Claro. Debe haber impugnado el fallo de 1 instancia, pues el ad-quem solo resuelve sobre lo impugnado y lo demas queda igual. Si tribunal confirma, va a casación. Si no impugna, y solo impugnan los otros y el tribunal resuleve a favor de los impugnantes lo apelado, NACE el derecho de ir a casación. Ya sea en IMPUGNACION ESPECIAL, o CASACIÓN, pero solo para controvertir lo que el tribunal afectó en la decisión.
Claro. Debe haber impugnado el fallo de 1 instancia, pues el ad-quem solo resuelve sobre lo impugnado y lo demas queda igual. Si tribunal confirma, va a casación. Si no impugna, y solo impugnan los otros y el tribunal resuleve a favor de los impugnantes lo apelado, NACE el derecho de ir a casación. Ya sea en IMPUGNACION ESPECIAL, o CASACIÓN, pero solo para controvertir lo que el tribunal afectó en la decisión.
Que deleite esta clase magistral..bendiciones..
Inconvenientes teóricos.
Excelentísima exposición
Excelente