La Defensa técnica de la sospechosa nunca alego que la Prisión Preventiva es de ultima RATIO, y que prevalece su estado de inocencia hasta esa etapa del proceso mas alla que no existe una sentencia condenatoria y Ejecutoriada........
Una de las cosas mas relevante en un juicio ademas de una buena imbestigacion y presentacion de pruebas reales , es una diccion y una buena fluides en los pronuncuamientos o lectura de un acta de acusacion ; como litigante debe saber los signos gramaticales en cada pronunciamiento , ya què una coma , un acento y un punto y aparte , eso puede arterar cualquier idea de del.proceso snte los jueces
Muy de acuerdo. Si en RD no se sabe hablar mucho menos leer o pronunciar bien las palabras. Ese es el resultado de no tener un sistema de educación eficiente y ese 4% destinado no es para educar al pueblo es para robar.
esta por buena practica, que los ESTUDIANTES hagan el caso como ellos crean que debe ser, y DESPUES hacer la correcion de lo que estaba mal. Puede ser que el caso de la defensa no se presento como una audiencia preliminar, pero estoy muy claro que despues de esta practica, nunca van a olvidar la diferencia. Y de esto se trata la PRACTICA. La practica hace la perfeccion.
HAY UNOS CUANTOS ERRORES: LA AUDIENCIA PRELIMINAR ES UN JUICIO A LAS PRUEBAS, NO AL IMPUTADO. EL IMPUTADO POCO IMPORTA QUE HABLE O QUE NO HABLE. LA DEFENSA DEBE ATACAR Y VERIFICAR LOS ERRORES QUE TIENEN LAS PRUEBAS. EL OBJETIVO ESENCIAL DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE PARTE DEL Ministerio Publico, es hacer valer todas las pruebas presentadas para que el juez la envíe al juicio. la defensa hace todo lo contrario, debe refutar las pruebas, sin necesidad de mencionar el hecho. la defensa no debe tener una opción subsidiaria, porque estaría pidiendo dos cosas diferentes y eso cae dentro de la inseguridad. ejemplo, cuando yo te pido dos cosas, tu me vas a decir que pida una cosa o la otra y si analizas bien, eso quiere decir que yo no se lo que quiero, solo se hace una sola petición. no se dice que la imputada no cometió los hechos; como es un juicio a las pruebas, la defensa debe decir que los elementos de pruebas no son suficientes para sostener razonablemente que la imputada es con probabilidad, autora o cómplice de una infracción como lo dice el articulo 227 del CPP
es una practica, lo se, pero es bueno puntualizar algo: la audiencia preliminar es un juicio a la pruebas, no a la imputada. muy mala la defensa, la defensa debe atacar una por una las pruebas del ministerio publico. muy mala la defensa. el deber de la defensa es deshacer las pruebas del M.P. SIN REFERIRSE AL HECHO. ES MI OPINIÓN. GRACIAS.
Muy buena su opinión.No soy abogada soy psicóloga forense y siempre que asisto a un juicio de fondo ocurre justamente eso que usted señala me quieren destruir el peritaje pero yo me mantengo firme porque si se realizan buenas diligencias, y el perito sabe lo que hizo y tiene buen dominio del proceso realizado sale airoso no hay que temer.
Todos sabemos que eso es una práctica y por tal razón no hay que hablar mal ni de ellos ni de la universidad ya que eso es de mediocres, si le puedo decir que el representante de la víctima nunca se presentó como querellante y actor civil y que la audiencia fue muy larga que no es el caso de una audiencia preliminar. Alguien me puede explicar eso por favor
Buena decision por parte del Juez. Según las declaraciones de la imputada antes del hecho ocurrieron varios acosos de patrte de la victima, lo que se manifista como un caso de riña entre ambas.
Ministerio Publico con muchos desaciertos , pretenden una acusación y les falta la prueba principal , el arma de fuego,,,, hicieron prueba de balística y no se sabe a que arma. EL actor Civil se acoge en lo penal al planteamiento del MP, pero se olvida de lo civil. La defensa pide cese de medida en una audiencia preliminar presentando nuevos presupuestos que demuestran el arraigo cosa que se debe hacer en la vista de revisión de medida.
