Buen video bro, muy útil y práctico. Estaría bueno que hicieras un video de los artículos de la LFT que deben saber todas las personas que trabajen en Recursos Humanos. Saludos.
Muy buen video, toda la información necesaria para informarse de una manera clara y resumida. Como también muy fácil de entender sobre la LFT, que necesita un contrato individual, todo acerca de la jornada laboral y los artículos.
Todo es muy bonito pero NINGUNA empresa en México respeta la ley. Algunas empresas te dan a firmar contrato y al mismo tiempo renuncia. Otras te dan seguro médico hasta 6 meses, contratos de prueba de 3 meses, horarios de 10 horas, domingos sin paga de prima ni paga de horas extras.
@@octavioojeda5515 Siempre el trabajador sale perdiendo, los juicios son agobiantes, e innecesariamente largos además de que se necesita una fuerte cantidad de dinero para pagar un buen abogado. Y lo más importante; como el amigo dice, la mayoría de las empresas viola las leyes y eso quiere decir que es un cuento de nunca acabar.
Llevo trabajando año y medio en una empresa y no se me ha dado de alta en el seguro, actualmente estudio y en un principio consideraba que me estaban haciendo un "favor" al permitirme estudiar y trabajar, pero me he dado cuenta que sigo teniendo las mismas responsabilidades y horarios que mis compañeros, además de que soy independiente de mis padres, pago renta y debo hacerme cargo de mis necesidades básicas. Me he enfermado y he pasado mis recetas médicas para justificar mi inasistencia, pero en ningún momento me pagaron esas consultas 😥 me siento discriminado al no tener los beneficios como empleado solo por ser, a la vez, estudiante. Tampoco estoy en un giro empresarial que pueda ser tomado en cuenta como servicio social, no estoy becado. Es muy duro darme cuenta que he perdido mi tiempo en un sitio donde no han sido considerados mis derechos 😣😟
disculpa me podrías dar unos cuantos ejemplos de la ley federal del trabajo, donde la estén y donde no la estén infligiendo?, no encuentro ejemplos :( gracias
En mi trabajo siempre ha sido nuestra entrada a las 8 , pero ahora nos están haciendo firmar una circular en donde dice que mi hora de entrada es 7:45 y que tengo derecho a 5min de retardo y que si checo a las 7:51 se considera retardo, tres retardos del consideran una falta. Pueden hacer esto y obligarnos a firmar???? En el artículo hay un punto donde especifique tiempo de tolerancia?
Hola buenas tardes Contador, en que fundamento legal aparece como checar las asistencias de los trabajadores? es decir si tiene que ser forzoso por algun checador electronico o puede ser en un excel y que el lo firme... Gracias Saludos
La manera de checar depende de cada lugar de trabajo (sea privado o de gobierno), pero suele ser más común el checador de huella digital ya que facilita los registros de los trabajadores al ser más rápido. De acuerdo al artículo 60 (por el tipo de jornada) y al artículo 82 (retribución por trabajo), se debe tener un registro para corroborar, por ley, que los trabajadores cumplen con sus horas de trabajo en tiempo y forma, en las cuales puede haber Faltas y Retardos ; Entradas y Salidas; Vacaciones y Justificaciones; Accesos: Horas Extras; Nómina. Reitero que el checador suele digital suele ser más práctico para detectar todo lo anterior mencionado. Con se evitan conflictos, hay más transparencia en las jornadas laborales y se hacen notar los derechos y obligaciones contractuales. Espero haber aclarado tu duda. Saludos.
El tiempo extra,laboral,debería desaparecer,debido a qué nuestro salario,debería ser suficiente para solventar nuestras necesidades,también,el concepto de ricos y pobres,deberia desaparecer,porque,no debería haber personas que acumulen,tampoco debería haber personas que necesiten
Disculpe, tengo una duda a lo que se refiere El capitulo 5 invención de los trabajadores en el articulo 163, es para mi exposición, me ayuda con esa duda por favor!!
