el fallo de esta y todas las normas. Vete preparándote para cuando vengan los de pabellón belga a soltar bilis.
Deja, deja, que no nos obliguen a más. Que no nos da la vida para cumplir con todas las obligaciones. Eso ya existe para nosotros, los marinos profesionales y es una verdadera pelmada porque se aplican criterios de exigencias internacionales para marinos mercantes, de modo que quedan fuera del contexto de la navegación en veleros y barcos de pequeñas esloras. Bueno, respecto a lo segundo, cuento con ello, es una lástima.
@@JuanMaErrea No digo hacer un curso a parte como los de profesional, pero si incluir algo básico dentro de las prácticas de navegación o incluso de radio que ya se dan ahora. Por lo menos, saber encender una bengala sin quemarte o practicar un abandono de forma controlada en un sitio seguro. No te discuto que habría que relajar muchas cosas... pero en seguridad, creo que lo estamos enfocando mal poniendo el foco solo en llevar un material sin mirar para que y como
Norma que viene a solucionar muy poco, sigue dejándonos lejos de otros países y que lo único que intenta es recaudar, pedir imposibles e intentar evitar, de malas maneras, la fuga a otros pabellones. Los únicos que parecen contentos con esta norma son los patrones con bandera española porque piensan lo que es, un RD atacando a los que no la tienen. Poca profundidad en su análisis y ninguna referencia a temas como solucionar la no contaminación. Gracias
En mi opinión, lo que nos aleja de otros países con más civilización en este aspecto es que no tenemos una Cultura de Mar consolidada y la navegación de recreo que se practica es fundamentalmente de pesca deportiva, baño y sol veraniego. Navegar es un arte que requiere perseverancia, formación y rigor. No se trata simplemente de una forma de ocio, entretenimiento y diversión. Cuando navegamos en nuestras costas (ahora mismo, cuando escribo esto, que navegamos hacia Galicia) nuestra costa es desierta NADIE NAVEGA POR AQUÍ. ¿están nuestros navegantes en el Pacífico? y la culpa es de la DGMM, caramba.
@@JuanMaErrea Totalmente de acuerdo en que nos falta esa Cultura de Mar y en que la DGMM no es la culpable de eso (aunque, a mi juicio, tampoco es que facilite las cosas). Pero lo cierto es que hay muchos y buenos marinos españoles navegando por los mares de todo el mundo y la mayoría de ellos han tenido que renunciar a su bandera porque simplemente les resulta imposible cumplir unas normas rígidas que no contemplan toda la casuística. Si la DGMM se ha preocupado de legislar para los residentes con bandera extranjera, debería haber hecho lo mismo para el caso contrario, es decir, para los españoles no residentes (porque están navegando por el mundo) con bandera española. Un cordial saludo y gracias por el canal.
Adiós al mantenimiento de invierno, ahora todos a pagar varadero porque si está en el agua debe estar aparejado y listo para navegar así no quieran ni tengan la más mínima intención de ir a hacerlo. Menuda simplificación, jajajaja.
La norma no dice que deba estar aparejado. Esa obligación de que el barco esté en buenas condiciones ya existe desde el punto de vista del contrato de seguro y de los reglamentos de puertos. El barco es buque y debe de estar en regla. Si se pretende usar solo como vivienda, también debe de ser barco y reunir condiciones para navegar, a no ser que esté fuera del puerto en un varadero o arrumbado. No, no. Un barco no es sencillo ni un objeto utilitario. La culpa no la tiene nadie.
La norma de luz en el chaleco ya es obsoleta... porque no una radiobaliza individual en el chaleco con su luz por supuesto...que no están permitidas todavia...es absurdo.. En realidad con una radio baliza te localizan de verdad... ahí lo dejo... Y soy bandera española pero ya estoy harto de que papa estado nos tome por bobos...por supuesto que quiero que mi embarcación este siempre en perfectas condiciones de navegación.. faltaría mas. No has comentado lo de los depósitos de aguas negras obligatorios... mi embarcación tiene 9.80 metros a ver donde instalo ahora un deposito de aguas negras...mas dinero a invertir, a ver si entienden que no somos ricos ... Como bien dices en un dolor cumplir todas las normas que nos ponen... Por otro lado no entiendo por que marina mercante debe de hacerse cargo de la náutica de recreo debería de haber una separación de criterios y una normativa especifica de la Nautica de recreo así como una dirección integrada por marinos de náutica de recreo que saben exactamente que necesitamos en nuestras embarcaciones. Marina mercante para grandes navíos... si muchos de ellos no saben que es una vela... Gracias por tu video, siempre te sigo con mucho interés.
