PASO VIENDO TODO EL DIA, TODOS LOS DIAS SUS CLASES PROFESOR MIRO... DESDE QUE DESCUBRI SUS CLASES, NO PUEDO DEJAR DE ESTUDIARLO... ME ENCANTA PENAL, PERO SUS CLASES SON LAS MEJORES QUE HE VISTO EN MI VIDA... UN SALUDO DESDE COSTA RICA... GRANDE EL POFE
GRACIAS DE CORAZÓN POR ESTOS VIDEOS. ESTOY ESTUDIANDO POR LA UNED Y EN ESTA ASIGNATURA ME ESTABA SINTIENDO EN DIFICULTADES. CON ESTOS VIDEOS TENGO EL APOYO QUE ME FALTABA.
La clase se entiende perfectamente, usted la ha dirigido de la mejor manera, de tal forma que quien lo escucha, está en la capacidad de comprender. Gracias :)
Roxin declara que si durante el juicio se prueba la existencia de OTRAS CONCLUSIONES IGUAL DE VÁLIDAS Y LÓGICAS que exculpan al reo y/o le cambia la tipificación al delito, entonces no se puede aplicar la teoría de Roxin sino la sentencia básica de la justicia internacional: LA DUDA BENEFICIA AL REO. Procedería cambiar la tipificación del delito a lo que corresponde y no condenar sólo porque existen ALGUNAS conclusiones inculpatorias, deben ser TODAS y no sólo algunas, ya que son suposiciones.
Excelente Prof Miro. Tomè una maestrìa en ciencias penales hace un tiempo ya en otro país, sin profesores tan buenos como usted, lògicamente. Y nunca tuve claro esta dichosa imputación, creyendo conocerla sin hacerlo. Que bien la explica usted. Seguirè sus cátedras de ahora en adelante.
Buenas, Mis felicitaciones por la clase. Desde Venezuela, le agradezco por las enseñanzas que imparte no solo en la universidad, sino también de forma Online. Estoy en mi segundo año de Derecho en la Universidad Central de Venezuela y, justamente hoy vimos este tema, lo cual me fue de mucha ayuda para complementar varios detalles. Sin mas que decir, espero poder seguir instruyéndome con sus vídeos, Saludos desde la NO Democrática Venezuela.
profe Miró le saluda Carlos dese Guatemala, estudiante de noveno semestre de derecho y quiero darle las gracias por los videos me han ayudado entender mejor, excelente explicación muchas gracias. Dios lo bendiga por eso videos
me encantan las explicaciones que da. Sus clases son geniales para comprender muy bien el contenido... Estudio derecho y me están sirviendo de gran ayuda!
Muchas gracias, me quedo muy claro el tema, estoy en segundo año de la carrera en la Universidad de Costa Rica, me es de gran utilidad ampliar las explicaciones con otros puntos de vista.
Hola, me gustaria saber si tienes algún video en que el des un orden de los elmentos a seguir a la hora de resolver un caso, me seria de mucha ayuda, ya que entiendo pero me falta un mejor orden.
Por favor, alguien me puede decir el apellido del que menciona en el minuto 23:42. . .distingo el nombre (Rafael) pero no, el apellido. . . ¿es Puyer? Gracias de antemano
Que gran razonamiento Dr. Fernando. Es posible aplicar un criterio valorativo normativista a la teoría de la conditio sine qua non?, Que obtendriamos?. Muchas gracias por sus conocimientos.
Roxin declara que si durante el juicio se prueba la existencia de OTRAS CONCLUSIONES IGUAL DE VÁLIDAS Y LÓGICAS que exculpan al reo y/o le cambia la tipificación al delito, entonces no se puede aplicar la teoría de Roxin sino la sentencia básica de la justicia internacional: LA DUDA BENEFICIA AL REO. Procedería cambiar la tipificación del delito a lo que corresponde y no condenar sólo porque existen ALGUNAS conclusiones inculpatorias, deben ser TODAS y no sólo algunas, ya que son suposiciones.
