¿Cómo es que se establece la procedencia de la TA y la CA, pero que las bonificaciones procesales ya no se aplican para determinados delitos que se precisan en la ley? Entonces, ¿debe entenderse que se harían inviables en la práctica dichas instituciones?
dra buena snoches una consulta la imputada delincuente con denuncias y antecedentes penales y pruebas de estafa falsificación coacción , falsedad ideológica incluso ya hay testigos k declararon en su contra está delincuente presento ese recurso de prueba anticipacipada es viable es legal ???? Incluso denunció a mi familiar que se le debe valiéndose en su documento falsificado como anular eso ??No hay pruebas k esta delincuente demostro al contrario yo si tengo pruebas en contra de esta delincuente como solucionar eso??
Justamente el que no exista la bonificación implicará desincentivar la colaboración de los imputados en estos casos, que, además, no solo permiten una justicia inmediata, sino que en algunos casos implican el esclarecimiento de los hechos.
Con la modificación establecida con el Decreto Legislativo 1585 vigente desde el 24 de noviembre, una pena efectiva se cumple cuando la pena privativa de libertad supera los 5 años.
La terminación anticipada para los casos en los que se puede aplicar permite una reducción de 1/6 de la pena concreta. Pero no es posible de aplicar el beneficio ni el procedimiento en delitos sexuales.
@@LucesCamaraDerechoEGACAL entonces cuál es el beneficio de acogerse a este tipo de procedimiento? Pues, sí proceden, pero no hay beneficios. Es algo contradictorio y confuso
@@sarapomac729 Inicialmente se estableció que no correspondían los beneficios de la terminación anticipada en casos de crimen anticipado, lo que era bastante contradictorio, puesto que no había impedimento de acogerse, pero sin ningún incentivo. Se ha mantenido dicha fórmula para delitos sexuales, trata y otras formas de explotación sexual, lo que me parece inadecuado puesto que va contra el sentido y finalidad de este mecanismo de simplificación.
Gracias Sra. Pero tengo una inquietud respecto a la aplicación de la Conclusión Anticipada... ¿Que sucede si un sujeto está siendo procesado por dos delitos (concurso real) pero este solo acepta que cometió uno de ellos y otro no? ¿Se puede aplicar una sentencia de conformidad por solo un delito????? y que pasa con el otro delito? ¿Y de ser demostrastrado la culpabilidad en ese otro Delito que sucede? ¿Se suma a la que fue materia de conformidad??????? Por favor, agradecería su punto de vista
La conformidad puede ser total o plena sobre todos los términos de la acusación, o puede ser parcial, si fuera parcial, se continúa el juicio sobre le delito que no aceptó, y si al final se condena, se suman las penas impuestas.
Solo la limitación de número para acogerse al principio de oportunidad, pero no sobre la conclusión anticipada. En cuanto al primero en relación a otros casos. Y sobre el mismo delito o sobre el mismo bien jurídico no hay limitación alguna
Muy puntual, felicitaciones.. //
Gracias por sus palabras. Un saludo cordial!
Excelente Dra. lo entendí en corto tiempo, buena explicación.
Muchas gracias por sus comentarios.
Buenas tardes
¿Cómo es que se establece la procedencia de la TA y la CA, pero que las bonificaciones procesales ya no se aplican para determinados delitos que se precisan en la ley? Entonces, ¿debe entenderse que se harían inviables en la práctica dichas instituciones?
Muy clarro
Dra. Se puede acoger a la terminación anticipada por el delito de peculado doloso ?
Dra el principio de oportunidad también se aplica en el delito de desobediencia ala autoridad? espero su ayuda gracias
Sí se puede aplicar en su fórmula básica, sin agravante, puesto que se trata de un delito de menor gravedad.
Cuál es la diferencia entre la ta y ca?
dra buena snoches una consulta la imputada delincuente con denuncias y antecedentes penales y pruebas de estafa falsificación coacción , falsedad ideológica incluso ya hay testigos k declararon en su contra está delincuente presento ese recurso de prueba anticipacipada es viable es legal ???? Incluso denunció a mi familiar que se le debe valiéndose en su documento falsificado como anular eso ??No hay pruebas k esta delincuente demostro al contrario yo si tengo pruebas en contra de esta delincuente como solucionar eso??
Si no procede la bonificación cuál será en sentido de acogerse a la terminación anticipada ?
Justamente el que no exista la bonificación implicará desincentivar la colaboración de los imputados en estos casos, que, además, no solo permiten una justicia inmediata, sino que en algunos casos implican el esclarecimiento de los hechos.
Una pregunta dr apartir de cuantos años de condena se puede ir a la carcel a cumplir su pena condenatoria...
Con la modificación establecida con el Decreto Legislativo 1585 vigente desde el 24 de noviembre, una pena efectiva se cumple cuando la pena privativa de libertad supera los 5 años.
Según la nueva ley, entonces cual es el beneficio de la terminación anticipada si no hay rebaja de pena????
La terminación anticipada para los casos en los que se puede aplicar permite una reducción de 1/6 de la pena concreta. Pero no es posible de aplicar el beneficio ni el procedimiento en delitos sexuales.
@@LucesCamaraDerechoEGACAL la pregunta seria que sentido tendría llevar a cabo el procedimiento si no se reduce la pena.
@@LucesCamaraDerechoEGACAL entonces cuál es el beneficio de acogerse a este tipo de procedimiento? Pues, sí proceden, pero no hay beneficios. Es algo contradictorio y confuso
@@denismendoza3492 Si, exacto.
@@sarapomac729 Inicialmente se estableció que no correspondían los beneficios de la terminación anticipada en casos de crimen anticipado, lo que era bastante contradictorio, puesto que no había impedimento de acogerse, pero sin ningún incentivo. Se ha mantenido dicha fórmula para delitos sexuales, trata y otras formas de explotación sexual, lo que me parece inadecuado puesto que va contra el sentido y finalidad de este mecanismo de simplificación.
Procede la terminación anticipada del delito de tráfico de personas?
X receptación agravada doctora?
Gracias Sra. Pero tengo una inquietud respecto a la aplicación de la Conclusión Anticipada... ¿Que sucede si un sujeto está siendo procesado por dos delitos (concurso real) pero este solo acepta que cometió uno de ellos y otro no? ¿Se puede aplicar una sentencia de conformidad por solo un delito????? y que pasa con el otro delito? ¿Y de ser demostrastrado la culpabilidad en ese otro Delito que sucede? ¿Se suma a la que fue materia de conformidad??????? Por favor, agradecería su punto de vista
La conformidad puede ser total o plena sobre todos los términos de la acusación, o puede ser parcial, si fuera parcial, se continúa el juicio sobre le delito que no aceptó, y si al final se condena, se suman las penas impuestas.
Tempus Regir Actum
Cuantas veces una persona puede acogerse al Principio de Oportunidad y Conclusión Anticipada, sobre el mismo delito o sobre el mismo bien jurídico?
Solo la limitación de número para acogerse al principio de oportunidad, pero no sobre la conclusión anticipada. En cuanto al primero en relación a otros casos. Y sobre el mismo delito o sobre el mismo bien jurídico no hay limitación alguna
Y en el delito por tocamientos indebidos, doctora? Hay reducción de pena?
La restricción alcanza a todos los delitos sexual, incluidos los tocamientos indebidos.
No puede aoekar otar vuwlta
Dra. Se puede acoger a la terminación anticipada por el delito de peculado doloso ?
Sí se puede uno someter a terminación anticipada antes de formulada la acusación y a conclusión anticipada en el juzgamiento.