3. Etapas del Proceso Penal

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  • เผยแพร่เมื่อ 26 ก.ค. 2019
  • Pizarra en mano y con la dicción dando acuse del horario hacemos repaso de las Etapas del #ProcesoPenal en #Argentina
    Fe de erratas: suspensión del juicio a prueba = #Probation
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ความคิดเห็น • 143

  • @enzodenisluna2485
    @enzodenisluna2485 6 หลายเดือนก่อน +3

    Genios como explican los videos de derechos, los insto a seguir!!! Felicitaciones!!!

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  6 หลายเดือนก่อน

      ¡Muchísimas gracias Enzo!

  • @diegomedina1151
    @diegomedina1151 4 ปีที่แล้ว

    muy buen video ... muy util gracias

  • @marceloserrano493
    @marceloserrano493 4 ปีที่แล้ว +2

    Muy buen video felicitaciones

  • @marinabelensandoval8951
    @marinabelensandoval8951 3 ปีที่แล้ว +2

    Execelente!! Muy bien explicado 😊

  • @gustavosanchez9330
    @gustavosanchez9330 7 หลายเดือนก่อน +1

    Zarpada explicación. Muchas gracias!

  • @marceesawa4985
    @marceesawa4985 3 ปีที่แล้ว +1

    EXCELENTE TU MANERA DE EXPLICAR....GRACIASSSSSS

  • @strangerthins3598
    @strangerthins3598 3 ปีที่แล้ว +3

    Más claro que mis profes. Gracias!!

  • @nicolasmarquez2232
    @nicolasmarquez2232 2 ปีที่แล้ว +1

    Gracias hermano! excelente explicación.

  • @micaeladuran9466
    @micaeladuran9466 2 ปีที่แล้ว +2

    Muchísimas gracias! Excelente explicación, muy clara!

  • @compartimoslabiblia3138
    @compartimoslabiblia3138 10 หลายเดือนก่อน

    Muchas gracias. Me sirvió
    mucho el video! Saludos

  • @enzoramirez9848
    @enzoramirez9848 2 ปีที่แล้ว +1

    muy buen video

  • @user-bv7ih7th8s
    @user-bv7ih7th8s 8 หลายเดือนก่อน +1

    muy bien explicado!!

  • @vanesasotelo755
    @vanesasotelo755 3 ปีที่แล้ว +1

    Hoy tengo la oportunidad de conocerlo muy claro Gracias.

  • @eltipo7424
    @eltipo7424 ปีที่แล้ว +2

    muy bueno

  • @magdalenaauqui4467
    @magdalenaauqui4467 3 ปีที่แล้ว +1

    hl muy bueno interesante gracias podria ser un video la diferencia proceso penl y sistema penal

  • @leandronovelli7093
    @leandronovelli7093 2 ปีที่แล้ว +3

    Excelente explicación, realmente muy didactico

  • @julioibanez6537
    @julioibanez6537 3 ปีที่แล้ว +1

    Hola muy buenos videos muchísimas gracias por su generosidad, me gustaría que realicen un video de que escritos presentar como defensor penal en cada etapa ...!!! en delitos de robo homicidio drogas etc gracias

  • @sofialopez686
    @sofialopez686 ปีที่แล้ว

    Gracia, me sirve!!

  • @ivanchavez8477
    @ivanchavez8477 4 ปีที่แล้ว +1

    graciasss

  • @celespereyra6815
    @celespereyra6815 2 ปีที่แล้ว +1

    Gracias, geniooo

  • @gabrielalliteres5345
    @gabrielalliteres5345 3 ปีที่แล้ว +6

    Me encanto,me sirvio un monton, por favor suban el video con la explicación del aprobation,se los voy a agradecer.Saludos¡

  • @blas6666
    @blas6666 7 หลายเดือนก่อน

    Gran valor

  • @Symphony7
    @Symphony7 3 ปีที่แล้ว +2

    Gracias monster

  • @frankoocc1907
    @frankoocc1907 3 ปีที่แล้ว +1

    Graciass crackkk

  • @aldanamacarenaaltamiranoca3233
    @aldanamacarenaaltamiranoca3233 2 ปีที่แล้ว +1

    Podrias explicar el proceso penal en el caso de un menor de edad?

  • @zetaroberto2983
    @zetaroberto2983 หลายเดือนก่อน +1

    Buenas!!! Necesito ayuda aaaaaaa nadie aprueba esta materia o muy pocos! Como empiezo?

  • @zetaroberto2983
    @zetaroberto2983 หลายเดือนก่อน

    Necesito que pongas este video como el primero! El dos el tres y asi! Asi los veo todos, necesito por ahora solo la instrucción

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  หลายเดือนก่อน

      Hola! Fíjate que creamos una lista de reproducción con videos de Derecho. Esperamos que te sirva!

  • @sandrapacheco9503
    @sandrapacheco9503 3 ปีที่แล้ว

    muy buen aporte!

  • @adrianaaragon5525
    @adrianaaragon5525 9 หลายเดือนก่อน

    Hola que bien explica. !! bienvenido a mi vida. ..gracias!!..

