Amigo podría hacer un video así bien explicativo con ejemplo como ese donde explique los derechos que tiene una persona que renuncio a la empresa donde laboraba
muy util video me ha servido mucho, pero tengo una duda en cuanto a las vacaciones proporcionales, por que la ley dice que despues de tres años es que se dan 15, pero en ejemplo dice claramente que no se han cumplido los tres años, esa es mi duda y le estare muy agradecido si me responde, gracias totales
Hola Miriam Aracely Murillo Velasquez, la reserva laboral está amparada bajo la ley marco protección social donde las empresas deben tener una reserva laboral para sus empleados equivalentes al 4% de su salario mensual ordinario, para las empresas que tienen menos de 10 trabajadores su obligación comenzó hasta el mes de enero del 2018, aunque la ley se haya publicado en marzo del 2015. Le envío el texto del decreto en la gaceta: Saludos ARTÍCULO 30.- FINANCIAMIENTO Y BENEFICIOS.- Para cumplir su propósito, el Régimen del Seguro de Cobertura Laboral, contempla la Reserva Laboral de Capitalización Individual, constituida mediante aportaciones patronales obligatorias equivalentes al cuatro por ciento (4%) mensual del Salario Ordinario, en base a un techo de cotización obligatoria que inicialmente es de tres (3) salarios mínimos en su nivel más alto; y posteriormente el techo de cotización se debe actualizar anualmente, tomando como base el crecimiento del producto interno bruto y el comportamiento del índice de precios al consumidor como medida de inflación, ambos determinados por la autoridad competente y debe se ractualizado anualmente en base a la variación interanual en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que publique la autoridad competente. Las cotizaciones así realizadas por el (la) patrono(a), deben ser abonadas a nombre del (la) trabajador(a) en la cuenta individual correspondiente, dentro la Subcuenta de Reserva Laboral, gestionadas por las entidades autorizadas por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) como Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías y, elegidas libremente por cada trabajador(a). En el caso de las empresas que tengan menos de diez (10) trabajadores(as) están exentos de esta obligación hasta Enero del 2018, su incorporación se debe hacer a partir de dicha fecha conforme a los parámetros de gradualidad definidos por el Consejo Económico y Social (CES).
Hola, me encantó tu video, si hay otra forma de calcular las prestaciones para que al patrono le salga menos? , es que una amiga me presto un formato de cálculo de prestaciones en excel y los cálculos cambian y el monto de prestaciones sale menos a comparación con el método que se nos enseña, cabe destacar que en esa institución de gobierno hay un sindicato y el Mes para cesantia se toma en base a 45 días para calculo y aun así hay dudas sobre el método que se emplea
Consulta, para calcular la cesantia, si se el empleado le dan un bono, se debe sumar, pero mi consulta es, si este bono se le va a pagar en la ultima fecha de trabajo aun asi se debe pagar, es decir....., este empleado estuvo labarando desde el 02.enero 2022 hasta 15 de julio, entonces el bono se pagaria el 15 de julio, el promedio de 6 meses, lo deberia tomar del 01 enero al 30 de junio, o lo deberia tomar del 16 de junio al 15 de julio???
Hola estimada Sandra, las deducciones son: - Gastos médicos - cuota anual de invalidez, vejez y muerte del IHSS. - fondo de jubilaciones y pensiones. - cuotas de colegio profesional. Le envío un enlace dónde puede ver en detalle las deducciones. th-cam.com/video/P-EZFmT-dlA/w-d-xo.html Saludos.
Hola muchas gracias por el video, una pregunta, y cuando cada 11 meses te están liquidando, como se debe calcular cuanto es lo que me deben dar en cada liquidación? Te agradecería una ayuda.
Hola Nokia Alemán, en ese caso las vacaciones siempre se calculan en base a la tabla de días por año que aparece en el vídeo de acuerdo al código de trabajo, tome en cuenta que si no gozó las vacaciones por más de 2 años consecutivos, la empresa está obligada a pagarle solamente 2 años máximo, por eso es importante solicitar las vacaciones cada año. Espero sea de su ayuda, Saludos.
Excelente explicación, tengo ciertas dudas, según el código de trabajo se debe calcular en base al salario devengado en los últimos 6 meses, entonces en este ejemplo ¿los 6 meses solo incluyen desde junio hasta noviembre y se omite los 15 días de diciembre? Dando como resultado el mismo monto del salario base. Otra duda que tengo es que si un empleado solo estuvo por algunos meses y ciertos días, entonces ¿el promedio lo obtengo en base a 6 meses o debo de sacar la fracción de tiempo real que trabajo? por ejemplo 4 meses y 24 días ¿4.8 seria el tiempo para sacar el promedio del salario?
Hola Esdras Ayala, se toma el promedio de los últimos 6 meses, posiblemente tenga un sueldo y le sumen horas extras, esto en el caso de personas con antigüedad mayor a ese tiempo, si el empleado solo trabajó 4 meses, se tomaría en base al promedio de los 4 meses. Si la persona trabajó 4 meses y 6 días, se toma el salario base por mes completo en promedio. Ejemplo: gana 10,000.00 y trabajó 4 meses y 6 días, el salario base es de10,000.00 Saludos
Hola amigo muy buen video tutorial, una consulta ese cálculo es aplicable sea que me despidan o yo renuncié con los días o meses de preaviso correspondientes??