Así es y la constitución en actor civil debe depositar pruebas tales como las copia de la cédula para poder demostrar la calidad de la victima y que está debidamente identificada
saludos. no se si es una practica o si es una audiencia verdadera, pero no hay un buen manejo ni de parte del ministerio publico ni departe de la defensa , las audiencias preliminares son juicios que se le practica a la acusación no directamente al imputado , veo que se toco tema que solo les pertenecen al fondo , gracias es mi opinión.
En vez de criticar, anímenlos, porque tienen que saber es una improvisación, es decir, una practica, porque ¿Cuál de ustedes los que son abogados/a no tuvo que pasar por esta situación?
Pero yo considero que como psicóloga forense que soy,una buena ortografía, una buena fluidez verbal es determinante para el proceso de las diligencias, análisis, y toda la recogida de información por medio de una exhaustiva investigación y la presentación orales tanto del peritaje y el contraperitaje como los alegatos de los litigantes, ya que no podemos olvidar que como usted habla asì escribe.
Yo entiendo que las practicas no son hechos reales; por lo tanto siempre se van a cometer errores durante todo el desarrollo; por lo que considero que deben dejar que todo fluya y al final los responsables de montar ese evento deben hacer las correcciones de lugar, una simple opinion,
Por eso es que UAPA es UAPA, y no sale del lugar 14,281 del ranking mundial de universidades, a más de 9,000 lugares de distancia de universidades como la PUCMM, La UASD, INTEC y UNIBE. El Primer fallo fue que el Ministerio Público presentó acusación y concluyó en la misma lectura, Diossss! Eso no es así.
UAPA es una Universidad con muy altos estándares de calidad. Esa audiencia fue realizada por estudiantes de niveles iniciales de la carrera de Derecho como una de las prácticas asignadas.
No sabía que tenía altos estándares, de donde saca esa información?, si mientras LA UASD, PUCMM e INTEC, que son las tres mejores del país, andan en el Ranking Mundial de Universidades por los lugares 4,138 al 4,666, UAPA está en el lugar 14,281, o sea, a más de 10,000 universidades de distancia de ellas, sabe usted lo que eso significa?, mientras esas tres, en excelencia académica, están : La UASD, en primer lugar, con el No. 4,162 del ranking, La PUCMM e INTEC con el No. 4,532 del ranking, la UAPA está en el No. 5,777, o sea, a más de 1000 universidades de distancia en excelencia. Hay que hablar con base, no con pasión, le dejo el link del Ranking Mundial para que se informe y despierte de que ese estudio light, a distancia y una vez a la semana, con docentes que, no hay dudas, son profesionales, pero no profesores formados, en su mayoría, no da resultados, excepto para quien quiere tener un titulo por tenerlo, sin poderlo defender en la calle muchas veces. Tome el Link www.webometrics.info/es/Latin_America_es/Rep%C3%BAblica%20Dominicana
Distinguido Edelweiss Z, quisiera recordarle la obra CÓMO SE GANAN LOS JUICIOS, EL ABOGADO LITIGANTE, escrito por F LEE BAILEY, el cual en su obra en la Pág. No. 33 establece: ¿qué clase de persona es un abogado litigante?, al respecto le hago mención a lo que el referido autor cita: palabra textuales de F LEE BAILEY. La respuesta es sencilla: los abogados litigantes de altos vuelos son personas excepcionales que poseen todo un acervo de aptitudes específicas, lo cual no quiere decir que hayan nacido con ellas. A parte de un buen cociente intelectual, es muy poco lo que un abogado litigante tiene de hereditario. Las habilidades que son importantes en un tribunal se van labrando, asentando y puliendo. Necesitan práctica, mucha práctica. También se requieren confianza, disciplina y determinación. Si en algún lugar dentro del sistema judicial americano hubiera un buen abogado litigante que no hubiese trabajado duro para llegar a ser lo que es, esto sería un caso insólito e inaudito."DE SEGURO QUE ESE ES SU CASO", prosigo con el escrito del autor: El principal problema con los abogados litigantes es que comienzan bastante tarde; por lo general, lo hacen después de haber egresado de la escuela de derecho. El momento ideal para iniciar el proceso de preparación es durante los años de estudio en la facultad, cuando las personas son más susceptibles de ampliar sus