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  9 หลายเดือนก่อน +1

      Hola Adriana, ¡Muchísimas gracias por tu mensaje y por mostrarnos tu apoyo!

    • @adrianaaragon5525
      @adrianaaragon5525 9 หลายเดือนก่อน

      Excelente!. Tengo una duda! En la prevención policial detienen a un hombre por considerar que es autor del homicidio. Cuánto tiempo debe permanecer detenido?.. esa sería la etapa preliminar verdad?... Muchas gracias. Saludos cordiales!.

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  9 หลายเดือนก่อน +1

      @@adrianaaragon5525 correcto, es la etapa preliminar. Si bien varía de acuerdo a cada provincia, generalizando podemos decir que no debería detenerse a esa persona por más de 24 hs sin ser llevada por ante el juez. Aún con el proceso de flagrancia ("manos en la masa"), no puede retenerse tanto tiempo a una persona salvo que se le dicte la prisión preventiva. Saludos.

    • @adrianaaragon5525
      @adrianaaragon5525 9 หลายเดือนก่อน +1

      @@economiaenlinea excelente explicación. Muchas gracias!.

  • @solcayo4404
    @solcayo4404 3 ปีที่แล้ว +1

    Hola muy bien explicado! Me gustaria si quieren hacer un video explicando sobre el Sistema Acusatorio diferencia entre el inquisitivo y el mixto. Saludos

  • @gustavoadolfoolivello3225
    @gustavoadolfoolivello3225 3 ปีที่แล้ว

    gracias por el video...me ayuda a preparar la bolilla para mi Examen

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว

      Gracias a vos por suscribirte a nuestro canal. ¡Mucha suerte en el examen!

  • @nicolasmiani9928
    @nicolasmiani9928 3 ปีที่แล้ว

    Muy bueno el vídeo, muy claro.
    Me gustaría saber sobre competencia penal en CABA. Existen dos código procesales, el código procesal penal de la nación y el código procesal penal de CABA? el código procesal penal de la nación es el código procesal federal? me confunde dicha inquietud. Desde ya gracias.

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว +1

      Hola Nico, muchas gracias! Cada provincia tiene su propio Código Procesal Penal. En el caso de CABA, dado que todavía no se le han delegado todas las competencias penales desde que en 1994 fuera reconocida como ciudad autónoma, conviven dos poderes judiciales y códigos procesales. La Justicia de CABA entiende sobre delitos menores (faltas y contravenciones), la Nacional (que se llama así pero funciona solo en CABA), sobre el resto de los delitos. Esto de a poco se irá modificando con el traspaso (el oficialismo ahora por ejemplo quiere completar el traspaso de competencias), y será la Justicia de CABA la que entienda en todos los asuntos. A la par de esto, se dictó hace unos años un Código Procesal Penal Federal, que regirá para delitos delitos federales (Justicia Federal), y que ya se está implementando gradualmente en algunas provincias. Te compartimos un link para que puedas ver más: www.mpf.gob.ar/cppf/
      Saludos!

  • @eugeniallorens8796
    @eugeniallorens8796 2 ปีที่แล้ว +1

    Hola , chicos !!! Cómo se encuentran ? Espero que bien .
    Van a seguir subiendo videos sobre lo referente al derecho procesal penal ? Me resulta muy interesante .
    Estuve mirando para saber si había alguna novedad , pero solo encontré el vídeo de las etapas del proceso.

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  2 ปีที่แล้ว +1

      Hola Eugenia! Muchísimas gracias por tu mensaje, esperemos que vos también te encuentres muy bien. Sí, nuestra idea es continuar subiendo videos de a poco. Si buscás las listas de reproducción de nuestro canal vas a encontrar que sobre Derecho Penal hablamos ya de procesamiento y declaración indagatoria. Se viene nuevo material. Muchas gracias por el apoyo!

  • @francoaugustobaisch6742
    @francoaugustobaisch6742 2 ปีที่แล้ว

    buenas profe. consulta: tienen alguna clase sobre diferentes recursos que aparecen en el código procesal penal federal y los plazos de interposición?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  2 ปีที่แล้ว

      Hola Franco, muchísimas gracias por tu consulta. No realizamos un video vinculado a recursos por ahora, ya que presentan algunas diferencias provincia por provincia. De todas formas te sugerimos: (i) ver nuestro último video sobre sistemas procesales penales; y (ii) consultar el siguiente sitio web del MPF: www.mpf.gob.ar/cppf/. "EL LIBRO TERCERO: CONTROL DE LAS DECISIONES JUDICIALES" del Código es el que a vos te interesa. Saludos!

  • @gabriellgonza
    @gabriellgonza 2 ปีที่แล้ว

    consulta... desde el laburo que estaba me pagaron con cheque, ( donde todav no me ponian en blanco) fui a cobrar el cheque y resulta q desde la cuenta madre estaba bloqueada..
    la empresa reconoce que yo trabaje ahi..
    mi consulta es la sig.. cuantas cartas documentos debo enviar para poder iniciar un juicio para poderr cobrar lo que me deben-??
    desde ya muchas gracias!