Hola estimado JEGYT 504, si a usted lo despiden su pago sería en razón al cálculo completo de prestaciones laborales. Si usted renuncia, pierde el valor de cesantía y preaviso, solamente tendría derecho a las vacaciones, aguinaldo y catorce mes, todos proporcionales, y si su contratación es de año reciente también incluye reserva laboral. Saludos
@@jegyt5048 Hola estimado, fíjese que cuando renuncia y lo hace sin preaviso el patrono le puede quitar de sus derechos (Aguinaldo, catorce mes, vacaciones) un monto por el 50% del salario que percibía, es por compensación por no dar el tiempo reglamente do, en su caso le recomiendo que lo haga con 2 meses de preaviso si tiene más de dos años, de igual forma se puede tomar 1 día cada semana legalmente mientras está con el preaviso para buscar otra oportunidad de empleo. Saludos.
hola buenos días, si en los ultimos seis meses, mi salario a cambiado cual valor tomaria antes de junio yo ganaba 11,600para, en el mes de julio hubo un aumento de 12,800. y me despidieron en septiembre
Hola Angelik AMP, en su caso sería un salario promedio de los últimos 6 meses, le detallo: Abril 11,600.00 Mayo 11,600.00 Junio 11,600.00 Julio. 12,800.00 Agosto 12, 800.00 Septiembre 12,800.00 Total. 73,200.00 Dividido entre 6 meses. 12,200.00 Con ese valor de salario usted calcula sus prestaciones. Saludos
Hola Rosalía monterroza. ¿En qué fecha finalizó su contrato de trabajo? ¿Fue renuncia o despido? Envíeme la información y le mando su cálculo de prestaciones. Saludos.
Hola estimado Aguilar Juan, gracias a su recomendación ya subimos el primer vídeo de cálculo de aguinaldo, le dejo el enlace, gracias por estar pendiente, saludos th-cam.com/video/3LMZ3xVOsDk/w-d-xo.html
Buenos días! una consulta cuando una persona renuncia con salario mínimo, sin dar preaviso, debo descontar de su prestaciones el 50% del salario por no haber notificado a la empresa, respetando el tiempo de su antigüedad, los cuales correspondían a 30 días de preaviso.
Hola Claudia Ramos Sierra, está en lo correcto, en el artículo 118 del código de trabajo aparece establecido: Artículo 118 El trabajador culpable de no haber dado el preaviso o de haberlo dado sin ajustarse a los requisitos legales, quedará obligado a pagar al patrono una cantidad equivalente a la mitad del salario que corresponda al termino del preaviso. En caso de que el patrono sea el culpable quedará obligado a pagar al trabajador una cantidad equivalente a su salario durante el termino del preaviso. Saludos
Las empresas de seguridad deben cumplir con todas las obligaciones laborales, no tienen ningún beneficio legal que los exima de responsabilidad. Es importante denunciar ante las autoridades (Secretaría de trabajo) para que tomen medidas adecuadas para proteger a los empleados (Guardias de seguridad) Saludos.
Buenas noches estimado, yo Renuncie a mi trabajo con preaviso de dos meses ingrese el 22 de enero del 2009 y mi fecha de salida es 20 de octubre del 2022, de antemano gracias
Amigo! Yo trabajo en un banco y quiero renunciar, tengo derecho a el preaviso y cesantia? Para la pandemia trabajé desde 11 de agosto hasta 31 diciembre 2020 una hora extra de lunes a viernes y sabado 3 horas pero nunca las pagaron, la cosa es que nunca apunté los dias trabajados en hora extra, puedo aún asi hacer el reclamo para que me los paguen?
Estimado Guillermo, no logramos comprender su pregunta, ¿Se refiere a Cesantía, preaviso, vacaciones? Nos puede confirmar para responderle de forma adecuada, saludos.
Buen video,usted me podría sacar cuanto me toca si yo pongo la renuncia,mi sueldo base es 10,800+8,000 de comisión al mes,entre el 9 de febrero del 1998.asta la fecha aun sigo trabajando para la empresa,le agradecería mucho..gracias
Hola yo empecé a trabajar en febrero del 2017 ahora en el 2022 con más de 5 años. Quiero renunciar, ahí en la empresa nunca me han dado cesantía. ¿Será que si renunció tengo derecho a la cesantía?
Hola Jona Murillo, cuando renuncia pierde derecho a ese tiempo de cesantía y el preaviso, en su caso al renunciar le recomiendo lo haga con 2 meses de anticipo ya que tiene más de dos años de antigüedad, si renuncia sin previo aviso su patrono puede cobrarle un 50% de salario de sus derechos laborales. También tiene un día a la semana durante ese preaviso que puede tomar para buscar un nuevo empleo. Mucha suerte. Saludos.
Hola estimada Sandra Jamileth Aguilar Matamoros, gracias por estar pendiente de nuestros vídeos, adjunto le envío el enlace donde puede descargar el formato del cálculo de prestaciones laborales. Saludos. drive.google.com/file/d/1bqknXvVJOwO4fwtWsfyVkyMRYVJAIbBb/view?usp=sharing
Hola. Si en mi trabajo, aparte de mi sueldo base y horas extras, recibo aparte una cantidad de dinero por transporte, eso aplicaría para calcular las prestaciones?