horizontes con gran rapidez. Los ESTUDIANTES a menudo dicen creo que me gustaría ser abogado litigante, ahora le describo el termino estudiante: La palabra estudiante es un sustantivo masculino o femenino que se refiere al alumno o alumna dentro del ámbito académico. Y que se dedica a esta actividad como su ocupación principal. Generalmente se utiliza el término alumno o estudiante de forma alternativa, es decir, se usa indistintamente para referirnos a aquella persona que está siguiendo estudios ya sean formales o informales. Sin embargo, cada etapa de estudio tiene su particularidad y, del mismo modo, cada persona tiene su manera correcta de ser llamada, dependiendo precisamente de la etapa en la que se encuentre. Por lo tanto, usar la palabra 'alumno' o usar la palabra 'estudiante' tiene sus diferencias. Vamos a empezar aproximándonos a lo que significa la palabra “alumno”. Esta palabra viene del latín alumnus, derivada de la palabra alêre que significa “alimentar”. Aunque la RAE señala que el alumno es aquella persona que recibe enseñanza, respecto de un profesor o de escuela, colegio o universidad donde estudia, esta explicación puede carecer de cierto sentido si lo observamos desde la pedagogía crítica, ya que da por sentado que el alumno es un sujeto pasivo y no activo del hecho educativo y es precisamente lo que se quiere combartir: la persona estática que recibe un cúmulo de información sin procesarla, ni analizarla, con lo cual, por aquí ya tenemos un problema en cuanto a concepción educativa. Ahora bien, si consideramos a aquella persona que recibe enseñanza, y a la que se le estimulan ciertas habilidades y destrezas, además de enseñarle un conjunto de conocimientos propios de la instrucción primaria, secundaria o bachillerato, estamos hablando de 'alumno', no de 'estudiante'. Lógicamente los alumnos que acuden a estas etapas educativas van a recibir la enseñanza acorde a su desarrollo cognitivo y biológico. Por otra parte, a estos alumnos, al menos teóricamente, se les conduce o dirige a la escuela o al instituto, es decir, tienen cierto grado de dependencia respecto a sus padres o responsables. Básicamente, el uso del término 'alumno' aquí nos indica una persona que recibe una enseñanza para prepararle a la siguiente etapa, además de sentar las bases de sus patrones de comportamiento social y desde luego cívico.
@@edelweissz como le responde que el rector de UAPA es el director de la asociación de universidad privadas incluyendo las que ya menciono, son estudiante y estoy seguro que usted paso por eso también.
@@blackquepro392 Srta. El rector de UAPA puede ser director de lo que sea, la realidad es que la calidad académica de esa institución está en un nivel en el ranking mundial aplicado al país, muy por debajo de lo normal, mírela usted misma en el lugar 19 en RD y 12, 695 a nivel mundial, a miles de universidades de distancia de otras del país, tome, entre y salga de dudas: www.webometrics.info/es/Latin_America_es/Rep%C3%BAblica%20Dominicana?sort=asc&order=Excelencia%20%28Posici%C3%B3n%2A%29
La Defensa técnica de la sospechosa nunca alego que la Prisión Preventiva es de ultima RATIO, y que prevalece su estado de inocencia hasta esa etapa del proceso mas alla que no existe una sentencia condenatoria y Ejecutoriada........
Una de las cosas mas relevante en un juicio ademas de una buena imbestigacion y presentacion de pruebas reales , es una diccion y una buena fluides en los pronuncuamientos o lectura de un acta de acusacion ; como litigante debe saber los signos gramaticales en cada pronunciamiento , ya què una coma , un acento y un punto y aparte , eso puede arterar cualquier idea de del.proceso snte los jueces
Muy de acuerdo. Si en RD no se sabe hablar mucho menos leer o pronunciar bien las palabras. Ese es el resultado de no tener un sistema de educación eficiente y ese 4% destinado no es para educar al pueblo es para robar.
De acuerdo@@3RSPRODUCTIONS
Investigación
esta por buena practica, que los ESTUDIANTES hagan el caso como ellos crean que debe ser, y DESPUES hacer la correcion de lo que estaba mal. Puede ser que el caso de la defensa no se presento como una audiencia preliminar, pero estoy muy claro que despues de esta practica, nunca van a olvidar la diferencia. Y de esto se trata la PRACTICA. La practica hace la perfeccion.