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  2 ปีที่แล้ว +1

      Hola Gabriel. En principio con una o dos ya resultaría suficiente para luego convocar al empleador a una conciliación obligatoria. Te recomendamos que consultes con un abogado/a para que te asesore en tu caso particular. Tené en cuenta seguramente te resulte enviar un telegrama laboral en reemplazo de la carta documento, ya que este último es gratuito para empleados/as. Saludos.

  • @eusuarez6521
    @eusuarez6521 4 หลายเดือนก่อน

    Muy buena explicacion! En la etapa 4 entiendo que hay dos instancias mas para que el acusado puede pedir que se revise la sentencia. Como se llaman esas apelaciones ?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  4 หลายเดือนก่อน

      Gracias por tu comentario! Posiblemente te estés refiriendo a los recursos de apelación y casación. Recomendamos que revises el capitulo de recursos del código procesal de tu provincia o jurisdicción. Saludos.

  • @yamiljauge1386
    @yamiljauge1386 4 ปีที่แล้ว +1

    Hola, Buen Video.
    Me podrian Explicar la diferencia entre el sistema acusatorio y el Inquisitivo?...
    y cual es el adoptado por nuestro pais?.
    Gracias por los videos. Exitos.

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  4 ปีที่แล้ว +1

      Hola Yamil, muchas graciasa vos por tu mensaje. Si nos escribís a somosleol@gmail.com podemos enviarte un cuadro comparativo de sistemas acusatorios y mixtos. ¿Desde qué país no mirás? En Argentina existe hoy un sistema mixto, en transición hacia uno acusatorio.

    • @yamiljauge1386
      @yamiljauge1386 4 ปีที่แล้ว

      @@economiaenlinea Desde argentina..
      Muchas gracias x ser tan atentos.
      Luego enviare un correo para mas info.
      Gracias y adelante que sirven de orientacion sus videos!..

  • @paolaarias3310
    @paolaarias3310 ปีที่แล้ว

    hola , buen dia , queiro consultarte recien estoy empezando en esta rama del derecho; un cliente tuvo una denuncia en 2021 por usurpacion ahora bien a la actualidad esa denuncia quedo ahi sin mas mobimiento ni tramite solo me presente como apoderado, ahora bien eso quedo en la primera etapa preliminar puedo pedir el archivo de la causa?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  ปีที่แล้ว

      Hola Paola. Gracias por escribirnos. El delito de usurpación es un delito de acción pública, por lo que debe investigarse de oficio. Puede ser que luego del paso del tiempo e inactividad procesal corresponda solicitar el archivo de las actuaciones, pero eso debe evaluarse analizando el caso en particular. Saludos.

  • @eugeniallorens8796
    @eugeniallorens8796 2 ปีที่แล้ว +1

    Acabo de suscribirme Al canal espero que se encuentre en actividad actualmente ya que es de muchísima Ayuda .
    Ya que tuve que dejar la facu .por enfermedad y tengo que actualizarme y reforzar conocimiento a cerca del derecho procesal penal.
    Otro de los temas es que soy amante del Derecho penal !!!
    Saludos cordiales .

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  2 ปีที่แล้ว +2

      Hola Eugenia. Te agradecemos muchísimo por tu comentario. Nos alegra poder serte de ayuda desde este humilde espacio que queremos seguir alimentando con toda la comunidad que se sume. En otros comentarios podrás encontrar material que hemos sugerido para resolver consultas concretas. Sentite libre de preguntarnos e intentaremos darte una mano. Nunca es tarde para volver a estudiar. Esperamos que te recuperes pronto y nunca abandones el amor por el Derecho. Un beso grande!! LEOL 💪🏽

    • @socratesbenitez-cl5cn
      @socratesbenitez-cl5cn หลายเดือนก่อน

      El sábado tengo el primer parcial de procesal penal.y m sirvió mucho

  • @elioportocarrero3998
    @elioportocarrero3998 3 ปีที่แล้ว

    Buenas tardes. Disculpe mi ignorancia. En que se diferencia las etapas judiciales con respecto al cppn/cppf

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว +1

      Hola Elio! No pidas disculpas, estamos todos para aprender. Las etapas judiciales no se modifican tanto en ambos códigos, sino más bien quién las lleva a cabo. El CPPN por ejemplo tiene un sistema mixto, en donde la instrucción/investigación es realizada por un juez, salvo que la delegue en el Ministerio Público Fiscal. En cambio, el CPPF adopta un sistema acusatorio, en dónde la investigación la realizan los fiscales. Te recomendamos esta página para conocer un poco más: www.mpf.gob.ar/cppf/.
      Saludos y gracias por escribirnos!

  • @marianopereiro8413
    @marianopereiro8413 3 ปีที่แล้ว

    Hola buenas noches. Hay algún vídeo que hayan hecho sobre el cese de la preventiva? Estoy interesado..y en qué momento se pide? Desde ya muchas gracias

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว +1

      Hola Mariano! Muchas gracias por tu comentario. Todavía no hemos preparado un vídeo específico sobre prisión preventiva, aunque sabemos que despierta mucho interés. La ley dice que "La prisión preventiva no podrá ser superior a dos años, sin que se haya dictado sentencia. No obstante, cuando la cantidad de los delitos atribuidos al procesado o la evidente complejidad de la causa hayan impedido el dictado de la misma en el plazo indicado, éste podrá prorrogarse por un año más, por resolución fundada, que deberá comunicarse de inmediato al tribunal superior que correspondiere, para su debido contralor." Por otra parte, aplicando la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), el límite razonable podría ser inferior (menos años o meses), de acuerdo a las particularidades del caso. Un abrazo grande!