Con esto me surge una duda: estoy de acuerdo en que una radiobaliza aporta un plus frente a una simple luz. Mi pregunta es: si así quieres llevarla ¿está prohibido? Yo entiendo que no...
@@davidbello9522 Uno siempre puede completar el equipamiento obligatorio con lo que le parezca oportuno. La única condición es que aquello que se lleve a bordo y que esté sujeto a revisiones debe de estar revisado, nada más. El resto de las cosas es cuestión personal.
@@angelbqb5358pero prohibidas por una ley española, europea, etc... o prohibidas porque necesitas MMSI como las radios y solo se da por barco? Lo digo porque tengo una duda parecida con las portátiles con DSC... De todas formas, todo esto no viene regulado por el SOLAS, que sería una norma de rango mayor a las nacionales? Lo pregunto desde la ignorancia
Buenos dias, al visitar la web de Fomento se expone una tabla sobre descarga de aguas sucias donde dice
ZONA "Hasta 3 millas" OPCIONES DE DESCARGA "Se permite con tratamiento. Ni solidos, ni decoloración".
Pero hasta donde tengo entendido, a menos de 3 millas no se permite descarga de aguas sucias. No sé si lo interpreto erróneamente.
Muchas gracias por todo.
Sigue faltando una exención o una solución alternativa para los barcos de bandera española que navegan en el extranjero. La DGMM es, en este sentido, responsable de que apenas se vean banderas españolas navegando por el mundo, ya que casi se obliga a la gente a cambiar de bandera. Es prácticamente imposible que un barco que esté navegando por el Pacífico, por ejemplo, pueda hacer una ITB.
Pura recaudación el cambio de bandera sigue siendo la mejor opción demasiados chiringuitos y mucho parásito .
Gracias Juanma por tus aportaciones. Me gustaría conocer si el RD aclara si en el caso de tener navegación Zona 4 y recibir una inspección en Zona 7, si te aplican las obligaciones de la Zona 7 o de la que tienes autorización para navegar. gracias
Y yo me pregunto: qué le importa a la administración si yo me echó a la mar irresponsablemente sobre las medidas de seguridad. Si no llevo chaleco, radio, bengalas y demás, es mi problema. No entiendo estás obligaciones. Afortunadamente yo soy residente en Holanda, donde no tenemos todas estas cosas y donde no hay problemas anadidos. Francamente, yo creo que la norma está hecha para poder poner multas
Hola Carlos, yo tmb navego por Zealand, por donde paras por aquí?
@@nan_eol por la zona de Leiden :-)
Pues sí, es su problema, yo diría un problemón.
Como siempre que lo hago, me gustó mucho escucharte.
Conocer tu opinión y valoración (aunque sea rápida) acerca de la nueva normativa siempre es interesante. ¡Enhorabuena por el video!
Slds,
Buena proa y buenos vientos en vuestfas travesias.... Gracias por la información...
Sobre el punto cuatro. ¿Se interpreta que las personas que tienen un barco en Puerto sin intención de salir a navegar, como vivienda, sin motor, deben de ponerlo en regla y en condiciones de navegar?
Esa obligación ya existe desde el punto de vista del contrato de seguro y de los reglamentos de puertos. El barco es buque y debe de estar en regla. Si se pretende usar solo como vivienda, también debe de ser barco y reunir condiciones para navegar, a no ser que esté fuera del puerto en un varadero o arrumbado.
Buen vídeo Juanma, gracias por tenednos al día!
Una pregunta de nuevo navegante, ¿cuáles son las aguas interiores y qué límite tienen? Gracias
Las que quedan dentro de la línea base de medida de aguas jurisdiccionales. España tiene una línea mixta. Básicamente, radas, puertos, bahías, ríos y lagos o embalses
Hay que ser ingeniero y registrador de la propiedad para poder llevar el barquito en regla en España. Tanta norma tanta mi..da. Robarnos es lo que hacen.
Muchas gracias.
Disfrutad de la navegación.
Si tengo un barco propiedad de una empresa de Panama y pabellón polaco… ¿quedaría exento de esta norma?
Menudo lio no? Pues si entiendo que si es un barco de recreo (menos de 24 metros de eslora) utilizado habitualmente por un ciudadano o residente en España y en aguas españolas, la norma aplica.