@@lelismoreno3384 Hola Lelis, según el código de trabajo son 20 días de vacaciones después del cuarto año de trabajo, si usted salió por despido y pensando que es salario mínimo, solamente la cesantía rebasa los 88,000.00, le recomiendo acuda a la secretaría de trabajo antes de que pasen 2 meses de su salida, en ese tiempo prescribe cualquier reclamo. Saludos
@@memalihe2324 Gracias, tengo otra pregunta ¿Lo ganado en horas extras durante los ultimos 6 meses se suma al sueldo mensual y luego se saca un sueldo promedio?
Hola estimado GG GAMEPLAY, si usted renuncia tiene derecho a: Trece mes proporcional Catorce mes proporcional Vacaciones proporcionales Reserva Laboral según cálculo. Saludos
Yo quiero saber si tengo derechos porque el patrón de nosotros dise que no tenemos derecho y ya tengo 8 meses y solo los paga 400 lempiras y no los paga días feriado
Hola es de mucha utilidad sus videos quisiera que me ayudara con mi liquidación en este caso yo renuncio al trabajo ya puse el preaviso a la empresa llego hasta el 1 de noviembre de este año y empeze el 22 de abril del 2020 y mi salario base es de 7856 lps quisiera que me ayudara a calcular cuanto me corresponde le agradecería mucho.
Hola estimada Ángela Rossana Erazo Bonilla, a continuación le detallo el cálculo de sus derechos laborales por renuncia: Tiempo: 1 año, 6 meses, 10 días Vacaciones proporcional: 1,934.90 Aguinaldo Proporcional: 6,568.57 Decimo cuarto mes prop: 2,640.52 Reserva Laboral: 5,761.07 ----------------------------------------------------------- Total: L. 16,905.06 Dieciséis mil novecientos cinco con seis centavos. Espero le sea de utilidad Saludos.
Hola hamleth García, si en los últimos 6 meses usted recibió 3,000.00 mensualmente de forma ininterrumpida como horas extras, ese valor se suma al salario, en su caso sería sobre 15,000.00 como salario base para el cálculo de prestaciones laborales. Saludos
Muchas gracias 👌 Otra pregunta 😅 si laboro en jornada nocturna y no se me reconoce el 25% de recargo por trabajar de noche que puedo hacer en ese caso?🤔
@@hamlethgarcia9799 Hola hamleth García, mire lo primero que puede hacer es tratar de llegar a un arreglo con sus jefes, de tal forma que le reconozcan ese 25%, en este caso tiene que pesar en una balanza si le conviene ir a la secretaria de trabajo a pedir un inspector, para que obliguen a la empresa a que le reconozcan las horas extras como deben ser, ya que lo normal es que cuando sucede eso los patronos toman represalias contra los trabajadores hasta que los despiden, puede que no sea su caso, pero es bueno que lo tome en cuenta. Saludos.
@@memalihe2324 entiendo, pero en dado caso me despiden, hay alguna manera de recuperar el dinero que no me pagaron por recargo nocturno? ya que llevo un año trabajando de noche y no me reconocen ese recargo
@@hamlethgarcia9799 Si, el procedimiento lo puede iniciar yendo a la Secretaría de trabajo a solicitar un inspector, debe decirle que pida copia de su contrato de trabajo y el horario que usted tiene asignado, que la solicitud la haga directamente al representante legal de la empresa, para que la comunicación sea directa, explique su caso con mucha claridad de tal forma que no deje vacíos de las que se pueda aprovechar la empresa Le deseo suerte. Saludos.
Si yo tengo un salario de 12,000 lempiras al mes y de horas extras nocturnas y diurnas tengo 8000 que es un salario de 20,000 mensuales ,cuánto me tocaría si me despiden por 2 años?
Hola estimado Olman Perez, para elaborar su cálculo es necesario saber la fecha exacta que inició y finalizó. Escríbanos a inversionesmemalihe@gmail.com y nos brinda los siguientes datos para apoyarlo en su cálculo. Fecha de inicio Fecha final Despido o renuncia Salario base Horas extra promedio de los últimos 6 meses. ¿Se tomó las vacaciones de ley? ¿No le deben su trece mes y catorce mes? Saludos
Hola ATENEA VTR, ese tiempo se genera en el cálculo del trece mes (aguinaldo), ya que éste pago corresponde al periodo de tiempo del 01 de enero al 31 de diciembre de cada año, para este ejercicio el empleado sale el 15 de diciembre por eso se toma como base de cálculo 11 meses (enero-noviembre) más 15 días de diciembre. Saludos.
Hola Jahsiel Goden, si le quitan sus funciones por una de menor categoría y usted lo puede comprobar o le bajan su salario, vaya inmediatamente a la secretaría de trabajo a solicitar un inspector, eso puede ser hostigamiento o despido indirecto. Si deja pasar un mes en esa situación usted da por bien recibido lo que sucede. Lo mejor es que busque ese intermediario de la secretaría de trabajo que le pueda ayudar a solucionar en buenos términos su problema. Espero que sea de su ayuda. Saludos
Ayudeme porfavor. Hago el Calculo ingreso 13 feb de 2018 y despido 15 de febrero 2021 Me sale un tiempo de 3 años y 3 dias; Pero si lo calculo en la pagina de la secretaria de Trabajo salen 3 años y 4 dias Porq le suman 2 dias?
Hola Kelim Rodriguez, hice la prueba también con la página de la Secretaría de Trabajo y tiene razón, probé dejando la misma fecha 13 de febrero en el inicio y 13 en la salida y la diferencia sigue siendo de 2 días, les llamé y pregunté si había algún cambio reciente en el tiempo de acuerdo a ley y me dijeron que no, entonces posiblemente sea un error de cálculo de la plataforma de la Secretaría. Usted tuvo una excelente observación. Saludos.