Yo quisiera aclararme sobre Las horas extras. Que pasa si El patron Te paga con tiempo pero igualmente no te Lo respetan. Igualmente estoy pasando por una situacion de que seme Esta pidiendo lavorar en MI Dia de descanso y por no presentarme send regress Al Dia siguiente y no Se hace valido El tiempo que tengo acumulado
Buen dia. Y para los contratos colectivos en donde apoyen mas a la mujer que al hombre como se le hace? Quiero ejercer mi derecho igual que la mujer al jubilarme a los 25 años de laborar en la empresa donde trabajo pero el contrato dice que los hombres se jubilan a los 30 años laborados y las mujeres a los 25 años. Yo quiero exijir mi derecho e igualdad pero en mi empresa me dijeron que no por ser hombre. Eso es discriminacion hacia mi persona? Esto seria demandable?
Saludos abogado. Un gran favor. En qué parte de la Ley Federal del Trabajo me puedo amparar para hacer valer mi derecho a obtener COPIAS de mi CONTRATO LABORAL????
Artículo 20.- Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario. Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario. La prestación de un trabajo a que se refiere el párrafo primero y el contrato celebrado producen los mismos efectos.Artículo 24.- Las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito cuando no existan contratos colectivos aplicables. Se harán dos ejemplares, por lo menos, de los cuales quedará uno en poder de cada parte.
Muy buen video pero te equivocaste en el capitulo de los menores; el articulo 22 menciona que los mayores de 15 años pueden laboral con la autorización de sus padres, tutores y a falta de ellos, del sindicato a que pertenezcan, de la junta de conciliación y arbitraje, del inspector de trabajo o de la autorización política, mientras que el articulo 23 menciona que cuando las autoridades de trabajo detecten trabajando a un menor de 15 años fuera del circulo familiar, ordenara de inmediato cede de sus labores.
Artículo 22 Bis. Queda prohibido el trabajo de menores de quince años; no podrá utilizarse el trabajo de mayores de esta edad y menores de dieciocho años que no hayan terminado su educación básica obligatoria, salvo los casos que apruebe la autoridad laboral correspondiente en que a su juicio haya compatibilidad entre los estudios y el trabajo.
Podrian decirme donde dice si deben pagarme o no mi dia de falta justificado Avise y tengo certificado medico, podrian decirme si me lo pagan o no y en que articulo lo marca, es que en lugares de internet me marca que si, y alguien me dice que no, pero nada lo veo com veracidad
Buenas tardes, me podría sacar de la duda, es verdad q la receta médica del seguro social solo sirve como justificante de la falta y se descuenta el día?!??
Una pregunta, me despidieron del empleo después de seis meses de cambiarme de actividades y de lugar y de uno en el nuevo lugar y puesto. Obvio no le liquidaron ni al 100. Pero lo peor es que hice que dieran referencias de mi para investigar, acostumbro hacerlo. Y resulta que dijeron que no obedezco y que no cumplí las expectativas o sea están dando muy malas referencias de mí. ¿Que puedo hacer?
Sí estabas bajo un contrato sí debieron haberte liquidado un porcentaje del tiempo laborado. Y si tienes pruebas de que dan malas referencias de ti puedes denunciar, siempre y cuando demuestres lo contrario a la acusación. Saludos.
@@warrior71dark muchas gracias, de hecho ayer acudí a la stps y los hicieron darme finiquito y la de RH se esta escondiendo para no dar referencias de mi
Artículo 50.- Las indemnizaciones a que se refiere el artículo anterior consistirán: I. Si la relación de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados; si excediera de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días por cada uno de los años siguientes en que hubiese prestado sus servicios; II. Si la relación de trabajo fuere por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá en veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados; y III. Además de las indemnizaciones a que se refieren las fracciones anteriores, en el importe de tres meses de salario y el pago de los salarios vencidos e intereses, en su caso, en los términos previstos en el artículo 48 de esta Ley.
Artículo 50.- Las indemnizaciones a que se refiere el artículo anterior consistirán: I. Si la relación de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados; si excediera de un año, en una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días por cada uno de los años siguientes en que hubiese prestado sus servicios; II. Si la relación de trabajo fuere por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá en veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados; y III. Además de las indemnizaciones a que se refieren las fracciones anteriores, en el importe de tres meses de salario y el pago de los salarios vencidos e intereses, en su caso, en los términos previstos en el artículo 48 de esta Ley.