Dr. Miro, saludos desde el Perú, me llamo Ernesto y soy estudiante de Derecho, una cuestión teórica. Cuando ud. menciona en lo referente a la Teoría de la imputación objetiva, como riesgo jurídicamente desaprobado, cuando menciona que el "sujeto agente" o sea, quién realizará la acción típica, con conocimiento o control de dicho sujeto en la realización de su conducta, ¿no se refiere a caso al Dolo?
Podría decirse que sí, pero también que no. Le aconsejo que vea mis vídeos de tdvfaqs, concretamente el que analizó si es objetiva la imputación objetiva.
+Fernando Miro Llinares Se puede diferenciar por razones pedagógicas, de forma flexible y a condición que se advierta la interdependencia entre "el conocimiento o control" al estudiar la imputación objetiva y la parte subjetiva del tipo doloso, si no lo he entendido mal. Así lo explica Mir Puig, y está de acuerdo Roxin.
Hola, perdona una pregunta 🙏🏻🙏🏻🙏🏻🙏🏻 si una parte presenta un testigo para decir mentiras ( testigo falso), pero tiene ciertos antecedentes, 10 años hace tiempo de cárcel por robo y droga. Estos antecedentes " no muy buenos" ¿RESTAN CREDIBILIDAD AL JUEZ?? el juez no es adivino, el juez q me tocó en lo penal, eso si lleva bastantes años de servicio, desde el 80 y tantos. ( experiencia) Muchas gracias Un abrazo
Excelente explicación, muy buenos ejemplos; muy didáctico todo! Profesor, serías tan amable de enviarme las diapositivas en mi correo, al oscargustavogb@hotmail.com; desde ya muchas gracias. Y además gracias porque siempre veo los demás vídeos y aprendo mucho. Saludos desde San Pedro del Ycuamandyyú - Paraguay
Gracias a todos por sus comentarios que tendré muy en cuenta. Sigan viendo los vídeos y estén atentos a otros vídeos : TDV faqs Poniendo TDV faqs en el buscador aparecen todos. Espero que les gusten. Y pronto más. Un saludo.
PASO VIENDO TODO EL DIA, TODOS LOS DIAS SUS CLASES PROFESOR MIRO... DESDE QUE DESCUBRI SUS CLASES, NO PUEDO DEJAR DE ESTUDIARLO... ME ENCANTA PENAL, PERO SUS CLASES SON LAS MEJORES QUE HE VISTO EN MI VIDA... UN SALUDO DESDE COSTA RICA... GRANDE EL POFE
GRACIAS DE CORAZÓN POR ESTOS VIDEOS. ESTOY ESTUDIANDO POR LA UNED Y EN ESTA ASIGNATURA ME ESTABA SINTIENDO EN DIFICULTADES. CON ESTOS VIDEOS TENGO EL APOYO QUE ME FALTABA.
Excelente explicación, muchas gracias por su tiempo y dedicación. Saludos desde Chile.
La clase se entiende perfectamente, usted la ha dirigido de la mejor manera, de tal forma que quien lo escucha, está en la capacidad de comprender. Gracias :)
Roxin declara que si durante el juicio se prueba la existencia de OTRAS CONCLUSIONES IGUAL DE VÁLIDAS Y LÓGICAS que exculpan al reo y/o le cambia la tipificación al delito, entonces no se puede aplicar la teoría de Roxin sino la sentencia básica de la justicia internacional: LA DUDA BENEFICIA AL REO. Procedería cambiar la tipificación del delito a lo que corresponde y no condenar sólo porque existen ALGUNAS conclusiones inculpatorias, deben ser TODAS y no sólo algunas, ya que son suposiciones.
Excelente Prof Miro. Tomè una maestrìa en ciencias penales hace un tiempo ya en otro país, sin profesores tan buenos como usted, lògicamente. Y nunca tuve claro esta dichosa imputación, creyendo conocerla sin hacerlo. Que bien la explica usted. Seguirè sus cátedras de ahora en adelante.