Hola Víctor, es obligación de la empresa redactar el contrato, si no lo hicieron y la contratación fue verbal, la Secretaría de Trabajo asume que lo que usted como trabajador dice es lo cierto en cuanto al salario y fecha de ingreso. Espero pueda resolver. Saludos.
Hola buenas noche mi nombre es jerson Díaz yo kiero renunciar tengo cuatro años imedio d trabajar en la empresa yo kiero renunciar ayúdeme a sacarme el carculo d cuánto me pueden dar porfa seloboi a gradeser mucho
Hola estimado Jerson, envíeme su salario actual, la fecha de inicio en su trabajo y la fecha que tiene pensado en renunciar, es importante que considere avisar a su patrono 2 meses antes como preaviso, por el tiempo de trabajo que tiene, es decir si usted avisa de su renuncia el 31 de marzo su salida sería el 31 de mayo, para que cumpla con lo estipulado y no tenga problemas laborales. Quedamos pendientes, saludos.
De acuerdo a los datos que me brindó le envío su cálculo. Vacaciones Prop. 2,030.87 Aguinaldo Prop. 3,444.41 Décimo Cuarto Prop. 8,444.36 Vacaciones Pend. 7,777.80 Reserva Laboral 15,653.33 Total 37,350.77 Saludos
Hola Miriam Aracely Murillo Velasquez, en el caso de renuncia usted pierde el preaviso y la cesantía, solamente le quedan sus derechos laborales, como son: - Trece mes proporcional - Catorce mes proporcional - Vacaciones proporcionales - Reserva laboral actual si usted comenzó a laborar después de enero del 2018. - Sueldos adeudados. Si usted renuncia y no lo hace con el tiempo que estipula la ley, la empresa incluso puede quitarle la mitad de su salario que corresponda al término del preaviso, eso aparece en artículo 118 del código de trabajo. Saludos
Excelente explicación! Le doy un 💯
Excelente amigo muchas gracias por su paciencia al explicar
Excelente su video muy edicativo, y leo los comentarios y muy educativos, admiro su paciencia para explicar en cada uno de ellos, gracias!
Excelente aporte mi hermano muchas gracias hay cosas que ignoraba la verdad es importante conocer bien nuestros derechos
Que excelente esto si que es información valiosa.
El mejor video!! bendiciones
Gracias muy buena esa informacion
Excelente aclaración le agradezco
Me fue de mucha utilidad, muy provechoso video, quedo agradecida por aportar sus conocimientos. Saludos.
Excelente cálculo me gusta 👍
Gracias por tomarse el tiempo en explicar algo tan importante en nuestro pais
Excelente su aporte muchas empresas sobornan a sus empleados porque no saben estas cosas
BUENAS LE SALUD Y EN ESPERA DE OTRO NUEVO TUTORIAL
Excelente
excelente informasion
Excelente información
Muy excelente me sirvió ya que hace años no calculaba prestaciones
Este canal es excelente, ojalá tengas mucha suerte.
Muchas gracias, me simplifico explicar lo mismo en mi materia. Realmente bien explicado en tan poco tiempo.
Muy interesante..gracias..🤗
excelente video
Muy buena la información, saludos soy de Nicaragua
Hola Giovanny Zanabria A, un saludo hasta Nicaragua, país hermoso de gente buena.
Excelente información 🎉🎉
Hola buenas noches
Así como yo tengo derecho laboral
¡Gracias!
Y cómo sería hoy que se supone vigente la nueva ley de retención y asegumiento del 50% en favor del empleado
Excelente Explicacion. Muchas gracias.
Buen video muy bien explicado
Gracias por el aporte, excelente información 👏
Amigo podría hacer un video así bien explicativo con ejemplo como ese donde explique los derechos que tiene una persona que renuncio a la empresa donde laboraba
muy util video me ha servido mucho, pero tengo una duda en cuanto a las vacaciones proporcionales, por que la ley dice que despues de tres años es que se dan 15, pero en ejemplo dice claramente que no se han cumplido los tres años, esa es mi duda y le estare muy agradecido si me responde, gracias totales
Me encanto su aporte, muchas gracias, consulta: ¿Cual es el cálculo de la reserva laboral y cuando aplica?
Hola Miriam Aracely Murillo Velasquez, la reserva laboral está amparada bajo la ley marco protección social donde las empresas deben tener una reserva laboral para sus empleados equivalentes al 4% de su salario mensual ordinario, para las empresas que tienen menos de 10 trabajadores su obligación comenzó hasta el mes de enero del 2018, aunque la ley se haya publicado en marzo del 2015.