    • @marianopereiro8413
      @marianopereiro8413 3 ปีที่แล้ว +1

      @@economiaenlinea gracias nuevamente por responderme me ah despejado la duda. Saludos

  • @frankoocc1907
    @frankoocc1907 3 ปีที่แล้ว

    Hola tengo una re duda ; hoy en dia con la nueva reforma (ley 3192) se elimina la etapa preliminar?? Y queda como unica etapa la intermedia

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว

      Hola Frankoo, gracias por tu mensaje! Entendemos que te referís en particular a la Pcia. de La Pampa verdad? En ese caso te comentamos que no se ha eliminado la etapa preliminar. Lleva el nombre de "Investigación Fiscal Preparatoria". Saludos.

  • @torovictor6814
    @torovictor6814 2 ปีที่แล้ว

    Tengo una pregunta, cuales son las diferencias entre el proceso penal en delitos federales, con respecto a los delitos normales como algún hecho de robo o hurto?.

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  2 ปีที่แล้ว

      Hola, muchas gracias por tu consulta! Así es, para delitos federales existe un código procesal particular que se está implementando gradualmente en distintas jurisdicciones del país. Te sugerimos que visites ESTA PÁGINA del Ministerio Público Fiscal para más información. Saludos!

  • @vanessaroman275
    @vanessaroman275 4 ปีที่แล้ว

    Hola! ¿ podrías explicar cuál es el rol del juez en la etapa de juicio con respecto a la prueba?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  4 ปีที่แล้ว +3

      Hola Vanessa! Muchas gracias por tu consulta. Recibido el proceso luego de terminada la instrucción/investigación, lo primero que se hace es verificar el cumplimiento de las prescripciones de la instrucción, es decir, que se hayan cumplido los pasos y reglas del proceso.
      Una vez que está integrado el tribunal (generalmente son 3 los jueces -de ahí que se denomina "Tribunal"-) se cita al Ministerio Público Fiscal, y a las otras partes a fin de que al término de 10 días examinen el expediente, los documentos y las cosas secuestradas y ofrezcan las pruebas, entre otros. Al ofrecer prueba, presentarán la lista de testigos, peritos e intérpretes, con indicación de los datos personales de cada uno, limitándola, en lo posible, a los más útiles y que mejor conocen el hecho que se investiga.
      Luego, el presidente del tribunal (uno de los 3 jueces que lo integran) ordenará la recepción de las pruebas ofrecidas y aceptadas. El tribunal podrá rechazar la prueba ofrecida que evidentemente sea impertinente o superabundante. Si nadie ofreciere prueba, el presidente dispondrá la recepción de aquella pertinente y útil que se hubiere producido en la instrucción/investigación. Además, antes del debate, podrá ordenar los actos indispensables que se hubieren omitido o denegado o fuere imposible cumplir en la audiencia o recibir declaración a las personas que presumiblemente no concurrirán al debate por enfermedad u otro impedimento.
      Iniciada ya la audiencia de debate (juicio) el rol principal del juez es el de dirigir el procedimiento: ordenando las lecturas necesarias, haciendo las advertencias legales, recibiendo los juramentos y declaraciones y moderando la discusión, impidiendo preguntas o derivaciones impertinentes o que no conduzcan al esclarecimiento de la verdad, etc.

    • @vanessaroman275
      @vanessaroman275 4 ปีที่แล้ว

      @@economiaenlinea
      Ooh! Tengo que estudiar....
      Besos...

  • @MarcosRodriguez-91
    @MarcosRodriguez-91 4 ปีที่แล้ว

    Hola! A mi me genera dudas la cuestión de los fueros. ¿Cuál es la diferencia entre fueros nacionales y fueros federales? Y porque dentro de los fueros federales hay "justicias nacionales" en determinadas ramas del derecho (penal económico, civil y comercial, etc) ?.

