Contadora Martha Angela, ERES LA MEJOR DE LAS MEJORES, tus video son claros, completos y taaannn DIDÁCTICOS; sorprendente pero fabulosamente los mejores que yo he visto. Soy tu fan y te prometo compartir y compartir. Gracias, valoro mucho tu trabajo y conocimiento.
Sólo quiero decirle que desde ahora seguiré todos sus videos, espero aprender mucho de usted, de antemano muchas gracias por el conocimiento que comparte, Dios la bendiga.
Excelente, muchas gracias es la mejor explicacion que he encontrado de youtube del procedimiento para presentar una declaracion complementario. ya me suscribi. gracias.
ปีที่แล้ว
Que bueno que le fue de utilidad Gilberto. Gracias por suscribirse 🙂
De los mejores videos que he visto. Cero rollo y acertando en los meros clavitos. Voy a ver todos tus videos. Solo tengo una duda. El hecho de presentar una complementaria de meses anteriores ¿implica que haya que modificar los meses posteriores? ¿Se arrastra el error? Muchas gracias.
Gracias por el video. En mi caso aun no he podido hacer la complementaria por que me señala error en PTU y pérdidas fiscales.
ปีที่แล้ว +2
Buenas tardes Candelario: levante la queja en el portal del SAT, para que habiliten el campo. La página es www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia En el tipo de queja seleccione: Has tenido problemas con algún apartado de la página del Servicio de Administración Tributaria. En descripción de los hechos: ¿Cómo? Mencione que al tratar de presentar la declaración complementaria del mes "x", el sistema no le permite continuar porque señala el error en el campo de PTU y Pérdidas fiscales, considerando como si estuvieran vacíos, siendo que sí tienen el valor de cero. ¿Cuándo? La fecha en la cual lo haya intentado, ya sea ayer u hoy. ¿Dónde? En el portal de pagos provisionales de personas físicas con actividades empresariales y profesionales.
Gracias por tu labor, es fantástica. Sabes?😪en ningun lado encuentro cómo hacer una complementaria sin efecto, no hay tutoriales, por faaaaa. DTB
ปีที่แล้ว
Buenos días alegomez: por qué quieres presentar una declaración complementaria sin efecto?, eso va a anular por completo la información que presentaste con anterioridad, en la normal.
@se hizo la normal agosto 2023, se presentó y pagó en tiempo. Después, con la intención de hacer el cfdi de pago el titular hace una complementaria anotando en ella el importe que pagó; así entendió hacer un cfdi de pago, de un cfdi PPD. Entonces ahora tengo una declaración complementaria que no tenía razón de ser y nada había que corregir, y por eso deseo anular esa complementaria.
Buen dia Lic. me podria explicar cual es la diferencia entre el campo "Acreditamiento del saldo a favor de periodos anteriores" la la determinacion del impuesto vs "Fecha del pago realizado con anterioridad" de la determinacion del pago, de antemano muchas gracias.
ปีที่แล้ว
Buenas tardes Kevin: la diferencia es que el acreditamiento de saldo a favor de periodos anteriores se relaciona con el importe que el contribuyente tiene pendiente de acreditar, por concepto de IVA y que lo tenía registrado en su control interno (hoja de cálculo), en cambio la fecha de pago realizado con anterioridad (de IVA) se relaciona con un pago indebido, efectuado con anterioridad, que se desea acreditar contra el saldo a pagar en un determinado periodo.
Muchas gracias, me acaba de salvar. Estaba haciendo mi declaración anual y me di cuenta que olvidé en diciembre declarar ingresos, ya realicé la declaración complementaria, pero ahora mi duda es cuanto tardará en reflejarse al momento de querer hacer la declaración anual del 2023? Gracias
8 หลายเดือนก่อน
Buenas tardes: tarda entre 24 y 48 horas hábiles después de haberla presentado y/o después de haber efectuado el pago en el portal o institución bancaria (en caso de haber algún saldo a pagar).
Hola buenas tardes Martha!!! Mil Gracias por tu apoyo !!! Si mi contador metió mis primeras declaraciones en ceros, requiero meter complementarias??
2 ปีที่แล้ว +3
Buenas tardes Rocío: si metió tu contador las declaraciones en ceros, siendo que debían reportarse gastos o ingresos de esos meses, entonces sí deben de presentarse declaraciones complementarias del tipo modificación de obligaciones.
Hola buena noche, ya leí varias comentarios y sus respuestas en donde encuentro la respuesta a mi primer duda, por favor si me ayuda con la de si debo realizar las complementarias de los tres últimos meses y las puedo hacer en este mes. Gracias
ปีที่แล้ว +1
Buenas noches Juan: si solo había error en la de septiembre, debe presentar únicamente la complementaria de ese mes.
Muy buen video, muchas gracias por el aporte, tengo dos dudas que espero me pueda aclarar, la primera es que quiero hacer una complementaria por el mes de septiembre por unos gastos no incluidos, como va a disminuir mi base gravable, el pago que ya realice en septiembre en donde o como lo acredito, segunda al modificar la declaración de septiembre las tres últimas (octubre, noviembre y diciembre) se van a ver afectadas, también hay que realizar las complementarias por estos tres últimos meses o estas ya no se modifican, por último en este mes que es la declaración anual para personas físicas si puedo hacer declaraciones complementarias o no, de antemano muchas gracias. Saludos.
ปีที่แล้ว +1
Buenas noches Juan: el monto que pagó en septiembre fue por concepto de ISR, IVA o ambos? Al modificar la declaración de septiembre se actualiza de inmediato en total de los gastos acumulables, es decir, ya no tiene que presentar la de octubre, noviembre, ni diciembre. Sí puede y debe hacer la declaración complementaria de ese mes antes de presentar la declaración anual, solo tengan presente que en el sistema de la declaración se actualizará la información 48 horas hábiles después, por lo que habrá que esperar ese tiempo.
Hola contadora, estuve leyendo todos los comentarios para saber si ya le había respondido mi duda a alguien más, pero solo leí de alguien que debe incrementar sus ingresos y pagar más. Mi duda es la siguiente: Estoy haciendo declaraciones pasadas para ponerme al corriente, hice la declaración de agosto de 2021 y pagué el ISR e IVA correspondiente, pero no me esperé a que pasaran las 48hrs y realicé la de septiembre, en donde no tuve ingresos y se me hacía extraño que me cobrara ISR, ahora entiendo que es porque no se reflejaba los "pagos provisionales efectuados con anterioridad"... pero también pagué la línea de captura de septiembre, entonces quiero corregirla, pagué ISR y recargos que no debía pagar porque ya lo había hecho en la de agosto. Quiero hacer una complementaria para corregir y entiendo que puedo poner la cantidad que ya pagué de ese mismo mes, o sea en la de septiembre poner el ISR que ya pagué por la de septiembre en "pagos provisionales efectuados con anterioridad", pero entiendo que ahí solo se pone la cantidad de ISR pagada, pero sin los recargos ni nada, no? ¿que pasará con la cantidad que pagué por recargos? Muchas gracias de antemano. Ojalá vea el comentario y duda. Saludos.
ปีที่แล้ว +1
Buenas noches goopy: presente la complementaria de septiembre ingresando la cantidad que pagó en agosto por concepto de ISR y tenga a la mano los datos de lo que pagó por equivocación en septiembre y continúe con los pagos provisionales de octubre a diciembre. En el momento en el que obtenga un saldo a pagar por concepto de ISR, en la pantalla determinación de pago, dé clic en sí en la pregunta: ¿Desea disminuir su total de contribuciones con algún concepto? y luego ingrese al detalle en el renglón de Compensaciones, ahí dé Agregar y en Tipo elegirá Pago de lo indebido, ingrese todos los datos que le solicitan y el sistema reducirá el total del saldo a aplicar (considere lo que pago de impuesto más la actualización y recargos), con lo que puede disminuir o inclusive anular lo que tendría que pagar. En caso de que no llegue a salir un monto a pagar en los meses subsecuentes, de octubre a diciembre, entonces ese monto podrá compensarlo contra ISR a pagar de cualquier periodo de 2023.
@ Hola contadora, muy buena noche! No me llegó notificación de que me contestó. De inmediato haré la corrección. No solo aprendí sino que además me ha ayudado mucho con este problema. Le agradezco enormemente que se tome el tiempo en los comentarios.
Hola muchísimas gracias por hacer estos videos, son muy informativos y son de gran apoyo Tengo una duda, ojala me pueda orientar El sat me informó de diferencias entre isr retenido declarado y el qué consta en los cfdis del periodo, revisando me dí cuenta que la factura que emití a fin de Enero por error la contabilicé en Febrero, donde en realidad no tuve ingresos y al reves habia declarado enero en 0. Quiero hacer la complementaria, pero mi duda es si debo pagar nueva cuenta lo que resulta de la declaración de enero porque no hay pagos de meses anteriores y lo que ya pagué en febrero lo podré acreditar en meses posteriores o ya lo perdí? Muchas gracias por su apoyo
8 หลายเดือนก่อน +1
Buenas tardes Adriana: los ingresos se declaran cuando son cobrados, esa factura que emitió a finales de enero quedó pagada en ese mismo mes o hasta febrero? Si fue en ese mismo mes, entonces sí debe hacer la corrección. Si se la pagaron hasta febrero, entonces debe quedar como originalmente lo declaró. En el caso de que sí proceda la complementaria, no tiene que pagar de nueva cuenta. Lo que tiene que hacer es en la pestaña determinación de pago del pago provisional de enero (complementaria), da clic en sí en la pregunta: "¿Desea disminuir su total de contribuciones con algún concepto? e ingresa al detalle del renglón de Compensaciones y ahí captura todos los datos del pago de lo indebido del ISR que realizó en febrero. De esta forma el sistema disminuirá lo que pagó en ese mes, en donde no tuvo ingresos.
@ buenas tardes, efectivamente la factura de enero fue pagada en febrero, y en ese mes se hicieron los pagos provisionales por ese ingreso. Muchas gracias por tomarse el tiempo de responder y apoyar a la comunidad con su conocimiento 🩵 Bendiciones
Contadora muy buen día ☺️ Tengo la siguiente duda, espero me pueda apoyar por favor 🙏🏻soy RECICO: Al solicitar una opinión de cumplimiento me aparece en negativo por: omision de retenciones mensuales de ISR por sueldos y salarios. Esta declaración del mes de SEP 2023 si la presente y aparece en mi acuse de recibo como presentada y en 0 como los demas meses (no tengo empelados ) Que solucion tengo que hacer para esto por favor 😢? Muchas gracias por su atención y tiempo
11 หลายเดือนก่อน
Buenas tardes Ivone: en ese caso deberá ingresar la aclaración correspondiente a través del Portal del SAT, en el apartado de Contacto, Asistencia por internet (Mi portal), Portal personal Mi portal (contribuyente). Le comparto el vínculo directo: www.sat.gob.mx/tramites/20778/aclara-la-informacion-de-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales#:~:text=Cuando%20tu%20Opini%C3%B3n%20del%20cumplimiento,personal%20Mi%20portal%20(contribuyente).
Buenas tardes. Muy buen contenido, me ha ayudado mucho y ayuda bastante a los que no sabemos mucho de impuestos. Tengo una duda. Si se envía una declaracion en ese mismo mes ( que se envíe la declaracion de Julio en el mismo mes de julio, por ejemplo) ¿se debe corregir haciendo una complementaria? Saludos desde Monterrey
2 ปีที่แล้ว +1
Buenas tardes C Herrera: si los datos son correctos, no es necesario enviar la complementaria. Le sugiero siempre esperar a que concluya el mes para poder presentar el pago provisional.
Estimada Martha muchas gracias por toda esta información que nosnayuda tanto. Estoy atrasadísima con mis declaraciones mensuales porque mi contador ya no pudo seguir prestándome sus servicios. La ultima que presentó fue en abril pero la presento en ceros y si bien no tuve ingresos si tuve gastos. Me conviene presentar la complementaria? Y si sería a través de "dejar sin efecto declaración"?
2 ปีที่แล้ว
Buenas noches Laura: hay que presentar la declaración complementaria del tipo: Modificación de obligaciones, dejando los ingresos en ceros y considerando los gastos del periodo que se habían omitido.
@ Hola Angela te tomo la palabra jiji estoy presentando mi declaración de abril como ya te había comentado con cero ingresos con un saldo a favor igual al IVA acreditable en la sección de "tienes otras cantidades a favor" yo tengo un saldo a favor mayor a este IVA acreditable y pues entonces no me deja continuar, que debo hacer? Debo entonces decirle que si e igualar la cantidad del acreditable para que "pase" o le digo que no de todas formas ese saldo a favor no se pierde y lo puedo utilizar cuando quiera, ya que se acumula por separado no ósea si yo le digo que no, es solo para efectos de esta declaración no para toda la vida no?? jajajaja
Hola buen día, espero me pueda ayudar con lo siguiente: al obtener mi opinión de cumplimiento esta sale Negativa por lo siguiente: Se detectan omisiones en la presentación de las siguientes obligaciones que tiene registradas Declaración de proveedores de IVA Enero 2023, aquí entiendo se trata de la DIOT pero en el chat del SAT, me indican que tengo que hacer una complementaria???? de la obligación indicada, es decir hacer lo mismo que nos mostró en este vídeo???
ปีที่แล้ว
Buenas noches Camila: la DIOT se presenta en otra aplicación. Le comparto el vínculo: www.sat.gob.mx/declaracion/74295/presenta-tu-declaracion-informativa-de-operaciones-con-terceros-(diot)-
tiene algun video donde explique una declaración complementaria por cambio de regimen de rif a resico en 2024?
4 หลายเดือนก่อน +1
Buenas noches: no tengo un vídeo, pero si ya realizó pagos en el régimen anterior, lo que tiene que hacer es presentar las declaraciones en el nuevo régimen en ceros para esos meses y ya los subsecuentes los realizará con las líneas de captura que le genere el nuevo sistema
Y si solo me equivoqué en una obligación de IVA pero el ISR está bien ?tengo que hacer como quiera en la primera o segunda complementaria las dos obligaciones aunque una este bien en este caso el equivocado es el iva
หลายเดือนก่อน
@@lauracr2580 Buenas tardes Laura: en efecto tiene que volver a hacer la complementaria para las dos obligaciones, aunque una de ellas haya estado bien.
Buenas tardes contadora!!! Gracias por su video. Me ayuda con una duda por favor. Al hacer la complementaria por modificacion de obligaciones los campos se llenan con el nuevo total o solo con la midificacíon? Si olvide agregar un ingreso. la complementaria lleva solo el ingreso que olvide o la suma de todos los de ese mes?. De antemano gracias.
6 หลายเดือนก่อน +1
Buenas noches Agustina: en ese caso debe sumar todos los ingresos que se obtuvieron en el mes y poner ese dato. Por ejemplo, si había puesto 1000 y omitió una factura de 500, ahora tendrá que poner 1500.
Hola buenas noches como resuelvo, ya que me equivoque al hacer mi declaración del 2022. Le puse por error en ingresos en el apartado de interéses perdida cuando no la hay. Son de un préstamo
9 หลายเดือนก่อน
Buenas tardes Luz: presente una complementaria del tipo modificación de obligaciones y con rija esos campos en los cuales cometió el error. El sistema recalculará la información en forma automática.
Hola Lic! Gracias x el tutorial. En mi caso no requiero hacer ninguna modificación pero mi línea de captura para realizar el pago venció. Debo realizar declaración complementaria para tener líneas vigentes por el mismo monto?
2 ปีที่แล้ว +1
Buenas noches Lalo: en efecto, tiene que hacer una declaración complementaria, deje todos los datos iguales que en la anterior y si no realizó ningún pago, en el campo Monto pagado con anterioridad ponga cero y el sistema generará la nueva línea de captura con el monto de recargos y actualización. Tenga presente que esa nueva línea de captura que genere también tendrá una fecha límite para realizar el pago.