Le envío el texto del decreto en la gaceta:
Saludos
ARTÍCULO 30.- FINANCIAMIENTO Y BENEFICIOS.-
Para cumplir su propósito, el Régimen del Seguro de Cobertura
Laboral, contempla la Reserva Laboral de Capitalización
Individual, constituida mediante aportaciones patronales
obligatorias equivalentes al cuatro por ciento (4%) mensual
del Salario Ordinario, en base a un techo de cotización
obligatoria que inicialmente es de tres (3) salarios mínimos en
su nivel más alto; y posteriormente el techo de cotización se
debe actualizar anualmente, tomando como base el crecimiento
del producto interno bruto y el comportamiento del índice de
precios al consumidor como medida de inflación, ambos
determinados por la autoridad competente y debe se
ractualizado anualmente en base a la variación interanual en el
Índice de Precios al Consumidor (IPC), que publique la
autoridad competente. Las cotizaciones así realizadas por el
(la) patrono(a), deben ser abonadas a nombre del (la)
trabajador(a) en la cuenta individual correspondiente, dentro
la Subcuenta de Reserva Laboral, gestionadas por las
entidades autorizadas por la Comisión Nacional de Bancos y
Seguros (CNBS) como Administradoras de Fondos de
Pensiones y Cesantías y, elegidas libremente por cada
trabajador(a). En el caso de las empresas que tengan menos
de diez (10) trabajadores(as) están exentos de esta obligación
hasta Enero del 2018, su incorporación se debe hacer a partir
de dicha fecha conforme a los parámetros de gradualidad
definidos por el Consejo Económico y Social (CES).
Hola, me encantó tu video, si hay otra forma de calcular las prestaciones para que al patrono le salga menos? , es que una amiga me presto un formato de cálculo de prestaciones en excel y los cálculos cambian y el monto de prestaciones sale menos a comparación con el método que se nos enseña, cabe destacar que en esa institución de gobierno hay un sindicato y el Mes para cesantia se toma en base a 45 días para calculo y aun así hay dudas sobre el método que se emplea
Hola nos podría ilustrar con caso hipotético de una mujer embarazada o un empleado qué fue despedido por haber sufrido un accidente laboral.
espero y tener la fe que usted me pueda ayudarme porque soy viuda
El factor del aguinaldo por que lo multipicas para que de el total no me queda claro.
una duda si la cantidad de años trabajados es mayor a 15 no se saca ceantia propicional ?
Consulta, para calcular la cesantia, si se el empleado le dan un bono, se debe sumar, pero mi consulta es, si este bono se le va a pagar en la ultima fecha de trabajo aun asi se debe pagar, es decir....., este empleado estuvo labarando desde el 02.enero 2022 hasta 15 de julio, entonces el bono se pagaria el 15 de julio, el promedio de 6 meses, lo deberia tomar del 01 enero al 30 de junio, o lo deberia tomar del 16 de junio al 15 de julio???
Gracis por tu apóyo . una consulta puedes poner un ejemplo con comisiones o horas extas ? saludos muy buen video .
quería preguntarle que gastos son deducibles presentacion de impuesto sobre la renta
Hola estimada Sandra, las deducciones son:
- Gastos médicos
- cuota anual de invalidez, vejez y muerte del IHSS.
- fondo de jubilaciones y pensiones.
- cuotas de colegio profesional.
Le envío un enlace dónde puede ver en detalle las deducciones.
th-cam.com/video/P-EZFmT-dlA/w-d-xo.html
Saludos.
mil gracias
Hola muchas gracias por el video, una pregunta, y cuando cada 11 meses te están liquidando, como se debe calcular cuanto es lo que me deben dar en cada liquidación? Te agradecería una ayuda.
Te estan jodiendo en pocas palabras, es preferible que den todos los a;os a poquito, que a una suma grande cuando ya termines para ellos
Grande Amigo!!!
Pero como calculo las vacaciones pendientes de tomar, es decir que no se han tomado, como se hace el cálculo para el pago de esos días??
Hola Nokia Alemán, en ese caso las vacaciones siempre se calculan en base a la tabla de días por año que aparece en el vídeo de acuerdo al código de trabajo, tome en cuenta que si no gozó las vacaciones por más de 2 años consecutivos, la empresa está obligada a pagarle solamente 2 años máximo, por eso es importante solicitar las vacaciones cada año. Espero sea de su ayuda, Saludos.
Excelente video 😸👌
Excelente explicación, tengo ciertas dudas, según el código de trabajo se debe calcular en base al salario devengado en los últimos 6 meses, entonces en este ejemplo ¿los 6 meses solo incluyen desde junio hasta noviembre y se omite los 15 días de diciembre? Dando como resultado el mismo monto del salario base. Otra duda que tengo es que si un empleado solo estuvo por algunos meses y ciertos días, entonces ¿el promedio lo obtengo en base a 6 meses o debo de sacar la fracción de tiempo real que trabajo? por ejemplo 4 meses y 24 días ¿4.8 seria el tiempo para sacar el promedio del salario?
Hola Esdras Ayala, se toma el promedio de los últimos 6 meses, posiblemente tenga un sueldo y le sumen horas extras, esto en el caso de personas con antigüedad mayor a ese tiempo, si el empleado solo trabajó 4 meses, se tomaría en base al promedio de los 4 meses.
Si la persona trabajó 4 meses y 6 días, se toma el salario base por mes completo en promedio.
Ejemplo: gana 10,000.00 y trabajó 4 meses y 6 días, el salario base es de10,000.00
Saludos
Hola amigo muy buen video tutorial, una consulta ese cálculo es aplicable sea que me despidan o yo renuncié con los días o meses de preaviso correspondientes??
Hola estimado JEGYT 504, si a usted lo despiden su pago sería en razón al cálculo completo de prestaciones laborales.
Si usted renuncia, pierde el valor de cesantía y preaviso, solamente tendría derecho a las vacaciones, aguinaldo y catorce mes, todos proporcionales, y si su contratación es de año reciente también incluye reserva laboral.
Saludos
@@memalihe2324 muy Amable Gracias,
una consulta más si Renunció con preaviso de 2 meses teniendo más de 2 años de laborar a qué tengo derecho???