Hola, buenos días, un tema muy controversial que me gustaría exponer con ustedes y espero que en algún momento se vuelva LEY FEDERAL DEL TRABAJO, "EL POLIGRAFO" por ser DISCRIMINATORIO, debe ser rotundamente prohibido a través de una jurispridencia o tesis aislada y elevarla a LEY en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓIN a traves de la Camara de Diputados y Senadores con los Jueces y Magistrados que se encargan de analizar las LEYES y su aprobación, VIOLA NUESTROS DERECHOS HUMANOS al trabajo, interfiriendo en nuestras vidas personales y por esta razón en ocasiones perdemos oportunidades laborales por algo que no es 100% confiable la misma ley la prohibe para procesar a un delincuente y aqui la usan para condicionar una vacante laboral olvidando las cartas de recomendacion y buenas palabras de jefes anteriores, es vergonzoso para un trabajador abrir tu vida personal a una persona extraña y a una empresa firmando papales condicionados a permisos legales y contrataciones. Me gustaría que alguien hiciera una tesis sobre este problema social en el trabajo y que la LEY designe si es legal o ilegal realizar este proceso condicionado a una contratación, aun teniendo todo para quedarte en una empresa si no pasas el poligrafo tristemente no te contratan y la impotencia de como te tratan cuando te hacen la prueba del poligrafo, no puedes contradecir por que te consideran que eres conflictivo, no puedes quedarte callado por que ellos dicen que no tienes caracter para defender tus ideales, si dices la verdad no quiere decir que te contratan, ellos no buscan la verdad. Ellos critican tu vida personal para ver si es lo suficientemente perfecto para trabajar en la empresa y eso es violar MIS DERECHOS HUMANOS" Espero un día esto llegue a ser LEY para "PROHIBIR QUE LAS EMPRESAS USEN EL POLIGRAFO PARA JUSTIFICAR UNA CONTRATACIÓN" Hay otros medios que son legales y menos invasivos a la vida privada de un ser humano que toca puertas para un trabajo honesto.
Si trabajaste ese día, con fundamento legal del art. 75 de LFT; si entras el 30 a trabajar y sales el 1, las horas trabajadas del día 30 se deben pagar al triple del salario. Espero te sirva. Saludos.
Hola bro sabes quisiera saber si el contrato colectivo de trabajo, debe ser obligatorio seguir la ordenes dentro de sus clausulas o puedo pasar de ellas , y es por q me quieren obligar a trabajar mas horas de lo normal x ejemplo turnos de 7x7 de lunes a sabado
Artículo 58.- Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo. Artículo 59.- El trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales. Los trabajadores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a los primeros el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente. Artículo 60.- Jornada diurna es la comprendida entre las seis y las veinte horas. Jornada nocturna es la comprendida entre las veinte y las seis horas. Jornada mixta es la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se reputará jornada nocturna. Artículo 61.- La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta. Artículo 62.- Para fijar la jornada de trabajo se observará lo dispuesto en el artículo 5o., fracción III. Artículo 63.- Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos. Artículo 64.- Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comidas, el tiempo correspondiente le será computado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo. Artículo 65.- En los casos de siniestro o riesgo inminente en que peligre la vida del trabajador, de sus compañeros o del patrón, o la existencia misma de la empresa, la jornada de trabajo podrá prolongarse por el tiempo estrictamente indispensable para evitar esos males. Artículo 66.- Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana. Artículo 67.- Las horas de trabajo a que se refiere el artículo 65, se retribuirán con una cantidad igual a la que corresponda a cada una de las horas de la jornada. Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada. Artículo 68.- Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido de este capítulo. La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta Ley.
Buen video bro, muy útil y práctico. Estaría bueno que hicieras un video de los artículos de la LFT que deben saber todas las personas que trabajen en Recursos Humanos.
Saludos.
Qq
Siii, sería muy útil 👏🏻
Muy buen video, toda la información necesaria para informarse de una manera clara y resumida.
Como también muy fácil de entender sobre la LFT, que necesita un contrato individual, todo acerca de la jornada laboral y los artículos.
Todo es muy bonito pero NINGUNA empresa en México respeta la ley. Algunas empresas te dan a firmar contrato y al mismo tiempo renuncia. Otras te dan seguro médico hasta 6 meses, contratos de prueba de 3 meses, horarios de 10 horas, domingos sin paga de prima ni paga de horas extras.