Buenas tardes Licenciada, disculpe pero tengo otra pregunta. Estoy haciendo una declaracion complementaria del mes de junio por la cual no pague, y me sale un campo que dice "Fecha del pago realizado con anterioridad", se refiere al pago del mes de junio que no hice o al del mes de mayo que si hice? Gracias.
2 ปีที่แล้ว +1
Buenas tardes Caín: ese campo se refiere a lo que pagó en la declaración normal de ese mismo mes: junio.
Hola, Martha! Ya te sigo. Una pregunta si me lo permites: porque unas personas tienen más ISR a favor y otras no? Si todos trabajamos y pagamos impuestos. Entiendo que las deducciones personales son para deducir nuestros impuestos. Pero no entiendo porque personas que trabajan en el mismo lugar que yo, no tienen saldo a favor y yo si. Y yo no tengo Infonavit, ni otras deducciones sólo Aportacion Voluntaria al Afore. Gracias
2 ปีที่แล้ว +1
Hola Dulce: depende de los gastos que estén relacionados con la actividad de cada contribuyente (por ejemplo: luz, teléfono, internet, papelería, etc.), que son los que se pueden disminuir en el pago provisional. Las deducciones personales, tales como: aportaciones a la Afore, colegiaturas, gastos médicos, gastos funerarios, etc., solo pueden disminuirse hasta la declaración anual.
Una consulta más. Cómo se realiza la Declaración de proveedores de IVA, ya que sé que se debe presentar más tardar el último día del mes inmediato posterior al periodo que corresponda. Entonces entiendo que es a más tardar este 31 de Agosto. Saludos.
ปีที่แล้ว +2
Buenas noches Jorge: Primero verifica si estás obligado a presentar está declaración del DIOT?, porque la Regla 2.8.1.24 establece que si los ingresos del ejercicio inmediato anterior de las personas físicas con actividad empresarial no excedieron los $4'000,000 quedan relevadas de presentarla.
@ En la hoja de mis obligaciones dice que debo hacer la Declaración de Proveedores de IVA, sin embargo mis ingresos son bajos y solo doy cursos de capacitación a un solo cliente por el momento. Pregunté en el CHAT UNO a uno del sitio oficial del SAT pero me dijeron que si la debo presentar. Les comenté que en el sitio oficial está escrito precisamente lo que usted me acaba de mencionar, sin embargo me dijeron que por el solo hecho de estar en el Régimen fiscal de Personas Físicas con Actividad Empresarial y Profesional es Obligatorio presentar la DIOT 🥺. Por eso es mi preocupación ya que es mi primer declaración. Gracias por tomarse el tiempo de leer, excelente noche 🌃.
ปีที่แล้ว +1
@@jorgeserret633 Buenos días Jorge: entonces no tienes que presentarla. Lamentablemente no siempre orientan adecuadamente en esa línea. Te comparto el fundamento, que de hecho está en la página del SAT, en el apartado de información adicional: www.sat.gob.mx/declaracion/74295/presenta-tu-declaracion-informativa-de-operaciones-con-terceros-(diot)-
BUEN DIA CONTADORA UNA DUDA, SE PUEDE MODIFICAR LOS RECARGOS Y LA ACTUALIZACION, EN UNA COMPLEMENTARIA DONDE S E PAGO UNA PARTE DEL IMPUESTO Y EN LA COMPLEMENTARIA SE QUIERE PAGAR EL RESTO, LOS RECARGOS Y LAS ACTUALIZACIONES SOLO SON POR LA DIFERENCIA DE LOS IMPUESTOS, YA QUE LA PRIMERA DECLARACIÓN SE PRESENTO EN TIEMPO?
8 หลายเดือนก่อน
Buenas tardes Magda: capture el importe acumulado de lo que ha pagado por concepto de ISR de enero al mes previo al que está presentando la declaración, con la finalidad de que el sistema reduzca este importe del saldo a pagar.
Buenos días Contadora. Espero se encuentre muy bien. Gracias por el video, es muy educativo. Presenté mi declaración provisional de diciembre 22, calculé mal el IVA y pagué una cantidad cuando debía ser $0. Al presentar la complementaria debo solicitar la devolución o me quedaría como saldo a favor? Muchas gracias y feliz 2023.
2 ปีที่แล้ว +2
Buenos días Ángel: si tuvo algún gasto en diciembre, en la complementaria va a quedar un saldo a favor y si no hubo gastos entonces quedaría $0. Lo que pagó de manera equivocada lo anota en su control interno y en algún mes subsecuente en donde haya saldo de IVA a pagar, lo deduce cuando pase a la página de determinación del pago, en el campo que dice: Desea disminuir su total de contribuciones con algún concepto y ahí pone los datos del pago de lo indebido, fecha y monto. Si queda algún remanente, lo anota en su hoja de control y repite el procedimiento de descontarlo en algún pago subsecuente.
Hola buen día Contadora! Puede Orientarme por favor? Yo le rento un local a una persona moral. Entonces hice una declaración provisional trimestral de OCTUBRE A DICIEMBRE DEL 2023 en la cual puse mal el ISR retenido y me di cuenta del error hasta ahora que quise hacer la declaración anual. ¿Tengo que hacer este procedimiento de tu video para que en la declaración anual se corrija ese error? El error es que puse una cantidad mayor al que debería como ISR RETENIDO, pero solo fue en ese periodo. En mi caso mis declaraciones solo pago el IVA ya que el ISR me lo retienen. Si hago la complementaria tengo que volver a pagar el IVA? Espero pueda ayudarme.Ya le di like y me suscribí a su canal.
9 หลายเดือนก่อน
Buenas tardes: en efecto, para que se corrija el error en la declaración anual hay que hacer una declaración complementaria. En la parte del IVA pondrá la fecha y monto que pagó con anterioridad, para que el sistema le reduzca ese importe. Y así solo tenga que pagar multas y recargos.
Buen dia , una consulta Presente la declaracion en Julio, en agosto el isr era muy elevado, en la de septiembre vi que tambien, revise y note que no habia colocado la cantidad que pague anteriormente. Estoy intentando hacer mi declaracion complementaria, pero no me sale como en su video, pues estan bloqueadas todas las casillas excepto la de fecha y cantidad de pago. Que pasara con el dinero que pague extra? Este procedimiento me funciona?
ปีที่แล้ว
Buenas noches Evelyn: seguramente le sale una cantidad a pagar por concepto de ISR, cierto? Verifique si tiene habilitado el campo de Pagos provisionales de ejercicios anteriores y ahí capture el monto acumulado que ha pagado por concepto de ISR.
Si realize complementaria del mes de marzo del 2023 porque un proveedor me cancelo facturas que estavan erroneas y esto afecto mi base gravable, tambien tengo que hacer complementarias de los meses subsecuentes abril-noviembre?
ปีที่แล้ว
No es necesario, observarás que en el mes de diciembre aparecerá la información acumulada hasta el momento (por concepto de ISR), ya con los datos correctos. Y el pago de IVA mensual se corrigió en el mes que corresponde al presentar la complementaria.
Buenas tardes. hice mi declaración mensual y en el campo de ISR de los meses anteriores no puse la cantidad correcta ahora la quiero corregir en una complementaria y no me deja esta bloqueado ese campo, saben una manera de hacerlo. saludos y gracias.
11 หลายเดือนก่อน
Buenas tardes Leobardo: asegúrese de ingresar con su firma electrónica. Borre archivos temporales y cookies de su navegador. Intente con Chrome.
Buenas tardes Licenciada, disculpe ¿las facturas que me llegan del pago de intereses de un préstamo de nómina, cuentan como gastos? Es decir ¿los puedo declarar para deducir impuestos?
2 ปีที่แล้ว
Buenas tardes Juan Carlos: sí los puede acumular como gastos, pero también debe sumar a sus ingresos el monto del préstamo, para que así se acumulen con el resto de sus ingresos.
hola contadora, le relato lo siguiente: enel 2021 y 2022 la empresa que represento perdio a 2 socios, fallecieron, entonces tuve que modificar las actas constitutivas dé la firma ante notario publico y declarando en esa acta constitutiva nuevos socios y aumentando el capital social a 1.75 millones de pesos con fecha 20 de julio de 2022. el anterior era de 950 mil pesos. fui a una dependencia de gobierno en gto para darla de alta en el padron de contratistas a la empresa y como tenemos la declaracion anual de 2021 con la anterior acta de 950 mil pesos capital social, la presente y me dicen que no es valida, yo le comente que aun no es fecha para declaracion anual que en marzo de 2022 se declara y ya en esa declaracion es 2021. ellos me comentan que debo hacer una declaracion complementaria, mencionando el nuevo capital social de 1.75 mdp. que debo hacer?
2 ปีที่แล้ว
Buenas tardes Sergio: el capital se incrementó el 2021 o en 2022? Si fue en 2021, entonces sí se debe de presentar la declaración anual complementaria de ese año, en la parte donde viene el balance general se pone este dato del capital. Sin embargo, si fue en 2022, este dato se modificará hasta la declaración anual de este año, que como bien comenta se presentara a más tardar el 31 de marzo de 2023.
@ gracias contadora. si, las actas que se tenian del capital social, eran de $50,000.00 en 2001, despues en 2007se incremento a 950,000.00 pesos. en 2021 y 2022, fallecieron los socios, y es logico para licitar obra publica nos solicitan las actas constitutivas, de los socios credencial de elector y curp en mexico. se modificaron las actas en septiembre de de 2022, el capital social se incremento en 1.75 mdp y el poder para el representante legal, apenas se inscribieron en el registro publico de la propiedad y del comercio hace unos dias. de ahi debemos inscribirnos en obra publicas del estado de guanajuato, mexico y ahi me solicitan que efectue una declaracion complementaria al sat con las nuevas actas con el capital de los 1.75 mdp perome sla solicitan que sea de 2021, eso, a reserva de lo que ud atinadamente me comento creo debe declararse en el 2023. espero sus atentos y sabios consejos. muchas gracias.
2 ปีที่แล้ว +1
@@jsergiore Buenos días Sergio: la empresa tributa en el régimen de personas físicas con actividades empresariales y profesionales o en el general personas morales? Si es por el de actividades empresariales, fiscalmente esta modificación de capital solo se podrá ser hasta que se presente la declaración anual. Sin embargo, contablemente este capital se modificó en los estados financieros desde que se incrementó. Le auditan los estados financieros a la empresa? Quizás esta sería una alternativa para poder cumplir con el procedimiento que le están pidiendo ahí en la entidad de Guanajuato: presentar los estados financieros auditados, en particular el balance general.
Hola Martha. Fíjate que cometí un error en cuanto a que olvidé generar la factura del mes de mayo para mi empleador (estoy como persona física con act. empresarial o profesional) pero sí tengo facturas de mis gastos deducibles de ese mes. Lo que no sé es qué repercusiones voy a tener por generar la factura (y el pago) hasta ahorita....
2 ปีที่แล้ว +2
Buenas tardes Jessica: no hay problema, porque tú te diste cuenta del error y la elaboración de la factura no proviene de un requerimiento fiscal. Efectúala en este mes de junio, como no tiene efectos fiscales retroactivos, se acumulará a tus ingresos con los que obtengas en este mes.
@ muchas gracias. Pero por ejemplo, el pago corresponde al mes de mayo según la manera en que ellos lo establecen con Hacienda, creo que tendría que hacer una declaración complementaria porque no coincidirá el mes de la factura con el establecido por ellos ( cuando nos enviaban los datos para poder generar la factura nos decían que para no tener que hacer la complementaria esperaramos a que coincidiera con el mes que venía ahí). Mis facturas de mayo me servirán aún? Porque al final ese mes entra dentro del periodo que laboré, independientemente que no haya generado la factura ese mes no?
2 ปีที่แล้ว +2
@@jessicadavalosaceves178 Buenos días Jéssica: en el pago provisional del mes de mayo reportaste ese ingreso, aunque no lo habías facturado? Si es así, hay que hacer la complementaria de ese mes, disminuyendo esos ingresos. Los gastos se quedan igual, porque esas facturas tienen fecha de mayo. Y ahora que hagas la de junio ahí reportas los ingresos que no habías facturado, más los que correspondan al mes. Si en el mes de mayo, no reportaste esos ingresos, solo los gastos, así está bien y no tienes que hacer la complementaria. En teoría, ellos te deberían solicitar la factura previo a que te paguen, aquí el problema es que se realizó el pago, antes de contar con la factura y el sistema no permite hacer una factura de un mes previo.
Hola Martha, omití en tres meses consecutivos del año (2022) colocar el concepto de retención del ISR, si entendí bien ¿debo elegir "obligación no presentada" ?en lo referente al IVA no hay errores, es decir, está correcto, entonces ¿no debo de seleccionar el cuadro que dice IVA verdad?
2 ปีที่แล้ว +2
Buenas tardes Victoria: el tipo de complementaria es modificación de obligaciones, ahí corregirás el importe de retención de ISR que omitiste y lo del IVA se queda igual. Sí debes de seleccionarlo porque sino no te va a dejar pasar a la parte final. De hecho, el sistema va a cargar la misma información que reportaste en la declaración normal.
Hola! tengo una duda. En mi opinión de cumplimiento me di cuenta que mi contador no estuvo realizando mis declaraciones desde el año pasado y lo que va de este y ya no tengo relación con esa persona. Cómo puedo resolver la situación? Recibí un "requerimiento de oblicaciones fiscales" en mi domicilio pero solo de un mes de este año. Cómo presento las declaraciones atrasadas? como complementarias o normales? en el caso de esta última sí sería con los pasos de este video, pero en el caso de las otras atrasadas por las que no tengo requerimiento cómo las puedo presentar para tener una opinión de cumplimiento positiva?
ปีที่แล้ว +2
Buenas noches Ana: debes presentar los pagos provisionales que no se realizaron como una declaración normal.
Buena tarde. Estoy haciendo mi declaración complementaria del mes de Julio. Pero en el ISR a Cargo me da 0. Al ser mi primer mes ni tengo gastos, solo los ingresos 😞. En el caso del IVA ya corregí el error porque puse la cantidad mal, son embargo ya quedó
ปีที่แล้ว +1
Buenas tardes Jorge: ¿ya había presentado la declaración normal de ese mismo mes con anterioridad? ¿cuánto le había salido a pagar ahí y cuánto pagó? Si gusta envíeme los datos al correo mardelacampavelazquez@gmail.com y le digo cuándo debería salir como importe a pagar.
Si tengo facturas de gasolina,de compras d mercado libre,de hoteles ...en la declaración complementaria m podría salir mas saldo a favor??
2 ปีที่แล้ว +2
Buenos días Jesús: en efecto, las facturas de gastos pueden favorecer en el incremento de un saldo a favor, sin embargo, hay que asegurarse que todas estén directamente relacionadas con la actividad del contribuyente. Por ejemplo, no toman las compras de MercadoLibre son deducibles, solo aquellas que son necesarias para desarrollar la actividad.
OTRA DUDA EN CUANTO A LO MISMO DEL PAGO DE COMPLEMENTARIA, EN CASO DE QUE SE HAYA PAGADO DE MAS, EN LA PARTE DE LOS RECARGOS Y LA ACTUALIZACION, SE MODIFICARIA A "0" (CERO) PORQUE SE PAGO DE MAS EN EL PAGO PROVISIONAL NORMAL? GRACIAS DE ANTEMANO.
8 หลายเดือนก่อน
Sí claro el sistema hará el cálculo en automático. Y si se pagó de más, aunque haya multas y recargos saldrá un saldo a pagar en cero.
Hola hago todo lo que me dice pero cuando me aparecen los campos de ingresy etc me aparecen en ceros y no puedo modificar nada!! ayuda!
ปีที่แล้ว +1
Buenas tardes Rigoberto: asegúrese de haber elegido en tipo de complementaria: Modificación de obligaciones y borre todas las cookies de su navegador. Utilice primordialmente Chrome y agregue el SAT como sitio seguro.