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  4 ปีที่แล้ว +2

      Hola Mark! Muchas gracias por tu consulta. La distinción entre la competencia federal y la ordinaria (local) tiene como fundamento histórico-político el sistema federal de gobierno adoptado por Argentina a través de su Constitución Nacional.
      El régimen federal adoptado da lugar a la existencia de un doble orden judicial en Argentina, constituido por el Poder Judicial de la Nación y los Poderes Judiciales de las Provincias y de la C.A.B.A.
      El federalismo funciona como base de la unión a través de la instauración de un poder central con dominio limitado sobre todo el territorio de la República para proveer a su mantenimiento y a las relaciones con el exterior, conservando las provincias todo el poder que no haya sido delegado al Gobierno Federal (art. 121 CN).
      Uno de los poderes delegados por las provincias al Gobierno Federal es el judicial, siempre que la cuestión en pugna verse sobre una materia relacionada a la defensa de intereses públicos de carácter general que custodia el poder central.
      De esta manera, la Justicia Federal interviene en aquellos asuntos enunciados en el art. 116 de la Constitución Nacional (reglamento ley 28).
      Antes de la reforma constitucional de 1994 la Ciudad de Buenos Aires no era autónoma del Gobierno Nacional. Es por eso que conviven en CABA la Justicia Nacional (que en realidad funciona solo en esta Ciudad) y la Justicia propiamente de la Ciudad, a la cual se le han transferido solo algunas materias (contravencional y delitos menores, administrativas y tributarias, etc.). Es de esperar que en algún momento se complete el traspaso, y que la Justicia de la Ciudad pase a entender también en todas las cuestiones civiles, comerciales, laborales, etc. en las cual hoy interviene la Justicia Nacional.

    • @MarcosRodriguez-91
      @MarcosRodriguez-91 4 ปีที่แล้ว +1

      @@economiaenlinea Muchas gracias! Capo total! Supongo que algún día se completará el traslado y quedará más ordenado el sistema en general. Saludos!

  • @sandrabarboza5912
    @sandrabarboza5912 3 ปีที่แล้ว +1

    hola que tal buenas tardes perdón por mi ignorancia pero que diferencia hay ente código procesal penal de la provincia de bs.as y código de procedimiento penal de la nación

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว

      Hola Sandra! No pidas disculpas, estamos todos para aprender. Está muy bien tu consulta.
      Cada provincia tiene su propio Código Procesal Penal. Tal es el caso de la Pcia. de Buenos Aires. En el caso de CABA, dado que todavía no se le han delegado todas las competencias penales desde que en 1994 fuera reconocida como ciudad autónoma, conviven dos poderes judiciales y códigos procesales en dicho territorio. La Justicia de CABA entiende sobre delitos menores (faltas y contravenciones), la Nacional (que se llama así pero funciona solo en CABA), sobre el resto de los delitos. Esto de a poco se irá modificando con el traspaso (el oficialismo ahora por ejemplo quiere completar el traspaso de competencias), y será la Justicia de CABA la que entienda en todos los asuntos.
      Esperamos haber sido claros. Saludos!

  • @CrissBlinker
    @CrissBlinker 4 ปีที่แล้ว

    Hola! Una pregunta, en el proceso penal se utiliza la teoria del delito? si es asi, en que momento y como? Gracias por el video, me suscribo! saludos!

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  4 ปีที่แล้ว +1

      Hola Thompson, muchas gracias por tu consulta y por la suscripción! Efectivamente, en el proceso penal se utiliza la Teoría del Delito, aunque no siempre de manera expresa se mencionan sus cuatro etapas (acción, tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad). No es propia únicamente de la etapa del juicio o debate, sino que también se encuentra presente en fases previas del proceso.
      Escribinos a somosleol@gmail.com en caso de que necesites material para el estudio para poder darte una mano. ¡Saludos!

    • @CrissBlinker
      @CrissBlinker 4 ปีที่แล้ว

      @@economiaenlinea Muchas gracias por la info! Saludos!

  • @octavioherrera2224
    @octavioherrera2224 ปีที่แล้ว +1

    Algun consejo, para estudiar o algo, porque estoy por hacer un examen de ayudante judicial para personas con discapacidad. Y estoy nervioso por que quiero tratar de aprender mucho antes del examen😢. A por cierto explicas muy bien 👌

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  ปีที่แล้ว +1

      Muchas gracias por tu comentario Octavio. Te recomendamos que consultes las fuentes directas de estudio que recomiendan para ese examen en particular. Seguramente se trate de distintas leyes aplicables en tu país, y alguna resolución judicial de relevancia. Empezá por lo que consideres más relevante a tu labor. Éxitos en el examen!

    • @octavioherrera2224
      @octavioherrera2224 ปีที่แล้ว +1

      @@economiaenlinea muchas gracias, exitos en tu canal😊 le recomendaré a mas personas tu canal

  • @javierciro2227
    @javierciro2227 4 ปีที่แล้ว

    Hola pregunta cuando una persona es declarado inimputable sobreseido de una tentativa de homicidio y esa pesona no tiene antecedentes penales q se puede hacer?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  4 ปีที่แล้ว

      Hola Javier! Muchas gracias por tu consulta. Entendemos por tu pregunta que la inquietud parte de alguien que no estaría de acuerdo con la decisión de sobreseer a un imputado. En tal caso tanto el fiscal interviniente como la parte constituida en querellante podrán cuestionar el auto (resolución) para que sea revisado por un tribunal superior. Saludos.

  • @camaradecomercioindustriay4453
    @camaradecomercioindustriay4453 ปีที่แล้ว +1

    Buenos días, quería consultar hasta que etapa se puede ampliar la teoría de un caso?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  ปีที่แล้ว +1

      Con sus limitaciones en cuanto a la prueba oportunamente ofrecida y producida, la teoría del caso podría modificarse hasta los alegatos de cierre de la etapa de de debate. Es decir, hasta último momento podrían darse interpretaciones alternativas, aunque no así reunir nuevas pruebas para sostener novedosas líneas o teorías del caso.