Meta sus demandas
@@ramonsexpistol2468 cultura de demanda. La mayoría no lo hace por necesidad al empleo
@@half-bloodprince1394 pues no te quejes si no vas a tomar acciones contra lo que dices. Y no generalices
@@octavioojeda5515 Siempre el trabajador sale perdiendo, los juicios son agobiantes, e innecesariamente largos además de que se necesita una fuerte cantidad de dinero para pagar un buen abogado. Y lo más importante; como el amigo dice, la mayoría de las empresas viola las leyes y eso quiere decir que es un cuento de nunca acabar.
Eso pasa por la ignorancia del pueblo...
Esta súper tu información muchas gracias y bendiciones!!!
Un placer servirte. 👍
Me ayudado este video para una entrevista de trabajo, gracias 🙏🏻
Qué bien, me da gusto que te haya servido. Saludos. 😉
Me gusta mucho la explicación de los artículos emitidos en el vídeo muchas gracias.
Muy buen video excelente 👌 ahora con esto si me puedo oponer a un cambio de turno que no existe en mi contrato laboral saludos men.
Excelente, me da gusto que te haya servido. Saludos.
Gracias por todo la información es de gran en utilidad
Muy digerible el contenido, gracias.
Yo conozco una empresa contrata una plantilla qué tiene el 90% pero de extranjeros Como es posible y que le pasaría a la empresa
Graciaaas, nos ayudó mucho en la exposición
Me da gusto que te haya servido. Aquí estoy para apoyar. 👍
Ami no me dan prestaciones ni me pagan dos festivos ni seguro social
El 90 por ciento de los trabajos en México no cumplen con lo establecido por la ley
Me encantó la simplicidad de algo tan extenso! Esa ppt puede ser compartida?
Gracias, buen video!
Muy buena información, gracias!
Llevo trabajando año y medio en una empresa y no se me ha dado de alta en el seguro, actualmente estudio y en un principio consideraba que me estaban haciendo un "favor" al permitirme estudiar y trabajar, pero me he dado cuenta que sigo teniendo las mismas responsabilidades y horarios que mis compañeros, además de que soy independiente de mis padres, pago renta y debo hacerme cargo de mis necesidades básicas. Me he enfermado y he pasado mis recetas médicas para justificar mi inasistencia, pero en ningún momento me pagaron esas consultas 😥 me siento discriminado al no tener los beneficios como empleado solo por ser, a la vez, estudiante. Tampoco estoy en un giro empresarial que pueda ser tomado en cuenta como servicio social, no estoy becado. Es muy duro darme cuenta que he perdido mi tiempo en un sitio donde no han sido considerados mis derechos 😣😟
Demandalos y búscate otro trabajo
Pues en que país vives que no exiges que te respeten tus derechos laborales
el articulo marca que de turno diurno de 8 am a 8 pm
Sobre la nueva reforma del 2012 tienes información o las diferencias que hay, gracias, excelente vídeo
No tengo como tal las diferencias, pero la información está actualizada con lo que hoy en día se supone se debe manejar.
Muy buen vídeo, es muy util
Pues aki en León Guanajuato no dan utilidades y si las dan en Flex qué sella intercalas de león dieron 300 pesos
En espediente de mexico me toco un 80 por siento de definir caso sin definision solo la opserbasion i seba a ber de todo i tienen qe ser asi
disculpa me podrías dar unos cuantos ejemplos de la ley federal del trabajo, donde la estén y donde no la estén infligiendo?, no encuentro ejemplos :( gracias
Pregunta aplica para trabajadores de la SEP o solo trabajadores particulares de empresas privadas!
En mi trabajo siempre ha sido nuestra entrada a las 8 , pero ahora nos están haciendo firmar una circular en donde dice que mi hora de entrada es 7:45 y que tengo derecho a 5min de retardo y que si checo a las 7:51 se considera retardo, tres retardos del consideran una falta. Pueden hacer esto y obligarnos a firmar????
En el artículo hay un punto donde especifique tiempo de tolerancia?
Gracias por la clase 👏🏻
Excelente video
Hola buenas tardes Contador, en que fundamento legal aparece como checar las asistencias de los trabajadores? es decir si tiene que ser forzoso por algun checador electronico o puede ser en un excel y que el lo firme... Gracias Saludos
La manera de checar depende de cada lugar de trabajo (sea privado o de gobierno), pero suele ser más común el checador de huella digital ya que facilita los registros de los trabajadores al ser más rápido. De acuerdo al artículo 60 (por el tipo de jornada) y al artículo 82 (retribución por trabajo), se debe tener un registro para corroborar, por ley, que los trabajadores cumplen con sus horas de trabajo en tiempo y forma, en las cuales puede haber Faltas y Retardos
; Entradas y Salidas; Vacaciones y Justificaciones; Accesos: Horas Extras; Nómina. Reitero que el checador suele digital suele ser más práctico para detectar todo lo anterior mencionado. Con se evitan conflictos, hay más transparencia en las jornadas laborales y se hacen notar los derechos y obligaciones contractuales.