@@jegyt5048 Hola estimado, fíjese que cuando renuncia y lo hace sin preaviso el patrono le puede quitar de sus derechos (Aguinaldo, catorce mes, vacaciones) un monto por el 50% del salario que percibía, es por compensación por no dar el tiempo reglamente do, en su caso le recomiendo que lo haga con 2 meses de preaviso si tiene más de dos años, de igual forma se puede tomar 1 día cada semana legalmente mientras está con el preaviso para buscar otra oportunidad de empleo.
Saludos.
@@memalihe2324 Gracias Amigo,
pero si renunció poniendo preaviso a que tengo derecho? Esa es mi duda si me puede aclarar por favor 🙏
hola buenos días, si en los ultimos seis meses, mi salario a cambiado cual valor tomaria antes de junio yo ganaba 11,600para, en el mes de julio hubo un aumento de 12,800. y me despidieron en septiembre
Hola Angelik AMP, en su caso sería un salario promedio de los últimos 6 meses, le detallo:
Abril 11,600.00
Mayo 11,600.00
Junio 11,600.00
Julio. 12,800.00
Agosto 12, 800.00
Septiembre 12,800.00
Total. 73,200.00
Dividido entre 6 meses. 12,200.00
Con ese valor de salario usted calcula sus prestaciones.
Saludos
@@memalihe2324 muchas gracias
Cómo se calculan las horas extras pera las presentaciones?
Yo empese a trabajar el 4 de marso del año 20 10
Hola Rosalía monterroza.
¿En qué fecha finalizó su contrato de trabajo?
¿Fue renuncia o despido?
Envíeme la información y le mando su cálculo de prestaciones.
Saludos.
Hola, ¿podría subir para calcular el aguinaldo y catorceavo?
Hola estimado Aguilar Juan, gracias a su recomendación ya subimos el primer vídeo de cálculo de aguinaldo, le dejo el enlace, gracias por estar pendiente, saludos
th-cam.com/video/3LMZ3xVOsDk/w-d-xo.html
@@memalihe2324, gracias!! Siempre vuelvo a visitar el canal para recordar como se saca el cálculo.
Si es negociacion como se hace
Buenos días! una consulta cuando una persona renuncia con salario mínimo, sin dar preaviso, debo descontar de su prestaciones el 50% del salario por no haber notificado a la empresa, respetando el tiempo de su antigüedad, los cuales correspondían a 30 días de preaviso.
Hola Claudia Ramos Sierra, está en lo correcto, en el artículo 118 del código de trabajo aparece establecido:
Artículo 118
El trabajador culpable de no haber dado el preaviso o de haberlo dado sin ajustarse a los requisitos legales, quedará obligado a pagar al patrono una cantidad equivalente a la mitad del salario que corresponda al termino del preaviso.
En caso de que el patrono sea el culpable quedará obligado a pagar al trabajador una cantidad equivalente a su salario durante el termino del preaviso.
Saludos
@@memalihe2324 Mil gracias por su pronta respuesta nos ayudado bastante con la respuesta , muy buena información, Saludos cordiales
Y porque las empresas de seguridad no cumplen con los códigos laborales
Las empresas de seguridad deben cumplir con todas las obligaciones laborales, no tienen ningún beneficio legal que los exima de responsabilidad.
Es importante denunciar ante las autoridades (Secretaría de trabajo) para que tomen medidas adecuadas para proteger a los empleados (Guardias de seguridad)
Saludos.
Eso aplica para renuncia con preaviso legal,
O solo para despido?
Buenas noches estimado, yo Renuncie a mi trabajo con preaviso de dos meses ingrese el 22 de enero del 2009 y mi fecha de salida es 20 de octubre del 2022, de antemano gracias
Buenas noches Luna Turqueza, con renuncia pierde el preaviso y cesantía, envíeme el valor del salario que percibió para hacer su cálculo.
Amigo! Yo trabajo en un banco y quiero renunciar, tengo derecho a el preaviso y cesantia? Para la pandemia trabajé desde 11 de agosto hasta 31 diciembre 2020 una hora extra de lunes a viernes y sabado 3 horas pero nunca las pagaron, la cosa es que nunca apunté los dias trabajados en hora extra, puedo aún asi hacer el reclamo para que me los paguen?
Será que me ayuda por favor..
Si la persona tiene 6 meses exactos, ¿
que cifra de dias toma 10 o 20 ?
Estimado Guillermo, no logramos comprender su pregunta, ¿Se refiere a Cesantía, preaviso, vacaciones? Nos puede confirmar para responderle de forma adecuada, saludos.
Buen video,usted me podría sacar cuanto me toca si yo pongo la renuncia,mi sueldo base es 10,800+8,000 de comisión al mes,entre el 9 de febrero del 1998.asta la fecha aun sigo trabajando para la empresa,le agradecería mucho..gracias
Hola me podría ayudar a calcular mis prestaciones
Hola yo empecé a trabajar en febrero del 2017 ahora en el 2022 con más de 5 años. Quiero renunciar, ahí en la empresa nunca me han dado cesantía. ¿Será que si renunció tengo derecho a la cesantía?
Hola Jona Murillo, cuando renuncia pierde derecho a ese tiempo de cesantía y el preaviso, en su caso al renunciar le recomiendo lo haga con 2 meses de anticipo ya que tiene más de dos años de antigüedad, si renuncia sin previo aviso su patrono puede cobrarle un 50% de salario de sus derechos laborales.