Buen día, tengo un problema, que sigo sin poder solucionar: en el año 2018 y el 2019, tengo pendientes pago provisional mensual de isr con actividades empresariales, cuando debería decir servicios profesionales, (mi régimen es actividades empresariales y profesionales), me dijeron en el SAT que se debe a que debería decir servicio profesional y no actividades empresariales, mi pregunta es: ¿Debo hacer una complementaria para cambiar ese error? Y en caso de que así sea, ¿Qué tipo de complementaria?
2 ปีที่แล้ว +1
Buenos días Lucía: lo que debe de corregir es el régimen fiscal, para que ahí quede como servicios profesionales, porque en el pago provisional en ningún campo se pone el régimen. Este se cambia en otra aplicación de la plataforma del SAT. La comparto la liga para hacer esta modificación: www.sat.gob.mx/tramites/33758/presenta-el-aviso-de-actualizacion-de-actividades-economicas-y-obligaciones-fiscales-como-persona-fisica
Buen dia!! Hice la declaracion y la pague pero por error los ingresos fueron del mes siguientes wue puedo hacer ahi para rectificar y se me regrese lo pagado para pagar al siguiente mes donde persibi los ingresos
ปีที่แล้ว
Buenas noches Monserrat: hay que presentar la declaración provisional poniendo el monto de los ingresos correctos en el mes en el que corresponden y en el campo Pagos provisionales efectuados con anterioridad ingresas el dato de lo que has pagado de enero a la fecha (incluyendo el pago equivocado). Luego haces la declaración del mes en el que sí tuviste ingresos y vuelves a poner el dato de los pagos efectuados con anterioridad y como ahí sí va a haber base para el cálculo, el sistema disminuirá lo que pagaste en automático.
Buenas tardes Martha, gracias por sus videos. Quisiera consultarle una duda, hice una declaracion normal en la que pague isr por arrendamiento (arrendamiento de una persona fisica de regimen de arrendamiento) y debía presentarse en retenciones 1.25% RESICO, ya está pagada puesto que es de enero de 2022 (escribo esto en febrero 2023), ¿cual es el proceso para presentar complementaria), repito, ya pagué con la lineal de captura generada en su momento pero tengo que cambiar ese pago a la obligación correcta. Espero me pueda ayudar. Saludos.
ปีที่แล้ว
Déjeme ver si entendí bien su pregunta phar contabilidad: presentó la declaración de enero de 2022 en la plataforma de pagos provisionales de personas físicas con actividades empresariales y profesionales, siendo que la debió de haber presentado en la plataforma de RESICO, es así?
@ Perdón si no me di a entender. Soy del regimen general de persona morales, y retuve ISR a un proveedor que es resico arrendamiento, pero al momento de presentar la declaracion, el la obligaciónes presentadas pagué ISR por arrendamiento (normal) y debí pagarla en ISR por servicios profesionales/regimen simplificado de confianza.
ปีที่แล้ว
@@pharcontabilidad4570 Buenas tardes phar contabilidad: yo estoy especializada en personas físicas, no morales. Sin embargo, le comparto que en el caso de las personas físicas cuando sucede algo así debe presentar una declaración complementaria del tipo "obligación no presentada". Espero le sea de utilidad esta información.
Buenas tardes Lic, excelentes sus videos muchas gracias! tengo una duda, apenas en abril 2023 me hice PFAEyP ...ya tenia presentadas de manera normal declaraciones de Abril, Mayo y Junio, pero me di cuenta de un error en los gastos de abril, mayo y junio asi que presenté primero Complementaria de Abril: en "monto pagado con anterioridad" puse el importe pagado en la normal (8 pesos) y me arrojó un nuevo importe a pagar por ISR + cargos + actualizaciones (225 pesos), ahora quiero hacer la complementaria de MAYO , mi pregunta es: estos 8+225 pesos pagados me deben aparecer en el campo "Pagos provisionales de periodos anteriores" en la pestaña "Determinacion del Impuesto"? pregunto por que solo me aparecen los 8 pesos pagados en la declaracion Normal de Abril... en donde agrego los 225 pesos que pagué por la complementaria incluyendo los recargos y actualizaciones? y otra pregunta considerando que es la declaracion complementaria de mayo, que pasa con el pago que ya hice por la declaracion Normal de Mayo que fueron 1076 pesos, en donde se colocan? Muchas gracias por su respuesta, son varias mis dudas ya que tambien tengo que hacer complementaria de Junio por que tambien hubo error ahi en los gastos. :)
ปีที่แล้ว
Buenos días Ileana: hay que esperar mínimo 48 horas hábiles siguientes a haber efectuado el pago en el banco, para que se actualice el nuevo importe de pagos provisionales de periodos anteriores, en la declaración de mayo. Con relación a los $1076 qué pago en la normal de mayo, de qué impuesto fueron ISR o IVA?
Los 1076 fueron solo de ISR, se pagaron el 5 de junio y al querer hacer la complementaria de mayo no me aparecen como "monto pagado con anterioridad" @
ปีที่แล้ว +1
@@IleanaMRuiz Buenas noches Ileana: verifique si tiene habilitado el campo para que capture el importe en el campo pagos provisionales efectuados con anterioridad. Debe sumar lo que se pagó de mayo más la corrección de abril (sin incluir recargos, ni actualización).
Hola, como se hace la declaración, cuando ya se paso la fecha establecida ??
7 หลายเดือนก่อน
Si es la primera, se presenta como normal, aunque ya haya pasado la fecha y el sistema calculará el importe de multas y recargos que corresponda. A partir de la segunda, si se desea hacer una corrección, entonces se presenta como complementaria.
Hola contadora, si me podría ayudar, en la declaración mensual puse el importe de ISR pagados de periodos anteriores en el campo de ISR retenido. Necesito modificar esto, pero si realicé el pago y cuando hago la complementaria me genera nuevamente la misma cantidad pero con recargos y actualizaciones. Como procedo para no pagar dos veces?
8 หลายเดือนก่อน +1
Buenas tardes Sandra: haga la suma de todo lo que ha pagado con anterioridad y póngalo en el campo de pagos provisionales efectuados con anterioridad. De esta manera el sistema restará lo que ya pagó.
Contadora disculpe, ahora el detalle es que en la anual aparece la complementaria presentada en ceros. 😫 que hago para que se refleje el pago
8 หลายเดือนก่อน
@@SandraGarcia-pt9pk No se preocupe Sandra. Significa que en la complementaria (que fue la última que presentó), no pagó nada, porque los impuestos quedaban cubiertos con lo que se efectuó con anterioridad.
Hola una pregunta espero me puedas ayudar si tengo mi tienda de abarrotes yo atiendo mi negocio no entiendo lo del IVA acreditable yo lo tengo que pagar también? O lo presento en ceros soy del régimen empresarial
2 ปีที่แล้ว
Buenas tardes Judith: el IVA acreditable es el que proviene de tus facturas de las compras y gastos que tienes. Y este total del IVA acreditable es el que se resta al IVA de los ingresos. Si el IVA cobrado es mayor que el acreditable, la diferencia es lo que debes pagar.
Me podrías dar un ejemplo de como sacar el IVA acreditable
2 ปีที่แล้ว +1
@@judithzamora9045 Buenas noches Judith: vamos a suponer que tienes dos facturas de compras que hiciste en el mes, una de ellas es por $116 y la otra por $232, ambas ya incluyen el IVA. De la primera factura el IVA son 16 pesos y de la segunda son 32 pesos, en total tu IVA acreditable sería de 48 pesos. Si en ese mismo mes tus ingresos totales incluyendo el IVA son de 1,160, significa que 160 son de IVA. Entonces tendrías que pagar la diferencia: 160-48=112 pesos.
@ disculpa otra pregunta si mis facturas de las mercancías que compro hay productos con IVA al 16% y tasa 0 en la misma factura solo sumo las que tienen IVA del 16%
tengo una duda, si ya pague una declaración mensual pero me di cuenta que no ingrese todos mis gastos del periodo, entonces hago una complementaria, debo volver a pagar?
7 หลายเดือนก่อน
No tiene que volver a pagar, en la página de Determinación de pago de cada uno de los impuestos puede capturar lo que pagó con anterioridad, de tal forma que el sistema reduzca ese importe.
Buena noche Martha. Me equivoque en mi declaración del mes de Julio, entonces voy a hacer una declaración complementaria. ¿Cuánto tiempo tengo para realizar esta declaración para concluir mi tramite? Debe ser antes de que termine este mes de agosto o tengo hasta antes de realizar mi próxima declaración mensual en el mes de septiembre? Saludos.
ปีที่แล้ว +1
Buenas noches Jorge: es preferible que se realice antes de la siguiente declaración mensual, para que se actualice la información en el sistema, ya que tarda de 24 a 48 horas hábiles. De lo contrario, cuando presentes la del mes de agosto, aparecerá lo que se envió en la declaración normal.
Buenas tardes contadora. De una persona fisica de ingresos por honorarios presente declaraciones complementarias de junio, julio y sepiembre del 2022 en donde estoy corrigiendo los ingresos en cada uno de esos meses ( Corregi los datos en ISR e IVA) De enero a mayo del 2022 no se obtuvieron ingresos y en su momento se presentaron declaraciones normales en ceros, lo mismo paso en agosto, octubre noviembre y diciembre donde tampoco se obtuvieron ingresos. Al momento de corregir los ingresos en las complementariasde Junio, julio y septiembre, los ingresos de periodos anteriores, los impuestos retenidos por personas morales y todos los campos que acumulan datos cambiaron. Mi duda es: ¿Tengo que presentar declaracion complementaria de agosto, octubre noviembre y diciembre? ya que en las declaraciones normales presentadas en ceros tienen los datos erroneos de los ingresos de Junio, julio y septiembre. Mi segunda pregunta ¿solo presentaria complementaria en ISR porque IVA fue definitiva en ceros? y tercer pregunta ¿que tipo de complementarias serian?. Muchas gracias de antemano por su atencion.
ปีที่แล้ว +1
Buenas noches Silvia: ingrese a la aplicación de pagos provisionales y revise los datos de ingresos acumulados que tiene registrados el sistema al mes de diciembre, una vez que ha presentado los pagos provisionales de junio, julio y septiembre y deben reflejar lo acumulado durante todo el año, considerando que en los últimos 3 meses no hubo ingresos. Dicho de otra forma, deben aparecer todos los ingresos que se obtuvieron hasta el mes de septiembre, por lo que si es así, ya no será necesario presentarlas. No sé cuando las haya presentado, porque regularmente hay que esperar 48 horas hábiles a que se reflejen en el sistema. Por otra parte, cada vez que ingresa a la aplicación, forzosamente debe llenar los dos apartados de ISR e IVA, no puede hacerlo solo de uno de los impuestos. El tipo de complementaria que tiene que presentar es de Modificación de obligaciones. Le comparto el tutorial de declaraciones complementarias de los pagos provisionales, en caso de ser necesario: th-cam.com/video/4tEg3f3qwu4/w-d-xo.html
@ Buen dia contadora ya revise en la aplicacion de pagos provisionales los ingresos acumulados a diciembre y ya aparece el dato correcto considerando las complementarias presentadas de junio, julio y septiembre que presente el dia de ayer. Le agradezco mucho su contestación ya que sí pensaba presentar las complementarias nuevamente en ceros de agosto, octubre y diciembre. Pero como usted me indica NO las presentaré. Lo que aun no aparece en el sistema del SAT ,es el pago que apenas se efectuo el dia de hoy en ventanilla bancaria, pero esa debe ser la razón, asi es que esperaré los tiempos para que se vea reflejado en el sistema. Y acabo de revisar los ingresos para la declarcion anual 2022 y aun no se ve reflrejado el importe correcto de los ingresos acumulables, por lo que tambien esperare los tiempos que usted me indica. Muchas gracias nuevamente por su timepo para darme contestación.
ปีที่แล้ว
@@silviaedithgarciasanchez8522 Para servirle Silvia ☺️
Buenas noches Licenciada, tengo un caso muy particular, erróneamente hice la declaración de julio, en el mes de julio y emití dos facturas más en dicho mes, mi pregunta es ¿en la declaración complementaria debo considerar las facturas que declaré con anterioridad o únicamente las dos que no declaré? Porque al estar realizado la declaración complementaria me aparece prellenado lo que ya declaré, incluso los gastos, ¿podría orientarme por favor? De antemano gracias
2 ปีที่แล้ว +2
Buenos días Juan Carlos: en efecto, debe considerar todas las facturas que haya emitido en el mes de julio: las anteriores más las nuevas. De igual manera, si tuvo alguna nueva factura de gastos se debe de sumar a las anteriores. De preferencia siempre espere a que concluya el mes y presente la declaración en los primeros días del mes subsecuente, para que de esta forma siempre considere ya todas las facturas que tenga.
Hola contadora! Acabo de realizar una declaración complementaria por un error en los gastos del mes, pero ya había pagado la declaración anterior con un monto que me dieron en ese mes, sin embargo, cuando realice la modificación de obligaciones, la línea de captura me vuelve a arrojar el monto del pago anterior, más el recargo: mi duda es, si debo pagar otra vez el monto completo o solo la diferencia?
6 หลายเดือนก่อน
Buenas noches gestionpediamg: ¿a qué tipo de impuesto está relacionado el pago que hizo con anterioridad: ISR o IVA? Sí hay un campo específico para capturar lo pagado en la normal y solo pague la diferencia (ya incluyendo los recargos y multas).
El pago fue por IVA; lo que pasa es que en la declaración de abril, me equivoqué en poner mis gastos gravables (en lugar de poner montos sin IVA, los puse con IVA), realicé la modificación en la seccion de ISR aunque ahí me arrojó 0 pesos a pagar, en la sección del IVA estaba bien, ese mes pagué $1000.00 de IVA, cuando finalicé mi declaración complementaria, el portal del sat me arrojó mi linea de captura con los 1000 + el monto de los recargos. Ahora mi duda es si tengo que pagar (según esa línea) otra vez el IVA, más los recargos o solo la diferencia, pero no tengo una línea de captura de solo la diferencia 🤔
6 หลายเดือนก่อน
@@gestionpediamg @gestionpediamg Buenas noches: va a tener que presentar otra declaración complementaria, en donde capture lo que pagó en la declaración normal, por concepto de IVA. Esto se hace en la pestaña Determinación de pago, dentro del Impuesto al Valor Agregado, ahí hay un campo (después de que aparece la parte actualizada y los recargos) que dice: Fecha del pago realizado con anterioridad. Ahí debe poner la fecha en la cual se efectuó el pago en la institución bancaria o mediante transferencia electrónica y luego captura el monto que pagó con anterioridad (los $1,000). Al hacerlo se reducirá este importe de la cantidad a pagar, resultando solo la diferencia, que será la que se refleje en la línea de captura.
Hola Martha! Una pregunta si fueras tan amable. Si yo hice mi declaración provisional y deduje gastos de gasolina en efectivo, y hasta ahorita me voy enterando que sólo son deducibles si se pagaron con los medios electrónicos, supongo que debo de hacer una complementaria verdad? La cuestión es que ya hice el pago de la línea de captura de esa declaración, entonces mi duda es si hago la complementaria se me tomará en cuenta lo que ya pagué al momento de que se haga el ajuste? Muchas gracias.
2 ปีที่แล้ว +3
Hola Jessica: sí hay que presentar la complementaria, disminuyendo esos gastos y ahí aparecerá un campo para capturar lo que se pagó con anterioridad en la normal. Te comparto el fragmento del vídeo en donde viene ese campo en el ISR: th-cam.com/users/clipUgkx8Omaer3gYitVt8VZ3ABs4QwTuANs3nXT Y este es el campo para capturar el IVA pagado con anterioridad: th-cam.com/users/clipUgkxDqZUrBvldriJ0KsosHJEYW7p0JNbQ7jF
@ Otra duda si me lo permite, los gastos personales como estudios de laboratorio se deducen hasta la declaración anual verdad? En las declaraciones provisionales es donde se incluye lo que se necesita para poder realizar la actividad profesional cierto?
2 ปีที่แล้ว +1
@@jessicadavalosaceves178 Hola Jessica: en efecto, los análisis de laboratorio son deducibles hasta la declaración anual, siempre y cuando se tenga una factura con todos los datos fiscales.