Muy buena práctica
HAY UNOS CUANTOS ERRORES:
LA AUDIENCIA PRELIMINAR ES UN JUICIO A LAS PRUEBAS, NO AL IMPUTADO.
EL IMPUTADO POCO IMPORTA QUE HABLE O QUE NO HABLE.
LA DEFENSA DEBE ATACAR Y VERIFICAR LOS ERRORES QUE TIENEN LAS PRUEBAS.
EL OBJETIVO ESENCIAL DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE PARTE DEL Ministerio Publico, es hacer valer todas las pruebas presentadas para que el juez la envíe al juicio.
la defensa hace todo lo contrario, debe refutar las pruebas, sin necesidad de mencionar el hecho.
la defensa no debe tener una opción subsidiaria, porque estaría pidiendo dos cosas diferentes y eso cae dentro de la inseguridad. ejemplo, cuando yo te pido dos cosas, tu me vas a decir que pida una cosa o la otra y si analizas bien, eso quiere decir que yo no se lo que quiero, solo se hace una sola petición.
no se dice que la imputada no cometió los hechos; como es un juicio a las pruebas, la defensa debe decir que los elementos de pruebas no son suficientes para sostener razonablemente que la imputada es con probabilidad, autora o cómplice de una infracción como lo dice el articulo 227 del CPP
Bien razonado!¡
Muchas gracias
Gracias por esta observación.
es una practica, lo se, pero es bueno puntualizar algo: la audiencia preliminar es un juicio a la pruebas, no a la imputada. muy mala la defensa, la defensa debe atacar una por una las pruebas del ministerio publico. muy mala la defensa. el deber de la defensa es deshacer las pruebas del M.P. SIN REFERIRSE AL HECHO. ES MI OPINIÓN. GRACIAS.
Es así mi colega si eres abogado, pero en los juicios se da la mala práctica de que se habla del hecho y se lee hasta la acusación
@@marialuisatamarezreynoso6382 si, soy abogado. Gracias 🙏
Muy buena su opinión.No soy abogada soy psicóloga forense y siempre que asisto a un juicio de fondo ocurre justamente eso que usted señala me quieren destruir el peritaje pero yo me mantengo firme porque si se realizan buenas diligencias, y el perito sabe lo que hizo y tiene buen dominio del proceso realizado sale airoso no hay que temer.
Todos sabemos que eso es una práctica y por tal razón no hay que hablar mal ni de ellos ni de la universidad ya que eso es de mediocres, si le puedo decir que el representante de la víctima nunca se presentó como querellante y actor civil y que la audiencia fue muy larga que no es el caso de una audiencia preliminar. Alguien me puede explicar eso por favor
Esa es una parte que nos exige la universidad uapa para comprobar nuestra calidad y conocimientos adquiridos
La justicia es lo primero que debe primar en toda audiencia para llegar a una sentencia justa e inapelable.
Buena decision por parte del Juez. Según las declaraciones de la imputada antes del hecho ocurrieron varios acosos de patrte de la victima, lo que se manifista como un caso de riña entre ambas.
Si es enferma tiene que llevar imágenes y diasnoticos
Para mi la defensa es o para la imputada
y cual es el rol del acusador en la audiencia preliminar ?
Las preliminares son juicios a laa pruebas, no a al imputado, que hablo o no, no es muy importante
Dios te bendiga creo que el abogado acusador solo tiene que tratar de sostener los argumentos del ministerios publico
No se escucha bien por el ruido
En este caso el juez oh jueza es quien determina si la que tiró cumplió la pena dicha de años oh no.
Ministerio Publico con muchos desaciertos , pretenden una acusación y les falta la prueba principal , el arma de fuego,,,, hicieron prueba de balística y no se sabe a que arma. EL actor Civil se acoge en lo penal al planteamiento del MP, pero se olvida de lo civil. La defensa pide cese de medida en una audiencia preliminar presentando nuevos presupuestos que demuestran el arraigo cosa que se debe hacer en la vista de revisión de medida.
se puede pedir coercion en audiencia preliminar,,ver codigo procesal penal art 301,302
Así es y la constitución en actor civil debe depositar pruebas tales como las copia de la cédula para poder demostrar la calidad de la victima y que está debidamente identificada
Se escucha mucha bulla 😢los abanicos 😢
saludos. no se si es una practica o si es una audiencia verdadera, pero no hay un buen manejo ni de parte del ministerio publico ni departe de la defensa , las audiencias preliminares son juicios que se le practica a la acusación no directamente al imputado , veo que se toco tema que solo les pertenecen al fondo , gracias es mi opinión.