También tiene un día a la semana durante ese preaviso que puede tomar para buscar un nuevo empleo.
Mucha suerte.
Saludos.
excelente tutorial como puedo obtener las plantillas en Excel
Hola estimada Sandra Jamileth Aguilar Matamoros, gracias por estar pendiente de nuestros vídeos, adjunto le envío el enlace donde puede descargar el formato del cálculo de prestaciones laborales.
Saludos.
drive.google.com/file/d/1bqknXvVJOwO4fwtWsfyVkyMRYVJAIbBb/view?usp=sharing
gracias
Hola. Si en mi trabajo, aparte de mi sueldo base y horas extras, recibo aparte una cantidad de dinero por transporte, eso aplicaría para calcular las prestaciones?
¿Qué pasa si el empleado trabajó horas extras? ¿También influyen en las prestaciones?
Si, cuando el trabajador recibe horas extras constantes, se incluyen y se calculan en base a los últimos 6 meses. Saludos.
Yo tengo 13 años de laborar en una empresa y me quieren dar solamente 88 mil lempiras y todos los años solo tengo 12 días de vacaciones.
@@lelismoreno3384 Hola Lelis, según el código de trabajo son 20 días de vacaciones después del cuarto año de trabajo, si usted salió por despido y pensando que es salario mínimo, solamente la cesantía rebasa los 88,000.00, le recomiendo acuda a la secretaría de trabajo antes de que pasen 2 meses de su salida, en ese tiempo prescribe cualquier reclamo. Saludos
@@memalihe2324 gracias si
Aún no he firmado me pareció muy poco la verdad muchas gracias por su información 🤗
@@memalihe2324 Gracias, tengo otra pregunta ¿Lo ganado en horas extras durante los ultimos 6 meses se suma al sueldo mensual y luego se saca un sueldo promedio?
Hola, entré a trabajar el 11 de Septiembre 2011 y si renuncio hoy 25 de septiembre 2023 cuánto me tocaría? Mi salario es por L.13,000.00 mensual..
Me pueden ayudar con una consulta porfavor
Hola Allan, ¿Qué consulta tiene?
por 8 meses de trabajo permanente y decido renunciar cuanto me tocaria de prestaciones , tengo derecho ? me puedes ayudar amigo
Hola estimado GG GAMEPLAY, si usted renuncia tiene derecho a:
Trece mes proporcional
Catorce mes proporcional
Vacaciones proporcionales
Reserva Laboral según cálculo.
Saludos
@@memalihe2324 muchas gracias
Yo quiero saber si tengo derechos porque el patrón de nosotros dise que no tenemos derecho y ya tengo 8 meses y solo los paga 400 lempiras y no los paga días feriado
Hola es de mucha utilidad sus videos quisiera que me ayudara con mi liquidación en este caso yo renuncio al trabajo ya puse el preaviso a la empresa llego hasta el 1 de noviembre de este año y empeze el 22 de abril del 2020 y mi salario base es de 7856 lps quisiera que me ayudara a calcular cuanto me corresponde le agradecería mucho.
Hola estimada Ángela Rossana Erazo Bonilla, a continuación le detallo el cálculo de sus derechos laborales por renuncia:
Tiempo: 1 año, 6 meses, 10 días
Vacaciones proporcional: 1,934.90
Aguinaldo Proporcional: 6,568.57
Decimo cuarto mes prop: 2,640.52
Reserva Laboral: 5,761.07
-----------------------------------------------------------
Total: L. 16,905.06
Dieciséis mil novecientos cinco con seis centavos.
Espero le sea de utilidad
Saludos.
Muchas gracias
Buenas tardes, una pregunta, si yo gano 12mil lempiras al mes, y cada mes gano 3mil lempiras en horas extras como se calculan al momento de despido?
Hola hamleth García, si en los últimos 6 meses usted recibió 3,000.00 mensualmente de forma ininterrumpida como horas extras, ese valor se suma al salario, en su caso sería sobre 15,000.00 como salario base para el cálculo de prestaciones laborales.
Saludos
Muchas gracias 👌
Otra pregunta 😅 si laboro en jornada nocturna y no se me reconoce el 25% de recargo por trabajar de noche que puedo hacer en ese caso?🤔
@@hamlethgarcia9799 Hola hamleth García, mire lo primero que puede hacer es tratar de llegar a un arreglo con sus jefes, de tal forma que le reconozcan ese 25%, en este caso tiene que pesar en una balanza si le conviene ir a la secretaria de trabajo a pedir un inspector, para que obliguen a la empresa a que le reconozcan las horas extras como deben ser, ya que lo normal es que cuando sucede eso los patronos toman represalias contra los trabajadores hasta que los despiden, puede que no sea su caso, pero es bueno que lo tome en cuenta.
Saludos.
@@memalihe2324 entiendo, pero en dado caso me despiden, hay alguna manera de recuperar el dinero que no me pagaron por recargo nocturno? ya que llevo un año trabajando de noche y no me reconocen ese recargo
@@hamlethgarcia9799 Si, el procedimiento lo puede iniciar yendo a la Secretaría de trabajo a solicitar un inspector, debe decirle que pida copia de su contrato de trabajo y el horario que usted tiene asignado, que la solicitud la haga directamente al representante legal de la empresa, para que la comunicación sea directa, explique su caso con mucha claridad de tal forma que no deje vacíos de las que se pueda aprovechar la empresa
Le deseo suerte.