Hola, buenas tardes. ¿Qué se hace si ya se hizo un pago? Es decir, en el pago provisional normal se pagaron, por ejemplo, $500, pero después nos damos cuenta que deducimos algo que no debíamos y al hacer la corrección nos sale que en realidad deberíamos haber pagado $520 pesos. Obviamente YA se hizo un pago de $500, entonces, ¿Cómo le hacemos en la complementaria para que salga que sólo se deben pagar esos $20 que nos faltaron? ... porque en el nuevo PDF-COMPROBANTE sale a pagar el total de $520 Ni modo de volver a pagar todo. Muchas gracias y excelente día.
ปีที่แล้ว +2
Buenas tardes Alejandro: en la pestaña determinación del impuesto, capture la cantidad que pagó acumulada (de enero al mes en el que se hizo este pago que me comenta), en el campo Pagos provisionales de periodos anteriores, de inmediato el sistema recalculará el ISR a cargo descontando el importe que pagó anteriormente.
Buen día! El SAT me hizo una invitación para ponerme al corriente con mis declaraciones de IVA retenido solo de algunos periodos. Uno de los periodos que me están solicitando es el mes de febrero, me hacen la mención del importe de IVA retenido de acuerdos los CFDI que me emitieron y el importe de lo que yo declaré y hay una diferencia, la cuál apliqué en el mes de marzo pero no en su totalidad, mis dudas son ...a la hora de hacer mi declaración en el campo que dice "a cargo" tengo que poner el importe total de las retenciones que tuve en el mes para después poner en cantidad pagada lo que declaré en su momento? O tendría que poner la diferencia de lo que me retuvieron en el mes menos lo que declaré? o tendría que poner el piquito que quedó pendiente de lo que pagué de más en marzo ?
Con respecto a lo comentado anteriormente, mi declaración tendría que ser...tipo de declaración complementaria o complementaria correción fiscal? Y sería tipo de complementaria modificación de obligaciones?
2 ปีที่แล้ว
@@GabrielaAlvarez-fk3qh Hola Gabriela: si solo es una invitación del SAT, entonces la declaración complementaria debe ser de modificación de obligaciones. La de corrección fiscal solo viene a petición de un requerimiento.
2 ปีที่แล้ว +1
Hola Gabriela: debes sumar el importe de IVA retenido en todas las facturas que me emitiste en el mes de febrero y ponerlo en el campo de IVA retenido. De igual manera debes hacerlo en marzo, porque según entiendo solo pusiste parte del IVA retenido en febrero y el resto en marzo. En ese caso tendrías que presentar las dos declaraciones complementarias, porque eso mueve el impuesto a favor o a cargo. Y también si realizaste un pago con anterioridad debes ponerlo, para que no se duplique. Si gustas puedes contactarme a mi correo para que me compartas los importes y yo te digo lo que debes de poner en cada una: mardelacampavelazquez@gmail.com
Buen día ,una pregunta estoy realizando una declaración complementaria pero no me aparecen la información que ya habia guardado me pide que responda las preguntas TUS ingresos fueron obtenidos en coopropiedad o sociedad conyugal? Pero no puedo ingresar nada porque aparece un circulo rojo y la información que ya había guardado no me aparece pero me dice que tendo información guardada
ปีที่แล้ว
Buenas tardes Judith: primeramente verifique que sí eligió el periodo adecuado sobre el que desea hacer la corrección, siendo que en ese mes originalmente se presentó la declaración normal. Por ejemplo, que la haya presentado en agosto y ahora desee modificar algún dato de ese mismo mes. Ese cuestionamiento que me comenta, ya tiene tiempo que viene solicitándolo la autoridad. ¿La declaración complementario que está presentando corresponde a otro año? Le pregunto porque el sistema debería de mostrar en automático, lo que usted capturó originalmente. En ese campo si los ingresos que obtuvo son solo de usted, elija que No. Y si son producto de una sociedad o varias personas seleccione que Sí. El resto de los campos le deben aparecer prellenados y ya solo modifica aquel en el que desea hacer la corrección.
@ si es el mes de septiembre incluso me aparece que tengo la declaración inconclusa ya la había realizado, pero el recibo de pago me salió para ese mismo día y la realize ya en la noche , ya me salió el recibo prácticamente vencido es que voy atrasada en mi declaración y no me deja ver la información precargada me dice que conteste las preguntas pero me aparecen en Rojo y no puedo poner nada todo sale en blanco pero me aparece que tengo que llenar esos campos y nomás no me deja
ปีที่แล้ว
@@judithzamora9045 tiene su acuse? Verifique la fecha de expiración de la línea de captura. Qué tipo de complementaria está seleccionando? Debe ser modificación de obligaciones.
Hola buenas tardes,una pregunta... que puedo hacer si cometieron un error en las declaraciones pasadas, y metieron los datos con iva incluido? Los puedo modificar?
2 ปีที่แล้ว +2
Buenas tardes Glory: sí lo puede corregir a través de una declaración complementaria de modificación de obligaciones.
¿Qué ocurre si quiero modificar una declaración del mes anterior, pero ésta ya fue pagada? Si me sale a pagar una cantidad mayor a la que ya pagué, ¿en la complementaria me saldrá a pagar esa diferencia?
ปีที่แล้ว +1
En la pestaña Determinación de pago del ISR deberá poner la cantidad que pagó con anterioridad, dando clic en sí en la pregunta: "Desea disminuir su total de contribuciones con algún concepto". Ahí deberá poner fecha y monto pagado con anterioridad.
Como presentar complementaria si declare lo facturado y no lo cobrado
9 หลายเดือนก่อน
Buenas tardes Bernardo: presente la complementaria del mes en el cual haya cometido el error, considerando el tipo de declaración modificación de obligaciones y ahí haga la corrección reportando en ingresos lo que realmente se cobró en ese período. Seguramente en el mes subsecuente se replicó el error porque ahí es en dónde debieron haber quedado declarados esos ingresos o en algún mes subsecuente. Supongamos que el error se cometió en enero y ahí había dos facturas. Una se cobró en el mismo mes de enero y la otra hasta marzo. Entonces en enero reducirá el monto de los ingresos obtenidos (mediante una complementaria) y en marzo reportaría esos ingresos (en la normal).
Yo ya hice mi declaración del 2023, pero una Constancia de retenciones de una sofipo (que marca 13 pesos de interés real y monto de la retención de 0.00) me la dieron después de que pagué el sábado. Alguien sabe como puedo hacer para integrarla a mi declaración 2023?
8 หลายเดือนก่อน
Buenas noches Carlos: de hecho ya debió aparecer previamente precargada esta información.
@Hola. Yo sólo quiero saber que opción pongo en Tipo de Complementaria para agregar una Constancia de retenciones que me entregaron después de haber enviado y pagado mi declaración 2023? En este caso, ya sólo pagaría la diferencia que me generó (como 13 pesos) y el monto de la retención es 0.00? Esto es de inversiones en sofipos. Gracias.
@Gracias por contestar mi pregunta. Ojalá me pueda orientar en esta última que le envié para poder presentarla. Saludos.
8 หลายเดือนก่อน
@@carlosh.1972 Buenas tardes Carlos: esta información solo va en la declaración anual, no en la mensual y ya debió haber aparecido precargada en el apartado de intereses, ya que estas instituciones tienen la obligación de presentar la información antes, independientemente de cuándo se la dieron a usted. En otras palabras, no tiene que hacer una complementaria. Revise su declaración anual en el apartado de intereses, ahí debe aparecer la SOFIPO. Considerando el monto de su retención, no se preocupe, no se acumula a sus ingresos.
Hola Martha , una pregunta si está es complementaria dónde restas el pago hecho con anterioridad en la declaración normal y si este importe debe incluir lo que haya pagado de actualización y recargos ? Gracias por tu información
2 ปีที่แล้ว +1
Buenas tardes Julia: en el momento en el que el sistema cargue la información que se presentó en la declaración normal aparecerá en el campo pagos provisionales efectuados con anterioridad, lo que se pagó originalmente por concepto de ISR. En el caso del IVA, una vez que pases a la pestaña de determinación del pago, hay un campo que dice: desea disminuir el total de contribuciones con algún concepto (13:13), deberás de capturar la fecha en la que realizaste el pago y abajo se desplegará un campo para que pongas el importe total que pagaste por concepto de IVA y esto disminuirá el pago que tienes que realizar en la complementaria.
Martha , yo sigo con mi duda , en la casilla de PAGOS PROVISIONALES EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD , ahí también se le suma o se le agrega el pago hecho en la declaración normal en tu caso de septiembre ?
Martha lo qué pasa es que esa casilla de pagos provisionales efectuados con anterioridad el sistema arrastra los todos los pagos efectuados con anterioridad pero al mes anterior de la declaración . Entonces no me queda claro a esa cantidad yo le sumo el pago que yo efectué en el lago normal de mi declaración del presente mes ?
2 ปีที่แล้ว
@@Lupita6702-r6eBuenas tardes Julia: este campo de pagos provisionales efectuados con anterioridad no lo puedes editar, porque el sistema lo llena de forma automática, más tratándose de una declaración complementaria debería de aparecerte el importe de los pagos realizados por concepto de ISR de enero a septiembre (en la normal). Verifica si ese importe ya te está acumulando estos valores. La única razón por la cual no pudiera aparecer el importe de septiembre es porque acabas de realizar el pago y este se actualiza a más tardar en 48 horas hábiles.
2 ปีที่แล้ว
@@Lupita6702-r6e Buenas tardes Julia: ahí debe aparecer el acumulado de enero a septiembre (en la declaración normal).
Hola tengo un problema es que por error hice una declaración por defunción y no me deja hacer una declaración normal que puedo hacer
2 ปีที่แล้ว +1
Hola MUNDO RR: presente una declaración complementaria, del tipo: "Dejar sin efecto obligación", con lo que anulará la declaración presentada erróneamente. La comparto el tutorial para presentar la declaración complementaria: th-cam.com/video/4tEg3f3qwu4/w-d-xo.html Ya después presente la declaración del pago provisional correctamente.
Buen día, en caso de que al momento de querer hacer una declaración complementaria de Modificación de obligaciones ya que se paso la fecha de pago, el sistema no me permite hacerla, será error mío o del sistema? tengo varios día intentando hacerlo. Tanto en el viejo portal, como el nuevo.
ปีที่แล้ว +1
Buenas tardes Lucero: ¿qué error es el que le aparece?
@Buenos días, al momento de querer generar la complementaria, no me sale ese campo, por ejemplo, en el Nuevo portal, en el campo de tipo de declaración, ahí debe de venir Normal, complementaria, Normal con corrección fiscal, etc, pero solo me sale Normal y Normal con corrección fiscal. Y en el viejo portal si me aparece los campos pero me sale abajo la leyenda de (No existen declaraciones normales para poder hacer una complementaria.)
@@lucerocanacope Buenos días Lucero: cuál es su régimen fiscal? Si es persona física con actividad empresarial y profesional debe ingresar al portal anterior, ya que el nuevo es solo para quienes están en el régimen de confianza. En cuál de los dos portales presentó la normal?
si deseo dejar sin efecto la declaración? hay video?? gracias!
2 ปีที่แล้ว
Buenas noches Yadira: este vídeo le puede ser de utilidad, en el tipo de declaración elija complementaria. En el tipo de complementaria seleccione Dejar sin efecto obligación. Y en el periodo seleccione el mes que desea modificar. Con esta información, lo que capturó con anterioridad en la declaración normal se sustituye o reemplaza con los nuevos datos que capturará en la complementaria en ingresos y gastos.
Buenas tardes, cometí una barbaridad, presenté una complementaria de IVA (obligación no presentada) con pago de $1000, presente otra complementaria del mismo mes (modificacion de obligaciones) para corregir unos datos erroneos, pero en el renglon de pago anterior no le puse los $1000 del pago en la declaración anterior, por lo tanto casi duplique el pago. No encuentro la manera de corregir y reflejar el saldo a favor para compensarlo en otro mes, ya que en una complementaria tendría que sumar los dos pagos de las dos declaraciones para que al restar se refleje el pago indebido, y solo me pide una fecha de pago anterior. Me podría hacer el favor de orientarme para presentar la complementaria y reflejar el saldo del pago indebido. Muchas gracias.
2 ปีที่แล้ว
Buenas noches José: solo para confirmar que comprendí bien lo sucedido: en la primera complementaria se generó un IVA a cargo por un importe de $1,000, los cuales sí pagó. Después presentó otra complementaria para corregir unos datos, sin embargo, ahí se omitió el pago realizado con anterioridad, por lo que el sistema acumuló el monto a pagar con el anterior. La pregunta en este punto es: ¿realizó un segundo pago? Si es así, ¿por qué importe fue?
@ Muchas gracias, por su pronta respuesta, le comento, en la primera complementaria que fue obligación no presentada salió saldo a pagar de $1000 que pagué, para corregir datos por un iva acreditable que omití, presenté complementaria modificación de obligaciones y salió a pagar $800, si hubiera ingresado en el renglón correspondiente el importe pagado con anterioridad que fue $1000, hubiera tenido un saldo a favor de $200, pago indebido de más, pero el error fue no anotar los $1000 de pago anterior, por lo que resultó un pago de $800 que pagué.En resumen un impuesto que debió ser de $800 , pagué en realidad $1800, 1000 en la primera complementaria y 800 en la segunda. Lo quise corregir con una complementaria modificacion de obligaciones, pero tendría que acumular los $1800 pagados con anterioridad en una sola fecha, para que se reflejara el saldo a favor de $1000 y poder compensarlo luego, lo que me creo duda si sería correcto.Explore con complementaria dejar sin efecto, pero también no estoy seguro ya que me pide llenar datos. Es todo lo que puedo comentar.Muchísimas gracias, Dios la bendiga.
2 ปีที่แล้ว
@@JOSELOPEZ-bz8ki Buenos días José: en la declaración normal de ese mes, qué importe puso de IVA?
Buenas tardes Patricia: no le aparece el campo del mes? Elimine cookies y borre archivos temporales. Reinicie su navegador. De preferencia use Chrome y asegúrese de ingresar con la firma electrónica no con CIEC.
Contadora Martha Angela, ERES LA MEJOR DE LAS MEJORES, tus video son claros, completos y taaannn DIDÁCTICOS; sorprendente pero fabulosamente los mejores que yo he visto. Soy tu fan y te prometo compartir y compartir. Gracias, valoro mucho tu trabajo y conocimiento.
Sólo quiero decirle que desde ahora seguiré todos sus videos, espero aprender mucho de usted, de antemano muchas gracias por el conocimiento que comparte, Dios la bendiga.
Excelente, muchas gracias es la mejor explicacion que he encontrado de youtube del procedimiento para presentar una declaracion complementario. ya me suscribi. gracias.
Que bueno que le fue de utilidad Gilberto. Gracias por suscribirse 🙂
Excelente explicación! Me sirvió para un pago complementario de ISR para arrendamiento.
Qué bueno Paola.
Muchas gracias, todo muy claro y fácil. Gracias!!
Para servirte Arlen ☺️
Muy buen video, muchas gracias, me sirvió mucho para hacer mi corrección.
Para servirle Ricardo 🙂
De los mejores videos que he visto. Cero rollo y acertando en los meros clavitos. Voy a ver todos tus videos. Solo tengo una duda. El hecho de presentar una complementaria de meses anteriores ¿implica que haya que modificar los meses posteriores? ¿Se arrastra el error? Muchas gracias.
Muchas gracias me ayudaron mucho
@@VeronicaMoralesOjeda para servirle Verónica ☺️
muchas gracias, me fue de mucha ayuda el video. Saludos, ya le di like
Para servirle Nacho ☺️
Gracias por el video. En mi caso aun no he podido hacer la complementaria por que me señala error en PTU y pérdidas fiscales.
Buenas tardes Candelario: levante la queja en el portal del SAT, para que habiliten el campo. La página es www.sat.gob.mx/aplicacion/operacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia
En el tipo de queja seleccione: Has tenido problemas con algún apartado de la página del Servicio de Administración Tributaria.