Espero haber aclarado tu duda. Saludos.
Me parece que hay una imprecisión con el artículo 60°, jornada diurna comprende de 6 am a 8:00 pm
Gracias cesar perez
Se me hace increible la cantidad de leyes que la mayoria de empresas no cumplen y siguen ahi como si nada
Gracias, mu completo.
El tiempo extra,laboral,debería desaparecer,debido a qué nuestro salario,debería ser suficiente para solventar nuestras necesidades,también,el concepto de ricos y pobres,deberia desaparecer,porque,no debería haber personas que acumulen,tampoco debería haber personas que necesiten
Gracias! muy útil
Disculpe, tengo una duda a lo que se refiere El capitulo 5 invención de los trabajadores en el articulo 163, es para mi exposición, me ayuda con esa duda por favor!!
Yo quisiera aclararme sobre Las horas extras. Que pasa si El patron Te paga con tiempo pero igualmente no te Lo respetan. Igualmente estoy pasando por una situacion de que seme Esta pidiendo lavorar en MI Dia de descanso y por no presentarme send regress Al Dia siguiente y no Se hace valido El tiempo que tengo acumulado
En la LFT del 2022 en el artículo 5 dice que no de le puede dar trabajo a menores de 15 años, ya aumento un año
¿Dónde ves las actualizaciones de la LFT?
Buen dia. Y para los contratos colectivos en donde apoyen mas a la mujer que al hombre como se le hace? Quiero ejercer mi derecho igual que la mujer al jubilarme a los 25 años de laborar en la empresa donde trabajo pero el contrato dice que los hombres se jubilan a los 30 años laborados y las mujeres a los 25 años. Yo quiero exijir mi derecho e igualdad pero en mi empresa me dijeron que no por ser hombre. Eso es discriminacion hacia mi persona? Esto seria demandable?
A cuantos dias tengo derecho si fallece mi conyuge?
Saludos abogado. Un gran favor. En qué parte de la Ley Federal del Trabajo me puedo amparar para hacer valer mi derecho a obtener COPIAS de mi CONTRATO LABORAL????
En el artículo 20
Ahi dice que tanto el patrón como el trabajo deben de tener una copia del contrato
Así como menciona @Leonardo. Saludos.
@@warrior71dark Bueno me equivoque jajaja dice
Que deben de existir dos ejemplares el cual uno se lo queda el patrón y el otro el trabajador
@@leonardovera8699 Pues nada más repetiste lo mismo, pero con otras palabras. Jaja.
Artículo 20.- Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la
prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.
Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del
cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un
salario.
La prestación de un trabajo a que se refiere el párrafo primero y el contrato celebrado producen los
mismos efectos.Artículo
24.- Las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito cuando no existan
contratos colectivos aplicables. Se harán dos ejemplares, por lo menos, de los cuales quedará uno en
poder de cada parte.
Muy buen video pero te equivocaste en el capitulo de los menores; el articulo 22 menciona que los mayores de 15 años pueden laboral con la autorización de sus padres, tutores y a falta de ellos, del sindicato a que pertenezcan, de la junta de conciliación y arbitraje, del inspector de trabajo o de la autorización política, mientras que el articulo 23 menciona que cuando las autoridades de trabajo detecten trabajando a un menor de 15 años fuera del circulo familiar, ordenara de inmediato cede de sus labores.
Artículo 22 Bis. Queda prohibido el trabajo de menores de quince años; no podrá utilizarse el trabajo
de mayores de esta edad y menores de dieciocho años que no hayan terminado su educación básica
obligatoria, salvo los casos que apruebe la autoridad laboral correspondiente en que a su juicio haya
compatibilidad entre los estudios y el trabajo.
Y sobre el contrato ni una copia me dieron cuando entre que fue en 7 de diciembre del 2018
Por ley se te debe dar una copia. Si no la tienes, solicítala.