Saludos.
y si hay horas extras?
Hola cuál sería mi cálculo si mi fecha de inicio un 16 de marzo del 2018 y el último día fue el 28 de noviembre del 2021 siendo yo quien renuncie.
Si yo tengo un salario de 12,000 lempiras al mes y de horas extras nocturnas y diurnas tengo 8000 que es un salario de 20,000 mensuales ,cuánto me tocaría si me despiden por 2 años?
Hola estimado Olman Perez, para elaborar su cálculo es necesario saber la fecha exacta que inició y finalizó.
Escríbanos a inversionesmemalihe@gmail.com y nos brinda los siguientes datos para apoyarlo en su cálculo.
Fecha de inicio
Fecha final
Despido o renuncia
Salario base
Horas extra promedio de los últimos 6 meses.
¿Se tomó las vacaciones de ley?
¿No le deben su trece mes y catorce mes?
Saludos
Hola, ud me puede regalar la plantilla?
Mi pago era 10,000
Por que si trabajo 2 años por que solo le calculo 11 meses mas los 15 días y que paso con el otro año😑😑 no entendí esa parte
Hola ATENEA VTR, ese tiempo se genera en el cálculo del trece mes (aguinaldo), ya que éste pago corresponde al periodo de tiempo del 01 de enero al 31 de diciembre de cada año, para este ejercicio el empleado sale el 15 de diciembre por eso se toma como base de cálculo 11 meses (enero-noviembre) más 15 días de diciembre.
Saludos.
Que pasa si me degradan de puesto injustamente
Hola Jahsiel Goden, si le quitan sus funciones por una de menor categoría y usted lo puede comprobar o le bajan su salario, vaya inmediatamente a la secretaría de trabajo a solicitar un inspector, eso puede ser hostigamiento o despido indirecto. Si deja pasar un mes en esa situación usted da por bien recibido lo que sucede.
Lo mejor es que busque ese intermediario de la secretaría de trabajo que le pueda ayudar a solucionar en buenos términos su problema.
Espero que sea de su ayuda.
Saludos
NO PUEDES SUBIR LA PRESENTACION
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Ayudeme porfavor.
Hago el Calculo ingreso 13 feb de 2018 y despido 15 de febrero 2021
Me sale un tiempo de 3 años y 3 dias;
Pero si lo calculo en la pagina de la secretaria de Trabajo salen 3 años y 4 dias
Porq le suman 2 dias?
Hola Kelim Rodriguez, hice la prueba también con la página de la Secretaría de Trabajo y tiene razón, probé dejando la misma fecha 13 de febrero en el inicio y 13 en la salida y la diferencia sigue siendo de 2 días, les llamé y pregunté si había algún cambio reciente en el tiempo de acuerdo a ley y me dijeron que no, entonces posiblemente sea un error de cálculo de la plataforma de la Secretaría.
Usted tuvo una excelente observación.
Saludos.
una pregunta cual es el procedimiento para obtener las prestaciones si no tenia contrato-
}
Hola Víctor, es obligación de la empresa redactar el contrato, si no lo hicieron y la contratación fue verbal, la Secretaría de Trabajo asume que lo que usted como trabajador dice es lo cierto en cuanto al salario y fecha de ingreso. Espero pueda resolver. Saludos.
Le invito a que siga el mismo trabajo y explique el siguiente cuadro donde las empresas no les pagan las vacaciones que corresponden
Estimado Jopseman Lobo, agradezco la recomendación, ya lo tengo agendado para realizarlo, saludos.
Hola buenas noche mi nombre es jerson Díaz yo kiero renunciar tengo cuatro años imedio d trabajar en la empresa yo kiero renunciar ayúdeme a sacarme el carculo d cuánto me pueden dar porfa seloboi a gradeser mucho
Hola estimado Jerson, envíeme su salario actual, la fecha de inicio en su trabajo y la fecha que tiene pensado en renunciar, es importante que considere avisar a su patrono 2 meses antes como preaviso, por el tiempo de trabajo que tiene, es decir si usted avisa de su renuncia el 31 de marzo su salida sería el 31 de mayo, para que cumpla con lo estipulado y no tenga problemas laborales.
Quedamos pendientes, saludos.
Buenas yo empeze el 1 de febrero del 2018 y renuncié el 4 de mayo del 2021 y mi sueldo era 10,000 y 20 días de vacaciones que me deben
De acuerdo a los datos que me brindó le envío su cálculo.
Vacaciones Prop. 2,030.87
Aguinaldo Prop. 3,444.41
Décimo Cuarto Prop. 8,444.36
Vacaciones Pend. 7,777.80
Reserva Laboral 15,653.33
Total 37,350.77
Saludos
¿Me pasas el excel?
¿Se pierde el preaviso si uno pone la renuncia correspondiente?
Hola Miriam Aracely Murillo Velasquez, en el caso de renuncia usted pierde el preaviso y la cesantía, solamente le quedan sus derechos laborales, como son:
- Trece mes proporcional
- Catorce mes proporcional
- Vacaciones proporcionales
- Reserva laboral actual si usted comenzó a laborar después de enero del 2018.
- Sueldos adeudados.
Si usted renuncia y no lo hace con el tiempo que estipula la ley, la empresa incluso puede quitarle la mitad de su salario que corresponda al término del preaviso, eso aparece en artículo 118 del código de trabajo.
Saludos
excelente informasion