  • @chiaraescalante4168
    @chiaraescalante4168 11 หลายเดือนก่อน

    cuando se incorporan las pruebas documentales al proceso penal?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  11 หลายเดือนก่อน

      En principio sería en la etapa inicial de instrucción. Saludos.

  • @matiasrodriguez3739
    @matiasrodriguez3739 4 ปีที่แล้ว

    Hola disculpa será que puedas subir un vídeo de antijuridicidad

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  4 ปีที่แล้ว

      Hola, anotamos para tratar el tema en un próximo video. Dado lo específico del tema, seguramente te recomendemos algún material alternativo que te pueda ser de ayuda. Gracias por suscribirte!

  • @JuanPerez-tg4ls
    @JuanPerez-tg4ls 3 ปีที่แล้ว +2

    Al comienzo dices que el juicio abreviado es la "probation" y no es así. La "probation es la suspensión del proceso a prueba

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว

      Hola Juan, muchas gracias por tu mensaje. Tienes razón! Fíjate que luego de subir el video corregimos el error en la descripción con un fe de erratas. Saludos.

  • @marcelodelgado8628
    @marcelodelgado8628 ปีที่แล้ว

    el proceso es el mismo en toda la nacion verdad? o varia segun la provincia?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  ปีที่แล้ว

      Hola Marcelo! El proceso varía según la provincia. Aunque pueden ser muy parecidos, cada jurisdicción tiene su propio código de procedimientos. Saludos.

  • @sympathyforthedevil9472
    @sympathyforthedevil9472 3 ปีที่แล้ว +1

    Hola. Disculpá mi ignorancia. El fiscal de instrucción es el mismo que el fiscal del juicio? o una vez finalizada la etapa de instrucción y comienzo del juicio pasa a otro fiscal? pregunto porque he escuchado hablar de "fiscal de instrucción" y "fiscal del juicio oral".

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว

      Hola! Muchas gracias por tu comentario. Está muy bien la pregunta. Sí, generalmente el fiscal que interviene en la etapa de instrucción no es el mismo que el fiscal que lo hace en el juicio. Sucede algo similar en caso de que la causa sea elevada a un tribunal superior. Saludos!

    • @sympathyforthedevil9472
      @sympathyforthedevil9472 3 ปีที่แล้ว

      @@economiaenlinea Gracias por responder. Si no molesto hago otra pregunta: como son 2 fiscales distintos (el de instrucción y el del juicio oral), puede pasar que el fiscal del juicio no esté de acuerdo con lo que opina o investigó el fiscal de instrucción? es decir, el fiscal de juicio puede no querer acusar a un procesado porque considera que es inocente, mas allá de lo que dijo el fiscal de instrucción? espero que me haya hecho entender. Gracias.

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว

      @@sympathyforthedevil9472 Hola nuevamente! Sí, creo que has sido largo con la consulta. Si bien no es algo común, podría suceder que no coincidan ambos fiscales con el criterio. En dicho caso, el fiscal que actúa en juicio una vez concluído este pediría lá absolución del imputado. Saludos.

  • @carolinapaz4417
    @carolinapaz4417 2 ปีที่แล้ว

    Hola cuánto tiempo puede pasar hasta el auto de procesamiento ?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  2 ปีที่แล้ว

      En general se cuentan 10 días desde la indagatoria, aunque puede variar por provincia y aplicación. Te recomendamos que veas nuestras entregas de declaración indagatoria y procesamiento. Gracias por tu mensaje!

  • @elianespinosa519
    @elianespinosa519 2 ปีที่แล้ว

    Pregunta ¿cual es la principal diferencia del proceso penal provincial al proceso penal nacional ?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  2 ปีที่แล้ว

      Hola Elian! Gracias por tu pregunta. La principal diferencia radica en qué la Justicia Nacional tiene jurisdicción en el ámbito de la Capital Federal, dado que aún no se produjo la totalidad del traspaso de Nación a CABA del poder judicial luego de que con la reforma constitucional de 1994 se reconociera como ciudad autónoma a Buenos Aires. El resto de las provisiones tiene un proceso penal que se rige por los códigos de forma que dicta cada uno de sus parlamentos. Esperamos haberte sido de ayuda con esta aclaración. Saludos!!

  • @belengutierrez5310
    @belengutierrez5310 3 ปีที่แล้ว

    Una pregunta.. en la etapa de ofrecimiento de pruebas en el juicio ordinario se deben volver a ofrecer las pruebas que se ofrecieron en la etapa preparatoria en la fiscalia? O solo se deben ofrecer nuevas pruebas no ofrecidas anteriormente en fiscalia?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว +1

      Hola Natalia! Muchas gracias por tu pregunta. Entendemos que te estás refiriendo a las etapas de instrucción y a la de juicio oral. En la etapa de debate se presentan las pruebas incorporadas en la etapa de instrucción y, cómo bien decís, pueden llegar a agregarse nuevos elementos o declaraciones. Saludos!