En descripción de los hechos: ¿Cómo? Mencione que al tratar de presentar la declaración complementaria del mes "x", el sistema no le permite continuar porque señala el error en el campo de PTU y Pérdidas fiscales, considerando como si estuvieran vacíos, siendo que sí tienen el valor de cero. ¿Cuándo? La fecha en la cual lo haya intentado, ya sea ayer u hoy. ¿Dónde? En el portal de pagos provisionales de personas físicas con actividades empresariales y profesionales.
@ Gracias Contadora..😁
@@csaguilar Para servirle Candelario 🙂
Gracias por tu labor, es fantástica. Sabes?😪en ningun lado encuentro cómo hacer una complementaria sin efecto, no hay tutoriales, por faaaaa. DTB
Buenos días alegomez: por qué quieres presentar una declaración complementaria sin efecto?, eso va a anular por completo la información que presentaste con anterioridad, en la normal.
@se hizo la normal agosto 2023, se presentó y pagó en tiempo. Después, con la intención de hacer el cfdi de pago el titular hace una complementaria anotando en ella el importe que pagó; así entendió hacer un cfdi de pago, de un cfdi PPD. Entonces ahora tengo una declaración complementaria que no tenía razón de ser y nada había que corregir, y por eso deseo anular esa complementaria.
Buen dia Lic. me podria explicar cual es la diferencia entre el campo "Acreditamiento del saldo a favor de periodos anteriores" la la determinacion del impuesto vs "Fecha del pago realizado con anterioridad" de la determinacion del pago, de antemano muchas gracias.
Buenas tardes Kevin: la diferencia es que el acreditamiento de saldo a favor de periodos anteriores se relaciona con el importe que el contribuyente tiene pendiente de acreditar, por concepto de IVA y que lo tenía registrado en su control interno (hoja de cálculo), en cambio la fecha de pago realizado con anterioridad (de IVA) se relaciona con un pago indebido, efectuado con anterioridad, que se desea acreditar contra el saldo a pagar en un determinado periodo.
Muchas gracias, me acaba de salvar. Estaba haciendo mi declaración anual y me di cuenta que olvidé en diciembre declarar ingresos, ya realicé la declaración complementaria, pero ahora mi duda es cuanto tardará en reflejarse al momento de querer hacer la declaración anual del 2023? Gracias
Buenas tardes: tarda entre 24 y 48 horas hábiles después de haberla presentado y/o después de haber efectuado el pago en el portal o institución bancaria (en caso de haber algún saldo a pagar).
Eres fabulossaaaaa, Gracias
Para servirle Alegomez 😊
Excelente!!
Gracias Rosa 😊
Hola buenas tardes Martha!!!
Mil Gracias por tu apoyo !!!
Si mi contador metió mis primeras declaraciones en ceros, requiero meter complementarias??
Buenas tardes Rocío: si metió tu contador las declaraciones en ceros, siendo que debían reportarse gastos o ingresos de esos meses, entonces sí deben de presentarse declaraciones complementarias del tipo modificación de obligaciones.
Hola buena noche, ya leí varias comentarios y sus respuestas en donde encuentro la respuesta a mi primer duda, por favor si me ayuda con la de si debo realizar las complementarias de los tres últimos meses y las puedo hacer en este mes. Gracias
Buenas noches Juan: si solo había error en la de septiembre, debe presentar únicamente la complementaria de ese mes.
Muy buen video, muchas gracias por el aporte, tengo dos dudas que espero me pueda aclarar, la primera es que quiero hacer una complementaria por el mes de septiembre por unos gastos no incluidos, como va a disminuir mi base gravable, el pago que ya realice en septiembre en donde o como lo acredito, segunda al modificar la declaración de septiembre las tres últimas (octubre, noviembre y diciembre) se van a ver afectadas, también hay que realizar las complementarias por estos tres últimos meses o estas ya no se modifican, por último en este mes que es la declaración anual para personas físicas si puedo hacer declaraciones complementarias o no, de antemano muchas gracias. Saludos.
Buenas noches Juan: el monto que pagó en septiembre fue por concepto de ISR, IVA o ambos?
Al modificar la declaración de septiembre se actualiza de inmediato en total de los gastos acumulables, es decir, ya no tiene que presentar la de octubre, noviembre, ni diciembre.
Sí puede y debe hacer la declaración complementaria de ese mes antes de presentar la declaración anual, solo tengan presente que en el sistema de la declaración se actualizará la información 48 horas hábiles después, por lo que habrá que esperar ese tiempo.
@ y si en lugar de los gastos hubieran sido los ingresos, si se hubiera tenido que presentar, complementaria de oct nov y dic? Gracias por tanto
Hola contadora, estuve leyendo todos los comentarios para saber si ya le había respondido mi duda a alguien más, pero solo leí de alguien que debe incrementar sus ingresos y pagar más. Mi duda es la siguiente: Estoy haciendo declaraciones pasadas para ponerme al corriente, hice la declaración de agosto de 2021 y pagué el ISR e IVA correspondiente, pero no me esperé a que pasaran las 48hrs y realicé la de septiembre, en donde no tuve ingresos y se me hacía extraño que me cobrara ISR, ahora entiendo que es porque no se reflejaba los "pagos provisionales efectuados con anterioridad"... pero también pagué la línea de captura de septiembre, entonces quiero corregirla, pagué ISR y recargos que no debía pagar porque ya lo había hecho en la de agosto. Quiero hacer una complementaria para corregir y entiendo que puedo poner la cantidad que ya pagué de ese mismo mes, o sea en la de septiembre poner el ISR que ya pagué por la de septiembre en "pagos provisionales efectuados con anterioridad", pero entiendo que ahí solo se pone la cantidad de ISR pagada, pero sin los recargos ni nada, no? ¿que pasará con la cantidad que pagué por recargos? Muchas gracias de antemano. Ojalá vea el comentario y duda. Saludos.
Buenas noches goopy: presente la complementaria de septiembre ingresando la cantidad que pagó en agosto por concepto de ISR y tenga a la mano los datos de lo que pagó por equivocación en septiembre y continúe con los pagos provisionales de octubre a diciembre. En el momento en el que obtenga un saldo a pagar por concepto de ISR, en la pantalla determinación de pago, dé clic en sí en la pregunta: ¿Desea disminuir su total de contribuciones con algún concepto? y luego ingrese al detalle en el renglón de Compensaciones, ahí dé Agregar y en Tipo elegirá Pago de lo indebido, ingrese todos los datos que le solicitan y el sistema reducirá el total del saldo a aplicar (considere lo que pago de impuesto más la actualización y recargos), con lo que puede disminuir o inclusive anular lo que tendría que pagar.
En caso de que no llegue a salir un monto a pagar en los meses subsecuentes, de octubre a diciembre, entonces ese monto podrá compensarlo contra ISR a pagar de cualquier periodo de 2023.
@ Hola contadora, muy buena noche! No me llegó notificación de que me contestó. De inmediato haré la corrección. No solo aprendí sino que además me ha ayudado mucho con este problema. Le agradezco enormemente que se tome el tiempo en los comentarios.
Hola muchísimas gracias por hacer estos videos, son muy informativos y son de gran apoyo
Tengo una duda, ojala me pueda orientar
El sat me informó de diferencias entre isr retenido declarado y el qué consta en los cfdis del periodo, revisando me dí cuenta que la factura que emití a fin de Enero por error la contabilicé en Febrero, donde en realidad no tuve ingresos y al reves habia declarado enero en 0.
Quiero hacer la complementaria, pero mi duda es si debo pagar nueva cuenta lo que resulta de la declaración de enero porque no hay pagos de meses anteriores y lo que ya pagué en febrero lo podré acreditar en meses posteriores o ya lo perdí?
Muchas gracias por su apoyo
Buenas tardes Adriana: los ingresos se declaran cuando son cobrados, esa factura que emitió a finales de enero quedó pagada en ese mismo mes o hasta febrero? Si fue en ese mismo mes, entonces sí debe hacer la corrección. Si se la pagaron hasta febrero, entonces debe quedar como originalmente lo declaró.
En el caso de que sí proceda la complementaria, no tiene que pagar de nueva cuenta. Lo que tiene que hacer es en la pestaña determinación de pago del pago provisional de enero (complementaria), da clic en sí en la pregunta: "¿Desea disminuir su total de contribuciones con algún concepto? e ingresa al detalle del renglón de Compensaciones y ahí captura todos los datos del pago de lo indebido del ISR que realizó en febrero. De esta forma el sistema disminuirá lo que pagó en ese mes, en donde no tuvo ingresos.
@ buenas tardes, efectivamente la factura de enero fue pagada en febrero, y en ese mes se hicieron los pagos provisionales por ese ingreso.
Muchas gracias por tomarse el tiempo de responder y apoyar a la comunidad con su conocimiento 🩵
Bendiciones
@@00Luthien00 para servirle Adriana ☺️
Contadora muy buen día ☺️ Tengo la siguiente duda, espero me pueda apoyar por favor 🙏🏻soy RECICO:
Al solicitar una opinión de cumplimiento me aparece en negativo por: omision de retenciones mensuales de ISR por sueldos y salarios.
Esta declaración del mes de SEP 2023 si la presente y aparece en mi acuse de recibo como presentada y en 0 como los demas meses (no tengo empelados )
Que solucion tengo que hacer para esto por favor 😢? Muchas gracias por su atención y tiempo
Buenas tardes Ivone: en ese caso deberá ingresar la aclaración correspondiente a través del Portal del SAT, en el apartado de Contacto, Asistencia por internet (Mi portal), Portal personal Mi portal (contribuyente). Le comparto el vínculo directo: www.sat.gob.mx/tramites/20778/aclara-la-informacion-de-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales#:~:text=Cuando%20tu%20Opini%C3%B3n%20del%20cumplimiento,personal%20Mi%20portal%20(contribuyente).
Buenas tardes. Muy buen contenido, me ha ayudado mucho y ayuda bastante a los que no sabemos mucho de impuestos.
Tengo una duda. Si se envía una declaracion en ese mismo mes ( que se envíe la declaracion de Julio en el mismo mes de julio, por ejemplo) ¿se debe corregir haciendo una complementaria?
Saludos desde Monterrey
Buenas tardes C Herrera: si los datos son correctos, no es necesario enviar la complementaria. Le sugiero siempre esperar a que concluya el mes para poder presentar el pago provisional.
Estimada Martha muchas gracias por toda esta información que nosnayuda tanto. Estoy atrasadísima con mis declaraciones mensuales porque mi contador ya no pudo seguir prestándome sus servicios. La ultima que presentó fue en abril pero la presento en ceros y si bien no tuve ingresos si tuve gastos. Me conviene presentar la complementaria? Y si sería a través de "dejar sin efecto declaración"?
Buenas noches Laura: hay que presentar la declaración complementaria del tipo: Modificación de obligaciones, dejando los ingresos en ceros y considerando los gastos del periodo que se habían omitido.
@ aaay no sabes como te agradezco que respondas a nuestras consultas en serio a mi me has devuelto la tranquilidad. Mil mil gracias. Suscrita¡ 👍
@@lauragutierrez2708 Qué bueno Laura. Me reitero a tus órdenes ☺️
@ Hola Angela te tomo la palabra jiji estoy presentando mi declaración de abril como ya te había comentado con cero ingresos con un saldo a favor igual al IVA acreditable en la sección de "tienes otras cantidades a favor" yo tengo un saldo a favor mayor a este IVA acreditable y pues entonces no me deja continuar, que debo hacer? Debo entonces decirle que si e igualar la cantidad del acreditable para que "pase" o le digo que no de todas formas ese saldo a favor no se pierde y lo puedo utilizar cuando quiera, ya que se acumula por separado no ósea si yo le digo que no, es solo para efectos de esta declaración no para toda la vida no?? jajajaja
Hola buen día, espero me pueda ayudar con lo siguiente: al obtener mi opinión de cumplimiento esta sale Negativa por lo siguiente: Se detectan omisiones en la presentación de las siguientes obligaciones que tiene registradas Declaración de proveedores de IVA Enero 2023, aquí entiendo se trata de la DIOT pero en el chat del SAT, me indican que tengo que hacer una complementaria???? de la obligación indicada, es decir hacer lo mismo que nos mostró en este vídeo???
Buenas noches Camila: la DIOT se presenta en otra aplicación. Le comparto el vínculo: www.sat.gob.mx/declaracion/74295/presenta-tu-declaracion-informativa-de-operaciones-con-terceros-(diot)-
tiene algun video donde explique una declaración complementaria por cambio de regimen de rif a resico en 2024?
Buenas noches: no tengo un vídeo, pero si ya realizó pagos en el régimen anterior, lo que tiene que hacer es presentar las declaraciones en el nuevo régimen en ceros para esos meses y ya los subsecuentes los realizará con las líneas de captura que le genere el nuevo sistema
muchaS gracias. saludos.
@@osmanlopez4917 para servirle 😉
Y si solo me equivoqué en una obligación de IVA pero el ISR está bien ?tengo que hacer como quiera en la primera o segunda complementaria las dos obligaciones aunque una este bien en este caso el equivocado es el iva
@@lauracr2580 Buenas tardes Laura: en efecto tiene que volver a hacer la complementaria para las dos obligaciones, aunque una de ellas haya estado bien.
Buenas tardes contadora!!! Gracias por su video. Me ayuda con una duda por favor. Al hacer la complementaria por modificacion de obligaciones los campos se llenan con el nuevo total o solo con la midificacíon? Si olvide agregar un ingreso. la complementaria lleva solo el ingreso que olvide o la suma de todos los de ese mes?. De antemano gracias.
Buenas noches Agustina: en ese caso debe sumar todos los ingresos que se obtuvieron en el mes y poner ese dato. Por ejemplo, si había puesto 1000 y omitió una factura de 500, ahora tendrá que poner 1500.
Mil gracias por su ayuda.
@@agustinarodriguez1536 para servirle Agustina 🙂
Hola buenas noches como resuelvo, ya que me equivoque al hacer mi declaración del 2022. Le puse por error en ingresos en el apartado de interéses perdida cuando no la hay. Son de un préstamo
Buenas tardes Luz: presente una complementaria del tipo modificación de obligaciones y con rija esos campos en los cuales cometió el error. El sistema recalculará la información en forma automática.
Hola Lic! Gracias x el tutorial. En mi caso no requiero hacer ninguna modificación pero mi línea de captura para realizar el pago venció. Debo realizar declaración complementaria para tener líneas vigentes por el mismo monto?
Buenas noches Lalo: en efecto, tiene que hacer una declaración complementaria, deje todos los datos iguales que en la anterior y si no realizó ningún pago, en el campo Monto pagado con anterioridad ponga cero y el sistema generará la nueva línea de captura con el monto de recargos y actualización. Tenga presente que esa nueva línea de captura que genere también tendrá una fecha límite para realizar el pago.
Buenas tardes Licenciada, disculpe pero tengo otra pregunta. Estoy haciendo una declaracion complementaria del mes de junio por la cual no pague, y me sale un campo que dice "Fecha del pago realizado con anterioridad", se refiere al pago del mes de junio que no hice o al del mes de mayo que si hice? Gracias.
Buenas tardes Caín: ese campo se refiere a lo que pagó en la declaración normal de ese mismo mes: junio.
@ gracias licenciada, necesitaba estar seguro.
@@CainNuke para servirle Caín.
Disculpe pague mi declaración pero puse totales la corregí con los subtotaled pero no me aparece saldo a favor me dice que pague d e nuevo
Hola, Martha! Ya te sigo.
Una pregunta si me lo permites: porque unas personas tienen más ISR a favor y otras no? Si todos trabajamos y pagamos impuestos.