Excelente Profesor!!! No todos tienen el don y la virtud de enseñar.-
Estoy cursando derecho penal parte general. Saludos desde Misiones Argentina.-
Buenas, Mis felicitaciones por la clase.
Desde Venezuela, le agradezco por las enseñanzas que imparte no solo en la universidad, sino también de forma Online. Estoy en mi segundo año de Derecho en la Universidad Central de Venezuela y, justamente hoy vimos este tema, lo cual me fue de mucha ayuda para complementar varios detalles. Sin mas que decir, espero poder seguir instruyéndome con sus vídeos, Saludos desde la NO Democrática Venezuela.
Daniela Martínez cómo anda Venezuela actualmente?
profe Miró le saluda Carlos dese Guatemala, estudiante de noveno semestre de derecho y quiero darle las gracias por los videos me han ayudado entender mejor, excelente explicación muchas gracias. Dios lo bendiga por eso videos
Excelente profesor. Espero que pueda seguir subiendo clases magistrales como esta.
Haciendo accesible lo difícil y enrevesado. Gracias, profesor Miro. Y felicitaciones.
excelente, ud es el mejor profesor de derecho que eh escuchado
¡¡Tus videos son excelentes!! Muy prácticos para explicar temas bastante complejos... ¡¡Muchas gracias!!
me encantan las explicaciones que da. Sus clases son geniales para comprender muy bien el contenido... Estudio derecho y me están sirviendo de gran ayuda!
Muchas gracias, me quedo muy claro el tema, estoy en segundo año de la carrera en la Universidad de Costa Rica, me es de gran utilidad ampliar las explicaciones con otros puntos de vista.
Gracias! Muy clara la explicación, muy útil para mi que justo curso Derecho Penal.
Saludos desde Costa Rica
Muy claro. Me ayudó a entender el tema. Gracias y Saludos desde Argentina
Es usted, todo un fenómeno!!! Enhorabuena :)
Dr. Miró muchas gracias por compartir esta clase! Saludos desde Cuenca- Ecuador
Excelente explicación, muy pedagógica! Me encanto! Me fue de mucha ayuda para entender esta Teoría.
Brillante exposición ,profesor Miro,enhorabuena por su gran pedagogía participativa.
gracias profesor un saludo desde la Ciudad de México
Bien. Saludos desde la UPTC Colombia.
¡Excelente! muchas gracias, pude entender el tema. buscaré dentro de sus temas "la omisión", un abrazo desde Guatemala
Muchas gracias Profesor! un Saludo desde Colombia
Lo entendí mucho mejor en el vídeo que en clase con mi profesor, ojalá te tuviéramos a ti de profe de penal
PANTALONES CORTOS RIDICULOS... JAJAJAJAJ ... demasiado bueno sos mi heroe profe... eres el mejor del mundo, mejor q Roxin y q todos
excelente video un saludo desde colombia
Hola, me gustaria saber si tienes algún video en que el des un orden de los elmentos a seguir a la hora de resolver un caso, me seria de mucha ayuda, ya que entiendo pero me falta un mejor orden.
Excelente exposición sobre un tema complejo.
Me gustan los.temas es una clase interesante y esta bien dirigida
excelente.. suban mas por favor :)
Minuto 42:00
Inicio de la teoría de la Imputación objetiva.
La creación de un riesgo jurídicamente desaprobado.
Ex ante y Ex post.
Por favor, alguien me puede decir el apellido del que menciona en el minuto 23:42. . .distingo el nombre (Rafael) pero no, el apellido. . . ¿es Puyer? Gracias de antemano
Que gran razonamiento Dr. Fernando.
Es posible aplicar un criterio valorativo normativista a la teoría de la conditio sine qua non?, Que obtendriamos?.
Muchas gracias por sus conocimientos.