Me gustaría ver todas las audiencias
En vez de criticar, anímenlos, porque tienen que saber es una improvisación, es decir, una practica, porque ¿Cuál de ustedes los que son abogados/a no tuvo que pasar por esta situación?
Pero yo considero que como psicóloga forense que soy,una buena ortografía, una buena fluidez verbal es determinante para el proceso de las diligencias, análisis, y toda la recogida de información por medio de una exhaustiva investigación y la presentación orales tanto del peritaje y el contraperitaje como los alegatos de los litigantes, ya que no podemos olvidar que como usted habla asì escribe.
la justicia es lo primero
No se paro la dealante
Muy pobre la defensa pero el ministerio público desgloso muy bien su acusaciones
Tiene muchos errores pero los felicito por sus esfuerzos
Yo entiendo que las practicas no son hechos reales; por lo tanto siempre se van a cometer errores durante todo el desarrollo; por lo que considero que deben dejar que todo fluya y al final los responsables de montar ese evento deben hacer las correcciones de lugar, una simple opinion,
Hay demaciado ruido
No está bien hacerlo.
El abogado de la parte civil, habló demasiado el sólo tenía que adherirse al pedimemto del ministerio público y ya!
Y también sus pretensiones civiles y presentar sus propias pruebas si las tiene
Mala calidad de sonido
Por eso es que UAPA es UAPA, y no sale del lugar 14,281 del ranking mundial de universidades, a más de 9,000 lugares de distancia de universidades como la PUCMM, La UASD, INTEC y UNIBE. El Primer fallo fue que el Ministerio Público presentó acusación y concluyó en la misma lectura, Diossss! Eso no es así.
UAPA es una Universidad con muy altos estándares de calidad. Esa audiencia fue realizada por estudiantes de niveles iniciales de la carrera de Derecho como una de las prácticas asignadas.
No sabía que tenía altos estándares, de donde saca esa información?, si mientras LA UASD, PUCMM e INTEC, que son las tres mejores del país, andan en el Ranking Mundial de Universidades por los lugares 4,138 al 4,666, UAPA está en el lugar 14,281, o sea, a más de 10,000 universidades de distancia de ellas, sabe usted lo que eso significa?, mientras esas tres, en excelencia académica, están : La UASD, en primer lugar, con el No. 4,162 del ranking, La PUCMM e INTEC con el No. 4,532 del ranking, la UAPA está en el No. 5,777, o sea, a más de 1000 universidades de distancia en excelencia. Hay que hablar con base, no con pasión, le dejo el link del Ranking Mundial para que se informe y despierte de que ese estudio light, a distancia y una vez a la semana, con docentes que, no hay dudas, son profesionales, pero no profesores formados, en su mayoría, no da resultados, excepto para quien quiere tener un titulo por tenerlo, sin poderlo defender en la calle muchas veces. Tome el Link www.webometrics.info/es/Latin_America_es/Rep%C3%BAblica%20Dominicana
Distinguido Edelweiss Z, quisiera recordarle la obra CÓMO SE GANAN LOS JUICIOS, EL ABOGADO LITIGANTE, escrito por F LEE BAILEY, el cual en su obra en la Pág. No. 33 establece: ¿qué clase de persona es un abogado litigante?, al respecto le hago mención a lo que el referido autor cita: palabra textuales de F LEE BAILEY. La respuesta es sencilla: los abogados litigantes de altos vuelos son personas excepcionales que poseen todo un acervo de aptitudes específicas, lo cual no quiere decir que hayan nacido con ellas. A parte de un buen cociente intelectual, es muy poco lo que un abogado litigante tiene de hereditario. Las habilidades que son importantes en un tribunal se van labrando, asentando y puliendo. Necesitan práctica, mucha práctica. También se requieren confianza, disciplina y determinación. Si en algún lugar dentro del sistema judicial americano hubiera un buen abogado litigante que no hubiese trabajado duro para llegar a ser lo que es, esto sería un caso insólito e inaudito."DE SEGURO QUE ESE ES SU CASO", prosigo con el escrito del autor: El principal problema con los abogados litigantes es que comienzan bastante tarde; por lo general, lo hacen después de haber egresado de la escuela de derecho. El momento ideal para iniciar el proceso de preparación es durante los años de estudio en la facultad, cuando las personas son más susceptibles de ampliar sus horizontes con gran rapidez. Los ESTUDIANTES a menudo dicen creo que me gustaría ser abogado litigante, ahora le describo el termino estudiante:
La palabra estudiante es un sustantivo masculino o femenino que se refiere al alumno o alumna dentro del ámbito académico. Y que se dedica a esta actividad como su ocupación principal. Generalmente se utiliza el término alumno o estudiante de forma alternativa, es decir, se usa indistintamente para referirnos a aquella persona que está siguiendo estudios ya sean formales o informales. Sin embargo, cada etapa de estudio tiene su particularidad y, del mismo modo, cada persona tiene su manera correcta de ser llamada, dependiendo precisamente de la etapa en la que se encuentre. Por lo tanto, usar la palabra 'alumno' o usar la palabra 'estudiante' tiene sus diferencias.