Entiendo que las deducciones personales son para deducir nuestros impuestos. Pero no entiendo porque personas que trabajan en el mismo lugar que yo, no tienen saldo a favor y yo si. Y yo no tengo Infonavit, ni otras deducciones sólo Aportacion Voluntaria al Afore. Gracias
Hola Dulce: depende de los gastos que estén relacionados con la actividad de cada contribuyente (por ejemplo: luz, teléfono, internet, papelería, etc.), que son los que se pueden disminuir en el pago provisional. Las deducciones personales, tales como: aportaciones a la Afore, colegiaturas, gastos médicos, gastos funerarios, etc., solo pueden disminuirse hasta la declaración anual.
Una consulta más. Cómo se realiza la Declaración de proveedores de IVA, ya que sé que se debe presentar más tardar el último día del mes inmediato posterior al periodo que corresponda. Entonces entiendo que es a más tardar este 31 de Agosto. Saludos.
Buenas noches Jorge: Primero verifica si estás obligado a presentar está declaración del DIOT?, porque la Regla 2.8.1.24 establece que si los ingresos del ejercicio inmediato anterior de las personas físicas con actividad empresarial no excedieron los $4'000,000 quedan relevadas de presentarla.
@ En la hoja de mis obligaciones dice que debo hacer la Declaración de Proveedores de IVA, sin embargo mis ingresos son bajos y solo doy cursos de capacitación a un solo cliente por el momento. Pregunté en el CHAT UNO a uno del sitio oficial del SAT pero me dijeron que si la debo presentar. Les comenté que en el sitio oficial está escrito precisamente lo que usted me acaba de mencionar, sin embargo me dijeron que por el solo hecho de estar en el Régimen fiscal de Personas Físicas con Actividad Empresarial y Profesional es Obligatorio presentar la DIOT 🥺. Por eso es mi preocupación ya que es mi primer declaración. Gracias por tomarse el tiempo de leer, excelente noche 🌃.
@@jorgeserret633 Buenos días Jorge: entonces no tienes que presentarla. Lamentablemente no siempre orientan adecuadamente en esa línea. Te comparto el fundamento, que de hecho está en la página del SAT, en el apartado de información adicional: www.sat.gob.mx/declaracion/74295/presenta-tu-declaracion-informativa-de-operaciones-con-terceros-(diot)-
@ Muchísimas gracias por su orientación 🧭. En verdad me ilumina en este proceso. Excelente día 😊.
@@jorgeserret633 para servirte Jorge 😊
BUEN DIA CONTADORA UNA DUDA, SE PUEDE MODIFICAR LOS RECARGOS Y LA ACTUALIZACION, EN UNA COMPLEMENTARIA DONDE S E PAGO UNA PARTE DEL IMPUESTO Y EN LA COMPLEMENTARIA SE QUIERE PAGAR EL RESTO, LOS RECARGOS Y LAS ACTUALIZACIONES SOLO SON POR LA DIFERENCIA DE LOS IMPUESTOS, YA QUE LA PRIMERA DECLARACIÓN SE PRESENTO EN TIEMPO?
Buenas tardes Magda: capture el importe acumulado de lo que ha pagado por concepto de ISR de enero al mes previo al que está presentando la declaración, con la finalidad de que el sistema reduzca este importe del saldo a pagar.
Duda de llenado complementaria de isr retenciones
Buenas noches Contador 4: ¿Podría ser más específico en su pregunta?, para poder ayudarlo.
Cuando quiero incluir mas ingresos pero ya hice pagos provisionales anteriores de ese periodo como se captura la informacion?
Buenas noches Angélica: los pagos que realizó con anterioridad fueron por concepto de ISR, IVA o ambos?
Buenos días Contadora. Espero se encuentre muy bien. Gracias por el video, es muy educativo. Presenté mi declaración provisional de diciembre 22, calculé mal el IVA y pagué una cantidad cuando debía ser $0. Al presentar la complementaria debo solicitar la devolución o me quedaría como saldo a favor? Muchas gracias y feliz 2023.
Buenos días Ángel: si tuvo algún gasto en diciembre, en la complementaria va a quedar un saldo a favor y si no hubo gastos entonces quedaría $0. Lo que pagó de manera equivocada lo anota en su control interno y en algún mes subsecuente en donde haya saldo de IVA a pagar, lo deduce cuando pase a la página de determinación del pago, en el campo que dice: Desea disminuir su total de contribuciones con algún concepto y ahí pone los datos del pago de lo indebido, fecha y monto. Si queda algún remanente, lo anota en su hoja de control y repite el procedimiento de descontarlo en algún pago subsecuente.
@ Le agradezco muchísimo. Excelente día!
@@angelarmandorosascarpio7649 Para servirle Ángel 🙂
Hola buen día Contadora! Puede Orientarme por favor? Yo le rento un local a una persona moral. Entonces hice una declaración provisional trimestral de OCTUBRE A DICIEMBRE DEL 2023 en la cual puse mal el ISR retenido y me di cuenta del error hasta ahora que quise hacer la declaración anual. ¿Tengo que hacer este procedimiento de tu video para que en la declaración anual se corrija ese error? El error es que puse una cantidad mayor al que debería como ISR RETENIDO, pero solo fue en ese periodo. En mi caso mis declaraciones solo pago el IVA ya que el ISR me lo retienen. Si hago la complementaria tengo que volver a pagar el IVA? Espero pueda ayudarme.Ya le di like y me suscribí a su canal.
Buenas tardes: en efecto, para que se corrija el error en la declaración anual hay que hacer una declaración complementaria. En la parte del IVA pondrá la fecha y monto que pagó con anterioridad, para que el sistema le reduzca ese importe. Y así solo tenga que pagar multas y recargos.
Buen dia , una consulta
Presente la declaracion en Julio, en agosto el isr era muy elevado, en la de septiembre vi que tambien, revise y note que no habia colocado la cantidad que pague anteriormente.
Estoy intentando hacer mi declaracion complementaria, pero no me sale como en su video, pues estan bloqueadas todas las casillas excepto la de fecha y cantidad de pago.
Que pasara con el dinero que pague extra? Este procedimiento me funciona?
Buenas noches Evelyn: seguramente le sale una cantidad a pagar por concepto de ISR, cierto? Verifique si tiene habilitado el campo de Pagos provisionales de ejercicios anteriores y ahí capture el monto acumulado que ha pagado por concepto de ISR.
Muchas Gracias #👍
Si realize complementaria del mes de marzo del 2023 porque un proveedor me cancelo facturas que estavan erroneas y esto afecto mi base gravable, tambien tengo que hacer complementarias de los meses subsecuentes abril-noviembre?
No es necesario, observarás que en el mes de diciembre aparecerá la información acumulada hasta el momento (por concepto de ISR), ya con los datos correctos. Y el pago de IVA mensual se corrigió en el mes que corresponde al presentar la complementaria.
Buenas tardes. hice mi declaración mensual y en el campo de ISR de los meses anteriores no puse la cantidad correcta ahora la quiero corregir en una complementaria y no me deja esta bloqueado ese campo, saben una manera de hacerlo. saludos y gracias.
Buenas tardes Leobardo: asegúrese de ingresar con su firma electrónica. Borre archivos temporales y cookies de su navegador. Intente con Chrome.
Buenas tardes Licenciada, disculpe ¿las facturas que me llegan del pago de intereses de un préstamo de nómina, cuentan como gastos? Es decir ¿los puedo declarar para deducir impuestos?
Buenas tardes Juan Carlos: sí los puede acumular como gastos, pero también debe sumar a sus ingresos el monto del préstamo, para que así se acumulen con el resto de sus ingresos.
hola contadora, le relato lo siguiente: enel 2021 y 2022 la empresa que represento perdio a 2 socios, fallecieron, entonces tuve que modificar las actas constitutivas dé la firma ante notario publico y declarando en esa acta constitutiva nuevos socios y aumentando el capital social a 1.75 millones de pesos con fecha 20 de julio de 2022. el anterior era de 950 mil pesos. fui a una dependencia de gobierno en gto para darla de alta en el padron de contratistas a la empresa y como tenemos la declaracion anual de 2021 con la anterior acta de 950 mil pesos capital social, la presente y me dicen que no es valida, yo le comente que aun no es fecha para declaracion anual que en marzo de 2022 se declara y ya en esa declaracion es 2021. ellos me comentan que debo hacer una declaracion complementaria, mencionando el nuevo capital social de 1.75 mdp. que debo hacer?
Buenas tardes Sergio: el capital se incrementó el 2021 o en 2022? Si fue en 2021, entonces sí se debe de presentar la declaración anual complementaria de ese año, en la parte donde viene el balance general se pone este dato del capital. Sin embargo, si fue en 2022, este dato se modificará hasta la declaración anual de este año, que como bien comenta se presentara a más tardar el 31 de marzo de 2023.
@ gracias contadora. si, las actas que se tenian del capital social, eran de $50,000.00 en 2001, despues en 2007se incremento a 950,000.00 pesos. en 2021 y 2022, fallecieron los socios, y es logico para licitar obra publica nos solicitan las actas constitutivas, de los socios credencial de elector y curp en mexico. se modificaron las actas en septiembre de de 2022, el capital social se incremento en 1.75 mdp y el poder para el representante legal, apenas se inscribieron en el registro publico de la propiedad y del comercio hace unos dias. de ahi debemos inscribirnos en obra publicas del estado de guanajuato, mexico y ahi me solicitan que efectue una declaracion complementaria al sat con las nuevas actas con el capital de los 1.75 mdp perome sla solicitan que sea de 2021, eso, a reserva de lo que ud atinadamente me comento creo debe declararse en el 2023. espero sus atentos y sabios consejos. muchas gracias.
@@jsergiore Buenos días Sergio: la empresa tributa en el régimen de personas físicas con actividades empresariales y profesionales o en el general personas morales?
Si es por el de actividades empresariales, fiscalmente esta modificación de capital solo se podrá ser hasta que se presente la declaración anual. Sin embargo, contablemente este capital se modificó en los estados financieros desde que se incrementó. Le auditan los estados financieros a la empresa? Quizás esta sería una alternativa para poder cumplir con el procedimiento que le están pidiendo ahí en la entidad de Guanajuato: presentar los estados financieros auditados, en particular el balance general.
Hola Martha. Fíjate que cometí un error en cuanto a que olvidé generar la factura del mes de mayo para mi empleador (estoy como persona física con act. empresarial o profesional) pero sí tengo facturas de mis gastos deducibles de ese mes. Lo que no sé es qué repercusiones voy a tener por generar la factura (y el pago) hasta ahorita....
Buenas tardes Jessica: no hay problema, porque tú te diste cuenta del error y la elaboración de la factura no proviene de un requerimiento fiscal. Efectúala en este mes de junio, como no tiene efectos fiscales retroactivos, se acumulará a tus ingresos con los que obtengas en este mes.
@ muchas gracias. Pero por ejemplo, el pago corresponde al mes de mayo según la manera en que ellos lo establecen con Hacienda, creo que tendría que hacer una declaración complementaria porque no coincidirá el mes de la factura con el establecido por ellos ( cuando nos enviaban los datos para poder generar la factura nos decían que para no tener que hacer la complementaria esperaramos a que coincidiera con el mes que venía ahí). Mis facturas de mayo me servirán aún? Porque al final ese mes entra dentro del periodo que laboré, independientemente que no haya generado la factura ese mes no?
@@jessicadavalosaceves178 Buenos días Jéssica: en el pago provisional del mes de mayo reportaste ese ingreso, aunque no lo habías facturado? Si es así, hay que hacer la complementaria de ese mes, disminuyendo esos ingresos. Los gastos se quedan igual, porque esas facturas tienen fecha de mayo.
Y ahora que hagas la de junio ahí reportas los ingresos que no habías facturado, más los que correspondan al mes.
Si en el mes de mayo, no reportaste esos ingresos, solo los gastos, así está bien y no tienes que hacer la complementaria.
En teoría, ellos te deberían solicitar la factura previo a que te paguen, aquí el problema es que se realizó el pago, antes de contar con la factura y el sistema no permite hacer una factura de un mes previo.
@ mil mil gracias! Que tengas un excelente día y semana! Saludos!
@@jessicadavalosaceves178 Igualmente Jessica 😊
Hola Martha, omití en tres meses consecutivos del año (2022) colocar el concepto de retención del ISR, si entendí bien ¿debo elegir "obligación no presentada" ?en lo referente al IVA no hay errores, es decir, está correcto, entonces ¿no debo de seleccionar el cuadro que dice IVA verdad?
Buenas tardes Victoria: el tipo de complementaria es modificación de obligaciones, ahí corregirás el importe de retención de ISR que omitiste y lo del IVA se queda igual. Sí debes de seleccionarlo porque sino no te va a dejar pasar a la parte final. De hecho, el sistema va a cargar la misma información que reportaste en la declaración normal.
Muchas gracias Martha por tu atenta respuesta ✨️
@@victoriacortesvilla5217 Un privilegio poder ayudarte Victoria 🙂
Hola! tengo una duda. En mi opinión de cumplimiento me di cuenta que mi contador no estuvo realizando mis declaraciones desde el año pasado y lo que va de este y ya no tengo relación con esa persona. Cómo puedo resolver la situación? Recibí un "requerimiento de oblicaciones fiscales" en mi domicilio pero solo de un mes de este año. Cómo presento las declaraciones atrasadas? como complementarias o normales? en el caso de esta última sí sería con los pasos de este video, pero en el caso de las otras atrasadas por las que no tengo requerimiento cómo las puedo presentar para tener una opinión de cumplimiento positiva?
Buenas noches Ana: debes presentar los pagos provisionales que no se realizaron como una declaración normal.
Buena tarde. Estoy haciendo mi declaración complementaria del mes de Julio. Pero en el ISR a Cargo me da 0.
Al ser mi primer mes ni tengo gastos, solo los ingresos 😞.
En el caso del IVA ya corregí el error porque puse la cantidad mal, son embargo ya quedó
Buenas tardes Jorge: ¿ya había presentado la declaración normal de ese mismo mes con anterioridad? ¿cuánto le había salido a pagar ahí y cuánto pagó?
Si gusta envíeme los datos al correo mardelacampavelazquez@gmail.com y le digo cuándo debería salir como importe a pagar.
Muchísimas gracias. Le acabo de enviar correo con los detalles y datos. Agradezco su atención. 😊
@@jorgeserret633 Buenas tardes Jorge: lo reviso en el transcurso del día
@ Muchísimas gracias 🤗. Quedo atento, saludos 🤗
Podrías hacer una de pago provisional del NUEVO RÉGIMEN! 👍
Hola Cecilia: cuál es tu duda respecto al régimen de confianza?
Si tengo facturas de gasolina,de compras d mercado libre,de hoteles ...en la declaración complementaria m podría salir mas saldo a favor??
Buenos días Jesús: en efecto, las facturas de gastos pueden favorecer en el incremento de un saldo a favor, sin embargo, hay que asegurarse que todas estén directamente relacionadas con la actividad del contribuyente. Por ejemplo, no toman las compras de MercadoLibre son deducibles, solo aquellas que son necesarias para desarrollar la actividad.
OTRA DUDA EN CUANTO A LO MISMO DEL PAGO DE COMPLEMENTARIA, EN CASO DE QUE SE HAYA PAGADO DE MAS, EN LA PARTE DE LOS RECARGOS Y LA ACTUALIZACION, SE MODIFICARIA A "0" (CERO) PORQUE SE PAGO DE MAS EN EL PAGO PROVISIONAL NORMAL? GRACIAS DE ANTEMANO.
Sí claro el sistema hará el cálculo en automático. Y si se pagó de más, aunque haya multas y recargos saldrá un saldo a pagar en cero.
Hola hago todo lo que me dice pero cuando me aparecen los campos de ingresy etc me aparecen en ceros y no puedo modificar nada!! ayuda!
Buenas tardes Rigoberto: asegúrese de haber elegido en tipo de complementaria: Modificación de obligaciones y borre todas las cookies de su navegador. Utilice primordialmente Chrome y agregue el SAT como sitio seguro.