Ow gracias!!! Me sirvio mucho tus videos. ;-)
Muchas gracias, desde Perú, me fue de gran utilidad su clase. Por favor si pudiera tocar el tema de AUTORÍA y PARTICIPACIÓN.
muy interesante y didáctico, le falto dar respuesta a los cursos causales complejos, por favor si podría resolverlos
He resuelto mil y una duda muchas gracias.
Roxin declara que si durante el juicio se prueba la existencia de OTRAS CONCLUSIONES IGUAL DE VÁLIDAS Y LÓGICAS que exculpan al reo y/o le cambia la tipificación al delito, entonces no se puede aplicar la teoría de Roxin sino la sentencia básica de la justicia internacional: LA DUDA BENEFICIA AL REO. Procedería cambiar la tipificación del delito a lo que corresponde y no condenar sólo porque existen ALGUNAS conclusiones inculpatorias, deben ser TODAS y no sólo algunas, ya que son suposiciones.
Profesor Fernando Miro Linares tiene algun costo el material de trabajo que se utilizó en este curso? Desearia contar con ello. ¡Muchas gracias!
Dr. Miro, saludos desde el Perú, me llamo Ernesto y soy estudiante de Derecho, una cuestión teórica.
Cuando ud. menciona en lo referente a la Teoría de la imputación objetiva, como riesgo jurídicamente desaprobado, cuando menciona que el "sujeto agente" o sea, quién realizará la acción típica, con conocimiento o control de dicho sujeto en la realización de su conducta, ¿no se refiere a caso al Dolo?
Podría decirse que sí, pero también que no. Le aconsejo que vea mis vídeos de tdvfaqs, concretamente el que analizó si es objetiva la imputación objetiva.
+Fernando Miro Llinares Se puede diferenciar por razones pedagógicas, de forma flexible y a condición que se advierta la interdependencia entre "el conocimiento o control" al estudiar la imputación objetiva y la parte subjetiva del tipo doloso, si no lo he entendido mal. Así lo explica Mir Puig, y está de acuerdo Roxin.
Podria explicar la dieferencia de PREVISIBILIDAD OBJETIVA Y DILIGENCIA DEBIDA? plis
Hola, perdona una pregunta 🙏🏻🙏🏻🙏🏻🙏🏻 si una parte presenta un testigo para decir mentiras ( testigo falso), pero tiene ciertos antecedentes, 10 años hace tiempo de cárcel por robo y droga.
Estos antecedentes " no muy buenos"
¿RESTAN CREDIBILIDAD AL JUEZ??
el juez no es adivino, el juez q me tocó en lo penal, eso si lleva bastantes años de servicio, desde el 80 y tantos. ( experiencia)
Muchas gracias
Un abrazo
Muy buena ponencia
excelente... =)
Excelente
Magistral
excelente!
me gustoooooo
Excelente explicación, muy buenos ejemplos; muy didáctico todo! Profesor, serías tan amable de enviarme las diapositivas en mi correo, al oscargustavogb@hotmail.com; desde ya muchas gracias. Y además gracias porque siempre veo los demás vídeos y aprendo mucho. Saludos desde San Pedro del Ycuamandyyú - Paraguay
este tio no se entiende ni el mismo
Ramon F Tal vez tu cerebro no tiene capacidad para eso, yo le he entendido perfectamente. Saludos.
Estupendo, y quien te pregunto?
Gracias a todos por sus comentarios que tendré muy en cuenta. Sigan viendo los vídeos y estén atentos a otros vídeos : TDV faqs
Poniendo TDV faqs en el buscador aparecen todos. Espero que les gusten. Y pronto más. Un saludo.
+Fernando Miro Llinares podria tocar el tema de la imputación subjetiva
+Michael Jahn Paul Castro Cruz
Michael, lo trato en TDV faqs. Un saludo!
muy interesante y didáctico, le falto dar respuesta a los cursos causales complejos, por favor si podría resolverlos
muy interesante y didáctico, le falto dar respuesta a los cursos causales complejos, por favor si podría resolverlos.
muy interesante y didáctico, le falto dar respuesta a los cursos causales complejos, por favor si podría resolverlos.