Buen día Doctor Barona. ¿ Cuando existe una prestación de servicios acordada por las partes y esta no supera el salario mínimo, y el prestador de servicios solo labora por horas determinadas, como afectaría este contrato la nueva ley, ya que la persona de por la cual consulto, solo va 3 horas por día y labora en otras entidades?, gracias Doctor por sus videos los cuales son muy claros, feliz día.
@@johnmaldonado543 En este caso se realiza la cotización por horas pero estamos esperando un decreto reglamentario para entender y verificar como se realizarán estos pagos por el contratante
Buen dia, este descuento para la seguridad social es solamente descuento en pension o aplica para salud y riesgos, en mi caso tengo dos contratos uno por 700.000 y el otro por 600.000, yo pago mi seguridad social sobre el minimo, osea que ahora me van a descontar sobre 2 salarios minimos?
@@baronallanosabogadosconsul9313 gracias por su respuesta, pero sigo con la duda, de que al ganar menos de un salario minimo en dos empresas diferentes, me descuentan sobre el salario minimo o descuentan sobre los 600.000 y en la otra empresa sobre 700.000
Buenos dias. Muy buena la explicación pero consulta, el descuento que se hara para los OPS seguira siendo el 40%? O se liquidará sobre el 100%? Es decir, para un contrato de 5 M si se hace sobre el 100% del valor se van a descontar 1.5 M eso es demasiado!!! Es asi o me equivoco? (Que por favor me equivoque)
Buenas tardes Doctor Barona. Gracias por su explicación, pero me queda una duda, trabajo por prestación de servicios para el sector privado, entiendo que ahora el contratante es quien hacer los pagos de la seguridad social, me van a descontar del pago de las cuentas de cobro el valor correspondiente, que la base de cotizacion sigue siendo sobre el 40% del ingreso, pero mi duda es por ejemplo para salud debo pagar el 12.5%, ahora con la reforma, ese 12,5% lo sigo asumiendo en un 100%, o el contratista deberá asumir un porcentaje, como pasa con las personas contratadas por nomina. De antemano mil gracias.
@@baronallanosabogadosconsul9313 Si eso lo entiendo, la duda es la empresa debe asumir una parte del porcentaje del pago de seguridad social, es decir, para la de pensión se descuenta el 16%, de ese 16% la empresa debe asumir un porcentaje? o el 100% lo asume el contratista, como se hace a hoy?
Buenas tardes Doctor, Quisiera conocer su posición sobre los beneficios que trae la reforma pensional para las mujeres (Reducción gradual semanas y semanas por hijos) frente al principio de igualdad. ¿Aplican para mujeres en régimen de transición? Desde cuando inicia la reducción de semanas para este grupo ¿enero de 2025 o desde 2026 según sentencias C-197 de 2023 y C-054 de 2024? Muchas gracias.
La reducción de edad para mujeres aplica para las personas que están en transición y para quienes no están en transición, el primer caso por decisión de la Corte Constitucional y para el segundo caso por la reforma pensional. De otro lado, la disminución por hijos aplica para las mujeres en transición en virtud del principio de favorabilidad
Tengo 3 contratos por prestación de servicios cada uno por 2.200.000 ahora bien cada entidad me va a descontar, pero el 40% si da por debajo del mínimo se sube al mínimo, al final voy a pagar mas seguridad social, es decir va en detrimento de mi ingreso. Ya esta explicada esa parte por nuestro legisladores? como seria?
Buen día Doctor Barona. ¿ Cuando existe una prestación de servicios acordada por las partes y esta no supera el salario mínimo, y el prestador de servicios solo labora por horas determinadas, como afectaría este contrato la nueva ley, ya que la persona de por la cual consulto, solo va 3 horas por día y labora en otras entidades?, gracias Doctor por sus videos los cuales son muy claros, feliz día.
