♻️🔙[2021] RETROACTIVIDAD e IRRETROACTIVIDAD de las normas ↩️

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  • เผยแพร่เมื่อ 5 ส.ค. 2024
  • Existen relaciones jurídicas que son lo bastante extensas en el tiempo para alcanzar momentos diversos en que estén en vigor, sucesivamente, normas de contenido distinto.
    Ante estos conflictos de Leyes en el tiempo, SE PLANTEA si la ley nueva ha de aplicarse incluso a las relaciones jurídicas nacidas bajo el imperio de la antigua o ha de respetar el estado jurídico creado con posterioridad.
    En el mundo del Derecho, la IRRETROACTIVIDAD es un principio jurídico que se refiere a la imposibilidad de aplicar una norma a hechos anteriores a la promulgación de la misma.
    Es decir, se trata de 1impedir que las normas tengan efectos hacia atrás en el tiempo, así como 2asegura que tales efectos comiencen en el momento de su entrada en vigor, con la finalidad de dotar al ordenamiento jurídico de seguridad.
    Nuestro ordenamiento jurídico SE RIGE POR EL PRINCIPIO GENERAL DE IRRETROACTIVIDAD, es decir, por la imposibilidad de extender los efectos derivados de una ley a las relaciones jurídicas existentes antes de su entrada en vigor.
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ความคิดเห็น • 17

  • @rosariomico496
    @rosariomico496 ปีที่แล้ว

    Una labor encomiable en pro de los que estamos opositando, muchísimas gracias por tan claras y buenas explicaciones.

  • @rosariomico496
    @rosariomico496 ปีที่แล้ว

    Perfectamente explicado, da gusto escucharte hablar sobre esta ley y sus artículos más complicados de entender y memorizar, gracias por tu ayuda.

  • @elenalucas5846
    @elenalucas5846 3 ปีที่แล้ว +2

    Como ejemplo, tengo sanción por pasar con el coche por Madrid Central en Febrero, la pagué. Ahora que íban a cambiar esa norma, los que no pagaron la sanción no pagarán y a los que hemos pagado no se nos devolverá el dinero. Aquí hay retroactividad par la infracción, pero no para la sanción, entiendo. Gracias por los vídeos, directos y claros.

  • @loubnabenmellouk2487
    @loubnabenmellouk2487 ปีที่แล้ว

    Gracias mejor imposible!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

  • @cristinaguti8285
    @cristinaguti8285 2 ปีที่แล้ว +1

    Gracias. Muy bien explicado. Creo que ahora lo tengo mucho más claro.

  • @luisettiramos6473
    @luisettiramos6473 3 ปีที่แล้ว

    Muchas gracias, siempre a gusto con tus videos!

  • @anferpasmun2787
    @anferpasmun2787 3 ปีที่แล้ว

    He mejorado el entendimiento de este concepto.Gracias.

  • @luisnavarro1091
    @luisnavarro1091 2 ปีที่แล้ว

    HOLA,! Antes que nada felicidades por tu excelente pagina, pongo un ejemplo que seria el mio propio, estoy en excedencia voluntaria por interes particular, y como bien sabras no tiene limite de permanencia, supongamos que de repente se vuelve a establecer un limite de tiempo para dicha permanencia , entiendo por lo que explicas esa disposicion no nos afectaria a los que ya estamos sin dicho limite de permanencia... muchas gracias!

  • @marianamargarit3734
    @marianamargarit3734 3 ปีที่แล้ว

    Muy bien explicado, gracias

  • @belengonzalezchamorro4308
    @belengonzalezchamorro4308 3 ปีที่แล้ว

    Genial explicado!!!!

  • @nicolasanarkocapitalista
    @nicolasanarkocapitalista 2 ปีที่แล้ว

    La retroactividad de los reglamentos es posible, pero mo en base a lo dispuesto en el artículo 39.3 de la ley 39, que se refiere a los actos administrativos y no a las normas, sino conforme al artículo 9.3 CE (interpretación a sensu contrario) y 2.3 del Código Civil, que cuando habla de leyes lo hace en el sentido de normas (si no habría que entender que cuando el artículo 1 del Código Civil enumera las fuentes del derecho o bien olvida o bien no considera los reglamentos, normas que ya existían obviamente cuando se promulgó).
    El artículo 4 del c.c no se refiere al derecho transitoria sino a la completiitud o no del derecho, si el derecho es completo no hay lugar a la analogía, si por el contrario el derecho presenta lagunas, una de las soluciones es la aplicación analógica, y ese precepto está señalando en que supuestos el legislador del XIX creía en un derecho completo para ciertos aspectos

  • @vanesagomez3711
    @vanesagomez3711 3 ปีที่แล้ว

    Se me ha hecho súper corto. Cuando has dicho que terminaba el video, he dicho, pero ya han pasado los 20 minutos??? No puede ser??. Muy bien explicado y además, se nota que te estás esforzando para ir más despacito. Enhorabuena!!!

  • @santisan6359
    @santisan6359 2 ปีที่แล้ว

    Genial video!
    una petición: el tema de la relaciones jurídicas-administrativas (sujeto de la relación, objeto, modificación, causa de la relacion .. )

  • @Jarq1972
    @Jarq1972 3 ปีที่แล้ว +2

    en el minuto 3.10 no te has equivocado en el recuadro? no sería irretroactividad? pregunto

    • @laquintadelbuitre80
      @laquintadelbuitre80 3 ปีที่แล้ว

      Sí, hay un error. Esto aparte, pedazo vídeo/información.

  • @paulama9639
    @paulama9639 3 ปีที่แล้ว

    Hola, ¿podría ser posible un vídeo sobre los tipos de disposiciones y, su razón de ser (Adicionales, Transitorias, Finales y Derogatorias)?. Gracias por los vídeos y las explicaciones tan completas y amenas. Espero que el canal siga creciendo.

  • @irng7448
    @irng7448 2 ปีที่แล้ว

    Hola, podría ser posible un vídeo de los principios de la potestat sancionadora y de la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas (Ley 40/2015)? Muchas gracias :)