    • @belengutierrez5310
      @belengutierrez5310 3 ปีที่แล้ว

      @@economiaenlinea pero si no se ofrecen pruebas en el juicio oral se pueden presentar en el juicio oral las pruebas ofrecidas en la etapa de instruccion ?

    • @belengutierrez5310
      @belengutierrez5310 3 ปีที่แล้ว

      Lo que pasa es que mi primo esta en juicio oral. El juicio esta en etapa de ofrecimiento de pruebas y su abogada dice que no debe hacer nada en esta etapa porque ya ofrecio todas las pruebas en la etapa de instruccion. Mi miedo es que no ofrezca las pruebas y luego no le permitan presentarlas en el juicio. Por favor si puede contesteme. Se llego al juicio porque cuando la fiscal pidio la elevacion a juicio la abogada no presento recurso solicitando sobreseimiento habiendole cobrado para presentarlo. Disculpe la extension

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว +1

      @@belengutierrez5310 Sí, no es requsito incorporar nuevas pruebas.

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว +1

      @@belengutierrez5310 Hola Natalia. Lo que señala la abogada de tu primo no resulta descabellado. Sin perjuicio de ello, para poder evaluar el caso en forma seria se debe tener conocimiento del expediente en curso. Si no están conformes con la actuación de la abogada que representa a tu primo nuestra primer sugerencia es que le planteen todas las dudas que tengan para poder evacuarlas y, en caso de no hacerlo, consulten con otro abogado/a de confianza o asesoramiento gratuito para contar con una segunda opinión. Saludos!

  • @agustingaray727
    @agustingaray727 ปีที่แล้ว

    Este desarrollo q huciste pertenece al proceso de nación o al de provincia de Buenos Aires ya que tienen diferencia ?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  ปีที่แล้ว

      Gracias por escribir. Las tienen y por eso no entramos en los detalles de cada jurisdicción. Las etapas que mencionamos aplican en ambos lugares/procesos. A medida que se avanza hacia un sistema acusatorio, se modifican roles (jueces y fiscales), formas (escritura vs oralidad), etc. Saludos.

    • @agustingaray727
      @agustingaray727 ปีที่แล้ว

      @@economiaenlinea gracias por contestar... sabes de algún video explicativo sobre el proceso penal en nación??. Porque todo lo que encuentro pertenece a provincia de bsas y rindo el viernes, motivo por el cual no puedo acudir al código procesal penal de la nación debido a que no cuento con demasiado tiempo. P d me gustaría de existir formar parte de algún grupo de WhatsApp para consultas y debates entre estudiantes de derecho y que se pueda ampliar el espectro de conocimiento y disipar dudas entre nosotros

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  ปีที่แล้ว

      @@agustingaray727 lamentablemente no sabemos de ningún video en particular para recomendarte. Este vídeo no obstante cubre lo principal y aplica para Nación. En cuanto a grupos de ese estilo, podés buscar alguno en Facebook que hay varios. Saludos.

  • @mariakurdyla1991
    @mariakurdyla1991 10 หลายเดือนก่อน

    Esto es de nación o de Caba? Muchas gracias

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  10 หลายเดือนก่อน

      Principalmente Nación, pero los conceptos sirven también para procesos en CABA. Saludos.

  • @runytk
    @runytk ปีที่แล้ว

    Y que sucede si en la etapa preliminar no se encuentran pruebas suficientes como para seguir? En que queda la causa?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  ปีที่แล้ว

      Hola Martín. Si no hay pruebas suficientes debería sobreseerse al acusado y archivar la investigación (salvo que correspondiese seguir hasta la identificación de algún responsable). Saludos.

    • @runytk
      @runytk ปีที่แล้ว

      @@economiaenlinea y eso perjudicaría al acusado no? O si es sobreseído no queda como causa? Me refiero si después quiere desempeñarse en el ámbito laboral en el cual le soliciten certificados de antecedentes

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  ปีที่แล้ว +1

      @@runytk lo beneficia. No queda como causa, ya que no fue condenado por ningún delito.

  • @javierfrancois3284
    @javierfrancois3284 3 ปีที่แล้ว

    Hola que sucede o que acción se podría realizar si una causa penal permanece por mas de 3 años en la etapa Preliminar. Gracias

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว

      Hola Javier! Es muy buena tu pregunta. Lamentablemente muchas veces la instrucción dura bastante más tiempo del que nos gustaría. Evaluando el caso podría requerirse la elevación a juicio si se entiende que ya ha culminado la etapa de instrucción. Si el proceso continúa demorándose, el imputado podrá exigir que ni se viole su derecho a ser juzgado en un plazo razonable. ¡Saludos!

    • @javierfrancois3284
      @javierfrancois3284 3 ปีที่แล้ว

      @@economiaenlinea En el código Penal no existe la Caducidad de instancia?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว +1

      @@javierfrancois3284 no aplican las mismas normas que para los juicios civiles y comerciales, aunque los nuevos códigos procesales insisten con el cumplimiento de ciertos plazos máximos para los distintos actos del proceso penal.

