@@patriciasalamanca3826 En sí no es que se considere un pasivo el arrendamiento financiero sino que de acuerdo con el párrafo 22 de la NIIF 16 “en la fecha de comienzo, un arrendatario reconocerá un activo por derecho de uso y un PASIVO POR ARRENDAMIENTO.” Entonces la norma te indica que se debe reconocer un activo y un pasivo, ¿y por qué es así? Pues porque si analizas la operación, tú estás acordando con una empresa que te financie la adquisición de un activo, y la empresa (arrendador) te está cediendo a ti (arrendatario) el derecho a usar el activo materia del leasing, por ello, contablemente reconocerías esa operación de la siguiente manera: 1. Reconocer el activo por derecho de uso, pues está entrando un activo a nuestro inventario, y ese activo no es en sí nuestra propiedad, no sería PPyE, pero tenemos el derecho a usarlo, porque estamos pagando por ello, luego 2. Reconoceríamos los intereses del financiamiento, y 3. Reconoceríamos el pasivo por arrendamiento, que sería la obligación presente que tenemos con la empresa con la que negociamos el leasing y que vamos a ir pagando, amortizando periódicamente. Espero haber resuelto tu pregunta. Saludos.
muchas gracias, muy top el video :3
Gracias! 🙌
Muy buena explicación, sigue así amigo.
Muchas gracias
Excelente video! Me gustaria algun dia repasar la NIIF 9 y NIIF 7. Saludos desde Costa Rica
Gracias. Esas NIIF las tendré anotadas 🗒️📌 en mi lista de próximos videos. Saludos desde Perú
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Que grande amigo muchas gracias
Gracias a ti por el comentario👍. Hazme saber qué otro Apunte Contable quisieras ver. Saludos 🙌
Buen video
Gracias
PORQUE SERIA UN PASIVO???
Hola, ¿me podrías indicar el minuto del video para poder responder tu pregunta?
@@ApuntesDeEstudio OLA,TENGO DUDAS EN QUE CASOS SE CONSIDERA UN PASIVO EL ARRENDAMIENTO FINANCIERO?
@@ApuntesDeEstudio 9:49
@@patriciasalamanca3826 En sí no es que se considere un pasivo el arrendamiento financiero sino que de acuerdo con el párrafo 22 de la NIIF 16 “en la fecha de comienzo, un arrendatario reconocerá un activo por derecho de uso y un PASIVO POR ARRENDAMIENTO.” Entonces la norma te indica que se debe reconocer un activo y un pasivo, ¿y por qué es así? Pues porque si analizas la operación, tú estás acordando con una empresa que te financie la adquisición de un activo, y la empresa (arrendador) te está cediendo a ti (arrendatario) el derecho a usar el activo materia del leasing, por ello, contablemente reconocerías esa operación de la siguiente manera: 1. Reconocer el activo por derecho de uso, pues está entrando un activo a nuestro inventario, y ese activo no es en sí nuestra propiedad, no sería PPyE, pero tenemos el derecho a usarlo, porque estamos pagando por ello, luego 2. Reconoceríamos los intereses del financiamiento, y 3. Reconoceríamos el pasivo por arrendamiento, que sería la obligación presente que tenemos con la empresa con la que negociamos el leasing y que vamos a ir pagando, amortizando periódicamente. Espero haber resuelto tu pregunta. Saludos.
@@ApuntesDeEstudio SI YA ME QUEDO MAS CLARO GRACIAS😁😁
Mmmmm creo q le falta explicar mejor, porq lo único q hace es leer....
Gracias, lo tendré en cuenta para los próximos videos. Saludos!
@@ApuntesDeEstudio estaria perfecto q a las explicaciones s les ponga un ejemplo, nosotros aprendemos con ejemplos simples....
Listo, voy a considerar más ejemplos. Gracias por el consejo 🙌