Vamos a empezar aproximándonos a lo que significa la palabra “alumno”. Esta palabra viene del latín alumnus, derivada de la palabra alêre que significa “alimentar”. Aunque la RAE señala que el alumno es aquella persona que recibe enseñanza, respecto de un profesor o de escuela, colegio o universidad donde estudia, esta explicación puede carecer de cierto sentido si lo observamos desde la pedagogía crítica, ya que da por sentado que el alumno es un sujeto pasivo y no activo del hecho educativo y es precisamente lo que se quiere combartir: la persona estática que recibe un cúmulo de información sin procesarla, ni analizarla, con lo cual, por aquí ya tenemos un problema en cuanto a concepción educativa.
Ahora bien, si consideramos a aquella persona que recibe enseñanza, y a la que se le estimulan ciertas habilidades y destrezas, además de enseñarle un conjunto de conocimientos propios de la instrucción primaria, secundaria o bachillerato, estamos hablando de 'alumno', no de 'estudiante'. Lógicamente los alumnos que acuden a estas etapas educativas van a recibir la enseñanza acorde a su desarrollo cognitivo y biológico. Por otra parte, a estos alumnos, al menos teóricamente, se les conduce o dirige a la escuela o al instituto, es decir, tienen cierto grado de dependencia respecto a sus padres o responsables. Básicamente, el uso del término 'alumno' aquí nos indica una persona que recibe una enseñanza para prepararle a la siguiente etapa, además de sentar las bases de sus patrones de comportamiento social y desde luego cívico.
@@edelweissz como le responde que el rector de UAPA es el director de la asociación de universidad privadas incluyendo las que ya menciono, son estudiante y estoy seguro que usted paso por eso también.
@@blackquepro392 Srta. El rector de UAPA puede ser director de lo que sea, la realidad es que la calidad académica de esa institución está en un nivel en el ranking mundial aplicado al país, muy por debajo de lo normal, mírela usted misma en el lugar 19 en RD y 12, 695 a nivel mundial, a miles de universidades de distancia de otras del país, tome, entre y salga de dudas: www.webometrics.info/es/Latin_America_es/Rep%C3%BAblica%20Dominicana?sort=asc&order=Excelencia%20%28Posici%C3%B3n%2A%29
Mucho mucho ruido no se entiende
Así legalidad de arresto
Yo se que es en la universidad UApA
Los alegatos de la defensa son mejores,, a que en ningun momento se presento arma de fuego , muchos menos , las heridas mostradas en imagenes
.
Pésimo audio. Demasiado ruido ambiental.
😮
Si es real
🤗😁
Señore pero estan estudiando aprendiendo dios mio si es práctica aun no eran profecionales en ese momento padre amado no jusguen
No tenía que hacerlo
Es a el crimen tiene que ser castigado un caso así
muy foja la audiencia, tanto el ministerio publico como la defensa.
Dice la verdad nos hara libre pero la mentira es demaciado grande suelten eso
Eso 👎🏻eso falso es un crimen ,no puede quedar sin tomar carta en ese asunto.
Es una asesina, un crimen
No la salva nadie
Esa debe ser condenada