@@johnmaldonado543 En este caso se realiza la cotización por horas pero estamos esperando un decreto reglamentario para entender y verificar como se realizarán estos pagos por el contratante
Muchas gracias tengo una pregunta yo trabajo como independiente y tengo contratos como se suma eso allá en el reporte?
@@RenzoCorredor01 Con esta reforma con cada una de las entidades que tengas contrato, te van a realizar el descuento y pago de pensión
Buen dia, este descuento para la seguridad social es solamente descuento en pension o aplica para salud y riesgos, en mi caso tengo dos contratos uno por 700.000 y el otro por 600.000, yo pago mi seguridad social sobre el minimo, osea que ahora me van a descontar sobre 2 salarios minimos?
@@gloriacontador aplica el descuento para pension, salud y riegos laborales
@@baronallanosabogadosconsul9313 gracias por su respuesta, pero sigo con la duda, de que al ganar menos de un salario minimo en dos empresas diferentes, me descuentan sobre el salario minimo o descuentan sobre los 600.000 y en la otra empresa sobre 700.000
@ En ambos lugares te descontarán sobre el salario mínimo
Buenos dias. Muy buena la explicación pero consulta, el descuento que se hara para los OPS seguira siendo el 40%? O se liquidará sobre el 100%?
Es decir, para un contrato de 5 M si se hace sobre el 100% del valor se van a descontar 1.5 M eso es demasiado!!!
Es asi o me equivoco? (Que por favor me equivoque)
@@AlejandroRodriguez-rv1kr El porcentaje del 40% no ha cambiado sigue vigente
Buenas tardes Doctor Barona. Gracias por su explicación, pero me queda una duda, trabajo por prestación de servicios para el sector privado, entiendo que ahora el contratante es quien hacer los pagos de la seguridad social, me van a descontar del pago de las cuentas de cobro el valor correspondiente, que la base de cotizacion sigue siendo sobre el 40% del ingreso, pero mi duda es por ejemplo para salud debo pagar el 12.5%, ahora con la reforma, ese 12,5% lo sigo asumiendo en un 100%, o el contratista deberá asumir un porcentaje, como pasa con las personas contratadas por nomina. De antemano mil gracias.
@@zulaygarnicagiraldo8854 La cotización es sobre el 40%, la paga el contratante pero de los honorarios del contratista
@@baronallanosabogadosconsul9313 Si eso lo entiendo, la duda es la empresa debe asumir una parte del porcentaje del pago de seguridad social, es decir, para la de pensión se descuenta el 16%, de ese 16% la empresa debe asumir un porcentaje? o el 100% lo asume el contratista, como se hace a hoy?
@@zulaygarnicagiraldo8854 todo el porcentaje lo asume el contratista, será descontado el 100% de los honorarios.
La ugpp vigila que uno pague pero no vigila que las eps si invierta bien los recursos
@@noraangulo6816 esta competencia es de la Supersalud
Buenas tardes Doctor,
Quisiera conocer su posición sobre los beneficios que trae la reforma pensional para las mujeres (Reducción gradual semanas y semanas por hijos) frente al principio de igualdad. ¿Aplican para mujeres en régimen de transición? Desde cuando inicia la reducción de semanas para este grupo ¿enero de 2025 o desde 2026 según sentencias C-197 de 2023 y C-054 de 2024? Muchas gracias.
La reducción de edad para mujeres aplica para las personas que están en transición y para quienes no están en transición, el primer caso por decisión de la Corte Constitucional y para el segundo caso por la reforma pensional. De otro lado, la disminución por hijos aplica para las mujeres en transición en virtud del principio de favorabilidad
Tengo 3 contratos por prestación de servicios cada uno por 2.200.000 ahora bien cada entidad me va a descontar, pero el 40% si da por debajo del mínimo se sube al mínimo, al final voy a pagar mas seguridad social, es decir va en detrimento de mi ingreso. Ya esta explicada esa parte por nuestro legisladores? como seria?
@@fernandosantana3757 en este caso lastimosamente cada entidad le va a descontar sobre el salario mínimo