Las empresas de limpieza NO respetan la Ley y cambian su razón social para evitar cumplir sus compromisos con los trabajadores.
Quien me puede explicar para que sirven los artículos 16, 17, 18, 19, y 20, de la ley federal del trabajo ?
y la junta de conciliacion y arbitraje nunca ha servido pa ni madres
Podrian decirme donde dice si deben pagarme o no mi dia de falta justificado
Avise y tengo certificado medico, podrian decirme si me lo pagan o no y en que articulo lo marca, es que en lugares de internet me marca que si, y alguien me dice que no, pero nada lo veo com veracidad
Excelente
Gracias!!
Si se me presionó para firmar mi renuncia, q puedo hacer?
Buenas tardes, me podría sacar de la duda, es verdad q la receta médica del seguro social solo sirve como justificante de la falta y se descuenta el día?!??
Hola obio se descuenta el dia no laborado, a menos q generes incapacidad por Enfermedad
Cuanto metoca de finiquidacion sitrabaje 5 años
Gracias bro
Gracias Crack!
me suspendieron 4 dias por un omitir una regla de seguridad y me corte, pudieron a verme corrido?
Una pregunta, me despidieron del empleo después de seis meses de cambiarme de actividades y de lugar y de uno en el nuevo lugar y puesto. Obvio no le liquidaron ni al 100. Pero lo peor es que hice que dieran referencias de mi para investigar, acostumbro hacerlo. Y resulta que dijeron que no obedezco y que no cumplí las expectativas o sea están dando muy malas referencias de mí. ¿Que puedo hacer?
Sí estabas bajo un contrato sí debieron haberte liquidado un porcentaje del tiempo laborado. Y si tienes pruebas de que dan malas referencias de ti puedes denunciar, siempre y cuando demuestres lo contrario a la acusación. Saludos.
@@warrior71dark muchas gracias, de hecho ayer acudí a la stps y los hicieron darme finiquito y la de RH se esta escondiendo para no dar referencias de mi
@@hairretochallenge4879 hola disculpa en un hotel se pueden dar utilidades ya que si ay temporadas altas
Artículo 50.- Las indemnizaciones a que se refiere el artículo anterior consistirán:
I. Si la relación de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un año, en una cantidad igual
al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados; si excediera de un año,
en una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días
por cada uno de los años siguientes en que hubiese prestado sus servicios;
II. Si la relación de trabajo fuere por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá en veinte
días de salario por cada uno de los años de servicios prestados; y
III. Además de las indemnizaciones a que se refieren las fracciones anteriores, en el importe de
tres meses de salario y el pago de los salarios vencidos e intereses, en su caso, en los términos
previstos en el artículo 48 de esta Ley.
Artículo 50.- Las indemnizaciones a que se refiere el artículo anterior consistirán:
I. Si la relación de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un año, en una cantidad igual
al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados; si excediera de un año,
en una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días
por cada uno de los años siguientes en que hubiese prestado sus servicios;
II. Si la relación de trabajo fuere por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá en veinte
días de salario por cada uno de los años de servicios prestados; y
III. Además de las indemnizaciones a que se refieren las fracciones anteriores, en el importe de
tres meses de salario y el pago de los salarios vencidos e intereses, en su caso, en los términos
previstos en el artículo 48 de esta Ley.
Lástima que se ve todo borroso:(
Hola, buenos días, un tema muy controversial que me gustaría exponer con ustedes y espero que en algún momento se vuelva LEY FEDERAL DEL TRABAJO, "EL POLIGRAFO" por ser DISCRIMINATORIO, debe ser rotundamente prohibido a través de una jurispridencia o tesis aislada y elevarla a LEY en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓIN a traves de la Camara de Diputados y Senadores con los Jueces y Magistrados que se encargan de analizar las LEYES y su aprobación, VIOLA NUESTROS DERECHOS HUMANOS al trabajo, interfiriendo en nuestras vidas personales y por esta razón en ocasiones perdemos oportunidades laborales por algo que no es 100% confiable la misma ley la prohibe para procesar a un delincuente y aqui la usan para condicionar una vacante laboral olvidando las cartas de recomendacion y buenas palabras de jefes anteriores, es vergonzoso para un trabajador abrir tu vida personal a una persona extraña y a una empresa firmando papales condicionados a permisos legales y contrataciones. Me gustaría que alguien hiciera una tesis sobre este problema social en el trabajo y que la LEY designe si es legal o ilegal realizar este proceso condicionado a una contratación, aun teniendo todo para quedarte en una empresa si no pasas el poligrafo tristemente no te contratan y la impotencia de como te tratan cuando te hacen la prueba del poligrafo, no puedes contradecir por que te consideran que eres conflictivo, no puedes quedarte callado por que ellos dicen que no tienes caracter para defender tus ideales, si dices la verdad no quiere decir que te contratan, ellos no buscan la verdad. Ellos critican tu vida personal para ver si es lo suficientemente perfecto para trabajar en la empresa y eso es violar MIS DERECHOS HUMANOS" Espero un día esto llegue a ser LEY para "PROHIBIR QUE LAS EMPRESAS USEN EL POLIGRAFO PARA JUSTIFICAR UNA CONTRATACIÓN" Hay otros medios que son legales y menos invasivos a la vida privada de un ser humano que toca puertas para un trabajo honesto.