Buen día, tengo un problema, que sigo sin poder solucionar: en el año 2018 y el 2019, tengo pendientes pago provisional mensual de isr con actividades empresariales, cuando debería decir servicios profesionales, (mi régimen es actividades empresariales y profesionales), me dijeron en el SAT que se debe a que debería decir servicio profesional y no actividades empresariales, mi pregunta es: ¿Debo hacer una complementaria para cambiar ese error? Y en caso de que así sea, ¿Qué tipo de complementaria?
Buenos días Lucía: lo que debe de corregir es el régimen fiscal, para que ahí quede como servicios profesionales, porque en el pago provisional en ningún campo se pone el régimen. Este se cambia en otra aplicación de la plataforma del SAT. La comparto la liga para hacer esta modificación: www.sat.gob.mx/tramites/33758/presenta-el-aviso-de-actualizacion-de-actividades-economicas-y-obligaciones-fiscales-como-persona-fisica
Buen dia!! Hice la declaracion y la pague pero por error los ingresos fueron del mes siguientes wue puedo hacer ahi para rectificar y se me regrese lo pagado para pagar al siguiente mes donde persibi los ingresos
Buenas noches Monserrat: hay que presentar la declaración provisional poniendo el monto de los ingresos correctos en el mes en el que corresponden y en el campo Pagos provisionales efectuados con anterioridad ingresas el dato de lo que has pagado de enero a la fecha (incluyendo el pago equivocado).
Luego haces la declaración del mes en el que sí tuviste ingresos y vuelves a poner el dato de los pagos efectuados con anterioridad y como ahí sí va a haber base para el cálculo, el sistema disminuirá lo que pagaste en automático.
Mil gracias en verdad que sabe explicar muy bien y resuelve nuestras dudas.
@@monserratcruzrodriguez3435 para servirte Monserrat ☺️
Buenas tardes Martha, gracias por sus videos. Quisiera consultarle una duda, hice una declaracion normal en la que pague isr por arrendamiento (arrendamiento de una persona fisica de regimen de arrendamiento) y debía presentarse en retenciones 1.25% RESICO, ya está pagada puesto que es de enero de 2022 (escribo esto en febrero 2023), ¿cual es el proceso para presentar complementaria), repito, ya pagué con la lineal de captura generada en su momento pero tengo que cambiar ese pago a la obligación correcta. Espero me pueda ayudar. Saludos.
Déjeme ver si entendí bien su pregunta phar contabilidad: presentó la declaración de enero de 2022 en la plataforma de pagos provisionales de personas físicas con actividades empresariales y profesionales, siendo que la debió de haber presentado en la plataforma de RESICO, es así?
@ Perdón si no me di a entender. Soy del regimen general de persona morales, y retuve ISR a un proveedor que es resico arrendamiento, pero al momento de presentar la declaracion, el la obligaciónes presentadas pagué ISR por arrendamiento (normal) y debí pagarla en ISR por servicios profesionales/regimen simplificado de confianza.
@@pharcontabilidad4570 Buenas tardes phar contabilidad: yo estoy especializada en personas físicas, no morales. Sin embargo, le comparto que en el caso de las personas físicas cuando sucede algo así debe presentar una declaración complementaria del tipo "obligación no presentada". Espero le sea de utilidad esta información.
Hola una consulta, saque una línea de captura pero me equivoque en una cantidad y quise hacerlo como lo indicas pero no me deja corregir
Buenas tardes Lic, excelentes sus videos muchas gracias! tengo una duda, apenas en abril 2023 me hice PFAEyP ...ya tenia presentadas de manera normal declaraciones de Abril, Mayo y Junio, pero me di cuenta de un error en los gastos de abril, mayo y junio asi que presenté primero Complementaria de Abril: en "monto pagado con anterioridad" puse el importe pagado en la normal (8 pesos) y me arrojó un nuevo importe a pagar por ISR + cargos + actualizaciones (225 pesos), ahora quiero hacer la complementaria de MAYO , mi pregunta es: estos 8+225 pesos pagados me deben aparecer en el campo "Pagos provisionales de periodos anteriores" en la pestaña "Determinacion del Impuesto"? pregunto por que solo me aparecen los 8 pesos pagados en la declaracion Normal de Abril... en donde agrego los 225 pesos que pagué por la complementaria incluyendo los recargos y actualizaciones? y otra pregunta considerando que es la declaracion complementaria de mayo, que pasa con el pago que ya hice por la declaracion Normal de Mayo que fueron 1076 pesos, en donde se colocan?
Muchas gracias por su respuesta, son varias mis dudas ya que tambien tengo que hacer complementaria de Junio por que tambien hubo error ahi en los gastos. :)
Buenos días Ileana: hay que esperar mínimo 48 horas hábiles siguientes a haber efectuado el pago en el banco, para que se actualice el nuevo importe de pagos provisionales de periodos anteriores, en la declaración de mayo.
Con relación a los $1076 qué pago en la normal de mayo, de qué impuesto fueron ISR o IVA?
Los 1076 fueron solo de ISR, se pagaron el 5 de junio y al querer hacer la complementaria de mayo no me aparecen como "monto pagado con anterioridad" @
@@IleanaMRuiz Buenas noches Ileana: verifique si tiene habilitado el campo para que capture el importe en el campo pagos provisionales efectuados con anterioridad. Debe sumar lo que se pagó de mayo más la corrección de abril (sin incluir recargos, ni actualización).
Perfecto muchas gracias!! @
@@IleanaMRuiz para servirle Ileana 😊
Hola, como se hace la declaración, cuando ya se paso la fecha establecida ??
Si es la primera, se presenta como normal, aunque ya haya pasado la fecha y el sistema calculará el importe de multas y recargos que corresponda. A partir de la segunda, si se desea hacer una corrección, entonces se presenta como complementaria.
Hola contadora, si me podría ayudar, en la declaración mensual puse el importe de ISR pagados de periodos anteriores en el campo de ISR retenido. Necesito modificar esto, pero si realicé el pago y cuando hago la complementaria me genera nuevamente la misma cantidad pero con recargos y actualizaciones. Como procedo para no pagar dos veces?
Buenas tardes Sandra: haga la suma de todo lo que ha pagado con anterioridad y póngalo en el campo de pagos provisionales efectuados con anterioridad. De esta manera el sistema restará lo que ya pagó.
@ le agradezco mucho su respuesta y atención contadora.
@@SandraGarcia-pt9pk para servirle Sandra ☺️
Contadora disculpe, ahora el detalle es que en la anual aparece la complementaria presentada en ceros. 😫 que hago para que se refleje el pago
@@SandraGarcia-pt9pk No se preocupe Sandra. Significa que en la complementaria (que fue la última que presentó), no pagó nada, porque los impuestos quedaban cubiertos con lo que se efectuó con anterioridad.
Hola una pregunta espero me puedas ayudar si tengo mi tienda de abarrotes yo atiendo mi negocio no entiendo lo del IVA acreditable yo lo tengo que pagar también? O lo presento en ceros soy del régimen empresarial
Buenas tardes Judith: el IVA acreditable es el que proviene de tus facturas de las compras y gastos que tienes. Y este total del IVA acreditable es el que se resta al IVA de los ingresos. Si el IVA cobrado es mayor que el acreditable, la diferencia es lo que debes pagar.
Me podrías dar un ejemplo de como sacar el IVA acreditable
@@judithzamora9045 Buenas noches Judith: vamos a suponer que tienes dos facturas de compras que hiciste en el mes, una de ellas es por $116 y la otra por $232, ambas ya incluyen el IVA. De la primera factura el IVA son 16 pesos y de la segunda son 32 pesos, en total tu IVA acreditable sería de 48 pesos.
Si en ese mismo mes tus ingresos totales incluyendo el IVA son de 1,160, significa que 160 son de IVA. Entonces tendrías que pagar la diferencia: 160-48=112 pesos.
@ mil gracias por tu ayuda no entendía gracias 🙏
@ disculpa otra pregunta si mis facturas de las mercancías que compro hay productos con IVA al 16% y tasa 0 en la misma factura solo sumo las que tienen IVA del 16%
tengo una duda, si ya pague una declaración mensual pero me di cuenta que no ingrese todos mis gastos del periodo, entonces hago una complementaria, debo volver a pagar?
No tiene que volver a pagar, en la página de Determinación de pago de cada uno de los impuestos puede capturar lo que pagó con anterioridad, de tal forma que el sistema reduzca ese importe.
Este mismo procedimiento serviría para una persona que declaró en Ceros en años anteriores y necesita corregirlo para ponerse al día?
En efecto Alberto & Yessi Cupul, siempre y cuando esté en el régimen de personas físicas con actividades empresariales y profesionales.
@ muchas gracias!
@@maximusgradesblog para servirles 😊
Buena noche Martha. Me equivoque en mi declaración del mes de Julio, entonces voy a hacer una declaración complementaria. ¿Cuánto tiempo tengo para realizar esta declaración para concluir mi tramite? Debe ser antes de que termine este mes de agosto o tengo hasta antes de realizar mi próxima declaración mensual en el mes de septiembre? Saludos.
Buenas noches Jorge: es preferible que se realice antes de la siguiente declaración mensual, para que se actualice la información en el sistema, ya que tarda de 24 a 48 horas hábiles. De lo contrario, cuando presentes la del mes de agosto, aparecerá lo que se envió en la declaración normal.
@ Muchísimas gracias 🫂. Así lo haré. Es mi primer declaración y por ende tengo dudas. Ahora ya tengo el dato.
@@jorgeserret633 para servirte Jorge 😊
Buenas tardes contadora. De una persona fisica de ingresos por honorarios presente declaraciones complementarias de junio, julio y sepiembre del 2022 en donde estoy corrigiendo los ingresos en cada uno de esos meses ( Corregi los datos en ISR e IVA)
De enero a mayo del 2022 no se obtuvieron ingresos y en su momento se presentaron declaraciones normales en ceros, lo mismo paso en agosto, octubre noviembre y diciembre donde tampoco se obtuvieron ingresos. Al momento de corregir los ingresos en las complementariasde Junio, julio y septiembre, los ingresos de periodos anteriores, los impuestos retenidos por personas morales y todos los campos que acumulan datos cambiaron. Mi duda es: ¿Tengo que presentar declaracion complementaria de agosto, octubre noviembre y diciembre? ya que en las declaraciones normales presentadas en ceros tienen los datos erroneos de los ingresos de Junio, julio y septiembre. Mi segunda pregunta ¿solo presentaria complementaria en ISR porque IVA fue definitiva en ceros? y tercer pregunta ¿que tipo de complementarias serian?.
Muchas gracias de antemano por su atencion.
Buenas noches Silvia: ingrese a la aplicación de pagos provisionales y revise los datos de ingresos acumulados que tiene registrados el sistema al mes de diciembre, una vez que ha presentado los pagos provisionales de junio, julio y septiembre y deben reflejar lo acumulado durante todo el año, considerando que en los últimos 3 meses no hubo ingresos. Dicho de otra forma, deben aparecer todos los ingresos que se obtuvieron hasta el mes de septiembre, por lo que si es así, ya no será necesario presentarlas. No sé cuando las haya presentado, porque regularmente hay que esperar 48 horas hábiles a que se reflejen en el sistema.
Por otra parte, cada vez que ingresa a la aplicación, forzosamente debe llenar los dos apartados de ISR e IVA, no puede hacerlo solo de uno de los impuestos.
El tipo de complementaria que tiene que presentar es de Modificación de obligaciones.
Le comparto el tutorial de declaraciones complementarias de los pagos provisionales, en caso de ser necesario: th-cam.com/video/4tEg3f3qwu4/w-d-xo.html
@ Buen dia contadora ya revise en la aplicacion de pagos provisionales los ingresos acumulados a diciembre y ya aparece el dato correcto considerando las complementarias presentadas de junio, julio y septiembre que presente el dia de ayer. Le agradezco mucho su contestación ya que sí pensaba presentar las complementarias nuevamente en ceros de agosto, octubre y diciembre. Pero como usted me indica NO las presentaré. Lo que aun no aparece en el sistema del SAT ,es el pago que apenas se efectuo el dia de hoy en ventanilla bancaria, pero esa debe ser la razón, asi es que esperaré los tiempos para que se vea reflejado en el sistema. Y acabo de revisar los ingresos para la declarcion anual 2022 y aun no se ve reflrejado el importe correcto de los ingresos acumulables, por lo que tambien esperare los tiempos que usted me indica.
Muchas gracias nuevamente por su timepo para darme contestación.
@@silviaedithgarciasanchez8522 Para servirle Silvia ☺️
Buenas noches Licenciada, tengo un caso muy particular, erróneamente hice la declaración de julio, en el mes de julio y emití dos facturas más en dicho mes, mi pregunta es ¿en la declaración complementaria debo considerar las facturas que declaré con anterioridad o únicamente las dos que no declaré? Porque al estar realizado la declaración complementaria me aparece prellenado lo que ya declaré, incluso los gastos, ¿podría orientarme por favor? De antemano gracias
Buenos días Juan Carlos: en efecto, debe considerar todas las facturas que haya emitido en el mes de julio: las anteriores más las nuevas. De igual manera, si tuvo alguna nueva factura de gastos se debe de sumar a las anteriores.
De preferencia siempre espere a que concluya el mes y presente la declaración en los primeros días del mes subsecuente, para que de esta forma siempre considere ya todas las facturas que tenga.
@ buenos días, le agradezco enormemente 🙏🏽🙏🏽🙏🏽🙏🏽
@@azid7 para servirle Juan Carlos 😊
Hola Martita
Quise hacer la complementaria que platicamos
No supe cómo 🙈
Te mando mail
Buenas tardes Brenda: ya te contesté.
Hola contadora! Acabo de realizar una declaración complementaria por un error en los gastos del mes, pero ya había pagado la declaración anterior con un monto que me dieron en ese mes, sin embargo, cuando realice la modificación de obligaciones, la línea de captura me vuelve a arrojar el monto del pago anterior, más el recargo: mi duda es, si debo pagar otra vez el monto completo o solo la diferencia?
Buenas noches gestionpediamg: ¿a qué tipo de impuesto está relacionado el pago que hizo con anterioridad: ISR o IVA? Sí hay un campo específico para capturar lo pagado en la normal y solo pague la diferencia (ya incluyendo los recargos y multas).
El pago fue por IVA; lo que pasa es que en la declaración de abril, me equivoqué en poner mis gastos gravables (en lugar de poner montos sin IVA, los puse con IVA), realicé la modificación en la seccion de ISR aunque ahí me arrojó 0 pesos a pagar, en la sección del IVA estaba bien, ese mes pagué $1000.00 de IVA, cuando finalicé mi declaración complementaria, el portal del sat me arrojó mi linea de captura con los 1000 + el monto de los recargos. Ahora mi duda es si tengo que pagar (según esa línea) otra vez el IVA, más los recargos o solo la diferencia, pero no tengo una línea de captura de solo la diferencia 🤔
@@gestionpediamg @gestionpediamg Buenas noches: va a tener que presentar otra declaración complementaria, en donde capture lo que pagó en la declaración normal, por concepto de IVA. Esto se hace en la pestaña Determinación de pago, dentro del Impuesto al Valor Agregado, ahí hay un campo (después de que aparece la parte actualizada y los recargos) que dice: Fecha del pago realizado con anterioridad. Ahí debe poner la fecha en la cual se efectuó el pago en la institución bancaria o mediante transferencia electrónica y luego captura el monto que pagó con anterioridad (los $1,000). Al hacerlo se reducirá este importe de la cantidad a pagar, resultando solo la diferencia, que será la que se refleje en la línea de captura.
Bien, lo haré, muchas gracias!
@@gestionpediamg para servirle 😊
Hola Martha! Una pregunta si fueras tan amable. Si yo hice mi declaración provisional y deduje gastos de gasolina en efectivo, y hasta ahorita me voy enterando que sólo son deducibles si se pagaron con los medios electrónicos, supongo que debo de hacer una complementaria verdad? La cuestión es que ya hice el pago de la línea de captura de esa declaración, entonces mi duda es si hago la complementaria se me tomará en cuenta lo que ya pagué al momento de que se haga el ajuste? Muchas gracias.