Con todos mis respetos es una norma recaudatoria a todas luces, es imposible con revisiones anuales para casi todo el material estar pendiente y soportar ese gasto. Los chalecos pueden perfectamente pasar tres años sin revisar y sancionar por todo a todo trapo no da más seguridad a la navegacion
Son los propios fabricantes los que recomiendan revisar los chalecos de flotabilidad incorporada, no la DGMM. Como alternativa, se pueden llevar los chalecos de flotabilidad propia, esos no requieren revisiones. Es una opción buena para los que navegan con buen tiempo y en condiciones fáciles: es decir, la mayoría de los aficionados de nuestro país. Si navegas en serio y haces velocidad, entonces, la revisión anual es una buena idea, estoy convencido porque el propio fabricante lo dice. Esperemos que las directrices de la aplicación de la norma sean ponderadas, en eso confío.
Si tienes caducadas varias inspecciones y te encuentras en Tonga, como tengas un accidente a ver si el seguro te va a buscar las cosquillas opor estar abanderado en España. Ojito.
Bueno, si el seguro es una póliza contratada en España y el barco es pabellón español, con toda certeza que habrá problemas para tramitar el siniestro y percibir una indemnización a daños propios o a terceros. ¡Buenas. son las compañías de seguros! No es que te busquen las cosquillas es que el asegurado no podrá buscarles a ellos las suyas. Para ir tranquilo a Tonga con un velero, lo mejor es una buena tarjeta de crédito.
Lo de pabellón extranjero no es posible,es invasion de competencias
Le recomiendo leer los antecedentes del RD 339/2021. Ahí se explica el fundamento jurídico de la norma. Creo que la argumentación es correcta, aunque no soy jurista. El borrador ha estado sometido a las alegaciones, ahora la norma está vigente en pocos días.
@@JuanMaErrea toda embarcación se regirá por las normas del pabellón, es una ley de carácter superior a un real decreto y firmado por España .
España no puede legislar sobre el pabellón de otros países
@@Manuel1964. Los barcos en tránsito en aguas jurisdiccionales de un país ejercen el "derecho de paso inocente" pero están sometidos a la potestad inspectora del estado ribereño.
@@JuanMaErrea estudia bien el Derecho marítimo internacional antes de soltar esas barbaridades.
@@franciscoayala8459 no solamente se inspeccionan buques de otros pabellones sino que también pueden ser retenidos en puertos por incumplir normas internacionales: esa facultad la otorgan los convenios internacionales en materia de prevención de la contaminación MARPOL, seguridad en la mar, SOLAS y otras. En el caso concreto, la argumentación jurídica se encuentra en los preliminares del RD. Puede ser discutible pero el efecto es esencialmente razonable: no es justo que unos ciudadanos tengan diferentes obligaciones que otros a merced de argucias que eviten el cumplimiento de las normas del país en el que residen, esa es la cuestión de fondo.
❤❤❤❤❤❤❤❤
🤙
Es de aplicacion en el próximo examen del PER?
Así lo creo
Gracias por el video. Echo en falta que, además de obligar a llevar el material, no se obligue a saber usarlo. Para mi es el fallo de esta y todas las normas.
Vete preparándote para cuando vengan los de pabellón belga a soltar bilis.
Deja, deja, que no nos obliguen a más. Que no nos da la vida para cumplir con todas las obligaciones. Eso ya existe para nosotros, los marinos profesionales y es una verdadera pelmada porque se aplican criterios de exigencias internacionales para marinos mercantes, de modo que quedan fuera del contexto de la navegación en veleros y barcos de pequeñas esloras. Bueno, respecto a lo segundo, cuento con ello, es una lástima.
@@JuanMaErrea No digo hacer un curso a parte como los de profesional, pero si incluir algo básico dentro de las prácticas de navegación o incluso de radio que ya se dan ahora. Por lo menos, saber encender una bengala sin quemarte o practicar un abandono de forma controlada en un sitio seguro.
No te discuto que habría que relajar muchas cosas... pero en seguridad, creo que lo estamos enfocando mal poniendo el foco solo en llevar un material sin mirar para que y como
Norma que viene a solucionar muy poco, sigue dejándonos lejos de otros países y que lo único que intenta es recaudar, pedir imposibles e intentar evitar, de malas maneras, la fuga a otros pabellones.