Si se trabaja el 3er turno el día viernes y salgo el sábado que es 1de mayo, se consideran horas trabajadas en festivo??
Si trabajaste ese día, con fundamento legal del art. 75 de LFT; si entras el 30 a trabajar y sales el 1, las horas trabajadas del día 30 se deben pagar al triple del salario. Espero te sirva. Saludos.
Hola bro sabes quisiera saber si el contrato colectivo de trabajo, debe ser obligatorio seguir la ordenes dentro de sus clausulas o puedo pasar de ellas , y es por q me quieren obligar a trabajar mas horas de lo normal x ejemplo turnos de 7x7 de lunes a sabado
Artículo 58.- Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del
patrón para prestar su trabajo.
Artículo 59.- El trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda
exceder los máximos legales.
Los trabajadores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a los primeros el
reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente.
Artículo 60.- Jornada diurna es la comprendida entre las seis y las veinte horas.
Jornada nocturna es la comprendida entre las veinte y las seis horas.
Jornada mixta es la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre
que el período nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se
reputará jornada nocturna.
Artículo 61.- La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete
horas y media la mixta.
Artículo 62.- Para fijar la jornada de trabajo se observará lo dispuesto en el artículo 5o., fracción III.
Artículo 63.- Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media
hora, por lo menos.
Artículo 64.- Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las
horas de reposo o de comidas, el tiempo correspondiente le será computado como tiempo efectivo de la
jornada de trabajo.
Artículo 65.- En los casos de siniestro o riesgo inminente en que peligre la vida del trabajador, de sus
compañeros o del patrón, o la existencia misma de la empresa, la jornada de trabajo podrá prolongarse
por el tiempo estrictamente indispensable para evitar esos males.
Artículo 66.- Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin
exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.
Artículo 67.- Las horas de trabajo a que se refiere el artículo 65, se retribuirán con una cantidad igual
a la que corresponda a cada una de las horas de la jornada.
Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que
corresponda a las horas de la jornada.
Artículo 68.- Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor del
permitido de este capítulo.
La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a
pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a
las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta Ley.
INTERESANTE DEL MINUTO 09:30 MIN EN ADELANTE NO SE ENTIENDE NADAAA !!!
Cuando se tiene derecho a la planta
En qué liga puedo fundamentar esta información?
En la LFT
Eeeeeeee gente una saludo pa mi profe que me dejó copiar esto a mano y no bale nada pero si no lo mandamos nos reprueba
Oye y cómo que tarea te encargaron un ensayo o que?
Esque Ami me encargaron un ensayo de los 18 capítulos de la ley Federal del trabajo para el lunes 20 sep. alas 10 am a mano
La música distrae demasiado, bro. Ojalá la puedas eliminar puedas eliminar.
Les comparto un pequeño video de cómo lo que marca LFT y su animadversión.
th-cam.com/video/YjT5vnEjLw0/w-d-xo.html
Contesta las preguntas bro, interactúa con tu publico
Había estado ausente un tiempo. Pero aquí ando de nuevo. Saludos.
Ley federal de la explotación porfirista, jja cómo si en este país alguien cumpliera algo
por siempre ablan de enpresas porque aga un video de los derechos de los trabajadores que no estam en el sindicatos y no aplican las leyes
Con tu musica no se oye bien
Todo bien menos la musiquita castrosa, dan ganas de quitar el video