Hola Jessica: sí hay que presentar la complementaria, disminuyendo esos gastos y ahí aparecerá un campo para capturar lo que se pagó con anterioridad en la normal.
Te comparto el fragmento del vídeo en donde viene ese campo en el ISR: th-cam.com/users/clipUgkx8Omaer3gYitVt8VZ3ABs4QwTuANs3nXT
Y este es el campo para capturar el IVA pagado con anterioridad: th-cam.com/users/clipUgkxDqZUrBvldriJ0KsosHJEYW7p0JNbQ7jF
@ Muy amable! mil gracias!
@@jessicadavalosaceves178 para servirte Jessica 😊
@ Otra duda si me lo permite, los gastos personales como estudios de laboratorio se deducen hasta la declaración anual verdad? En las declaraciones provisionales es donde se incluye lo que se necesita para poder realizar la actividad profesional cierto?
@@jessicadavalosaceves178 Hola Jessica: en efecto, los análisis de laboratorio son deducibles hasta la declaración anual, siempre y cuando se tenga una factura con todos los datos fiscales.
Hola, buenas tardes. ¿Qué se hace si ya se hizo un pago? Es decir, en el pago provisional normal se pagaron, por ejemplo, $500, pero después nos damos cuenta que deducimos algo que no debíamos y al hacer la corrección nos sale que en realidad deberíamos haber pagado $520 pesos. Obviamente YA se hizo un pago de $500, entonces, ¿Cómo le hacemos en la complementaria para que salga que sólo se deben pagar esos $20 que nos faltaron? ... porque en el nuevo PDF-COMPROBANTE sale a pagar el total de $520 Ni modo de volver a pagar todo. Muchas gracias y excelente día.
Buenas tardes Alejandro: en la pestaña determinación del impuesto, capture la cantidad que pagó acumulada (de enero al mes en el que se hizo este pago que me comenta), en el campo Pagos provisionales de periodos anteriores, de inmediato el sistema recalculará el ISR a cargo descontando el importe que pagó anteriormente.
@ Muchísimas gracias. Excelente este canal de TH-cam, Dios la bendiga por ayudarnos.
@@l.alejandror.grimaldo228 para servirle Alejandro 🙂
Buen día!
El SAT me hizo una invitación para ponerme al corriente con mis declaraciones de IVA retenido solo de algunos periodos.
Uno de los periodos que me están solicitando es el mes de febrero, me hacen la mención del importe de IVA retenido de acuerdos los CFDI que me emitieron y el importe de lo que yo declaré y hay una diferencia, la cuál apliqué en el mes de marzo pero no en su totalidad, mis dudas son ...a la hora de hacer mi declaración en el campo que dice "a cargo" tengo que poner el importe total de las retenciones que tuve en el mes para después poner en cantidad pagada lo que declaré en su momento? O tendría que poner la diferencia de lo que me retuvieron en el mes menos lo que declaré? o tendría que poner el piquito que quedó pendiente de lo que pagué de más en marzo ?
Con respecto a lo comentado anteriormente, mi declaración tendría que ser...tipo de declaración complementaria o complementaria correción fiscal? Y sería tipo de complementaria modificación de obligaciones?
@@GabrielaAlvarez-fk3qh Hola Gabriela: si solo es una invitación del SAT, entonces la declaración complementaria debe ser de modificación de obligaciones. La de corrección fiscal solo viene a petición de un requerimiento.
Hola Gabriela: debes sumar el importe de IVA retenido en todas las facturas que me emitiste en el mes de febrero y ponerlo en el campo de IVA retenido. De igual manera debes hacerlo en marzo, porque según entiendo solo pusiste parte del IVA retenido en febrero y el resto en marzo. En ese caso tendrías que presentar las dos declaraciones complementarias, porque eso mueve el impuesto a favor o a cargo. Y también si realizaste un pago con anterioridad debes ponerlo, para que no se duplique.
Si gustas puedes contactarme a mi correo para que me compartas los importes y yo te digo lo que debes de poner en cada una: mardelacampavelazquez@gmail.com
Buen día ,una pregunta estoy realizando una declaración complementaria pero no me aparecen la información que ya habia guardado me pide que responda las preguntas TUS ingresos fueron obtenidos en coopropiedad o sociedad conyugal? Pero no puedo ingresar nada porque aparece un circulo rojo y la información que ya había guardado no me aparece pero me dice que tendo información guardada
Buenas tardes Judith: primeramente verifique que sí eligió el periodo adecuado sobre el que desea hacer la corrección, siendo que en ese mes originalmente se presentó la declaración normal. Por ejemplo, que la haya presentado en agosto y ahora desee modificar algún dato de ese mismo mes.
Ese cuestionamiento que me comenta, ya tiene tiempo que viene solicitándolo la autoridad. ¿La declaración complementario que está presentando corresponde a otro año? Le pregunto porque el sistema debería de mostrar en automático, lo que usted capturó originalmente.
En ese campo si los ingresos que obtuvo son solo de usted, elija que No. Y si son producto de una sociedad o varias personas seleccione que Sí. El resto de los campos le deben aparecer prellenados y ya solo modifica aquel en el que desea hacer la corrección.
@ si es el mes de septiembre incluso me aparece que tengo la declaración inconclusa ya la había realizado, pero el recibo de pago me salió para ese mismo día y la realize ya en la noche , ya me salió el recibo prácticamente vencido es que voy atrasada en mi declaración y no me deja ver la información precargada me dice que conteste las preguntas pero me aparecen en Rojo y no puedo poner nada todo sale en blanco pero me aparece que tengo que llenar esos campos y nomás no me deja
@@judithzamora9045 tiene su acuse? Verifique la fecha de expiración de la línea de captura.
Qué tipo de complementaria está seleccionando? Debe ser modificación de obligaciones.
@hola, si venció el mismo día que la realize
Pero ya fue en la tarde noche
Y si le pongo por modificación de obligaciones
@ me aparece Formularios no enviados, continúa con la captura y envío de la declaración pero en los campos no me aparece nada y no me deja hacer nada
Hola buenas tardes,una pregunta... que puedo hacer si cometieron un error en las declaraciones pasadas, y metieron los datos con iva incluido? Los puedo modificar?
Buenas tardes Glory: sí lo puede corregir a través de una declaración complementaria de modificación de obligaciones.
Me podrías ayudar
@@glorygarcia2396 Buenos días Glory: en qué te puedo ayudar?
En el espacio que dice las actividades gravadas a la tasa 16% se pone la cantidad con iva o sin iva?
@@glorygarcia2396 Buenas tardes Glory: deben ponerse sin IVA
¿Qué ocurre si quiero modificar una declaración del mes anterior, pero ésta ya fue pagada? Si me sale a pagar una cantidad mayor a la que ya pagué, ¿en la complementaria me saldrá a pagar esa diferencia?
En la pestaña Determinación de pago del ISR deberá poner la cantidad que pagó con anterioridad, dando clic en sí en la pregunta: "Desea disminuir su total de contribuciones con algún concepto". Ahí deberá poner fecha y monto pagado con anterioridad.
@ muchas gracias
@@uby54ty06 para servirle 😊
Como presentar complementaria si declare lo facturado y no lo cobrado
Buenas tardes Bernardo: presente la complementaria del mes en el cual haya cometido el error, considerando el tipo de declaración modificación de obligaciones y ahí haga la corrección reportando en ingresos lo que realmente se cobró en ese período. Seguramente en el mes subsecuente se replicó el error porque ahí es en dónde debieron haber quedado declarados esos ingresos o en algún mes subsecuente. Supongamos que el error se cometió en enero y ahí había dos facturas. Una se cobró en el mismo mes de enero y la otra hasta marzo. Entonces en enero reducirá el monto de los ingresos obtenidos (mediante una complementaria) y en marzo reportaría esos ingresos (en la normal).
@ lic.muchas gracias por el apoyo, realizare la complementaria en base a su asesoría bonita tarde.
@@bernardohuertacastillo para servirle Bernardo ☺️
Yo ya hice mi declaración del 2023, pero una Constancia de retenciones de una sofipo (que marca 13 pesos de interés real y monto de la retención de 0.00) me la dieron después de que pagué el sábado. Alguien sabe como puedo hacer para integrarla a mi declaración 2023?
Buenas noches Carlos: de hecho ya debió aparecer previamente precargada esta información.
@Hola.
Yo sólo quiero saber que opción pongo en Tipo de Complementaria para agregar una Constancia de retenciones que me entregaron después de haber enviado y pagado mi declaración 2023?
En este caso, ya sólo pagaría la diferencia que me generó (como 13 pesos) y el monto de la retención es 0.00? Esto es de inversiones en sofipos.
Gracias.
@Gracias por contestar mi pregunta. Ojalá me pueda orientar en esta última que le envié para poder presentarla.
Saludos.
@@carlosh.1972 Buenas tardes Carlos: esta información solo va en la declaración anual, no en la mensual y ya debió haber aparecido precargada en el apartado de intereses, ya que estas instituciones tienen la obligación de presentar la información antes, independientemente de cuándo se la dieron a usted.
En otras palabras, no tiene que hacer una complementaria. Revise su declaración anual en el apartado de intereses, ahí debe aparecer la SOFIPO. Considerando el monto de su retención, no se preocupe, no se acumula a sus ingresos.
Hola Martha , una pregunta si está es complementaria dónde restas el pago hecho con anterioridad en la declaración normal y si este importe debe incluir lo que haya pagado de actualización y recargos ?
Gracias por tu información
Buenas tardes Julia: en el momento en el que el sistema cargue la información que se presentó en la declaración normal aparecerá en el campo pagos provisionales efectuados con anterioridad, lo que se pagó originalmente por concepto de ISR.
En el caso del IVA, una vez que pases a la pestaña de determinación del pago, hay un campo que dice: desea disminuir el total de contribuciones con algún concepto (13:13), deberás de capturar la fecha en la que realizaste el pago y abajo se desplegará un campo para que pongas el importe total que pagaste por concepto de IVA y esto disminuirá el pago que tienes que realizar en la complementaria.
Martha , yo sigo con mi duda , en la casilla de PAGOS PROVISIONALES EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD , ahí también se le suma o se le agrega el pago hecho en la declaración normal en tu caso de septiembre ?
Martha lo qué pasa es que esa casilla de pagos provisionales efectuados con anterioridad el sistema arrastra los todos los pagos efectuados con anterioridad pero al mes anterior de la declaración .
Entonces no me queda claro a esa cantidad yo le sumo el pago que yo efectué en el lago normal de mi declaración del presente mes ?
@@Lupita6702-r6eBuenas tardes Julia: este campo de pagos provisionales efectuados con anterioridad no lo puedes editar, porque el sistema lo llena de forma automática, más tratándose de una declaración complementaria debería de aparecerte el importe de los pagos realizados por concepto de ISR de enero a septiembre (en la normal). Verifica si ese importe ya te está acumulando estos valores. La única razón por la cual no pudiera aparecer el importe de septiembre es porque acabas de realizar el pago y este se actualiza a más tardar en 48 horas hábiles.
@@Lupita6702-r6e Buenas tardes Julia: ahí debe aparecer el acumulado de enero a septiembre (en la declaración normal).
Hola tengo un problema es que por error hice una declaración por defunción y no me deja hacer una declaración normal que puedo hacer
Hola MUNDO RR: presente una declaración complementaria, del tipo: "Dejar sin efecto obligación", con lo que anulará la declaración presentada erróneamente.
La comparto el tutorial para presentar la declaración complementaria: th-cam.com/video/4tEg3f3qwu4/w-d-xo.html
Ya después presente la declaración del pago provisional correctamente.
@ ago la complementaria dejar sin efecto y luego me debo esperar para hacer la otra
Buen día, en caso de que al momento de querer hacer una declaración complementaria de Modificación de obligaciones ya que se paso la fecha de pago, el sistema no me permite hacerla, será error mío o del sistema? tengo varios día intentando hacerlo. Tanto en el viejo portal, como el nuevo.
Buenas tardes Lucero: ¿qué error es el que le aparece?
@Buenos días, al momento de querer generar la complementaria, no me sale ese campo, por ejemplo, en el Nuevo portal, en el campo de tipo de declaración, ahí debe de venir Normal, complementaria, Normal con corrección fiscal, etc, pero solo me sale Normal y Normal con corrección fiscal.
Y en el viejo portal si me aparece los campos pero me sale abajo la leyenda de (No existen declaraciones normales para poder hacer una complementaria.)
Es con Personas Físicas
@@lucerocanacope Buenos días Lucero: cuál es su régimen fiscal? Si es persona física con actividad empresarial y profesional debe ingresar al portal anterior, ya que el nuevo es solo para quienes están en el régimen de confianza.
En cuál de los dos portales presentó la normal?
@ en este caso, lo presentaron con el nuevo portal, por lo cual no me deja hacerla en el viejo
si deseo dejar sin efecto la declaración? hay video?? gracias!
Buenas noches Yadira: este vídeo le puede ser de utilidad, en el tipo de declaración elija complementaria. En el tipo de complementaria seleccione Dejar sin efecto obligación. Y en el periodo seleccione el mes que desea modificar. Con esta información, lo que capturó con anterioridad en la declaración normal se sustituye o reemplaza con los nuevos datos que capturará en la complementaria en ingresos y gastos.
Buenas tardes, cometí una barbaridad, presenté una complementaria de IVA (obligación no presentada) con pago de $1000, presente otra complementaria del mismo mes (modificacion de obligaciones) para corregir unos datos erroneos, pero en el renglon de pago anterior no le puse los $1000 del pago en la declaración anterior, por lo tanto casi duplique el pago. No encuentro la manera de corregir y reflejar el saldo a favor para compensarlo en otro mes, ya que en una complementaria tendría que sumar los dos pagos de las dos declaraciones para que al restar se refleje el pago indebido, y solo me pide una fecha de pago anterior. Me podría hacer el favor de orientarme para presentar la complementaria y reflejar el saldo del pago indebido. Muchas gracias.
Buenas noches José: solo para confirmar que comprendí bien lo sucedido: en la primera complementaria se generó un IVA a cargo por un importe de $1,000, los cuales sí pagó.
Después presentó otra complementaria para corregir unos datos, sin embargo, ahí se omitió el pago realizado con anterioridad, por lo que el sistema acumuló el monto a pagar con el anterior. La pregunta en este punto es: ¿realizó un segundo pago? Si es así, ¿por qué importe fue?
@ Muchas gracias, por su pronta respuesta, le comento, en la primera complementaria que fue obligación no presentada salió saldo a pagar de $1000 que pagué, para corregir datos por un iva acreditable que omití, presenté complementaria modificación de obligaciones y salió a pagar $800, si hubiera ingresado en el renglón correspondiente el importe pagado con anterioridad que fue $1000, hubiera tenido un saldo a favor de $200, pago indebido de más, pero el error fue no anotar los $1000 de pago anterior, por lo que resultó un pago de $800 que pagué.En resumen un impuesto que debió ser de $800 , pagué en realidad $1800, 1000 en la primera complementaria y 800 en la segunda. Lo quise corregir con una complementaria modificacion de obligaciones, pero tendría que acumular los $1800 pagados con anterioridad en una sola fecha, para que se reflejara el saldo a favor de $1000 y poder compensarlo luego, lo que me creo duda si sería correcto.Explore con complementaria dejar sin efecto, pero también no estoy seguro ya que me pide llenar datos. Es todo lo que puedo comentar.Muchísimas gracias, Dios la bendiga.
@@JOSELOPEZ-bz8ki Buenos días José: en la declaración normal de ese mes, qué importe puso de IVA?
Perdón x la molestia si te paso mis datos para la declaración me ayudarías
Hola MUNDO RR: si gusta puede mandarme sus dudas al correo mardelacampavelazquez@gmail.com y ahí se las resuelvo.
No me habilita los campos
Buenas tardes Laura: cuáles campos?
No me da mes
Buenas tardes Patricia: no le aparece el campo del mes? Elimine cookies y borre archivos temporales. Reinicie su navegador. De preferencia use Chrome y asegúrese de ingresar con la firma electrónica no con CIEC.