Los únicos que parecen contentos con esta norma son los patrones con bandera española porque piensan lo que es, un RD atacando a los que no la tienen.
Poca profundidad en su análisis y ninguna referencia a temas como solucionar la no contaminación.
Gracias
En mi opinión, lo que nos aleja de otros países con más civilización en este aspecto es que no tenemos una Cultura de Mar consolidada y la navegación de recreo que se practica es fundamentalmente de pesca deportiva, baño y sol veraniego. Navegar es un arte que requiere perseverancia, formación y rigor. No se trata simplemente de una forma de ocio, entretenimiento y diversión. Cuando navegamos en nuestras costas (ahora mismo, cuando escribo esto, que navegamos hacia Galicia) nuestra costa es desierta NADIE NAVEGA POR AQUÍ. ¿están nuestros navegantes en el Pacífico? y la culpa es de la DGMM, caramba.
@@JuanMaErrea Totalmente de acuerdo en que nos falta esa Cultura de Mar y en que la DGMM no es la culpable de eso (aunque, a mi juicio, tampoco es que facilite las cosas).
Pero lo cierto es que hay muchos y buenos marinos españoles navegando por los mares de todo el mundo y la mayoría de ellos han tenido que renunciar a su bandera porque simplemente les resulta imposible cumplir unas normas rígidas que no contemplan toda la casuística.
Si la DGMM se ha preocupado de legislar para los residentes con bandera extranjera, debería haber hecho lo mismo para el caso contrario, es decir, para los españoles no residentes (porque están navegando por el mundo) con bandera española.
Un cordial saludo y gracias por el canal.
Adiós al mantenimiento de invierno, ahora todos a pagar varadero porque si está en el agua debe estar aparejado y listo para navegar así no quieran ni tengan la más mínima intención de ir a hacerlo. Menuda simplificación, jajajaja.
La norma no dice que deba estar aparejado. Esa obligación de que el barco esté en buenas condiciones ya existe desde el punto de vista del contrato de seguro y de los reglamentos de puertos. El barco es buque y debe de estar en regla. Si se pretende usar solo como vivienda, también debe de ser barco y reunir condiciones para navegar, a no ser que esté fuera del puerto en un varadero o arrumbado. No, no. Un barco no es sencillo ni un objeto utilitario. La culpa no la tiene nadie.
No muy bien explicado,
La norma de luz en el chaleco ya es obsoleta... porque no una radiobaliza individual en el chaleco con su luz por supuesto...que no están permitidas todavia...es absurdo..
En realidad con una radio baliza te localizan de verdad... ahí lo dejo... Y soy bandera española pero ya estoy harto de que papa estado nos tome por bobos...por supuesto que quiero que mi embarcación este siempre en perfectas condiciones de navegación.. faltaría mas.
No has comentado lo de los depósitos de aguas negras obligatorios... mi embarcación tiene 9.80 metros a ver donde instalo ahora un deposito de aguas negras...mas dinero a invertir, a ver si entienden que no somos ricos ...
Como bien dices en un dolor cumplir todas las normas que nos ponen...
Por otro lado no entiendo por que marina mercante debe de hacerse cargo de la náutica de recreo debería de haber una separación de criterios y una normativa especifica de la Nautica de recreo así como una dirección integrada por marinos de náutica de recreo que saben exactamente que necesitamos en nuestras embarcaciones.
Marina mercante para grandes navíos... si muchos de ellos no saben que es una vela...
Gracias por tu video, siempre te sigo con mucho interés.
Con esto me surge una duda: estoy de acuerdo en que una radiobaliza aporta un plus frente a una simple luz. Mi pregunta es: si así quieres llevarla ¿está prohibido? Yo entiendo que no...
@@davidbello9522 Uno siempre puede completar el equipamiento obligatorio con lo que le parezca oportuno. La única condición es que aquello que se lleve a bordo y que esté sujeto a revisiones debe de estar revisado, nada más. El resto de las cosas es cuestión personal.
@@davidbello9522 las radiobalizas personales están Prohibidas
@@angelbqb5358pero prohibidas por una ley española, europea, etc... o prohibidas porque necesitas MMSI como las radios y solo se da por barco? Lo digo porque tengo una duda parecida con las portátiles con DSC...
De todas formas, todo esto no viene regulado por el SOLAS, que sería una norma de rango mayor a las nacionales?
Lo pregunto desde la ignorancia
@@davidbello9522Porque necesitas mmsi y solo se dan a barcos...