Buenas. Cuando inicias actividad y estas en prorrata por ejercer actividades exentas y no exentas, en que casilla del 036 pones la provisional del primer ejercicio.
Muchas gracias, explica muy bien, pero tengo una pregunta si el caso práctico fuera sobre una gestoría laboral y que además imparten formación, la formación estaría exenta?
Hola Paloma. Perdona que no te haya contestado antes. Estoy de exámenes y evaluaciones y no he tenido tiempo. Por supuesto que la formación es una actividad que está exenta de IVA. Un saludo
Según las instrucciones del modelo 390 señaladas por la agencia tributaria: Se harán constar para cada actividad los siguientes datos: Actividad: se consignará brevemente la descripción de la actividad o sector de actividad desarrollado por el sujeto pasivo. 114 CNAE.: se consignará el código correspondiente a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas que corresponda a cada una de las actividades desarrolladas por el sujeto pasivo y de conformidad con el cuadro que figura al final de las presentes instrucciones. 115 Importe total de las operaciones: se hará constar el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por el sujeto pasivo, incluidas aquellas que no originan el derecho a deducir, correspondientes a la actividad de que se trate. Para el cálculo del importe total de las operaciones no se tendrán en cuenta las operaciones recogidas en el artículo 104. Tres de la Ley del IVA. 116 Importe de las operaciones con derecho a deducción: se hará constar el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que originen el derecho a la deducción, realizadas por el sujeto pasivo, correspondientes a la actividad de que se trate. Para el cálculo del importe de las operaciones con derecho a deducción no se tendrán en cuenta las operaciones recogidas en el artículo 104. Tres de la Ley del IVA. 117 Tipo: se consignará una “G” si aplica la prorrata general o una “E” si es la prorrata especial la que aplica el sujeto pasivo. 118 % Prorrata: se hará constar en esta casilla el porcentaje definitivo en función de las operaciones del ejercicio correspondientes a la actividad de que se trate.
Más que agradecida. Me has ayudado muchísimo a entender todos estos conceptos que para mí eran incomprensibles.
muchas gracias, excelente explicacion, enhorabuena,
Muchas gracias, me estás ayudando mucho; estoy estudiando asistencia a la dirección y toco este tema. Muy bien explicado.
Me alegro mucho Mireia
Muchísimas gracias, muy bien explicado
Muchas gracias, todo esta bien explicado.
Gracias a tí!!
Buenas. Cuando inicias actividad y estas en prorrata por ejercer actividades exentas y no exentas, en que casilla del 036 pones la provisional del primer ejercicio.
Muchas gracias, explica muy bien, pero tengo una pregunta si el caso práctico fuera sobre una gestoría laboral y que además imparten formación, la formación estaría exenta?
Hola Paloma. Perdona que no te haya contestado antes. Estoy de exámenes y evaluaciones y no he tenido tiempo. Por supuesto que la formación es una actividad que está exenta de IVA. Un saludo
Los 3 primeros trimestres se hacen igual que la prorrata general?
Esta perfectamente explicado pero me podría decir por favor como se pondría en el modelo 390?
Si quiere le doy mi email
Según las instrucciones del modelo 390 señaladas por la agencia tributaria:
Se harán constar para cada actividad los siguientes datos:
Actividad: se consignará brevemente la descripción de la actividad o sector de actividad
desarrollado por el sujeto pasivo.
114 CNAE.: se consignará el código correspondiente a la Clasificación Nacional de
Actividades Económicas que corresponda a cada una de las actividades desarrolladas por
el sujeto pasivo y de conformidad con el cuadro que figura al final de las presentes
instrucciones.
115 Importe total de las operaciones: se hará constar el importe total de las entregas de
bienes y prestaciones de servicios realizadas por el sujeto pasivo, incluidas aquellas que
no originan el derecho a deducir, correspondientes a la actividad de que se trate.
Para el cálculo del importe total de las operaciones no se tendrán en cuenta las
operaciones recogidas en el artículo 104. Tres de la Ley del IVA.
116 Importe de las operaciones con derecho a deducción: se hará constar el importe
total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que originen el derecho a la
deducción, realizadas por el sujeto pasivo, correspondientes a la actividad de que se trate.
Para el cálculo del importe de las operaciones con derecho a deducción no se tendrán en
cuenta las operaciones recogidas en el artículo 104. Tres de la Ley del IVA.
117 Tipo: se consignará una “G” si aplica la prorrata general o una “E” si es la prorrata
especial la que aplica el sujeto pasivo.
118 % Prorrata: se hará constar en esta casilla el porcentaje definitivo en función de las
operaciones del ejercicio correspondientes a la actividad de que se trate.