  • @lautaroacostaggsl7867
    @lautaroacostaggsl7867 ปีที่แล้ว

    La etapa Preparatoria es la preliminar?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  ปีที่แล้ว

      Así es. Son distintas palabras para identificar a la misma etapa. Saludos.

  • @federicoalberini7083
    @federicoalberini7083 4 ปีที่แล้ว

    Esto aplica para todas las provincias? para santa fe también?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  4 ปีที่แล้ว

      Hola Federico! Muchas gracias por tu pregunta. Al no ser una facultad delegada al Estado Nacional, cada provincia dicta sus propios códigos de procedimiento, incluído el penal. Los procesos suelen ser de similares características, tendiendo de a poco, y algunos más que otros al esquema acusatorio y de oralidad. En Santa Fe el sistema de enjuiciamiento consta básicamente de 4 etapas: la investigación penal preparatoria, el procedimiento intermedio, el juicio oral y la etapa de ejecución de la pena. Esperamos te sea de ayuda. ¡Saludos!

    • @federicoalberini7083
      @federicoalberini7083 4 ปีที่แล้ว +1

      @@economiaenlinea Te agradezco un montón! ojala sigas haciendo los videos! saludos.

  • @adriablanc3958
    @adriablanc3958 3 ปีที่แล้ว

    ¿Cuál es la finalidad de cada una de las etapas procesales?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว +2

      Hola Adria, muchas gracias por tu consulta! Entendemos que tu pregunta se encuentra respondida brevemente en nuestro video. Te sugerimos que lo vuelvas a mirar. A grandes rasgos lo que se busca es conocer "la verdad", y decidir sobre ello. Los jueces y los representantes del Ministerio Público deben procurar resolver el conflicto surgido a consecuencia del hecho punible, dando preferencia a las soluciones que mejor se adecúen al restablecimiento de la armonía entre sus protagonistas y a la paz social. Saludos!

    • @adriablanc3958
      @adriablanc3958 3 ปีที่แล้ว

      @@economiaenlinea muchas gracias por tu explicación, mas clara imposible!!!

  • @cotyconte2827
    @cotyconte2827 3 ปีที่แล้ว

    Hola, vi que muchas o en la mayoría de veces se les tapa la cara a los acusados de violacion, homicidio etc, por qué se les tapa la cara?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  3 ปีที่แล้ว

      Hola Coty! Puede que en transmisión de juicios por TV se pongan borrosas las caras para preservar la identidad del acusado y de la víctima. Cuando se trata de delitos sexuales y/o menores de edad, es muy común también que sean identificadas por sus iniciales (e.j: F.A.L.), para resguardar su identidad y anonimato. Saludos!

  • @marcosrius95
    @marcosrius95 ปีที่แล้ว

    seria esto en un modelo procesal mixto o acusatorio?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  ปีที่แล้ว +1

      Hoy estamos mayormente en un modelo mixto, yendo hacia acusatorio. Saludos.

    • @marcosrius95
      @marcosrius95 ปีที่แล้ว

      @@economiaenlinea gracias por responder... me suscribo

  • @jonathanlopez6694
    @jonathanlopez6694 ปีที่แล้ว

    Estas etapas de que país son

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  ปีที่แล้ว

      Hola Jonathan. Están pensadas desde Argentina, pero con algunas diferencias sirven también para otros países. Saludos.

  • @franpaster
    @franpaster 10 หลายเดือนก่อน

    Hola. deseo saber si sos abogado, gracias.

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  10 หลายเดือนก่อน

      Hola Fran. Correcto. Todos nuestros videos son pensados y preparados por profesionales de cada materia. En este caso un abogado de la matrícula. Saludos.

  • @alangabrielesquivel6756
    @alangabrielesquivel6756 4 ปีที่แล้ว

    Quién ejerce la etapa intermedia?

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  4 ปีที่แล้ว +2

      Hola Gabriel, muchas gracias por tu consulta.
      La etapa intermedia, también denominada de "control" o "transición", según la
      postura que se adopte y según el esquema procesal, decide respecto del mérito de la investigación llevada a cabo en la etapa
      preparatoria o instructoria, para llevar el asunto a juicio, analizándose también lo relativo al principio de legalidad procesal, y el control de todas las decisiones que tomó el Ministerio Público en la etapa anterior. No es ejercida en particular por alguna de las partes sino que participan todas ellas. De acuerdo a si el sistema penal es acusatorio, inqusitivo o mixto podrá variar quién es el juez que interviene en este proceso (el mismo de la instrucción/investigación o uno distinto).
      Esperamos haberte ayudado. Saludos!

  • @ezequielpalla6778
    @ezequielpalla6778 4 ปีที่แล้ว

    no entendí lo de la etapa complementaria jaja ayudaaaa

    • @economiaenlinea
      @economiaenlinea  4 ปีที่แล้ว

      Hola Ezequiel, lamentamos mucho que no hayas entendido. Te sugerimos suscribirte a nuestro canal y ver el resto de los videos que subimos vinculados al Derecho. En caso de continúes teniendo dudas podés escribirnos a somosleol@gmail.com. ¡Saludos!

  • @lisabogarin2025
    @lisabogarin2025 3 ปีที่แล้ว

    Plea Bargaining